Becas Formación Facultad CC Información Audiovisuales
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Becas Formación Facultad CC Información Audiovisuales: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Formación Facultad CC Información Audiovisuales son convocadas por la Universidad Complutense de Madrid con el objetivo de ofrecer una formación práctica de calidad a los estudiantes de los grados de la Facultad de Ciencias de la información, así como a los estudiantes de Máster de dicha facultad y los de Doctorado. Gracias a estas becas los seleccionados aprenderán nuevas herramientas que sin duda les serán de gran utilidad para su futuro laboral.
Para poder acceder a las Becas Formación Facultad CC Información Audiovisuales, los aspirantes a las mismas no habrán podido disfrutar de becas de formación práctica con anterioridad. Además deberán cumplir con los requisitos indicados.
Los becarios destinarán 20 horas a la semana distribuidas en 4 horas al día para la realización de sus tareas. En contraprestación recibirán a cambio una cuantía económica de 450 euros mensuales. Las actividades a desarrollar serán entre otras apoyo a la atención del profesorado y estudiantes en el uso del laboratorio de audiovisuales o Colaboración con la supervisión de las instalaciones del laboratorio y actualización de la web.
Si deseas saber todo lo necesario para solicitar las Becas Formación Facultad CC Información Audiovisuales en nuestra web podrás encontrar toda la información. Consulta aquí todos los requisitos, plazos, etc.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Periodismo y Comunicación Audiovisual
- Carrera
- Comunicación
- Periodismo
- Publicidad y Relaciones Públicas
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Para ser admitido en el proceso de selección de las Becas Formación Facultad CC Información Audiovisuales, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en el Reglamento de Becas de Formación Práctica de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados en Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2017, publicados en el BOUCM el 1 de diciembre de 2017.
- Estar matriculado/a preferentemente en cualquiera de los tres grados oficiales de la Facultad de Ciencias de la Información (mínimo 48 créditos) en la UCM. Pueden presentarse también a esta convocatoria los matriculados en algún Máster de la Facultad (mínimo 36 créditos), o aquellos alumnos inscritos en algún Doctorado en la misma Facultad.
- Tener aprobado, al menos un número de créditos equivalente al primer curso del plan de estudios del grado en el que se halle matriculado el solicitante para el caso de matriculados en grado (art 17.b del Reglamento de Becas de Formación Práctica).
- No haber disfrutado con anterioridad de una beca de formación práctica en la Universidad Complutense de Madrid durante doce o más meses.
- No haber renunciado a una beca de formación práctica de la UCM sin causa justificada.
Dotación
La persona beneficiaria con las Becas Formación Facultad CC Información Audiovisuales recibirá, en concepto de ayuda económica para la realización de tareas de colaboración y apoyo de acuerdo con las condiciones y perfil de esta convocatoria, un importe total de 450 euros por mes, durante los meses indicados en la credencial.
A estas cantidades se les practicarán las retenciones que establezca la normativa vigente.
En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca en los términos previstos en la base 4, se adjuntará proporcionalmente dicha cuantía a la nueva dedicación horaria.
Presentación
Las solicitudes para participar en esta convocatoria de Becas Formación Facultad CC Información Audiovisuales, se presentarán a través de Becas ucm on line.
Más información
Duración de la beca de formación práctica
Las actividades relacionadas con estas becas se desarrollarán en el momento en que se produzca la primera vacante. Finalizado el periodo establecido en la credencial, la beca se entenderá finalizada a todos los efectos sin necesidad de que medie resolución o acto expreso alguno por parte de la UCM salvo lo establecido en el párrafo siguiente.
En su caso, la Vicerrectora de Estudiantes, podrá autorizar la prórroga de la beca. Para ello, el becario debe mantener la condición de estudiante de la UCM en alguna de las titulaciones de la base 2, y tener un informe favorable del tutor del becario. En este caso, se expedirá una nueva credencial.
La duración de la beca comprenderá el tiempo preciso en función de las necesidades del Servicio y, en todo caso, podrá prorrogarse hasta un máximo de dos años, debiendo el beneficiario estar matriculado durante el período de prestación de la misma.
La lista de espera resultante de esta convocatoria tendrá vigencia hasta que se publique una nueva convocatoria de las mismas características.
Dedicación
La beca de formación práctica supondrá una dedicación de 20 horas semanales, distribuidas en 4 horas diarias de lunes a viernes durante el periodo contemplado en la Base 3.
El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del/la tutor/a y previo acuerdo con la persona becaria seleccionada, en horario mañana/tarde. En cualquier caso, la duración y el régimen de dedicación de la beca tendrán que ser compatible con el correcto desarrollo de los estudios en que esté matriculado el beneficiario/a.
Por motivos organizativos o necesidades temporales, la Vicerrectora de Estudiantes podrá autorizar la modificación de la dedicación de la beca dentro de las posibilidades que establece el vigente Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM en su artículo 6. En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca variará proporcionalmente la cuantía de la misma de acuerdo con la nueva dedicación horaria.
Actividades a desarrollar
La persona becaria tendrá asignadas las siguientes funciones:
- Apoyo a la atención al profesorado y estudiantes en el uso del Laboratorio de Audiovisuales (LAV).
- Colaboración con la supervisión de las instalaciones del Laboratorio y actualización de la web.
- Apoyo a la gestión de la aplicación de reserva on line de equipamientos y espacios del Laboratorio.
Plan de formación práctico y tutor/a.
La persona becaria adquirirá formación en los siguientes ámbitos:
- Sistemas de edición web.
- Sistemas de edición audiovisual.
- Técnicas básicas de control y realización en platós y estudios de radio.
La tutora responsable que dirigirá y coordinará las actividades del plan de formación,será la Vicedecana de Política Económica e Innovación, Dª Carmen Salgado Santamaría.
Criterios de valoración
Constará de 2 fases.
Se podrá obtener un máximo de 20 puntos, según el baremo que se detalla a continuación.
Primera fase
- Expediente académico: Hasta 10 puntos. La calificación será la que conste en el expediente académico del grado en escala numérica de 0 a 10 puntos, con dos decimales.
- Cursos de Formación audiovisual y multimedia, edición web,redes sociales, etc.). Hasta 3 puntos.
- Conocimientos de ofimática: Hasta 1 punto.
- Otros méritos Hasta 1 punto.
Segunda fase
Entrevista personal. Hasta 5 puntos.
La entrevista personal se realizará exclusivamente a los estudiantes que obtengan las 10 puntuaciones más altas tras la aplicación del baremo contemplado en la fase primera,quedando en lista de espera los que además superen la entrevista personal en la segunda fase. En el caso de que existan candidatos que se encuentren en circunstancias especiales, podrán realizar la entrevista por videoconferencia.
Resolución
La Comisión de Selección, previo estudio y valoración de las solicitudes admitidas y de conformidad con los criterios de baremación fijados en la convocatoria elevará a la Vicerrectora de Estudiantes la propuesta de resolución de la lista de espera y su orden de prelación.
La Comisión de Selección podrá dejar desierta, total o parcialmente, la resolución de una convocatoria en el caso de que el nivel de los aspirantes no supere la puntuación mínima aceptable para un correcto desempeño de la beca, o se hayan producido hechos o cambios organizativos que la hagan inviable. En estos casos la resolución deberá ser motivada.
La resolución se publicará en la página web de la UCM.https://www.ucm.es/formacion-practica a los efectos previstos en el artículo 45, número1, apartado b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta lista de espera tendrá vigencia hasta que se realice una nueva convocatoria.
Designación y credencial de becario
La Sección de Becas de Formación Práctica ofertará las vacantes que se produzcan por correo electrónico siguiendo el orden de prelación establecido por la Comisión de evaluación en la lista de espera; el beneficiario dispondrá de un plazo de tres días a contar desde el día siguiente al de la comunicación en su correo de la oferta, para presentar en la Sección de Becas de Formación Práctica de la UCM los siguientes impresos: Anexo II de aceptación de beca, Anexo III de datos bancarios y número de afiliación a la Seguridad Social.
Transcurrido el mencionado plazo de tres días sin que el citado candidato de la beca hubiese presentado la documentación, se entenderá que renuncia a la beca, procediéndose a su archivo.
Al candidato/a designado/a se le extenderá una credencial de becario/a.
En caso de necesidad, se podrá utilizar la bolsa generada por esta convocatoria para cubrir peticiones de beca con mismo o similar perfil de otros centros o servicios de la UCM. En este caso, los candidatos seleccionados podrán rechazar o aceptar la oferta que no condicionará su orden en la lista de espera.
Derechos y obligaciones
- Sugerir ideas e iniciativas en el desarrollo de sus planes de formación.
- Obtener de la Universidad Complutense a través del órgano, unidad o estructura donde desarrolle la beca, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo y aprovechamiento de su formación, así como para el ejercicio de su actividad académica.
- Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente.
- Respetar los medios materiales puestos a su disposición por la Universidad para el desarrollo de sus actividades. Si en el desempeño de sus funciones tuvieran conocimiento de información confidencial relativa a personas, empresas o instituciones estarán obligados a mantener la confidencialidad.
- Cumplir los Estatutos de la Universidad Complutense y los Reglamentos que les afecten.
- Realizar las actividades contempladas en la convocatoria, que deberán ser aprobadas por el vicerrectorado competente en materia de estudiantes.
- Cumplir con los objetivos de la beca y con las directrices establecidas por el tutor.
- Presentar un informe detallado final de sus actividades ante su tutor y ante el Vicerrectorado de Estudiantes antes de la finalización de la beca en el Servicio de Becas de la UCM, que deberá recoger:
- Datos personales del estudiante.
- Órgano, unidad o estructura de la UCM solicitante de la beca.
- Descripción concreta de las tareas desarrolladas y valoración de las mismas,con los conocimientos y competencias transversales y específicas que haya practicado, con especial referencia, en su caso, a aquellos directamente relacionados con su titulación.
- Evaluación de la beca y propuesta de mejora.
- Cualesquiera otros deberes recogidos en la legislación vigente.
Con carácter general, las becas de formación práctica son incompatibles con cualquier otro tipo de beca de la misma naturaleza otorgada por la Universidad Complutense, así como las concedidas por otras entidades públicas o privadas.
Será incompatible el desempeño de la beca con la realización de prácticas académicas externas en un mismo período de tiempo. Excepcionalmente, el tutor de la beca de formación práctica podrá adaptar el tiempo de dedicación de la misma a la realización de prácticas académicas externas del beneficiario. En cualquier caso, cuando los horarios resulten compatibles y no se vea comprometida el resto de la actividad académica y representativa del estudiante, la simultaneidad de ambas actividades requerirá la autorización del tutor de la beca y, con carácter previo, del responsable de prácticas del centro o el Coordinador de prácticas de la titulación.
No se podrá disfrutar de una beca de formación práctica si el estudiante, teniendo una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o trabajando por cuenta propia, tenga una dedicación que coincida con los horarios de desempeño de la beca, o la suma de las horas de dedicación de ambas actividades supere las 35 horas semanales.
No podrá solicitar una beca de formación práctica de la UCM el estudiante que haya sido becario con anterioridad, y no haya sido renovada su credencial por informe negativo de su tutor tal como se contempla en el art. 14 del Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM, o que dicha beca le haya sido revocada por incumplimiento injustificado de sus deberes como becario/a, reguladas en los artículos 16 y 19 del mencionado Reglamento, y en la convocatoria correspondiente.
Enlaces de interés
https://www.ucm.es/file/1-conv-65-2024-para-f-cc-de-la-informacion-laboratorio-de-audiovisuales?ver
Documentación a adjuntar
- Copia escaneada del DNI/ NIE régimen comunitario con pasaporte/ NIE y documento de identidad del país de procedencia del solicitante, en vigor.
- Expediente académico, de los estudios oficiales realizados en la que figurarán las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media de todas las superadas.
- Curriculum Vitae en el que el solicitante hará constar los méritos que estime pertinentes para su valoración en relación con la presente convocatoria.
- Copia escaneada en formato jpg o pdf de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en el Curriculum Vitae no estén debidamente justificados. Los méritos se valorarán como referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.