Becas Santander Progreso - Universidad de Cantabria (UC)
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas Santander Progreso - Universidad de Cantabria (UC): solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Cantabria (UC) en colaboración con el Banco Santander convoca las Becas Santander - Universidad de Cantabria (UC).
El objetivo principal de las Becas Santander Progreso - Universidad de Cantabria (UC) es facilitar a los alumnos de dicha universidad, que cuenten con los mejores expedientes académicos, el acceso a los estudios de Grado, Máster y Posgrado. Para ser beneficiaro de una de estas becas, el solicitante deberá estudiar un grado o máster en la universidad de Cantabria en el presenta curso, haber obtenido una nota media mínima de 7 y haber recibido en el curso anterior una beca del MEyFP, o del Gobierno Vasco, o del programa regional de becas de la comunidad autónoma de Cantabria.
Con iniciativa como estas, tanto la Universidad de Cantabra (UC) como el Banco Santander pretenden fomentar la inclusión educativa de aquellos alumnos que, aún contando con buenos resultados académicos y mostrando un gran interés y esfuerzo por sus estudios, necesitan una ayuda económica extra que les facilite el normal desarrollo de los estudios que están cursando.
Si eres uno de los estudiantes de la Universidad de Cantabria (UC) y reúnes el resto de requisitos, te animamos desde aquí para que solicites una de las becas Becas Santander Progreso - Universidad de Cantabria (UC).
Además te facilitamos todos los datos de interés relacionadas con las mismas como plazos de inscripción y distintas fases del proceso.
Datos básicos
- Nº de becas
- 26
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de este Programa los estudiantes de grado o máster de la Universidad de Cantabria que cumplan los siguientes requisitos:
- Haber obtenido una nota media mínima en su expediente académico de 7,00 puntos.
- Haber recibido en el curso inmediatamente anterior al de la solicitud del Programa una beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional, o, en su caso del Gobierno Vasco, o una beca del Programa Regional de Becas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Dotación
Se concederá un máximo de 26 becas, de acuerdo con la siguiente distribución:
- Estudiantes de Grado: 23 Becas distribuidas de la siguiente forma:
- Estudiantes de nuevo ingreso: 5 becas.
- Estudiantes de continuación de los estudios: 18 becas.
- Estudiantes de Máster Oficial: 3 becas.
Se reservarán un 10% de las becas indicadas para estudiantes que puedan acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Deberán presentar certificado de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad expedido por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma salvo que ya conste en la Universidad.
Presentación
Es indispensable para poder presentar la solicitud de la beca, inscribirse en el Programa a través de la página web habilitada a dicho efecto www.becas-santander.com.
Más información
Criterios de adjudicación
La adjudicación de las becas se realizará en función de la nota media del expediente académico, que se calculará
Para estudiantes de Grado:
- Estudiantes de nuevo ingreso: Nota de acceso a la Universidad, sin tener en cuenta las ponderaciones de asignaturas para mejorar la nota de admisión.
- Estudiantes de 2º curso y sucesivos: Nota media de su expediente a la finalización del curso académico 2021-22.
Para estudiantes de Máster Oficial:
- Estudiantes de primer curso: Nota media obtenida en los estudios previos que les dan acceso al Máster.
- Estudiantes de segundo curso: Nota media obtenida en primer curso de Máster.
- La Comisión de Selección de Becarios realizará la asignación de las becas según los criterios establecidos en esta convocatoria. A tal efecto, la Comisión podrá requerir los documentos que considere necesarios, en su caso, para la resolución de solicitudes de becas.
- La Comisión de Selección de Becarios formulará propuesta de resolución provisional de concesión y denegación de becas que se hará pública en la página web de la Universidad de Cantabria www.web.unican.es. Además, con carácter meramente informativo, se notificará personalmente a los solicitantes a través de la cuenta de correo electrónico que poseen como estudiantes de la Universidad de Cantabria.
- Se concederá un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la Universidad de Cantabria, para que los interesados aleguen y presenten los documentos y justificantes que estimen pertinentes. La Comisión de Selección de Becarios estudiará las alegaciones presentadas y formulará propuesta de resolución que elevará al Rector de la Universidad de Cantabria para su resolución definitiva.
- El Rector de la Universidad de Cantabria acordará la resolución definitiva de la convocatoria con la relación definitiva de los beneficiarios de las ayudas concedidas que se publicará en la página web de la Universidad de Cantabria, entendiéndose que quedan denegadas las solicitudes presentadas y no publicadas en dicha resolución.
- La resolución de la convocatoria que pondrá fin a la vía administrativa podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en la página web de la Universidad de Cantabria. Contra la resolución de dicho recurso administrativo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa de Cantabria. En caso de resolución expresa el plazo será de dos meses y se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique dicha resolución expresa; si no hubiera resolución expresa, el plazo para interponer el recurso será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado. Asimismo, contra la resolución de la convocatoria, podrá impugnarse directamente ante la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa de Cantabria, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en la página web de la Universidad de Cantabria. En caso de haberse formulado recurso de reposición, el recurso contencioso-administrativo no podrá interponerse hasta la resolución expresa o desestimación presunta de aquel.
La percepción de la beca objeto de la convocatoria será compatible con cualquier otro tipo de ayudas de carácter asistencial de naturaleza distinta a las ayudas que son objeto de este Programa, cualquiera que sea su origen público o privado, a las que pueda acceder el estudiante.
Enlaces de interés
https://web.unican.es/admision/Documents/Becas%20y%20ayudas/Resoluci%C3%B3n%20Rectoral%20Becas%20Santander%20Progreso%20publicado%20en%20el%20BOC.pdf
Personas con discapacidad
Se reservarán un 10% de las becas indicadas para estudiantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Deberán presentar certificado de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad expedido por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma salvo que ya conste en la Universidad.