Universidad Complutense de Madrid (UCM)

Becas de Formación para la Universidad para Mayores

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INSCRIPCIONES

Inicio29/07/2026 Fin15/09/2026
Abierta

Becas de Formación para la Universidad para Mayores: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Complutense de Madrid convoca las Becas de Formación para la Universidad para Mayores, con el objetivo de que los estudiantes puedan realizar tareas de apoyo en la Universidad para Mayores de la UCM, y al mismo tiempo aumentar su formación, adquiriendo conocimientos que les permitan realizar funciones tutoriales.

Para poder acceder a una de las Becas de Formación para la Universidad para Mayores, el solicitante debe estar estar en posesión del título de licenciado/graduado en cualquiera de las siguientes áreas: Humanidades, Ciencias Sociales o Informática. Además deberás no haber renunciado a una beca de formación práctica de la Universidad Complutense de Madrid sin causa justificada.

El becario dedicará a sus actividades 20 horas semanales de lunes a jueves. La cuantía a recibir por parte del beneficiario son 450 € mensuales, durante el periodo que dure el disfrute de la beca. Durante este periodo el becario adquirirá formación práctica y realizarán actividades de tutoría y colaboración.

Los criterios de valoración utilizados para valorar a los candidatos, son expediente académico, otras titulaciones de postgrado, conocimientos de informática, experiencia en el área y carta de motivación.

Si estás interesado en una de las Becas de Formación para la Universidad para Mayores, consulta aquí toda la información de relevancia.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Turismo, Ciencias Sociales y Educación
  • Artes y Humanidades
  • Arquitectura e Ingenierías
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos para solicitar las Becas de Formación para la Universidad para Mayores:

Para ser admitido/a en el proceso de selección de la beca, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en el Reglamento de Becas de Formación Práctica de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados en Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2017, publicados en el Boletín Oficial de la Universidad Complutense de 1 de diciembre de 2017 y, específicamente, los siguientes:

  • Estar matriculado en cualquiera de los grados oficiales en cualquiera de las siguientes áreas: Humanidades, Ciencias Sociales o Informática (mínimo 48 créditos) en la UCM.
  • Tener aprobado, al menos un número de créditos equivalente al primer curso del plan de estudios del grado en el que se halle matriculado el solicitante para el caso de matriculados en grado (art. 17.b del Reglamento de Becas de Formación Práctica).
  • No haber renunciado a una beca de formación práctica de la Universidad Complutense de Madrid sin causa justificada.
  • No haber disfrutado con anterioridad de una beca de formación práctica en la UCM durante doce o más meses.

Dotación

La persona beneficiaria con las Becas de Formación para la Universidad para Mayores recibirá, en concepto de ayuda económica para la realización de tareas de colaboración y apoyo de acuerdo con las condiciones y perfil de esta convocatoria, un importe total de 450 euros por mes, durante los meses indicados. A estas cantidades se les practicarán las retenciones que establezca la normativa vigente. En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca en los términos previstos en la base 4, se ajustará proporcionalmente dicha cuantía a la nueva dedicación horaria.

Presentación

Las solicitudes para participar en esta convocatoria de Becas de Formación para la Universidad para Mayores se presentarán a través de Becas ucm on line.

Más información

Duración de la beca de formación práctica

Las actividades relacionadas con estas becas se desarrollarán de forma presencial en el momento en que se produzca la primera vacante. Finalizado el periodo establecido en la credencial, la beca se entenderá finalizada a todos los efectos sin necesidad de que medie resolución o acto expreso alguno por parte de la UCM salvo lo establecido en el párrafo siguiente.

En su caso, la Vicerrectora de Estudiantes podrá autorizar la prórroga de la beca previa petición del Centro afectado, siempre que exista dotación presupuestaria. Para ello, la persona becada debe mantener la condición de estudiante de la UCM en alguna de las titulaciones oficiales. En este caso, se expedirá una nueva credencial.

La duración de este tipo de becas de formación práctica básica comprenderá el tiempo preciso en función de las necesidades del Servicio y, en todo caso, podrá prorrogarse hasta un máximo de dos años, debiendo el beneficiario estar matriculado durante el período de prestación de la misma.

La lista de espera resultante de esta convocatoria tendrá vigencia hasta que se publique una nueva convocatoria de las mismas características.

Dedicación

La beca de formación práctica supondrá una dedicación de 20 horas semanales, y en cualquiera de las sedes de la Universidad para Mayores. El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del tutor y previo acuerdo con el becario seleccionado, desarrollándose preferiblemente en horario de tarde.

En cualquier caso, el régimen de dedicación de la beca deberá ser compatible con los estudios oficiales que esté realizando la persona beneficiaria.

Por motivos organizativos o necesidades temporales, la Vicerrectora de Estudiantes podrá autorizar la modificación de la dedicación de la beca dentro de las posibilidades que establece el vigente Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM en su artículo 6.

En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca variará proporcionalmente la cuantía de la misma de acuerdo con la nueva dedicación horaria.

La lista de espera resultante de esta convocatoria tendrá vigencia hasta que se publique una nueva convocatoria de las mismas características.

Actividades a desarrollar

La persona beneficiaria de la beca desarrollará, bajo la supervisión del personal responsable de la Universidad para Mayores, actividades de apoyo relacionadas con la organización y gestión de los programas académicos, la atención e información al estudiantado, la tramitación y seguimiento de procedimientos administrativos, la coordinación de actividades formativas y culturales, así como cuantas otras tareas de carácter organizativo y de extensión universitaria resulten necesarias para el adecuado funcionamiento de la Universidad para Mayores, siempre con una finalidad exclusivamente formativa y de adquisición de competencias profesionales.

Plan de formación práctico y tutor

La persona beneficiaria de la beca desarrollará un itinerario de formación práctica orientado a la adquisición de conocimientos, destrezas y competencias relacionadas con la organización, gestión y funcionamiento de la Universidad para Mayores. Dicho itinerario se llevará a cabo bajo la supervisión de la persona responsable de la tutoría de la beca, quien orientará y realizará el seguimiento de las actividades formativas.

La formación práctica podrá comprender, entre otras, las siguientes actividades:

  • Participación, bajo supervisión, en las tareas de apoyo al Equipo de Coordinación de la Universidad para Mayores, colaborando en los procesos de comunicación y coordinación entre el alumnado, el profesorado y el equipo de gestión del programa.
  • Colaboración en los procesos de planificación, organización, seguimiento y evaluación de las actividades académicas y culturales desarrolladas por la Universidad para Mayores.
  • Participación en la organización y apoyo de las actividades de extensión universitaria y de cuantas iniciativas complementarias formen parte de la programación del Programa.
  • Colaboración en las tareas de información, orientación y atención al alumnado, facilitando su integración y el conocimiento de los procedimientos y servicios de la Universidad para Mayores.
  • Adquisición de experiencia práctica en la gestión académica y administrativa del Programa, mediante la participación en los procedimientos propios de su funcionamiento ordinario.

La realización de estas actividades tendrá carácter exclusivamente formativo y estará dirigida a complementar la formación universitaria de la persona beneficiaria mediante la adquisición de competencias profesionales relacionadas con la gestión, organización y coordinación de programas universitarios.

Para realizar el programa de formación se establece como tutores a Marcos Roca Sierra, director académico y Victoria Laín Arenas, jefe del servicio de la Universidad para Mayores.

Criterios de valoración

Constará de 2 fases:

Se podrá obtener un máximo de 20 puntos, según el siguiente baremo:

Primera fase: 10 puntos

  • Expediente académico: Hasta 5 puntos.
  • Otras titulaciones: Hasta 1 punto.
  • Formación complementaria y conocimientos de Informática: Hasta 1 punto.
  • Experiencia práctica en el área: Hasta 1 punto.
  • Carta de motivación: Hasta 2 puntos.

Segunda fase:

  • Entrevista personal: Hasta 10 puntos.

La entrevista personal se realizará exclusivamente a los estudiantes que obtengan las 10 puntuaciones más altas tras la aplicación del baremo contemplado en la fase primera, quedando en lista de espera los que además superen la entrevista personal en la segunda fase.

En el caso de que existan candidatos que se encuentren realizando su estancia Erasmus en otros países o que se encuentren en circunstancias especiales, podrán realizar la entrevista por videoconferencia.

Resolución

La Comisión de evaluación, previo estudio y valoración de las solicitudes admitidas y de conformidad con los criterios de baremación fijados en la convocatoria elevará al vicerrector de Estudiantes la propuesta de resolución de la lista de espera y su orden de prelación.

La Comisión de evaluación podrá dejar desierta, total o parcialmente, la resolución de una convocatoria en el caso de que el nivel de los aspirantes no supere la puntuación mínima aceptable para un correcto desempeño de la beca, o se hayan producido hechos o cambios organizativos que la hagan inviable. En estos casos, la resolución deberá ser motivada.

La resolución se publicará en la página web de la UCM www.ucm.es/becas-deformacion-practica-ucm a los efectos previstos en el artículo 45, número 1, apartado b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Esta lista de espera tendrá vigencia hasta que se realice una nueva convocatoria.

Designación y credencial de becario

La Sección de Becas de Formación Práctica ofertará las vacantes que se produzcan por correo electrónico siguiendo el orden de prelación establecido por la Comisión de evaluación en la lista de espera; el/la beneficiario/a dispondrá de un plazo de tres días a contar desde el día siguiente al de la comunicación en su correo de la oferta, para presentar por correo electrónico (utbeco@ucm.es) a la Sección de Becas de Formación Práctica de la UCM los siguientes documentos:

  • Copia del DNI o NIE en vigor.
  • Anexo II de aceptación de beca.
  • Anexo III de datos bancarios.
  • Número de afiliación a la Seguridad Social.

Transcurrido el mencionado plazo de tres días sin que la persona candidata de la beca hubiese presentado la documentación requerida, se entenderá que renuncia a la beca, procediéndose a su archivo.

A las personas designadas se les extenderá una credencial de beca.

En caso de necesidad, se podrá utilizar la bolsa generada por esta convocatoria para cubrir peticiones de beca con mismo o similar perfil de otros centros o servicios de la UCM. En este caso, los/las candidatos/as seleccionados/as podrán rechazar o aceptar la oferta que no condicionará su orden en la lista de espera.

Derechos y obligaciones

Además de los previstos en la presente convocatoria, las personas beneficiarias de las becas de formación práctica tendrán derecho a:

  • Sugerir ideas e iniciativas en el desarrollo de sus planes de formación.
  • Obtener de la Universidad Complutense a través del órgano, unidad o estructura donde desarrolle la beca, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo y aprovechamiento de su formación, así como para el ejercicio de su actividad académica.
  • Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente.

La persona becaria acepta los siguientes compromisos:

  • Respetar los medios materiales puestos a su disposición por la Universidad para el desarrollo de sus actividades. Si en el desempeño de sus funciones tuvieran conocimiento de información confidencial relativa a personas, empresas o instituciones estarán obligados a mantener la confidencialidad.
  • Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma, así como respetar la confidencialidad de la información manejada en los términos establecidos en la legislación vigente.
  • Cumplir los Estatutos de la Universidad Complutense y los Reglamentos que les afecten.
  • Realizar las tareas derivadas del plan de formación de la beca bajo la supervisión del tutor.
  • Presentar un informe detallado final de sus actividades ante su tutor y ante el Vicerrectorado de Estudiantes antes de la finalización de la beca en el Servicio de Becas de la UCM, que deberá recoger:
    • Datos personales del estudiante.
    • Órgano, unidad o estructura de la UCM solicitante de la beca.
    • Descripción concreta de las tareas desarrolladas y valoración de las mismas, con los conocimientos y competencias transversales y específicas que haya practicado, con especial referencia, en su caso, a aquellos directamente relacionados con su titulación.
    • Evaluación de la beca y propuesta de mejora.
    • Cualesquiera otros deberes recogidos en la legislación vigente.

Incompatibilidades

Con carácter general, las becas de formación práctica son incompatibles con cualquier otro tipo de beca de la misma naturaleza otorgada por la Universidad Complutense, así como las concedidas por otras entidades públicas o privadas.

Será incompatible el desempeño de la beca con la realización de prácticas académicas externas en un mismo período de tiempo. Excepcionalmente, el tutor de la beca de formación práctica podrá adaptar el tiempo de dedicación de la misma a la realización de prácticas académicas externas del beneficiario.

En cualquier caso, cuando los horarios resulten compatibles y no se vea comprometida el resto de la actividad académica y representativa del estudiante, la simultaneidad de ambas actividades requerirá la autorización del tutor de la beca y, con carácter previo, del responsable de prácticas del centro o el Coordinador de prácticas de la titulación.

No se podrá disfrutar de una beca de formación práctica si el estudiante, teniendo una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o trabajando por cuenta propia, tenga una dedicación que coincida con los horarios de desempeño de la beca, o la suma de las horas de dedicación de ambas actividades supere las 35 horas semanales.

No podrá solicitar una beca de formación práctica de la UCM el estudiante que haya sido becario con anterioridad y no haya sido renovada su credencial por informe negativo de su tutor tal como se contempla en el art. 14 del Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM, o que dicha beca le haya sido revocada por incumplimiento injustificado de sus deberes como becario, reguladas en los artículos 16 y 19 del mencionado Reglamento, y en la convocatoria correspondiente.

Enlaces de interés

https://www.ucm.es/file/conv-45-2026-para-la-universidad-para-mayores-basica-report?ver

Documentación a adjuntar

Copia escaneada del DNI o NIE régimen comunitario o con permiso de residencia del solicitante, en vigor.

  • Certificación académica, en la que figurarán las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media de todas las superadas.
  • Curriculum Vitae en el que la persona solicitante hará constar los méritos que estime pertinentes para su valoración en relación con la presente convocatoria.
  • Carta de motivación.
  • Copia escaneada de los documentos acreditativos de los méritos alegados en formato jpg o pdf.

La Comisión de Selección no valorará aquellos méritos que, siendo alegados en el Curriculum Vitae, no estén debidamente justificados. Los méritos se valorarán teniendo en cuenta la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas de Formación para la Universidad para Mayores

La Universidad Complutense de Madrid convoca las Becas de Formación para la Universidad para Mayores, con el objetivo de que los estudiantes puedan realizar tareas de apoyo en la Universidad para Mayores de la UCM, y al mismo tiempo aumentar su formación, adquiriendo conocimientos que les permitan realizar funciones tutoriales.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de Formación para la Universidad para Mayores" es: desde 29/07/2026 hasta 15/09/2026.

La Beca "Becas de Formación para la Universidad para Mayores" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas de Formación para la Universidad para Mayores" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de formación práctica