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Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB

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INSCRIPCIONES

Inicio29/04/2026 Fin28/05/2026
Abierta

Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB están diseñadas para impulsar la colaboración científica transversal dentro del propio instituto, fomentando proyectos innovadores. Las Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB priorizan especialmente las propuestas relacionadas con salud y medio ambiente, aunque también se valoran otras temáticas de investigación de calidad.

Estas ayudas financian proyectos con un máximo de 8.000 euros, destinados a material inventariable, fungible, servicios científicos y difusión de resultados, incluyendo congresos y publicaciones. 

La evaluación de los proyectos se basa en el CV de los investigadores principales y la calidad científica del proyecto, valorando Introducción, antecedentes e interés del tema, Originalidad, transversalidad, relevancia e impacto, además de Incorporación de la dimensión de género y transeccionalidad a lo largo de la propuesta, objetivos, plan de trabajo y cronología entre otras.

En conjunto, las Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB representan una oportunidad clave para consolidar redes científicas, reforzar la investigación de excelencia y generar conocimiento de alto impacto dentro del marco del IN2UB. Estas ayudas permiten avanzar en proyectos competitivos, con una clara orientación hacia la transferencia del conocimiento y la consolidación de nuevas líneas estratégicas de investigación.

Si deseas consultar información sobre estas ayudas aquí te la ofrecemos.

Datos básicos

Nº de becas
Unspecified
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
  • Postdoctorado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Para ser beneficiarias de esta convocatoria de Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB, las personas solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Solo pueden figurar como beneficiarios de esta convocatoria los miembros del IN2UB, que se presentarán a la convocatoria como Investigador/a Principal (IP). Un/a mismo IP no puede solicitar dos o más ayudas, quedando excluido de la convocatoria en estos casos.

Los proyectos serán liderados por uno/a o dos Investigadores/as Principales (IPs), siempre y cuando estos/as sean investigadores/as a tiempo completo en dos grupos de investigación diferentes de ámbitos distintos del IN2UB o, en su defecto, de dos facultades diferentes a las cuales el personal del IN2UB esté adscrito.

 Solo pueden presentarse a esta convocatoria como IP los investigadores/as del IN2UB que, en el momento de la publicación de la convocatoria, sean doctores/as y consten en el censo del IN2UB:

  • Investigadores/as postdoctorales con contrato no permanente a través de la UB, la FBG o CIBER que desarrollen íntegramente su actividad de investigación en la UB.
  • Profesorado PDI de la UB con contrato no permanente con dedicación completa.
  • Profesorado PDI con contrato permanente posterior al 1 de enero de 2021 o del 30 de junio de 2019, si han tenido situaciones de interrupción de la actividad investigadora debidamente acreditadas: permisos de maternidad/paternidad, cuidados de personas dependientes, reducciones de jornada laboral y excedencias por gestación, enfermedades de larga duración o situaciones análogas relacionadas con las anteriores. Toda vinculación laboral fuera de las mencionadas no es aplicable. La vinculación al IN2UB debe durar hasta la finalización de la ayuda, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2.6 de esta convocatoria.

No haber sido nunca Investigador/a Principal (o Co-IP) de ningún tipo de proyecto o ayuda de investigación competitiva (incluidas las renuncias) de un importe igual o superior al de esta convocatoria, con la excepción de las ayudas ART del IN2UB finalizadas y justificadas. Podrán presentarse como IP en esta convocatoria aquellos/as investigadores/as postdoctorales que estén disfrutando o hayan disfrutado de contratos como Marie Skłodowska-Curie Actions, Beatriu de Pinós o Juan de la Cierva, siempre y cuando estas ayudas lo permitan y no suponga una doble financiación para la misma actividad.

No pueden presentarse como IP a esta convocatoria el/los IP/s adjudicatarios de las convocatorias ART de 2025, ni de las anteriores si el disfrute de la ayuda no ha sido finalizado y/o debidamente justificado.

En este sentido, esta convocatoria pretende priorizar las propuestas elegibles con personas beneficiarias que nunca han disfrutado de una ayuda ART con anterioridad. Sin embargo, se abre la posibilidad de volver a solicitar la ayuda a beneficiarios/as de convocatorias anteriores (a excepción de las que no hayan finalizado y/o justificado adecuadamente el disfrute completo de la ayuda en cualquiera de las convocatorias ART). En todo caso, quedan excluidas las personas beneficiarias de la convocatoria de 2025, ni de las anteriores si el disfrute de la ayuda no ha sido finalizado y/o debidamente justificado.

Si el número de propuestas elegibles con solo beneficiarios noveles es inferior al número de propuestas ofertadas, considerando noveles los solicitantes que no hayan sido nunca adjudicatarios en anteriores ediciones de las convocatorias ART, se considerarán las propuestas de beneficiarios elegibles que lo hayan sido antes.

En el caso de que el contrato de algún/a IP tenga una duración inferior a la duración del proyecto (y en ningún caso el contrato de la persona solicitante puede finalizar antes del 31 de julio de 2027) al disfrute de la ayuda (15 de diciembre de 2027) en el momento de presentación de la solicitud, el/la Responsable de su Grupo de Investigación dentro del IN2UB, que deberá ser miembro a tiempo completo del IN2UB (categoría PDI permanente o equivalente) en el momento de la publicación de la convocatoria y deberá mantener esta vinculación durante toda la ayuda, se comprometerá a garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos, disfrutando de la ayuda económica tal como está asignada al proyecto. Las personas solicitantes responsables del proyecto (IPs) deberán garantizar una relación contractual dentro del grupo de investigación del IN2UB en el momento de la aceptación.

El número de miembros del equipo no es limitado y estos deben formar parte de como mínimo de dos grupos diferentes y de ámbitos diferentes vinculados al IN2UB (o en su defecto, de facultades diferentes a las cuales el personal del IN2UB esté adscrito). Al menos la mitad del personal de cada grupo debe ser miembro del IN2UB.

Esta ayuda es incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Los/as posibles beneficiarios/as deberán comunicar cualquier obtención de ayuda posterior, ya que de lo contrario estarían incurriendo en una infracción de las bases y de la normativa general de subvenciones. Si alguno/a de los/as IPs incumple alguno de los requisitos en cualquier momento durante la duración del proyecto, deberá comunicar la nueva condición al director del IN2UB, que dará por finalizada la subvención inmediatamente, salvo que sea conveniente mantenerla por motivos justificados.

Requisitos del proyecto

Será requisito de la convocatoria que los proyectos sean multidisciplinares, por lo tanto, desarrollados por investigadores/as de como mínimo dos grupos de investigación diferentes del IN2UB pertenecientes a dos ámbitos diferentes del Instituto (o en su defecto, de facultades diferentes a las cuales el personal del IN2UB esté adscrito), de acuerdo con la distribución de grupos y ámbitos publicada en la web del Instituto en el momento de la publicación de esta convocatoria, con participación significativa de ambos grupos, asegurando la transversalidad del proyecto.

Dotación

Gastos elegibles para las Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB:

La financiación máxima es de 8.000€ por proyecto. El gasto podrá iniciarse en el momento de la transferencia económica a las personas adjudicatarias (a lo largo del último trimestre de 2026) y finalizará el 15 de diciembre de 2027. La financiación podrá destinarse a cualquier concepto inventariable (pequeño equipamiento de hasta el 15% del presupuesto), fungible, gastos asociados a contratación y uso de servicios científicos, y hasta un 15% en conceptos de difusión de resultados (incluyendo en este concepto gastos de asistencia a congresos y publicaciones), siempre que sea justificable dentro de los objetivos del proyecto.

No podrá destinarse a gastos de contratación de personal, ni a complementos salariales, ni a la adquisición de ordenadores. El Instituto no se hará responsable de ningún gasto de mantenimiento ni de reparaciones.

La financiación se gestionará desde la oficina de investigación o de gestión departamental de la Universidad de Barcelona donde esté vinculado o adscrito el/la Investigador/a Principal del proyecto (en el caso de 2 Investigadores/as Principales, la gestión se realizará desde una única oficina según indique el equipo que haya obtenido la ayuda).

El/la responsable del crédito será el/la Investigador/a Principal adscrito/a al departamento donde se realice la gestión económica, que debe ser el mismo que el/la Responsable del Grupo en el IN2UB (según la definición del apartado 2.6). Cualquier aprobación de prórroga (apartado 11.4) se gestionará desde las oficinas previamente mencionadas.

Presentación

Las solicitudes (formulario de solicitud) par alas Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB, debidamente firmadas, junto con la documentación que las acompaña, según el caso, deben presentarse en el Registro General de la UB, a través de Instancia Genérica (Ámbito: Investigación – Subámbito: Instituto de Nanociencia y Nanotecnología).

El impreso normalizado de la solicitud (formulario de solicitud) y las bases pueden obtenerse en la Sede Electrónica de la Universidad de Barcelona o en la web del IN2UB.

Indicar en el motivo de la instancia:

Expongo: Publicada la convocatoria “Ayudas a la Investigación Transversal del Instituto de Nanociencia y Nanotecnología Universidad de Barcelona, convocatoria 2026”

Solicito: Participar en la convocatoria “Ayudas a la Investigación Transversal del Instituto de Nanociencia y Nanotecnología Universidad de Barcelona, convocatoria 2026”

Se debe enviar una copia de la confirmación de entrada en registro a in2ub@ub.edu

El código de referencia de cada solicitud será el generado en la entrega de la solicitud por Instancia Genérica.

Más información

Objeto de la Convocatoria

El objeto de la presente convocatoria es estimular la colaboración en investigación transversal entre el personal investigador del IN2UB, así como reforzar las líneas de investigación estratégicas del Instituto. El IN2UB tiene interés principalmente en dos ámbitos: Salud y Medio Ambiente. Por tanto, se priorizarán las propuestas que se engloben dentro de aquellas temáticas que refuercen estas líneas estratégicas, sin excluir el resto de propuestas. Concretamente, las líneas de investigación del IN2UB que pretenden reforzar este programa estratégico son: “Biophysics and Biomechanics, Modelling, Simulation and Nanoscopic Methods, Nanopharmacy and Nanomedicine, Supramolecular Chemistry for Nanomedicine, Nanodevice Fabrication, Photo-electrocatalytic CO2 reduction”.

Con estas ayudas, se pretende promover la creación de proyectos de investigación innovadores transversales, preferiblemente dentro de las líneas de investigación mencionadas anteriormente, y establecer interacciones entre diferentes grupos del IN2UB de diferentes ámbitos de investigación o, en su defecto, de facultades diferentes a las cuales el personal del IN2UB esté adscrito, de acuerdo con la distribución de grupos y ámbitos publicada en la web del Instituto tal y como esté en el momento de la publicación de la convocatoria.

Asimismo, esta convocatoria quiere contribuir positivamente al currículum del personal investigador joven del IN2UB con grado de Doctor que no haya sido antes IP.

Evaluación

Los proyectos serán evaluados por la Comisión Científica Evaluadora designada por el Director del IN2UB, formada por tres miembros. El umbral para que una propuesta pueda ser elegible es del 60% de la puntuación total. Las ayudas se otorgarán a las dos propuestas que obtengan la máxima puntuación.

Criterios de Evaluación:

a. El CV de cada IP se puntuará sobre un máximo de 10 puntos. Se tendrán en cuenta las publicaciones en revistas, libros, comunicaciones a congresos, participación en proyectos competitivos y no competitivos y otros méritos (estancias en otros centros, dirección de tesis y másteres, patentes, participación en actividades de divulgación). En el caso de dos IP, se hará la media de los CV.

b. El proyecto se puntuará sobre un máximo de 10 puntos:

b.1. Se valorará la calidad del proyecto: colaboración interdisciplinar, la originalidad e innovación, la distribución proporcionada de las tareas entre los grupos participantes y la dimensión de género en la investigación. Se valorará:

  • Introducción; antecedentes e interés del tema.
  • Originalidad, transversalidad, relevancia e impacto.
  • Incorporación de la dimensión de género y transeccionalidad a lo largo de la propuesta.
  • Objetivos; el plan de trabajo y cronología.
  • Distribución del gasto para alcanzar los objetivos, de acuerdo con los gastos elegibles.

b.2. Se valorarán especialmente las propuestas que sirvan para apoyar los dos ámbitos principales del Instituto.

b.3. Se dará máxima prioridad a aquellas solicitudes presentadas por IPs en las que ninguno de ellos haya sido nunca IP de las convocatorias anteriores de Ayudas a la Investigación Transversal.

Para garantizar una distribución equitativa y respetuosa a la hora de otorgar las ayudas, la Comisión Científica Evaluadora actuará de acuerdo con el Plan de Igualdad de la Universidad de Barcelona.

Durante la evaluación se podrá requerir toda la documentación que se considere necesaria. Una vez notificado el requerimiento de documentación, la persona aspirante dispone de 10 días hábiles para dar la respuesta oportuna. En caso de no hacerlo, la valoración se efectuará con la información disponible.

Resolución y adjudicación

La Comisión Científica Evaluadora nombrada por el Director del IN2UB se encargará de realizar la valoración de las candidaturas según los criterios establecidos en la convocatoria, elaborará un listado de todas las candidaturas por orden de puntuación y presentará una propuesta priorizada de concesión de las ayudas. La valoración priorizada se elevará al Director del IN2UB, a quien corresponde resolver la concesión de las ayudas.

La resolución de la convocatoria por el Director se publicará en la sede electrónica y en la página web del IN2UB. Posteriormente, y a efectos meramente informativos, también será comunicada a las personas beneficiarias. En el momento de la transferencia económica, se entregará un certificado de adjudicación de la ayuda.

El plazo máximo para resolver la convocatoria es de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización de presentación de solicitudes o, en caso de subsanaciones, desde la fecha de finalización del plazo para efectuarlas. En caso de que ninguna de las personas solicitantes reúna los requisitos necesarios o no alcance el umbral del 60% establecido en el apartado 9.1, se declarará desierta la adjudicación de la ayuda mediante resolución expresa.

Contra la resolución del Director, que agota la vía administrativa, independientemente de su inmediata ejecutividad, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Barcelona, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso podrá interponerse en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución, según lo establecido en el artículo 46 de la mencionada ley. No obstante, se podrá optar por interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o por silencio el recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Asimismo, las personas interesadas podrán interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente en defensa de sus derechos.

Enlaces de interés

https://seu.ub.edu/documentPublic/download/889863

Documentación a adjuntar

La solicitud (adjuntar el documento formulario de la solicitud) debe ir obligatoriamente acompañada de la siguiente documentación:

a. Currículum vitae del/de la investigador/a o investigadores/as principales, con una extensión máxima de 4 páginas, redactado en inglés y siguiendo el modelo CV abreviado del Ministerio (ejemplo de modelo). Como mínimo debe haber un/a IP que lidere el proyecto, en el cual se requiere la participación de al menos dos grupos diferentes de dos ámbitos distintos del IN2UB o, en su defecto, de facultades diferentes a las cuales el personal del IN2UB esté adscrito.

b. Proyecto. El proyecto será redactado en inglés y tendrá una extensión máxima de 4 páginas (Letra: Arial 10 pt. Interlineado: múltiple 1.25) con los siguientes apartados:

  • Título/Palabras clave
  • Resumen del proyecto (máximo 250 palabras)
  • Introducción, con los antecedentes e interés del tema

Estos tres apartados anteriores tendrán, en conjunto, una extensión máxima de 1 página.

  • Originalidad, relevancia e impacto en las líneas estratégicas del IN2UB, indicando el interés de la colaboración transversal y, si procede, línea de investigación en la que se engloba (ver 1) (máximo 1 página)
  • Objetivos, con el plan de trabajo y cronología (máximo 1 página)
  • Composición del equipo, especificando las personas, grupos y ámbitos a los que pertenecen y las tareas previstas para cada componente. Especificar los grupos y ámbitos del IN2UB (y facultades si procede) involucrados, que deben ser como mínimo de dos ámbitos diferentes del IN2UB o, en su defecto, de facultades diferentes a las cuales el personal del IN2UB esté adscrito, según lo establecido en la web del IN2UB en la fecha de publicación de la convocatoria (máximo 1/2 página). El equipo puede tener el número de miembros necesario para alcanzar los objetivos propuestos, pero al menos la mitad del personal de cada grupo debe ser miembro del IN2UB. Las condiciones establecidas en el apartado 2 (Beneficiarios) hacen referencia a las que deben cumplir los/las IP(s). Por tanto, el equipo podrá estar formado por colaboradores que no cumplan los requisitos previstos para los/las IPs.
  • Justificación de las necesidades de los gastos (máximo 1/2 página) con una propuesta de presupuesto siguiendo el punto 5. Gastos elegibles.

c. Declaración en la que se asegura que el/la candidato/a no ha sido IP, según las condiciones de los apartados 2.4. En caso de que el/la solicitante haya sido beneficiario/a de una ayuda ART anterior, también deberá indicarse esta circunstancia conforme al apartado 2.5.

d. Copia del contrato del/de la o de los/las Investigadores/as Principales (no es necesario para el PDI con contrato permanente posterior al 1 de enero de 2021 o del 2020 cuando proceda) y, si procede, compromiso del/de la responsable del grupo de investigación (como se describe en el punto 2.6) del solicitante de garantizar el cumplimiento de los objetivos del proyecto en caso de recibir la ayuda y que el contrato del/de la solicitante tenga una duración inferior a la duración del disfrute de la ayuda (como se indica en el apartado 2.6).

e. En el caso de que la propuesta incluya adjudicatarios (IPs) que lo hayan sido de una ayuda ART, copia del proyecto presentado en la mencionada convocatoria.

f. Declaración por parte de cada uno/a de los/las responsables de los grupos de investigación (según definición del apartado 2.6) participantes en la propuesta conforme dan su visto bueno.

Los documentos: formulario de la solicitud y los descritos en los puntos a, b, c y f deben adjuntarse cumplimentados obligatoriamente durante el periodo de solicitudes y su no presentación comporta la exclusión directa y no son subsanables.

Plazo de presentación.

El plazo de presentación será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el 28 de mayo de 2026.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB

Las Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB están diseñadas para impulsar la colaboración científica transversal dentro del propio instituto, fomentando proyectos innovadores. Las Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB priorizan especialmente las propuestas relacionadas con salud y medio ambiente, aunque también se valoran otras temáticas de investigación de calidad.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB" es: desde 29/04/2026 hasta 28/05/2026.

La Beca "Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
  • Postdoctorado

La Beca "Becas Ayudas Investigación Instituto Nanociencia y Nanotecnología IN2UB" es un tipo de beca: 

  • Becas de investigación
  • Becas para trabajadores
  • Becas para profesores
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para proyectos
  • Becas para PDI