Becas para la Clínica Universitaria de Psicología UCM
Becas para la Clínica Universitaria de Psicología UCM, cómo solicitarlas, plazos, requisitos
INSCRIPCIONES
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Descripción
La Universidad Complutense de Madrid convoca las Becas para la Clínica Universitaria de Psicología UCM, para que los alumnos seleccionados puedan llevar a cabo una formación de carácter práctico, realizando tareas y actividades de gestión y colaboración a la investigación en la gestión de pacientes de la Clínica Universitaria de Psicología de la UCM.
Para poder solicitar estas becas, los aspirantes deberán estar cursando el Grado de Psicología en la UCM con mínimo 48 créditos, y cumplir con el resto de requisitos indicados.
El becario deberá dedicar 20 horas semanales a su formación práctica y estará supervisado por un tutor. En contraprestación el alumno becado recibirá una cuantía económica de 450 euros al mes.
Para seleccionar a los becarios se tendrá en cuenta su expediente académico, el conocimiento del inglés, páginas web, redes sociales y ofimática, además de otros méritos. En la última fase se le realizará una entrevista personal.
Las Becas para la Clínica Universitaria de Psicología UCM serán incompatibles con otras becas de igual naturaleza que otorgue la Universidad Complutense de Madrid.
Si quieres ampliar tu formación práctica en la UCM y estás matriculado en el Grado de Psicología, consulta aquí la información que necesitas para solicitar una de las Becas para la Clínica Universitaria de Psicología UCM.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Salud y Biología
- Carrera
- Psicología
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Para ser admitido/a en el proceso de selección de la beca, las personas aspirantes 2 deberán reunir los requisitos generales establecidos en el Reglamento de Becas de Formación Práctica de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados en Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2017, publicados en el Boletín Oficial de la Universidad Complutense de 1 de diciembre de 2017.
- Estar matriculado/a en el Grado de psicología (mínimo 48 créditos) en la UCM.
- Tener aprobado, al menos un número de créditos equivalente al primer curso del plan de estudios del grado en psicología.
- No haber disfrutado con anterioridad de una beca de formación práctica básica en la Universidad Complutense de Madrid durante doce o más meses.
- No haber renunciado a una beca de formación práctica de la UCM sin causa justificada
Dotación
La persona becaria recibirá, en concepto de ayuda económica para la realización de tareas de colaboración y apoyo de acuerdo con las condiciones y perfil de esta convocatoria, un importe total de 450 euros por mes, durante los meses indicados.
A estas cantidades se les practicarán las retenciones que establezca la normativa vigente.En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca en los términos previstos en la base 4, se adjuntará proporcionalmente dicha cuantía a la nueva dedicación horaria.
Presentación
La solicitud para tomar parte en esta convocatoria, junto con los documentos requeridos se presentará a través de becas.ucm.es
Más información
Duración de la beca de formación práctica
Las actividades relacionadas con estas becas se desarrollarán en el momento en que se produzca la primera vacante. Finalizado el periodo establecido en la credencial, la beca se entenderá finalizada a todos los efectos sin necesidad de que medie resolución o acto expreso alguno por parte de la UCM salvo lo establecido en el párrafo siguiente.
En su caso, la Vicerrectora de Estudiantes, podrá autorizar la prórroga de la beca. Para ello, la persona becaria debe mantener la condición de estudiante de la UCM en alguna de las titulaciones de la base 2, y tener un informe favorable del tutor/a de la persona becaria. En este caso, se expedirá una nueva credencial.
El período de duración de la beca se establecerá en cada convocatoria. La duración dela beca comprenderá el tiempo preciso en función de las necesidades del Servicio y, en todo caso, podrá prorrogarse hasta un máximo de dos años, debiendo la persona beneficiaria estar matriculado/a durante el período de prestación de la misma. En el año en que se agotase el tiempo máximo, el período de disfrute de las becas podrá extenderse hasta el mes de diciembre de dicho año.
Dedicación
La beca de formación práctica supondrá una dedicación de 20 horas semanales, de lunes a viernes durante el periodo contemplado en la Base 3.
El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del/la tutor/a y previo acuerdo con la persona becaria seleccionada, en horario de indicar mañana/mediodía-tardeen función de las necesidades del centro. En cualquier caso, la duración y el régimen de dedicación de la beca tendrán que ser compatible con el correcto desarrollo de los estudios en que esté matriculado/a la persona beneficiaria.
Por motivos organizativos o necesidades temporales, la Vicerrectora de Estudiantes podrá autorizar la modificación de la dedicación de la beca dentro de las posibilidades que establece el vigente Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM en su artículo 6.En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca variará proporcionalmente la cuantía de la misma de acuerdo con la nueva dedicación horaria.
Actividades a desarrollar
La persona becaria colaborará, bajo la supervisión de su tutor, tendrá asignadas las siguientes funciones:
- Participación en tareas de gestión y de colaboración a la investigación (revisar historias,pasar datos, etc..)
Plan de formación práctico y tutor
El objeto de estas becas es en el desarrollo de tareas de gestión y de colaboración a la investigación propia de una clínica universitaria.
Para realizar el programa de formación se establece como tutora la Directora de la Clínica Universitaria de Psicología, Dña Carmen Valiente Ots o al Psicólogo Coordinador D.Ignacio Fernández-Arias.
Seguro
En el marco del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social delas personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,adecuación y modernización de la Seguridad Social y del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, los/as estudiantes universitarios/as seleccionados/as para la realización de prácticas académicas extracurriculares, tienen el carácter exclusivamente de asimilados a trabajadores por cuente ajena a efectos de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social. La acción protectora es la correspondiente al régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
Criterios de valoración
Constará de 2 fases. Se podrá obtener un máximo de 40 puntos, según el baremo quese detalla a continuación.
- Primera fase.
- Expediente académico: Hasta 10 puntos. La calificación será la que conste en el expediente académico del estudiante en escala numérica de 0 a 10 puntos.
- Conocimiento de páginas Web y de las redes sociales: Hasta 5 puntos.
- Conocimiento de ofimática Hasta 5 puntos.
- Conocimiento de inglés: Hasta 3 puntos.
- Otros méritos. Hasta 2 puntos.
- Segunda fase.
- Entrevista personal. Hasta 15 puntos.
- La entrevista personal se realizará exclusivamente a los estudiantes que obtengan las 10 puntuaciones más altas tras la aplicación del baremo contemplado en la fase primera,quedando en lista de espera los que además superen la entrevista personal en la segunda fase. La entrevista se podrá realizar de forma telemática. Sólo se tendrán en cuenta los méritos acreditados documentalmente.
Tramitación de solicitudes
El Vicerrectorado de Estudiantes, a través del Servicio de Becas de la Universidad Complutense, revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida enviando un correo electrónico a aquellos/as estudiantes que deban subsanarla.
Las personas solicitantes excluidas tendrán un plazo de diez días para aportar la documentación necesaria o subsanar los errores que se hubieran observado, tendrán que hacerlo a través de la misma aplicación Becas ucm on line., haciéndose saber que en el caso contrario su solicitud será archivada de conformidad con el artículo 17 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Resolución
La Comisión de evaluación, previo estudio y valoración de las solicitudes admitidas y de conformidad con los criterios de baremación fijados en la convocatoria elevará al Vicerrector de Estudiantes la propuesta de resolución de la lista de espera y su orden de prelación.
La Comisión de evaluación podrá dejar desierta, total o parcialmente, la resolución de una convocatoria en el caso de que el nivel de los aspirantes no supere la puntación mínima aceptable para un correcto desempeño de la beca, o se hayan producido hechos o cambios organizativos que la hagan inviable. En estos casos, la resolución deberá ser motivada.
La resolución se publicará en la página web de la UCM https://www.ucm.es/formacion-practica a los efectos previstos en el artículo 45, número 1,apartado b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común delas Administraciones Públicas. Esta lista de espera tendrá vigencia hasta que se realice una nueva convocatoria.
Designación y credencial de becaria/o
La Sección de Becas de Formación Práctica ofertará las vacantes que se produzcan por correo electrónico siguiendo el orden de prelación establecido por la Comisión de evaluación en la lista de espera; el beneficiario dispondrá de un plazo de tres días a contar desde el día siguiente al de la comunicación en su correo de la oferta, para responder al mismo correo(utbeco@ucm.es) y adjuntar los siguientes impresos: Anexo II de aceptación de beca, Anexo III de datos bancarios y número de afiliación a la Seguridad Social.
Transcurrido el mencionado plazo de tres días sin que la persona beneficiaria dela beca hubiese presentado la documentación, se entenderá que renuncia a la beca,procediéndose a su archivo.
Al candidato/a designado/a se le extenderá una credencial de becario/a.
En caso de necesidad, se podrá utilizar la bolsa generada por esta convocatoria para cubrir peticiones de beca con mismo o similar perfil de otros centros o servicios de la UCM. En este caso, los/as candidatos/as seleccionados/as podrán rechazar o aceptar la oferta. En este último caso, no condicionará su orden en la lista de espera.
Derechos y obligaciones
Además de los previstos en la presente convocatoria, las personas beneficiarias delas becas de formación práctica tendrán derecho a:
- Sugerir ideas e iniciativas en el desarrollo de sus planes de formación.
- Obtener de la Universidad Complutense a través del órgano, unidad o estructura donde desarrolle la beca, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo y aprovechamiento de su formación, así como para el ejercicio de su actividad académica.
- Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente.
La persona becaria acepta los siguientes compromisos:
- Respetar los medios materiales puestos a su disposición por la Universidad para el desarrollo de sus actividades. Si en el desempeño de sus funciones tuvieran conocimiento de información confidencial relativa a personas,empresas o instituciones estarán obligados a mantener la confidencialidad.
- Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma, así como respetar la confidencialidad de la información manejada en los términos establecidos en la legislación vigente.
- Cumplir los Estatutos de la Universidad Complutense y los Reglamentos que les afecten.
- Realizar las tareas derivadas del plan de formación de la beca bajo la supervisión del tutor.
- Presentar un informe detallado final de sus actividades ante su tutor y ante el Vicerrectorado de Estudiantes antes de la finalización de la beca en el Servicio de Becas de la UCM, que deberá recoger:
- Datos personales del/la estudiante.
- Órgano, unidad o estructura de la UCM solicitante de la beca.
- Descripción concreta de las tareas desarrolladas y valoración de las mismas, con los conocimientos y competencias transversales y específicas que haya practicado, con especial referencia, en su caso, a aquellos directamente relacionados con su titulación.
- Evaluación de la beca y propuesta de mejora.
- Cualesquiera otros deberes recogidos en la legislación vigente.
Incompatibilidades
Con carácter general, las becas de formación práctica son incompatibles con cualquier otro tipo de beca de la misma naturaleza otorgada por la Universidad Complutense,así como las concedidas por otras entidades públicas o privadas.
Será incompatible el desempeño de la beca con la realización de prácticas académicas externas en un mismo período de tiempo. Excepcionalmente, el tutor/a de la beca de formación práctica podrá adaptar el tiempo de dedicación de la misma a la realización de prácticas académicas externas de la persona beneficiaria. En cualquier caso, cuando los horarios resulten compatibles y no se vea comprometida el resto de la actividad académica y representativa del/la estudiante, la simultaneidad de ambas actividades requerirá la autorización del tutor/a de la beca y, con carácter previo, de la persona responsable de prácticas del centro o el Coordinador de prácticas de la titulación.
No se podrá disfrutar de una beca de formación práctica si el/la estudiante, teniendo una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o trabajando por cuenta propia, tenga una dedicación que coincida con los horarios de desempeño de la beca,o la suma de las horas de dedicación de ambas actividades supere las 35 horas semanales.No podrá solicitar una beca de formación práctica de la UCM el/la estudiante que haya sido persona becaria con anterioridad, y no haya sido renovada su credencial por informe negativo de su tutor tal como se contempla en el art. 14 del Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM, aprobado en Consejo de Gobierno el 28 de noviembre de 2017, o que dicha beca le haya sido revocada por incumplimiento injustificado de sus deberes como becario/a, reguladas en los artículos 16 y 19 del mencionado Reglamento, y en la convocatoria correspondiente.
Enlaces de interés
https://www.ucm.es/file/1-conv.-34-2023-para-la-clinica-universitaria-de-psicologia-gestion-de-pacientes-?ver
Documentación a adjuntar
Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán a través de Becas ucm on line.
- Copia del DNI o NIE régimen comunitario o con permiso de residencia del solicitantepasaporte o documento de identidad del país de procedencia del solicitante, en vigor.
- Certificación académica, en la que figurarán las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media de todas las superadas.
- Curriculum Vitae en el que la persona solicitante hará constar los méritos que estime pertinentes para su valoración en relación con la presente convocatoria
- Copia escaneada en formato jpg o pdf de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en el Curriculum Vitae no estén debidamente justificados. Los méritos se valorarán como referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes