Becas Vicedecanato Relaciones Institucionales Transferencia
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Becas Vicedecanato Relaciones Institucionales Transferencia: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) establece la convocatoria de las Becas Vicedecanato Relaciones Institucionales Transferencia.
Estas becas están dirigidas a los estudiantes de cualquier Grado impartido en la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona (UB), que además justifiquen un nivel C1 de catalán y cuenten con un nivel de conocimiento básico de Microsoft Office.
Además de los requisitos específicos y generales, durante el proceso de selección también se tendrán en cuenta el expediente académico de los candidatos y el perfil de cada uno con respeto a las becas ofertadas.
Los candidatos que finalmente resulten seleccionados, tendrán la oportunidad de desarrollar tareas de colaboración en los actos de graduación de los titulados de Grado de la Facultad de Derecho, y en las acciones de empleabilidad de estudiantes.
Mediante estas tareas, los alumnos participantes tendrán la oportunidad de adquirir nuevas competencias y habilidades, además de beneficiarse de una dotación económica mensual durante el periodo de colaboración.
Estas y otras becas convocadas por la Universidad de Barcelona (UB) están dirigidas a facilitar el desarrollo de tareas de colaboración en diversos departamentos.
A continuación te facilitamos toda la información que necesitas conocer para optar a una de las Becas Vicedecanato Relaciones Institucionales Transferencia.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
- Ciencias Políticas
- Carrera
- Ciencias del Trabajo, Relaciones Laborales y Recursos Humanos
- Criminología
- Derecho
- Ciencias Políticas y de la Administración Pública
- Grado en Gestión y Administración Pública
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales de las Becas Vicedecanato Relaciones Institucionales Transferencia
- Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos, en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el artículo 4a del Reglamento de becas de colaboración para estudiantes de grado y máster de la Universidad de Barcelona, no se considera estudiante de la UB al alumnado de movilidad procedente de otras universidades. Este requisito debe acreditarse en el momento de aceptar la beca.
- No haber sido adjudicatario o adjudicataria de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa o facultad o en el Instituto de Desarrollo Profesional (IDP), durante los veintidós meses consecutivos inmediatamente precedentes a la convocatoria de la beca.
- No haber completado anteriormente un plan formativo igual al de la beca que se solicita. En cualquier caso, se considera completado el plan formativo si se ha cumplido, como mínimo, el 75% de la duración de la beca de colaboración.
- Haber superado, como mínimo, 30 créditos de la enseñanza que se está cursando, a excepción del alumnado que inicia una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opta por la modalidad de tiempo parcial de permanencia debe haber superado un mínimo de 15 créditos.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un número inferior si con esta matriculación se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán y castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Ser estudiante de cualquier grado de la Facultad de Derecho.
- Justifica por escrito el nivel de catalán C1 (suficiencia) y/o acredita documentalmente con el certificado acreditativo.
- Justifica por escrito el nivel de conocimiento básico de Microsoft Office y/o acredita documentalmente con el certificado acreditativo.
Dotación
Las Becas Vicedecanato Relaciones Institucionales Transferencia otorgarán una dotación económica mensual de 537,24 euros.
Presentación
- La solicitud de las Becas Vicedecanato Relaciones Instituciones Transferencia debe rellenarse por vía telemática, después de autenticarse, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona (su.ub.edu).
- Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
- A la solicitud debe adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica y debe presentarse entre el 11 de febrero de 2025 al 25 de febrero de 2025.
Más información
Selección
- En la selección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal y como aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo que establece el artículo 5.1 del Reglamento de becas de colaboración. Para el alumnado que inicia sus estudios y no tiene expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que le da acceso. Si el expediente que da acceso a los estudios es extranjero, la nota media que se tiene en cuenta es la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Idoneidad. La Comisión de Valoración podrá evaluar la idoneidad del candidato o candidata según su currículum o mediante entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis puntos. Para realizar esta valoración sólo se pueden tener en cuenta las aportaciones que estén documentadas debidamente en el currículo.
- La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona (su.ub.edu).
Incompatibilidades
- Beneficiarse de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, sea por cuenta propia sea por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En todo caso, podrá autorizarse la compatibilidad con tareas esporádicas o en fines de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Las prácticas académicas externas curriculares serán compatibles con las becas siempre que se respete lo establecido en el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
- Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de los asuntos de becas o del decano o decana o el director o directora del IDP resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
- Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deben comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para gozar de la beca, la cual se puede extinguir de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
- Apoyo en la gestión de los actos de graduación de los titulados de grado de la Facultad de Derecho así como la asistencia el día del acto:
- Colaborar en la comunicación con los titulados.
- Colaborar en la preparación del acto: organización intervenciones y coordinación con la Unidad de Protocolo.
- Apoyo en el diseño y elaboración de diplomas.
- Apoyo en la gestión de las acciones de empleabilidad de estudiantes que organiza la Facultad de Derecho:
- Colaborar en la búsqueda de información, comparación de modelos y estudio de posibilidades de su implementación en el ámbito de la Facultad.
- Apoyo en el diseño, organización y difusión de las acciones de empleabilidad de la Facultad, como las Jornadas de Salidas Profesionales y el Foro de Empleo.
- Del 10 de marzo de 2025 al 9 de marzo de 2026.
- Periodo de inactividad: de agosto de 2025.
Documentación a adjuntar
- Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificado académico personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster) en que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (N), y, con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que han dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Se puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudiosuniversitarios-realizados-en-centros-extranjeros/
- Currículum (se debe introducir en el apartado de la solicitud telemática habilitado para este fin).
De acuerdo con el artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que carece algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la Sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, de no hacerlo, se considerará que desiste de la solicitud.