Universidad Carlos III de Madrid (UC3M)

Becas Matrícula Estudiantes UC3M - Comunidad de Madrid

Becas de estudiosBecas de matrículaUniversitarios

INSCRIPCIONES

15/02/202407/03/2024
Finalizada

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Becas Matrícula Estudiantes UC3M - Comunidad de Madrid: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Carlos III de Madrid (UC3M) tiene entre uno de sus principales objetivos, el facilitar a todos sus estudiantes el acceso a los estudios superiores universitarios, sobretodo a aquellos que se encuentran en situaciones económicas sociales y familiares menos favorables y que por motivos económicos se plantean el abandono de sus estudios.

Para promover la continuidad en los estudios, la Universidad Carlos III de Madrid convoca las Becas Matrícula Estudiantes UC3M - Comunidad de Madrid, que están financiadas por la Comunidad de Madrid y que están dirigidas a los alumnos que cursan sus estudios de Grado o Máster en dicha institución universitaria.

Mediante las Becas Matrícula Estudiantes UC3M - Comunidad de Madrid, se ofrecen ayudas económicas para cubrir de forma parcial o total los costes de la matrícula, por un importe máximo de 2.100 euros en el caso de los estudios de Máster.

Para llevar a cabo la selección de los beneficiarios, además de los requisitos indicados se tendrá en cuenta el aprovechamiento académico, la vulnerabilidad personal y familiar y la situación económica según la renta per cápita familiar del alumno.

De este modo, tanto la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M), como la Comunidad de Madrid, pretenden poner en alza el principio de igualdad entre ciudadanos, favoreciendo así a las personas con mayores dificultades económicas y reduciendo el riesgo de exclusión social.

Si este es tu caso y necesitas conocer más datos sobre las Becas Matrícula Estudiantes UC3M - Comunidad de Madrid, en esta web te facilitamos todos los datos relacionados con las mismas. Aquí te contamos cuales son los plazos de presentación de las solicitudes, requisitos, proceso de selección, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Cualquier nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Personas destinatarias

Podrán solicitar estas ayudas estudiantes con matrícula en estudios oficiales de Grado o Máster en el curso 2023-24, que no hayan abandonado dichos estudios antes de su finalización y que no hayan obtenido una beca de la convocatoria general del Ministerio de Educación y Formación Profesional en este curso, ni cualquier otro tipo de beca o ayuda de carácter público o privado, que cubra las tasas de matrícula.

  • Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias deberán acreditar la condición de residente en España, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia (Permiso de Estudiante).
  • Tener matrícula en el curso 2023-24 en estudios oficiales de Grado o Máster impartidos en la Universidad Carlos III de Madrid y no haber abandonado dichos estudios.
  • No estar en posesión o reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios cursados.
  • No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas, para el curso académico para el que se conceda esta ayuda, salvo las que pueda otorgar la universidad como ayuda complementaria a la presente convocatoria. En ningún caso la suma de estas ayudas excederá el importe correspondiente a los créditos matriculados en el curso 2023-24.
  • No tener derecho a exención total de las tasas de matrícula por cualquier otro concepto.En el caso de tener derecho a exención parcial del coste de la matrícula, el importe de la ayuda sólo cubrirá la parte no exenta del pago, que en ningún caso podrá superar los importes establecidos en el apartado 1 de esta convocatoria.
  • No superar los umbrales máximos de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula establecidos y calculados conforme a la normativa reguladora de las becas de carácter general para el curso académico 2023-24, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, aprobada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

A efectos de la determinación de la renta, se computará la información del ejercicio 2022. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, se podrá valorar la información de las rentas e ingresos de la unidad familiar del ejercicio 2023, siempre que la documentación aportada justifique suficientemente la situación económica y el descenso de ingresos provocado por la situación sobrevenida alegada. Excepcionalmente se exonerará de la citada justificación documental a quienes habiendo estado sujetos a medidas de protección, particularmente en acogimiento residencial, alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección y a quienes acrediten ser personas con estatuto de protección internacional en España, incluidas las personas solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el periodo transitorio de adquisición, conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. En estos casos (solicitantes de protección internacional con autorización de estancia), no será exigible el requisito previsto en el apartado a).

No estar incurso en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Las personas interesadas acreditarán el cumplimiento de los anteriores requisitos mediante la presentación de la documentación justificativa.Todos los requisitos deberán cumplirse en el momento de presentación de la solicitud.

Dotación

La cuantía máxima a compensar por la universidad no podrá superar el importe de los créditos de los que se haya matriculado en el curso 2023-2024, con las siguientes limitaciones, según el tipo de estudios:

  • Grado: la cuantía de la ayuda en ningún caso superará el importe de los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los estudios cursados.
  • Máster Oficial: el importe de las ayudas en ningún caso superará el importe de 2.100€.

Presentación

La solicitud se realizará de forma telemática, accediendo al siguiente formulario electrónico:https://aplicaciones.uc3m.es/formulario/solicitud_ayudas_matricula_convenio_cam

En el momento de realizar la solicitud deberán adjuntarse los archivos en formato electrónico(PDF) con los documentos exigidos en esta convocatoria para acreditar el cumplimiento delos requisitos. Los documentos deberán ser claros y legibles.

La Comisión podrá requerir, en cualquier momento del procedimiento, la aportación de la documentación original o copia compulsada de la misma.

Plazo para la presentación de solicitudes: del 15 de febrero al 7 de marzo de 2024, ambos incluidos.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.Las personas solicitantes autorizan a la Comisión de Valoración a realizar las comprobaciones necesarias de los datos y la información aportados para confirmar la veracidad de los mismos y poder valorar las situaciones alegadas.En la solicitud de la ayuda se deberá declarar si se ha obtenido cualquier otra beca o ayuda.

Más información

Procedimiento

Se constituirá una Comisión de Valoración presidida por la Vicerrectora de Estudiantes o persona en quien delegue, que estará integrada por un/a representante de cada Centro,Facultad o Escuela, un/a representante de la Delegación de Estudiantes y un/a del Centro de Orientación a Estudiantes.

La Presidencia de la Comisión de Valoración podrá solicitar el asesoramiento especializado y los informes técnicos que estime necesarios para el cumplimiento de sus funciones.La Comisión acordará la propuesta de concesión o denegación de ayudas, que deberá ser aprobada por Resolución del Rector de la Universidad.

Esta Resolución se publicará en la página web de Ayudas y Becas de la Universidad: https://www.uc3m.es/becasLas Resoluciones y cualquier otra información relacionada con la convocatoria se publicarán en la página web de Ayudas y Becas de la Universidad indicada.

Criterios de baremación de las ayudas

La Universidad elaborará una única relación de solicitantes que cumplen los requisitos establecidos en esta convocatoria.

En el caso de que el presupuesto máximo destinado a estas ayudas resultara insuficiente para atender a la totalidad de solicitudes que cumplen los requisitos, se ordenarán las solicitudes por la puntuación total obtenida, conforme a los siguientes criterios de baremación:

  • Aprovechamiento académico: Supondrá el 20% de la valoración final. La valoración del aprovechamiento académico se realizará teniendo en cuenta el porcentaje de créditos superados en el curso 2022-2023, no siendo exigible la matriculación en un número mínimo de créditos en el curso 2023-24. No obstante, cuando se hubiera dejado transcurrir algún curso académico sin matricularse, la valoración académica se referirá al último curso matriculado. En el caso de estudiantes que inician estudios de Grado o Máster se valorará la nota obtenida para el acceso a dichos estudios.
  • Vulnerabilidad personal y familiar. Supondrá el 20 % de la valoración final. Para ello, a los efectos de valorar la situación de riesgo de cada estudiante, se tendrán en cuenta situaciones tales como el fallecimiento, la incapacidad temporal o permanente, la enfermedad o accidente grave, la situación de desempleo o expediente de regulación de empleo de la persona sustentadora principal de la unidad familiar o cualquier otra circunstancia que, a su juicio, repercuta de forma negativa en la situación socioeconómica de quien solicita la ayuda. En todo caso, para que estas situaciones puedan ser valoradas y, en su caso, tenidas en cuenta, deberán quedar suficientemente acreditadas.
  • Situación económica: supondrá el porcentaje restante de la valoración final (60%). La valoración de la situación económica se hará conforme a la renta familiar per cápita,según lo establecido en el f) de la base 3 de esta convocatoria.
  • En el supuesto de existir igualdad de puntuación final, la compensación de los precios públicos se adjudicará en primer lugar a las personas con menor renta familiar per cápita.

En el supuesto de que exista igualdad de renta, se utilizará como siguiente criterio de adjudicación acreditar la condición de víctima de violencia de género conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

Estos criterios de baremación están recogidos en el Anexo I de esta convocatoria.

Obligaciones del alumnado beneficiario

Las ayudas deberán destinarse a la finalidad para la que han sido concedidas, y las personas beneficiarias tienen la obligación de comunicar cualquier cambio en su situación académica,personal, económica y/o familiar que suponga una modificación de las condiciones o requisitos que dieron lugar a la concesión.

Incompatibilidades

Las presentes ayudas son incompatibles con cualesquiera otras que puedan concederse con la misma finalidad por parte de cualquier entidad o persona pública o privada.

Enlaces de interés

Podrás encontrar el anexo y más información en el siguiente enlace:

https://www.uc3m.es/orientacion/media/orientacion/doc/archivo/doc_convocatoria_ayudas_convenio_cam_2023_24/ayudas_matricula_convenio_cam_2023_24_justificante.pdf

Documentación a adjuntar

Al rellenar el formulario de solicitud, deberán adjuntar la siguiente documentación:

  1. Solicitantes que pidieron la beca general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2023-24 y les ha sido denegada:
    • Siempre que sus datos económicos hubieran sido verificados por el Ministerio de Educación a través de la Agencia Tributaria, sólo deberán presentar copia de la matrícula del curso 2023-24, en la que figuren el importe y los descuentos y exenciones que sean de aplicación.
  2. Resto de solicitante:
    • Fotocopia del DNI/NIE de todas las personas que forman la unidad familiar.
    • Certificado de renta del ejercicio 2022 de todas las personas computables mayores de edad de la unidad familiar, con código seguro de verificación, expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, no siendo válido ningún otro tipo de certificado. El certificado debe tener fecha posterior al 1 de febrero de 2024.
    • En caso de alegar una situación sobrevenida que suponga una disminución de los ingresos de la unidad familiar, se deberá aportar la documentación referida a los ingresos de 2023, que deberá justificar suficientemente la situación económica y el descenso de ingresos. De no hacerlo, no se tendrá en cuenta la situación alegada.
    • Los ingresos no sujetos a impuestos y las retribuciones inferiores al mínimo exento,deberán acreditarse con el certificado de imputaciones de renta de la administración tributaria del ejercicio económico correspondiente y/o con el correspondiente certificado de ingresos, pensiones, prestaciones, etc...
    • En caso de divorcio o separación, se deberá adjuntar sentencia y convenio regulador actualizado.
    • En los casos en que la persona solicitante alegue su independencia familiar y económica cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia, los medios económicos con que cuenta, (declaración del IRPF o certificación de la entidad pagadora, en su defecto), la titularidad o el alquiler de su domicilio y certificado de empadronamiento actualizado. Se considerará en este caso que su domicilio familiar es el que habita durante el curso. De no justificar suficientemente estos extremos, la solicitud será denegada. A efectos de esta convocatoria, la declaración de independencia no podrá considerarse por sí misma como una situación sobrevenida.

De no acreditarse suficientemente los datos relativos a la composición de la unidad familiary/o a la renta familiar, la solicitud será denegada.

Para todo lo no regulado expresamente en este apartado se aplicará con carácter supletorio la normativa reguladora de las becas de carácter general del Ministerio de Educación.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad Carlos III de Madrid (UC3M) tiene entre uno de sus principales objetivos, el facilitar a todos sus estudiantes el acceso a los estudios superiores universitarios, sobretodo a aquellos que se encuentran en situaciones económicas sociales y familiares menos favorables y que por motivos económicos se plantean el abandono de sus estudios.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Matrícula Estudiantes UC3M - Comunidad de Madrid" es: desde 15/02/2024 hasta 07/03/2024.

La Beca "Becas Matrícula Estudiantes UC3M - Comunidad de Madrid" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Matrícula Estudiantes UC3M - Comunidad de Madrid" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes