Becas Matrícula Master Tecnologías del Hidrógeno
INSCRIPCIONES
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Becas Matrícula Master Tecnologías del Hidrógeno: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Burgos junto con el Banco Santander convocan las Becas Matrícula Máster Tecnologías del Hidrógeno, mediante las cuales se pretende sufragar los gastos de matrícula de los alumnos de Máster de Formación Permanente en Tecnologías del Hidrógeno.
Las Becas Matrícula Máster Tecnologías del Hidrógeno se ofrecerán prioritariamente a los alumnos que tengan una situación más vulnerable, de este modo se pone en alza el principio de igualdad de oportunidades y se favorece el acceso a este máster para aquellas personas que presentan dificultades.
Las becas dotarán a los beneficiarios de las mismas de una cuantía de 1.000 euros que ayudarán a sufragar parte de los gastos de matrícula.
Para valorar las solicitudes, se tendrán en cuenta diferentes criterios, como la nota media del expediente, situación de desempleo en el momento en el que se matricula el estudiante, condición de familia numerosa, discapacidad en un grado del 33 % o superior y otras circunstancias excepcionales que sean acreditables por los estudiantes.
Las becas Becas Matrícula Máster Tecnologías del Hidrógeno constituyen una buena oportunidad si vas a cursar dicho máster, por lo que te animamos a solicitarlas.
Aquí podrás encontrar la información que precisas para solicitar una de las Becas Matrícula Máster Tecnologías del Hidrógeno.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
- Podrán solicitar las Becas Matrícula Master Tecnologías del Hidrógeno todos los alumnos que se encuentren matriculados en el Máster de formación permanente en Tecnologías del Hidrógeno de la Universidad de Burgos en el curso 2024/2025. Este requisito deberá mantenerse en la fecha de presentación de la solicitud y hasta la finalización del mismo. En caso contrario, perderán el derecho al disfrute de la ayuda.
- No podrán participar en esta convocatoria los alumnos que hayan disfrutado de una ayuda análoga en convocatorias anteriores de este programa o convocatorias similares.
Dotación
- Las Becas Matrícula Master Tecnologías del Hidrógeno tendrán una cuantía de mil euros (1.000 €) por beneficiario y se destinarán exclusivamente a sufragarlos gastos de matrícula.
- La ayuda se hará efectiva una vez finalizado con éxito el máster.
- Estas ayudas serán incompatibles con cualquier ayuda para el mismo fin.
- Estas ayudas están sujetas al IRPF en los casos en los que así lo determina la ley.
Presentación
Los solicitantes de las Becas Matrícula Master Tecnologías del Hidrógeno deberán registrarse o inscribirse en la plataforma de Becas del Banco Santander, a través de la página https://app.becassantander.com en la convocatoria de Becas Santander Estudios/ Ayuda matrícula máster FP tecnologías hidrógeno UBU.
Esta inscripción no supone la presentación de la solicitud en el plazo establecido.
Las solicitudes en el formato disponible (Documento 1), deberán presentarse, preferentemente a través de la sede electrónica de la Universidad de Burgos. También se podrá presentar en el registro general o auxiliares de la Universidad de Burgos o en la forma establecida en el artículo 16 punto 4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Convocantes Asociados
Más información
Adjudicación de las ayudas
- El órgano instructor será el Servicio de Gestión de la Investigación, que será el encargado de la tramitación y gestión de las solicitudes.
- Se establece una Comisión de valoración formada por el Vicerrector de Formación Permanente, el Vicerrector de Relaciones con la Empresa, el Gerente y el director académico del Máster de formación permanente en Tecnologías del Hidrógeno.
- La Comisión se reunirá para valorar las solicitudes recibidas y, de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I, emitirá un informe que elevará al órgano instructor.
- La Comisión de valoración podrá requerir a los solicitantes cuantos datos y acreditaciones juzgue necesarias para la valoración de las propuestas.
- Se faculta a la Comisión de valoración para interpretar las circunstancias que concurran en las solicitudes y que no estén explícitamente contempladas en estas bases. Así mismo dicha Comisión estudiará situaciones excepcionales siempre que haya disponibilidad presupuestaria.
- El órgano instructor, con el informe remitido por la Comisión de selección y el límite de crédito disponible establecido en la convocatoria, emitirá una propuesta de adjudicación que será publicada en la página web de la Universidad (http://www.ubu.es) y en el tablón de anuncios General de la Universidad. La concesión de estas ayudas está condicionada a que el alumno haya realizado y abonado la matrícula de acceso al máster y demás tasas y servicios universitarios en la Universidad de Burgos.
- El Vicerrector de Investigación, Transferencia e Innovación, a la vista de la propuesta de adjudicación emitida por el órgano instructor, formulará la propuesta de adjudicación provisional. Esta propuesta será publicada en la página web de la Universidad (https://www.ubu.es) y en el tablón de anuncios General de la Universidad.
- La resolución corresponderá al Rector, sin perjuicio de la delegación de competencias delegadas en el Vicerrector de Investigación, Transferencia e Innovación de la Universidad de Burgos, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Rectoral de 27 de enero de 2021 por la que se delegan determinadas competencias del Rector de la Universidad en el Vicerrector de Investigación, Transferencia e Innovación (BOCyL de 29 de enero de 2021), y será comunicada a los interesados por correo electrónico.
- El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución se podrán entender desestimadas las solicitudes.
- A efectos de notificación y reclamación, los plazos empezarán a contar a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de concesión en la página web de la Universidad (https://www.ubu.es) y en el tablón de anuncios General de la Universidad, surtiendo todos los efectos de notificación practicada, según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- La Universidad de Burgos realizará el abono del importe de la ayuda mediante transferencia bancaria a la cuenta abierta a nombre del beneficiario en una oficina del Banco Santander.
Tramitación de las ayudas
- a. Impreso para el ingreso de la ayuda, con los datos bancarios necesarios.
- b. Copia del título del máster.
- c. Declaración responsable de no haber recibido ninguna otra ayuda para el mismo fin.
Criterios de valoración
Para la adjudicación de las presentes ayudas se establece los siguientes criterios:
La Comisión valorará las solicitudes, hasta un máximo de 20 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios
Criterios/Puntuación máxima
- Nota media ponderada del Expediente académico del solicitante (Real Decreto 1125 /2003) 10 puntos.
- Situación legal de desempleo en el momento de la matriculación 3 puntos.
- Condición de familia numerosa 3 puntos.
- Grado de discapacidad reconocido del solicitante o cualquier miembro de la unidad familiar igual o superior al 33 % 3 puntos.
- Otras circunstancias sociales o excepcionales que el solicitante pueda acreditar y que repercutan de manera negativa en su situación económica 1 punto.
Enlaces de interés
https://www.ubu.es/sites/default/files/articles/files/convocatoria_300.pdf
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- a. Justificante de haberse inscrito en la aplicación del Banco Santander.
- b. Resguardo de abono de la matrícula.
- c. Expediente académico del título que da acceso al máster.
- d. Currículum Vitae del solicitante de acuerdo con el modelo normalizado CVN abreviado. https://cvn.fecyt.es/), que deberá contener la información susceptible de ser evaluada de acuerdo con los criterios de selección detallados en el Anexo I. Los méritos alegados deberán estar debidamente justificados.
- e. Documentación justificativa de las situaciones extraordinarias susceptibles de valoración.
Si la solicitud no reuniera todos los requisitos se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, los subsane, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; se considerará que han desistido de su solicitud quienes no respondan debidamente al requerimiento. A efectos de requerimiento y notificación se considerará válido la comunicación vía por correo electrónico, de acuerdo al artículo 41 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.