Becas Transferencia Conocimiento Humanidades Educación Ciencias Sociales
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Becas Transferencia Conocimiento Humanidades Educación Ciencias Sociales: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Transferencia Conocimiento Humanidades Educación Ciencias Sociales ofrecen una oportunidad única para impulsar proyectos innovadores en los campos de Humanidades, Educación, Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad de Alicante.
Estas ayudas están diseñadas para financiar la realización de acciones que aborden la viabilidad de adaptar o implementar conocimientos adquiridos en el marco de una investigación, con objeto de explotarlos socialmente o económicamente, en un entorno aplicado.
Podrán solicitar las Becas Transferencia Conocimiento Humanidades Educación Ciencias Sociales el personal vinculado funcionarialmente, o laboralmente como docente e investigador de la UA, en servicio activo durante el tiempo de ejecución de la ayuda. También podrán solicitarlas aquellos que formen parte de un grupo de investigación de la UA.
La evaluación de las solicitudes se basará en criterios como la madurez de la idea, la viabilidad de la propuesta y la existencia de cofinanciación. Las propuestas que no superen los 6 puntos no recibirán financiación. Una vez evaluadas, las solicitudes seleccionadas recibirán el pago de las ayudas mediante traspaso de crédito.
El seguimiento de los proyectos será exhaustivo. Los beneficiarios deberán enviar un informe final con los resultados obtenidos y un informe económico que justifique el uso de la ayuda.
Las Becas Transferencia Conocimiento Humanidades Educación Ciencias Sociales pueden suponerte una buena oportunidad para financiar tu proyecto. Si deseas solicitarlas, aquí te facilitamos toda la información.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- Postdoctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Objeto y financiación
El objeto de estas ayudas es impulsar la transferencia de conocimiento desde los grupos de investigación de las áreas de Humanidades, Educación, Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad de Alicante al tejido socioeconómico, que podrá beneficiarse directa e indirectamente de los conocimientos generados por el grupo, mediante la financiación de proyectos que aborden propuestas para la transferencia de resultados de investigación de estas áreas de conocimiento.
Requisitos de las personas solicitantes de las Becas Transferencia Conocimiento Humanidades Educación Ciencias Sociales
Los solicitantes deberán ser personal docente e investigador de la UA de las áreas de Humanidades, Educación, Ciencias Sociales y Jurídicas con resultados de investigación que justifiquen la evaluación de su aplicabilidad en el sector de mercado correspondiente.
El personal docente e investigador que solicite la presente ayuda (de manera individual o en equipo) deberá cumplir los siguientes requisitos:
- a. Estar vinculado funcionarial o laboralmente como personal docente e investigador a la Universidad de Alicante y en servicio activo durante todo el tiempo de ejecución de la ayuda solicitada.
- b. Pertenecer a un grupo de investigación registrado en la Universidad de Alicante en el momento de presentación de solicitudes.
- c. Permanecer en el equipo de investigación del proyecto durante todo el período de ejecución de la ayuda solicitada.
Cada investigador/a solo podrá participar en una propuesta de este anexo.
Ningún grupo de investigación podrá obtener más de una ayuda en este mismo anexo.
Dotación
Se establece una dotación presupuestaria total de 10.000 euros para estas ayudas. Dicho crédito estará consignado en la clave orgánica 10.90.6E.00.04 del capítulo VI del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica.
Características de las Becas Transferencia Conocimiento Humanidades Educación Ciencias Sociales
Las ayudas se destinarán a la realización de acciones que aborden la viabilidad de adaptar o implementar conocimientos adquiridos en el marco de una investigación con objeto de explotarlos social y/o económicamente en un entorno aplicado.
El conocimiento sobre el que se base el proyecto de transferencia deberá provenir de la ejecución previa de proyectos y/o acciones de investigación básica.
Los resultados de los proyectos a financiar deben tener un grado de madurez suficiente que aconseje trasladarlos a una fase de demostración para contrastar su viabilidad o identificar oportunidades de explotación y comercialización. Además, será necesario que el proyecto se vincule a una entidad potencialmente receptora del conocimiento a transferir (empresa o institución). Dicha entidad deberá expresar razonadamente su interés por el proyecto, así como aquellos aspectos del proyecto que serán implementados en la entidad. Las entidades participantes podrán cofinanciar el proyecto.
La dotación máxima de estas ayudas por proyecto será de 5.000 euros. El importe total del presupuesto presentado no podrá exceder de 5.000 € por proyecto, salvo que la entidad interesada o el grupo de investigación se comprometan a cofinanciar el exceso sobre dicha cantidad.
Los proyectos se ejecutarán en un plazo máximo de 12 meses a partir de la fecha establecida en la resolución de concesión. Las ayudas se destinarán únicamente a gastos directamente relacionados con el proyecto de transferencia de conocimiento solicitado, tales como: material fungible, pequeño equipamiento, viajes y dietas del personal adscrito al proyecto, contratación con Servicios Técnicos de Investigación u otros gastos externos.
En ningún caso podrá destinarse la ayuda para complementos salariales de los miembros del equipo de investigación participante en el proyecto ni para gastos protocolarios.
Presentación
Plazo y presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de su publicación en Boletín Oficial de la Universidad de Alicante (BOUA) y finalizará el 20 de diciembre de 2024.
Las solicitudes de las Becas Transferencia Conocimiento Humanidades Educación Ciencias Sociales, se presentarán de acuerdo con lo que especifican las Bases generales de esta convocatoria en el punto 2.2:
Las solicitudes para la presente convocatoria de ayudas se presentarán electrónicamente a través de la eAdministración de la Universidad de Alicante, a la que accederá la persona solicitante a través del UA-Cloud (https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites) con su clave de acceso o con un certificado electrónico valido (e-DNI o ACCV).
Una vez que se haya accedido a la eAdministración se deberá seleccionar la opción de "SOLICITUD DE AYUDAS A LA I+D+I" dentro del apartado "DOCENCIA E INVESTIGACIÓN". En la pantalla de solicitudes se deberá seleccionar el "Tipo de ayuda" en el que se desea participar debiendo cumplimentarse el formulario electrónico y aportar los documentos exigidos por la convocatoria y requeridos en el mismo.
En relación con los documentos aportados por los interesados durante el procedimiento de tramitación de las ayudas, estos se podrán presentar en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana. Excepcionalmente, en el caso de documentación que involucre investigadores, centros de investigación o empresas internacionales, la documentación a aportar podrá presentarse en inglés.
Para la solicitud de una ayuda del Programa Propio será necesario que la persona solicitante cuente con el número identificativo ORCID Open Researcher and Contributor ID (http://orcid.org). Además, sólo podrán solicitar ayudas del Programa Propio quienes estén al día de sus obligaciones como beneficiarios de las convocatorias anteriores. En caso de no estar al día, la solicitud/es quedará/n excluida/s.
Finalizada la cumplimentación del formulario, la persona solicitante efectuará el trámite de presentación telemática mediante la orden "ENVIAR" quedando registrada, en ese momento, la solicitud.
Comisión de evaluación
Las solicitudes serán evaluadas por una comisión presidida por el director del Secretariado de Transferencia de Conocimiento, y compuesta por el director del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación, que actuará como secretario, el director adjunto del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación y un Técnico del Servicio de Transferencia de Resultados de Investigación, que actuarán como vocales.
Más información
Criterios de valoración
Los criterios que se tendrán en cuenta para valorar los proyectos admitidos serán:
- Grado de madurez de la idea. Se valorará el tipo de proyecto del cual surge el conocimiento sobre el que se asienta la propuesta, hasta 4 puntos.
- Viabilidad de la propuesta, hasta 2 puntos.
- Características de la entidad colaboradora y proximidad de su actividad al objeto de la propuesta, hasta 2 puntos. Se tendrá en cuenta qué tipo de entidades y, en el caso de ser una empresa, si se encuentra vinculada al Parque Científico de Alicante y si es EBT de la UA.
- Existencia de cofinanciación por empresa o entidad externa, hasta 2 puntos.
Aquellas propuestas que no superen los 6 puntos no serán financiadas.
Resolución
Para la resolución, publicación y notificación de las ayudas se actuará conforme a lo dispuesto en el punto 2.6 de las bases generales de esta convocatoria:
Vista la propuesta formulada por el órgano instructor, las ayudas se adjudicarán de forma provisional por resolución del Vicerrectorado de Investigación, estableciéndose un plazo de presentación de alegaciones.
Esta resolución se publicará en la página web de la Subdirección de Convocatorias Públicas de I+D+i del Servicio de Gestión de la Investigación surtiendo todos los efectos de notificación practicada. Adicionalmente, para algunas fases del procedimiento se podrá hacer uso de la notificación individual a través de sede electrónica de la Universidad de Alicante, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Notificaciones Electrónicas de la Universidad de Alicante, aprobado por el Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2016 (BOUA de 28/10/2016).
Una vez resueltas las alegaciones presentadas por los interesados, el Vicerrectorado de Investigación dictará la correspondiente resolución definitiva de concesión, que se notificará a las personas interesadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la eAdministración mediante notificación asociada a la solicitud presentada.
La persona beneficiaria deberá expresar por instancia genérica a través de la eAdministración, vinculándola a su solicitud, su renuncia a la ayuda concedida en un plazo máximo de 5 días desde la notificación. En caso de que la persona beneficiada no se manifestara en el plazo citado, se entenderá por aceptada la ayuda con las condiciones recogidas en la convocatoria y en la resolución de concesión.
El plazo de resolución será de 6 meses a partir del plazo de fin de presentación de solicitudes salvo que se recoja uno distinto en el anexo correspondiente. En todo caso, cuando el órgano instructor solicite informes preceptivos a órganos distintos de la Universidad de Alicante, el plazo de resolución podrá suspenderse por un máximo de 3 meses, así como durante el utilizado para la subsanación de deficiencias y aportación de documentos de acuerdo con lo previsto en el art. 22 d) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si trascurrido el plazo de resolución, el Vicerrectorado de Investigación no hubiese notificado dicha resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada la solicitud.
La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.
Pago de las ayudas
El pago de estas ayudas se realizará mediante traspaso de crédito desde el presupuesto del Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica a la clave orgánica abierta al efecto a las personas beneficiarias de cada una de las ayudas concedidas.
Seguimiento y Justificación
En un plazo máximo de 1 mes desde la fecha de finalización del periodo de ejecución del proyecto, el investigador o la investigadora principal deberá remitir a la Subdirección de Convocatorias Públicas de I+D+I un informe final en el que haga constar los resultados obtenidos.
Se incluirá también un informe económico de los gastos realizados con cargo a la ayuda concedida de acuerdo con el presupuesto incluido en la solicitud, que el personal administrativo del departamento/instituto deberá elaborar a través del apartado de justificación económica del programa UXXI-Investigación de la Universidad de Alicante.
Tanto el informe científico como el económico deberán ir firmados digitalmente por investigador principal. Además, se aportará una copia del acuse de recibo de la presentación de los resultados o entregables a la entidad con la que se ha desarrollado el proyecto.
Además de las acciones de seguimiento anteriores, el Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica podrá llevar a cabo otras actuaciones de seguimiento para la comprobación de que se han alcanzado los objetivos del proyecto.
Enlaces de interés
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/53521
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAnexoxId?idanexo=1022489&idacuerdo=53521&idioma=es
Documentación a adjuntar
Las solicitudes deberán incorporar una memoria técnica con una extensión máxima recomendable de 10 páginas que incluirá, como mínimo, los siguientes apartados:
- Descripción de la tecnología o conocimiento.
- Estado de desarrollo.
- Sectores de aplicación.
- Objetivos de valorización para la tecnología o conocimiento.
- Carácter innovador de la tecnología o conocimiento.
- Programa de trabajo del proyecto.
- Presupuesto del proyecto.
- Trayectoria, proyectos y/o acciones ya desarrolladas hasta la fecha en relación con la tecnología o conocimiento. (Proyectos realizados, comunicación de invención, ficha de oferta tecnológica, solicitud de protección, expresiones de interés recibidas, asistencia a ferias, eventos de transferencia, acuerdos de confidencialidad, reuniones ya establecidas con empresas, etc.)
- En su caso, grado de protección.
- Empresa o institución interesada. Justificación, carta de apoyo o contrato de colaboración art.60. Actividades a realizar por la empresa o entidad, y acciones posteriores si el proyecto tuviera éxito.
En caso de que la empresa o entidad colaboradora esté dispuesta a aportar financiación, deberá tramitarse un contrato art. 60 LOSU, cuya firma deberá realizarse con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y que deberá incorporarse a cada solicitud.




