Becas Facultad CC Información Apoyo Docencia Doctorado
INSCRIPCIONES
Becas Facultad CC Información Apoyo Docencia Doctorado: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Facultad CC Información Apoyo Docencia Doctorado ofrecen una oportunidad de formación práctica para estudiantes de la Universidad Complutense de Madrid interesados en adquirir experiencia dentro del ámbito de la gestión académica, la docencia y la investigación universitaria.
Estas ayudas permiten colaborar en la Oficina de Apoyo a la Docencia en Doctorado de la Facultad de Ciencias de la Información, participando en tareas relacionadas con la organización documental, el apoyo administrativo a estudiantes y coordinadores de programas de Doctorado y la gestión de información académica.
Las Becas Facultad CC Información Apoyo Docencia Doctorado cuentan con una dotación económica de 450 euros mensuales y contempla una dedicación presencial de 20 horas semanales, de lunes a viernes, en horario de mañana. La duración podrá extenderse hasta un máximo de dos años, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la convocatoria.
Para solicitarla es necesario estar matriculado/a en titulaciones como los grados de Periodismo, Publicidad y Relaciones Públicas, Comunicación Audiovisual o Documentación, así como cumplir los requisitos académicos indicados. También podrán participar estudiantes de Máster o Doctorado de la Facultad de Ciencias de la Información.
Las Becas Facultad CC Información Apoyo Docencia Doctorado son una excelente oportunidad para complementar los estudios con experiencia práctica y mejorar el perfil profesional dentro del entorno universitario. En nuestra web te informamos de todo lo necesario para solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Para ser admitido/a en el proceso de selección de las Becas Facultad CC Información Apoyo Docencia Doctorado, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en el Reglamento de Becas de Formación Práctica de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados en Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2017, publicados en el BOUCM el 1 de diciembre de 2017.
- Estar matriculado/a en el Grado de Periodismo, Grado de Publicidad y Relaciones Públicas, Grado de Comunicación Audiovisual o Grado en Documentación (mínimo 48 créditos) en la UCM. Pueden presentarse también a esta convocatoria las personas matriculadas en algún Máster (mínimo 36 créditos), o aquellas inscritas en algún Doctorado en la Facultad de CC. de la Información de la UCM.
- Tener aprobado, al menos, un número de créditos equivalente al primer curso del plan de estudios del grado en el que se halle matriculado/a la persona solicitante para el caso de matriculados/as en grado.
- No haber disfrutado con anterioridad de una beca de formación práctica en la Universidad Complutense de Madrid durante doce o más meses.
- No haber renunciado a una beca de formación práctica de la UCM sin causa justificada.
Dotación
La persona beneficiaria de las Becas Facultad CC Información Apoyo Docencia Doctorado recibirá, en concepto de ayuda económica para la realización de tareas de colaboración y apoyo de acuerdo con las condiciones y perfil de esta convocatoria, un importe total de 450 euros por mes, durante los meses indicados. A estas cantidades se les practicarán las retenciones que establezca la normativa vigente.
En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca en los términos previstos en la base 4, se ajustará proporcionalmente dicha cuantía a la nueva dedicación horaria.
Presentación
Las solicitudes para participar en esta convocatoria de Becas Facultad CC Información Apoyo Docencia Doctorado se presentarán a través de Becas UCM online.
Más información
Duración de la beca de formación práctica
Las actividades relacionadas con estas becas se desarrollarán en el momento en que se produzca la primera vacante. Finalizado el periodo establecido en la credencial, la beca se entenderá finalizada a todos los efectos sin necesidad de que medie resolución o acto expreso alguno por parte de la UCM salvo lo establecido en el párrafo siguiente.
En su caso, la Vicerrectora de Estudiantes, podrá autorizar la prórroga de la beca. Para ello, el becario debe mantener la condición de estudiante de la UCM en alguna de las titulaciones de la base 2, y tener un informe favorable del tutor del becario. En este caso, se expedirá una nueva credencial.
La duración máxima de este tipo de becas de formación práctica será de un año, prorrogable a dos, debiendo el/la beneficiario/a estar matriculado durante toda la beca, o de lo que en su caso establezca la normativa vigente.
La lista de espera resultante de esta convocatoria tendrá vigencia hasta que se publique una nueva convocatoria de las mismas características.
Dedicación
La beca de formación práctica tiene carácter presencial y supondrá una dedicación de 20 horas semanales, de lunes a viernes durante el periodo contemplado en la Base 3.
El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del tutor y previo acuerdo con la persona becaria seleccionada, en horario de mañana. En cualquier caso, la duración y el régimen de dedicación de la beca tendrán que ser compatible con el correcto desarrollo de los estudios en que esté matriculado el/la persona beneficiaria.
Por motivos organizativos o necesidades temporales, la Vicerrectora de Estudiantes podrá autorizar la modificación de la dedicación de la beca dentro de las posibilidades que establece el vigente Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM en su artículo 6.
En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca variará proporcionalmente la cuantía de la misma de acuerdo con la nueva dedicación horaria.
Actividades a desarrollar
La persona becada apoyará y colaborará en las siguientes funciones:
- Prestar apoyo en la Oficina de Apoyo a la Docencia en Doctorado.
- Contestación de correos electrónicos de estudiantes (actuales o potenciales) de Doctorado, con relación a cuestiones puramente administrativas (no académicas). Los coordinadores podrán remitir a la OAD todas las cuestiones que estén relacionadas con plazos, tasas, documentación necesaria, requisitos de matriculación, etc.
- Ayuda a llamadas de estudiantes de Doctorado (tanto actuales como potenciales estudiantes), en relación con los mismos temas administrativos.
- Apoyo a la recogida y gestión de la documentación que los estudiantes de Doctorado necesiten hacer llegar a su Coordinador o a la Comisión Académica del programa.
- Apoyar a los coordinadores de Doctorado en el seguimiento de los doctorandos. Por ejemplo, llevando una relación de qué estudiantes han entregado la documentación necesaria, y cuáles no.
- Ayudar en las solicitudes de información que realiza Rectorado en relación con el profesorado o el alumnado de los programas de Doctorado de la Facultad.
- Mantener una actitud proactiva en la búsqueda de información (Becas, Prácticas, Plazos, Normativas, etc.) que puedan ser de utilidad para los coordinadores de los programas de Doctorado.
Plan de formación práctico y tutor/a
El objetivo principal de estas becas es ofrecer al estudiantado un período de formación práctica, en el que adquirirá conocimientos y habilidades específicas sobre la gestión de la docencia y la investigación en el contexto de la Oficina de Apoyo a la Docencia en Doctorado.
Durante el programa, la persona becada aprenderá a manejar la preparación de expedientes, la organización de la formación de Doctorado, la gestión de tesis doctorales, proyectos de investigación y otros procesos relacionados.
La Oficina de Apoyo a la Docencia nace con el objetivo de servir de ayuda en las tareas de gestión e información de las titulaciones de la Facultad de Ciencias de la Información y, en particular, de los títulos de Doctorado del Centro.
Sirve de oficina canalizadora de toda la información que tanto los futuros estudiantes, como los ya matriculados, puedan demandar sobre las titulaciones impartidas en la Facultad. Asimismo, permite a los responsables de cada titulación centralizar la gestión documental que se genera a lo largo del curso académico.
Para la realización y acompañamiento del programa de formación, se establece como tutor responsable a D. Iván Rúas, encargado de la Oficina de Apoyo a la Docencia en Doctorado que dirigirá y coordinará las actividades del plan de formación. El tutor supervisará y guiará a la persona becaria durante todo el período, proporcionando apoyo académico y práctico para la correcta adquisición de competencias y habilidades necesarias.
Seguro
La disposición adicional quincuagésima segunda (DA 52ª) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (en lo sucesivo, TRLGSS), titulada “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación”, entró en vigor el día 1 de enero de 2024, de conformidad con lo establecido en la disposición final décima del Real Decreto-ley 2/2023. Las prácticas formativas quedan comprendidas como asimiladas a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, con la exclusión de la protección por desempleo, de la cobertura del Fondo de garantía salarial y por Formación Profesional.
Criterios de valoración
Constará de 2 fases. Se podrá obtener un máximo de 20 puntos, según el baremo que se detalla a continuación.
Primera fase
- Expediente académico: Hasta 10 puntos. La calificación será la que conste en el expediente académico del estudiante en escala numérica de 0 a 10 puntos.
- Conocimiento de inglés (mínimo B2): Hasta 2 puntos.
- Colaboración en actividades de gestión y posicionamiento en redes sociales de revistas: Hasta 1,5 puntos.
- Colaboración en actividades de investigación: Hasta 1,5 puntos.
Segunda fase
- Entrevista personal: Hasta 5 puntos.
La entrevista personal se realizará exclusivamente a los/as estudiantes que obtengan las 10 puntuaciones más altas tras la aplicación del baremo contemplado en la fase primera, quedando en lista de espera los que además superen la entrevista personal en la segunda fase. En el caso de que existan candidatos que se encuentren en circunstancias especiales, podrán realizar la entrevista por videoconferencia.
Tramitación de solicitudes
El Vicerrectorado de Estudiantes, a través del Servicio de Becas de la Universidad Complutense, revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida. Se notificará individualmente por correo electrónico los errores en las solicitudes.
Las personas excluidas tendrán un plazo de diez días para aportar la documentación necesaria o subsanar los errores que se hubieran observado, tendrán que hacerlo a través de la misma aplicación Becas UCM online, haciéndose saber que en el caso contrario su solicitud será archivada de conformidad con el artículo 17 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Resolución
La Comisión de evaluación, previo estudio y valoración de las solicitudes admitidas y de conformidad con los criterios de baremación fijados en la convocatoria elevará al vicerrector de Estudiantes la propuesta de resolución de la lista de espera y su orden de prelación. La Comisión de evaluación podrá dejar desierta, total o parcialmente, la resolución de una convocatoria en el caso de que el nivel de las personas aspirantes no supere la puntuación mínima aceptable para un correcto desempeño de la beca, o se hayan producido hechos o cambios organizativos que la hagan inviable. En estos casos, la resolución deberá ser motivada.
La resolución se publicará en la página web de la UCM a los efectos previstos en el artículo 45, número 1, apartado b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas https://www.ucm.es/formacionpractica. Esta lista de espera tendrá vigencia hasta que se realice una nueva convocatoria.
Designación y credencial de becario/a
La Sección de Becas de Formación Práctica ofertará las vacantes que se produzcan por correo electrónico siguiendo el orden de prelación establecido por la Comisión de evaluación en la lista de espera; el/la beneficiario/a dispondrá de un plazo de tres días a contar desde el día siguiente al de la comunicación en su correo de la oferta, para presentar por correo electrónico (utbeco@ucm.es) a la Sección de Becas de Formación Práctica de la UCM los siguientes documentos:
- Copia del DNI o NIE en vigor.
- Anexo II de aceptación de beca.
- Anexo III de datos bancarios.
- Número de afiliación a la Seguridad Social.
Transcurrido el mencionado plazo de tres días sin que el/la candidato/a de la beca hubiese presentado la documentación requerida, se entenderá que renuncia a la beca, procediéndose a su archivo.
A los/as candidatos/as designados se les extenderá una credencial de beca.
En caso de necesidad, se podrá utilizar la bolsa generada por esta convocatoria para cubrir peticiones de beca con mismo o similar perfil de otros centros o servicios de la UCM. En este caso, los/las candidatos/as seleccionados/as podrán rechazar o aceptar la oferta que no condicionará su orden en la lista de espera.
Derechos y obligaciones
Además de los previstos en la presente convocatoria, las personas adjudicatarias de las becas de formación práctica tendrán derecho a:
- Sugerir ideas e iniciativas en el desarrollo de sus planes de formación.
- Obtener de la Universidad Complutense a través del órgano, unidad o estructura donde desarrolle la beca, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo y aprovechamiento de su formación, así como para el ejercicio de su actividad académica.
- Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente.
La persona becaria acepta los siguientes compromisos:
- Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de la aplicación como consecuencia de la misma, así como respetar la confidencialidad de la información manejada en los términos establecidos en la legislación vigente.
- Respetar los medios materiales puestos a su disposición por la Universidad para el desarrollo de sus actividades. Si en el desempeño de sus funciones tuvieran conocimiento de información confidencial relativa a personas, empresas o instituciones estarán obligados a mantener la confidencialidad.
- Cumplir los Estatutos de la Universidad Complutense y los Reglamentos que les afecten.
- Realizar las actividades contempladas en la convocatoria, que deberán ser aprobadas por el vicerrectorado competente en materia de estudiantes.
- Cumplir con los objetivos de la beca y con las directrices establecidas por el tutor.
- Presentar un informe detallado final de sus actividades ante su tutor y ante el Vicerrectorado de Estudiantes antes de la finalización de la beca en el Servicio de Becas de la UCM, que deberá recoger:
- Datos personales del/la estudiante.
- Órgano, unidad o estructura de la UCM la persona solicitante de la beca.
- Descripción concreta de las tareas desarrolladas y valoración de las mismas, con los conocimientos y competencias transversales y específicas que haya practicado, con especial referencia, en su caso, a aquellos directamente relacionados con su titulación.
- Evaluación de la beca y propuesta de mejora.
- Cualesquiera otros deberes recogidos en la legislación vigente.
Incompatibilidades
Con carácter general, las becas de formación práctica son incompatibles con cualquier otro tipo de beca de la misma naturaleza otorgada por la Universidad Complutense, así como las concedidas por otras entidades públicas o privadas.
No se podrá disfrutar de una beca de formación práctica si el estudiante, teniendo una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o trabajando por cuenta propia, tenga una dedicación que coincida con los horarios de desempeño de la beca, o la suma de las horas de dedicación de ambas actividades supere las 35 horas semanales.
No podrá solicitar una beca de formación práctica de la UCM la persona que haya sido becario/a con anterioridad y no haya sido renovada su credencial por informe negativo de su tutor/a, tal como se contempla en el art. 14 del Reglamento de Becas de Formación Práctica, aprobado en Consejo de Gobierno el 28 de noviembre de 2017, o que dicha beca le haya sido revocada por incumplimiento injustificado de sus deberes como becario, reguladas en los art. 16 y 19 de dicho Reglamento, y en la convocatoria correspondiente.
Enlaces de interés
https://www.ucm.es/file/conv-23-2026-fac-de-cc-de-la-informacion-oficina-de-apoyo-a-la-docencia-en-doctorado-report?ver
Documentación a adjuntar
- Copia escaneada del NIE régimen comunitario con pasaporte/NIE o documento de identidad del país de procedencia del solicitante, en vigor.
- Certificación/es académicas, en la que figurarán las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media de todas las superadas.
- Curriculum Vitae en el que la persona solicitante hará constar los méritos que estime pertinentes para su valoración en relación con la presente convocatoria.
- Copia escaneada en formato jpg o pdf de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en el Curriculum Vitae no estén debidamente justificados. Los méritos se valorarán como referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.






