Universidad Complutense de Madrid (UCM)

Becas de Formación para la Universidad para Mayores

Becas de estudiosBecas de formación prácticaUniversitarios

INSCRIPCIONES

11/07/202305/09/2023
Finalizada

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Becas de Formación para la Universidad para Mayores: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Complutense de Madrid convoca las Becas de Formación para la Universidad para Mayores, con el objetivo de que los estudiantes puedan realizar tareas de apoyo en la Universidad para Mayores de la UCM, y al mismo tiempo aumentar su formación, adquiriendo conocimientos que les permitan realizar funciones tutoriales.

Para poder acceder a una de las Becas de Formación para la Universidad para Mayores, el solicitante debe estar matriculado en un grado en la UCM (mínimo 48 créditos) y máster (mínimo de 36 creditos en oficiales), entre otros requisitos.

La duración de la beca será un año prorrogable a dos, con una dedicación de 20 horas semanales de lunes a viernes. La cuantía a recibir por parte del beneficiario son 450 € mensuales, durante el periodo que dure el disfrute de la beca. Durante este periodo el becario adquirirá formación práctica y realizarán actividades de tutoría y colaboración.

Los criterios de valoración utilizados para valorar a los candidatos de las Becas de Formación para la Universidad para Mayores, son expediente académico, otras titulaciones, formación complementaria, experiencia, carta de motivación y entrevista personal.

Si estás interesado en una de las Becas de Formación para la Universidad para Mayores, consulta aqui toda la información de relevancia.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Para ser admitido/a en el proceso de selección de la beca, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en el Reglamento de Becas de Formación Práctica de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados en Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2017, publicados en el Boletín Oficial de la Universidad Complutense de 1 de diciembre de 2017.

  • Estar matriculado en la UCM en Grados (mínimo 48 créditos) en la UCM y Máster(mínimo 36 créditos en másteres oficiales).
  • Tener aprobado, al menos un número de créditos equivalente al primer curso del plan de estudios del grado en el que se halle matriculado.
  • Se valorará la disponibilidad para desplazarse por las distintas sedes.
  • No haber disfrutado con anterioridad de una beca de formación práctica en la UCM durante doce o más meses.
  • No haber renunciado a una beca de formación práctica de la Universidad Complutense de Madrid sin causa justificada.

Dotación

La persona becaria recibirá, en concepto de ayuda económica para la realización de tareas de colaboración y apoyo de acuerdo con las condiciones y perfil de esta convocatoria, un importe total de 450 euros por mes, durante los meses indicados.

A estas cantidades se les practicarán las retenciones que establezca la normativa vigente.En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca en los términos previstos en la base 4, se adjuntará proporcionalmente dicha cuantía a la nueva dedicación horaria.

Presentación

La solicitud a esta convocatoria junto con los documentos requeridos se presentará através de Becas ucm on line.El plazo de presentación de solicitudes es del 28 de julio al 16 de septiembre de 2022,ambos incluidos.

Los datos personales recogidos en la solicitud tienen carácter obligatorio y serán tratados por la Universidad Complutense (Avenida de Séneca, 2. 28040 Madrid) para la organización de la docencia y el estudio, así como para el ejercicio de las demás funciones propias del Servicio Público de Educación Superior, reguladas en la Ley Orgánica de Universidades.

El solicitante está de acuerdo con que sus datos personales sean recabados, tratados y, en su caso, cedidos para los siguientes fines: gestión administrativa y académica de su expediente, oferta y prestación de servicios universitarios, realización de estadísticas,proyectos de investigación, evaluaciones, encuestas y seguimiento de los servicios universitarios prestados, así como la realización de acciones destinadas al fomento del empleo y prácticas en empresas. El responsable del tratamiento de estos datos es la Universidad Complutense de Madrid. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a su tratamiento se ejercitarán ante la Secretaría General (Administración Electrónica) de la Universidad Complutense.

Más información

Duración de la beca de formación práctica

Las actividades relacionadas con estas becas se desarrollarán en el momento en que se produzca la primera vacante. Finalizado el periodo establecido en la credencial, la beca se entenderá finalizada a todos los efectos sin necesidad de que medie resolución o acto expreso alguno por parte de la UCM salvo lo establecido en el párrafo siguiente.

En su caso, la Vicerrectora de Estudiantes, podrá autorizar la prórroga de la beca. Para ello, el becario debe mantener la condición de estudiante de la UCM en alguna de las titulaciones de la base 2, y tener un informe favorable del tutor del becario. En este caso, se expedirá una nueva credencial.

La duración de la beca será de un año prorrogable a dos, debiendo el beneficiario estar matriculado durante el período de prestación de la misma. En el año en que se agotase el tiempo máximo, el período de disfrute de las becas podrá extenderse hasta el mes de diciembre de dicho año.

Dedicación

La beca de formación práctica supondrá una dedicación de 20 horas semanales,distribuidas en horas diarias de lunes a viernes durante el periodo contemplado en el apartado anterior.

El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del tutor y previo acuerdo con el becario seleccionado desarrollándose preferiblemente en horario de tarde. En cualquier caso, la duración y el régimen de dedicación de la beca tendrán que ser compatible con el correcto desarrollo de los estudios en que esté matriculado el beneficiario.

Por motivos organizativos o necesidades temporales, la Vicerrectora de Estudiantes podrá autorizar la modificación de la dedicación de la beca dentro de las posibilidades que establece el vigente Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM en su artículo 6. En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca variará proporcionalmente la cuantía de la misma de acuerdo con la nueva dedicación horaria.

Actividades a desarrollar

La persona becaria deberá colaborar en el desarrollo de las tareas de apoyo a la Universidad para Mayores vinculados con la información, gestión y extensión de la misma. Los becarios realizarán, principalmente, las tareas de apoyo de tutorías de alumnos encomendadas por la Dirección Académica del Programa.

Plan de formación práctico y tutor

El objeto de estas becas es adquirir formación práctica en los siguientes ámbitos:

  • Apoyo a los tutores asignados a las clases en sus funciones de vía de comunicación entre los estudiantes, los profesores y el equipo de Coordinación de la Universidad para los Mayores.
  • Participación en los procesos de seguimiento y atención de los estudiantes.
  • Participación en las actividades complementarias de la Universidad para los Mayores.
  • Apoyo a las actividades relacionadas con la Extensión del Programa en sus distintas actividades complementarias (Programa Intergeneracional, ONG Red Solidaria Intergeneracional, etc.).
  • Colaboración en la adaptación de los estudiantes al ámbito universitario y digital.
  • Colaboración en la difusión de las actividades de la Universidad para Mayores en las redes sociales.

Seguro

En el marco del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,adecuación y modernización de la Seguridad Social y del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, los estudiantes universitarios seleccionados para la realización de prácticas académicas extracurriculares, tienen el carácter exclusivamente de asimilados a trabajador es por cuente ajena a efectos de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social. La acción protectora es la correspondiente al régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.

Criterios de valoración

Constará de 2 fases: Se podrá obtener un máximo de 20 puntos, según el siguiente baremo:

  • Primera fase: 15 puntos.
    • Expediente académico: Hasta 10 puntos. La calificación será la que conste en el expediente académico del grado en escala numérica de 0 a 10 puntos, con dos decimales.
    • Otras titulaciones Hasta 1 punto.
    • Formación complementaria y conocimientos de Informática: Hasta 1 punto.
    • Experiencia práctica en el área Hasta 1 punto.
    • Carta de motivación Hasta 2 puntos.
  • Segunda fase:
    • Entrevista personal Hasta 5 puntos.
    • La entrevista personal se realizará exclusivamente a los estudiantes que obtengan las 10 puntuaciones más altas tras la aplicación del baremo contemplado en la fase primera, quedando en lista de espera los que además superen la entrevista personal en la segunda fase. En el caso de que existan candidatos que se encuentren realizando su estancia Erasmus en otros países o que se encuentren en circunstancias especiales, podrán realizar la entrevista por videoconferencia.

Tramitación de solicitudes

El Vicerrectorado de Estudiantes, a través del Servicio de Becas de la Universidad Complutense, revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida enviando un correo electrónico a aquellos estudiantes que deban subsanarla.

Los solicitantes excluidos tendrán un plazo de diez días para aportar la documentación necesaria o subsanar los errores que se hubieran observado, tendrán que hacerlo a través dela misma aplicación Becas ucm on line., haciéndose saber que en el caso contrario su solicitud será archivada de conformidad con el artículo 17 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Comisión de Selección

La Comisión de evaluación encargada de valorar las solicitudes será presidida por la Vicerrectora de Estudiantes, o persona en quien delegue, y en ella actuarán como vocales la Gerente de la Universidad, o persona en quien delegue, un representante de estudiantes en Consejo de Gobierno, el Director Académico y el Jefe de Servicio de la Universidad para Mayores y la Jefe de Servicio de Becas, o persona en quien delegue, que actuará como Secretaria con voz pero sin voto.

Teniendo en cuenta los criterios de valoración señalados en la Base 11 de esta convocatoria, a los solicitantes que cumplan con las condiciones requeridas, serán convocados a una entrevista personal que se notificará individualmente al correo electrónico de los interesados y se publicará el día 28 de septiembre de 2023 en la página web de la UCM,https://www.ucm.es/formacion-practica.

Resolución

La Comisión de Selección, previo estudio y valoración de las solicitudes admitidas y de conformidad con los criterios de baremación fijados en la convocatoria elevará a la Vicerrectora de estudiantes la propuesta de resolución de la lista de espera y su orden de prelación.

La Comisión de Selección podrá dejar desierta, total o parcialmente, la resolución de una convocatoria en el caso de que el nivel de los aspirantes no supere la puntuación mínima aceptable para un correcto desempeño de la beca, o se hayan producido hechos o cambios organizativos que la hagan inviable. En estos casos la resolución deberá ser motivada.

La resolución se publicará en la página web de la UCM.https://www.ucm.es/formacion-practica a los efectos previstos en el artículo 45, número 1, apartado b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta lista de espera tendrá vigencia hasta que se realice una nueva convocatoria.

Designación y credencial de becario

La Sección de Becas de Formación Práctica ofertará las vacantes que se produzcan por correo electrónico siguiendo el orden de prelación establecido por la Comisión de Selección en la lista de espera; la persona beneficiaria dispondrá de un plazo de tres días acontar desde el día siguiente al de la comunicación en su correo de la oferta, para presentar en la Sección de Becas de Formación Práctica de la UCM los siguientes impresos:el Anexo II de aceptación de beca, Anexo III de datos bancarios, nº. de afiliación a la Seguridad Social.

Transcurrido el mencionado plazo de tres días sin que la persona beneficiaria dela beca hubiese presentado la documentación, se entenderá que renuncia a la beca, procediéndose a su archivo.

Al candidato/a designado/a se le extenderá una credencial de becario/a.

En caso de necesidad, se podrá utilizar la bolsa generada por esta convocatoria para cubrir peticiones de beca con mismo o similar perfil de otros centros o servicios de la UCM. En este caso, los candidatos seleccionados podrán rechazar o aceptar la oferta. En este último caso, no condicionará su orden en la lista de espera.

Derechos y obligaciones

Además de los previstos en la presente convocatoria, las personas beneficiarias delas becas de formación práctica tendrán derecho a:

  • Sugerir ideas e iniciativas en el desarrollo de sus planes de formación.
  • Obtener de la Universidad Complutense a través del órgano, unidad o estructura donde desarrolle la beca, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo y aprovechamiento de su formación, así como para el ejercicio de su actividad académica.
  • Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente La persona becaria acepta los siguientes compromisos:
  • Respetar los medios materiales puestos a su disposición por la Universidad para el desarrollo de sus actividades. Si en el desempeño de sus funciones tuvieran conocimiento de información confidencial relativa a personas,empresas o instituciones estarán obligados a mantener la confidencialidad.
  • Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma, así como respetar la confidencialidad de la información manejada en los términos establecidos en la legislación vigente.
  • Cumplir los Estatutos de la Universidad Complutense y los Reglamentos que les afecten.
  • Realizar las tareas derivadas del plan de formación de la beca bajo la supervisión del tutor.
  • Presentar un informe detallado final de sus actividades ante su tutor y ante el Vicerrectorado de Estudiantes antes de la finalización de la beca en el Servicio de Becas de la UCM, que deberá recoger:
    1. Datos personales del estudiante.
    2. Órgano, unidad o estructura de la UCM solicitante de la beca.
    3. Descripción concreta de las tareas desarrolladas y valoración de las mismas, con los conocimientos y competencias transversales y específicas que haya practicado, con especial referencia, en su caso, a aquellos directamente relacionados con su titulación.
    4. Evaluación de la beca y propuesta de mejora.
    5. Cualesquiera otros deberes recogidos en la legislación vigente.

Incompatibilidades

Con carácter general, las becas de formación práctica son incompatibles con cualquier otro tipo de beca de la misma naturaleza otorgada por la Universidad Complutense,así como las concedidas por otras entidades públicas o privadas.Será incompatible el desempeño de la beca con la realización de prácticas académicas externas en un mismo período de tiempo.

Excepcionalmente, el tutor de la beca de formación práctica podrá adaptar el tiempo de dedicación de la misma a la realización de prácticas académicas externas del beneficiario. En cualquier caso, cuando los horarios resulten compatibles y no se vea comprometida el resto de la actividad académica y representativa del estudiante, la simultaneidad de ambas actividades requerirá la autorización del tutor de la beca y, con carácter previo, del responsable de prácticas del centro o el Coordinador de prácticas de la titulación. No se podrá disfrutar de una beca de formación práctica si el estudiante, teniendo una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o trabajando por cuenta propia, tenga una dedicación que coincida con los horarios de desempeño de la beca, o la suma de las horas de dedicación de ambas actividades supere las 35 horas semanales.

No podrá solicitar una beca de formación práctica de la UCM el estudiante que haya sido becario con anterioridad, y no haya sido renovada su credencial por informe negativo de su tutor tal como se contempla en el art. 14 del Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM, o que dicha beca le haya sido revocada por incumplimiento injustificado de sus deberes como becario, reguladas en los artículos 16 y 19 del mencionado Reglamento, y en la convocatoria correspondiente.

Calendario

  • Subsanación documentación Del 11 a 22 de septiembre de 2023.
  • Publicación listado definitivo de candidatos Día 26 de septiembre de 2023.
  • Convocatoria a entrevista personal Día 28 de septiembre de 2023.
  • Publicación de resolución (lista de espera) Día 4 de octubre de 2023.

Enlaces de interés

https://www.ucm.es/file/1-conv.-49-2023-universidad-de-mayores-basica-?ver

Documentación a adjuntar

  • Copia escaneada del DNI o NIE régimen comunitario o con permiso de residencia del solicitante, en vigor.
  • Certificación académica, en la que figurarán las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media de todas las superadas.
  • Curriculum Vitae en el que la persona solicitante hará constar los méritos que estime pertinentes para su valoración en relación con la presente convocatoria.
  • Carta de motivación.
  • Copia escaneada de los documentos acreditativos de los méritos alegados en formato Jpg o Pdf.
  • La Comisión de Selección no valorará aquellos méritos que siendo alegados en el Curriculum Vitae no estén debidamente justificados. Los méritos se valorarán teniendo en cuenta la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad Complutense de Madrid convoca las Becas de Formación para la Universidad para Mayores, con el objetivo de que los estudiantes puedan realizar tareas de apoyo en la Universidad para Mayores de la UCM, y al mismo tiempo aumentar su formación, adquiriendo conocimientos que les permitan realizar funciones tutoriales.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de Formación para la Universidad para Mayores" es: desde 11/07/2023 hasta 05/09/2023.

La Beca "Becas de Formación para la Universidad para Mayores" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas de Formación para la Universidad para Mayores" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes