Universidad Autónoma de Madrid (UAM)

Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación

Becas de movilidadBecas para estudiar en el extranjeroUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio08/09/2025 Fin19/09/2025
Finalizada

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Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Autónoma de Madrid (UAM) convoca las Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación.

Estas becas están dirigidas a los estudiantes que cursan sus estudios de Grado o Máster en la Universidad Autónoma de Madrid, dentro de los programas internacionales de Doble y Múltiple Titulación. Mediante estas ayudas, los beneficiarios de las mismas tienen la oportunidad de realizar sus estudios en alguno de los países especificados, por un tiempo máximo de 9 meses de duración.

Las Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación, ofrecen a los estudiantes una oportunidad única en la que además de cursar sus estudios oficiales se les brinda la oportunidad de conocer un nuevo país, conocer nuevas universidades y relacionarse con estudiantes de las mismas. Una experiencia única que sin duda, le abrirá muchos caminos de cara al futuro.

A continuación encontrarás toda la información relacionada con las Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación como plazos de presentación de solicitudes, requisitos y otros datos importantes. Además en nuestra web también te ofrecemos otras becas, ayudas y premios de la UAM que podrás consultar.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
País de destino
  • Colombia
  • Grecia
  • Bélgica
  • Francia
  • Países Bajos
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Para ser adjudicatario de una de las Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación, objeto de la presente convocatoria, el estudiante deberá estar matriculado en la UAM en el curso 2025/2026 y haber sido admitido por la UAM en el programa de estudios internacionales de Doble o Múltiple Titulación correspondiente. Los estudiantes que hayan accedido al programa de estudios a través de la institución socia no podrán solicitar esta ayuda. Para recibir la financiación, el estudiante deberá desplazarse y permanecer en la universidad de destino un mínimo de 2 meses (60 días). El importe que se pagará será el que corresponda por la estancia real en destino. Si el estudiante interrumpe su estancia deberá comunicarlo al SERIM y se interrumpirá la ayuda.

El estudiante podrá disfrutar de la ayuda de la UAM únicamente cuando el programa no tenga financiación por otras vías para el mismo período de movilidad. En el caso de programas europeos, el estudiante podrá ser adjudicatario de la ayuda de la UAM cuando no hubiera podido solicitar o recibir ayuda del programa Erasmus+ por haber agotado el número de meses financiables en cada curso académico, o no cumplir los requisitos establecidos en las bases de la Convocatoria Erasmus+. Si el estudiante ha estado en situación de solicitar alguna de estas ayudas y no lo ha tramitado, o lo ha tramitado de manera incorrecta, no se le considerará elegible por ese período. En el caso de Dobles Titulaciones que prevean que el estudiante tiene que cursar solo un año en la universidad extranjera, el estudiante no se considerará elegible si la ayuda Erasmus+ no le fue concedida por no cumplir el requisito de los 60 ECTS.

Si con posterioridad a la publicación de la resolución de estas ayudas, un estudiante con ayuda adjudicada o en reserva resultase beneficiario de una ayuda/beca gestionada por la universidad o país de destino, o por otra convocatoria de ayudas/becas de la UAM para esta misma movilidad, deberá optar por una de ellas.

Los estudiantes solo podrán ser beneficiarios de una ayuda económica para movilidad en programas internacionales de doble y múltiple titulación una única vez en el marco de un mismo programa.

Dotación

La UAM ofrecerá un número de Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación mensuales para aquellas movilidades que, tal como se establece en el apartado anterior, no hubieran podido obtener dotación económica por otras vías. Dicha ayuda consistirá en una dotación mensual durante el periodo de estancia en la universidad extranjera, con un máximo de 9 meses, y en todo caso, según lo acreditado en el certificado de estancia (ver puntos 4.2 y 4.3). El número de ayudas mensuales se establecerá en virtud del presupuesto disponible por el Servicio de Relaciones Internacionales y Movilidad (de ahora en adelante, SERIM) y del número de peticionarios. El número de ayudas financieras otorgadas no se corresponderá necesariamente con el número de solicitudes presentadas.

El número de meses máximo que se abonará a cada estudiante seguirá los siguientes criterios:

  • En el caso de movilidades de un semestre académico, se abonará un máximo de 5 meses.
  • En el caso de movilidades de un curso académico completo se abonará un máximo de 9 meses.

A su regreso a la UAM, todos los estudiantes deben entregar un certificado de estancia (ver plazos en punto 4.11) que acredite su estancia académica en la institución de destino.

Los importes máximos a abonar serán los que se definan en la Resolución de adjudicación de ayudas económicas de Fondo Erasmus+ de la UE a las plazas de movilidad concedidas en el marco de la Convocatoria de Movilidad Europea 2025/26. Los estudiantes considerados como “Menos Oportunidades” tendrán la ayuda adicional establecida en dicha Resolución. Se consideran estudiantes con menos oportunidades aquellos que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Estudiantes que sean beneficiarios de una de las siguientes becas/ayudas en el curso inmediatamente anterior a la movilidad:
    • 1.1 Beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores
    • 1.2 Beca del Departamento de Educación del País Vasco, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el Departamento de Educación del País Vasco
    • 1.3 Ayuda al estudio del Fondo Social de la UAM
  • Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%.
  • Ser beneficiario de la condición de familia numerosa especial y familia numerosa general.
  • Ser beneficiario de la prestación del ingreso mínimo vital.
  • Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria, o haber presentado solicitud de protección internacional en España.
  • Tener la consideración administrativa de víctimas de terrorismo o de violencia de género.

En el caso de presentar más de un perfil con menos oportunidades solo se podrá obtener financiación por uno de ellos. Si algún estudiante se encuentra en alguna de estas situaciones deberá mostrar prueba de ello presentando la documentación oficial que acredite la situación añadiendo dicha documentación en Sede Electrónica en el momento de la solicitud. En todo caso, el importe final adjudicado dependerá del número de solicitudes, así como del presupuesto disponible, asignado por la UAM para la presente convocatoria. La Universidad Autónoma de Madrid dispone, para el curso 2025-2026, de un importe total máximo de 100.000 €, destinado a las ayudas definidas en esta convocatoria.

Las ayudas económicas definidas en esta convocatoria se destinarán a financiar las estancias de movilidad previstas en el programa de Doble/Múltiple Titulación correspondiente. No se financiarán las estancias que se realicen más allá de lo que establece el Programa, salvo casos excepcionales debidamente justificados y autorizados por la dirección del Programa de Doble y Múltiple Titulación.

La ayuda económica tiene como objetivo compensar los costes de movilidad adicionales, a saber, los costes de viaje, de preparación lingüística si fuese necesaria, seguro de viaje y, en su caso, el coste de vida superior del país de acogida. En ningún caso pretende cubrir la totalidad de los costes de los estudios en el extranjero.

El estudiante deberá comprobar que la universidad de destino donde realizará el período de movilidad no le concede ayuda financiera alguna para dicha movilidad. En caso contrario, deberá ajustarse a lo establecido en el punto 3.4 y 9.3.2. de esta convocatoria. En el caso de que el estudiante reciba una ayuda económica para esta movilidad por otra vía, si esta fuera inferior a lo que le correspondería por esta convocatoria, la UAM podrá compensar esta diferencia siempre que haya disponibilidad presupuestaria. De la misma manera, se compensará la diferencia en el caso de estudiantes adjudicatarios de la Beca Santander No Erasmus 2025-26. Asimismo, se realizará la compensación en el caso de que el estudiante hubiera sido informado de la convocatoria y no se hubiera inscrito en la Plataforma del Santander a tiempo.

Estas ayudas financieras serán compatibles con otras ayudas y préstamos nacionales, autonómicos o locales no destinados a cubrir la movilidad del plan de estudios. Será responsabilidad del beneficiario confirmar que aquellas ayudas de esta naturaleza recibidas son a su vez compatibles con las ofrecidas en la presente convocatoria.

Las ayudas financieras adjudicadas a cada estudiante se abonarán de la siguiente manera:

  • Un primer pago antes de finalizar 2025 tras acreditar la incorporación a la universidad socia mediante certificado de llegada con el 70% del importe total estimado.
  • Un segundo y último pago al regreso del estudiante, y previo envío al SERIM (serim.internacionalizacion@uam.es) por parte del estudiante de un certificado de estancia debidamente cumplimentado por la universidad de destino, con las fechas reales de la estancia en el destino, en los plazos indicados en el punto siguiente, con el importe pendiente. El importe final de la ayuda se calculará en función de los meses totales de estancia presencial que figuren en el certificado de estancia.

El plazo de entrega del certificado de estancia será el siguiente:

  • Para estudiantes cuya movilidad se produzca en el primer semestre 2025/2026: hasta el 15 de marzo de 2026.
  • Para estudiantes cuya movilidad se produzca en el segundo semestre o curso completo 2025/2026: hasta el 15 de julio de 2026.

El abono de las ayudas se realizará exclusivamente mediante transferencia bancaria a libretas de ahorro o cuentas corrientes de oficinas bancarias situadas en España.

El pago de la ayuda está condicionado a la aportación de los certificados de llegada y estancia dentro de las fechas límite establecidas. En caso de presentación de los certificados fuera de plazo sin justificación de impedimento para entregarlo en plazo, el estudiante perderá derecho a recibir el pago de la ayuda correspondiente (70% o 30%).

Presentación

Los trámites de la solicitud para las Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación se realizarán única y exclusivamente en la Sede Electrónica. Para poder realizarlo se necesitan los datos de usuario y contraseña del correo electrónico institucional, _@estudiante.uam.es como medio de autenticación y firma admitidos por la UAM. No se admitirán a trámite aquellas solicitudes presentadas por vías distintas a las indicadas para cada caso.

Para presentar su solicitud, debe acceder a SEDE ELECTRÓNICA pulsar el botón "Iniciar trámite (online)" y autenticarse en la Plataforma de Administración Electrónica.

El período de presentación de solicitudes, independientemente del período de estancia en el extranjero y del período en que le corresponda, en su caso, ayuda financiera, será del lunes 8 al viernes 19 de septiembre de 2025 (ambos inclusive).

Se publicarán las listas de admitidos y excluidos a la convocatoria en el apartado “TABLÓN” de la Sede Electrónica de la UAM, en el apartado “Internacionalización y Movilidad” así como, a título informativo, en la dirección web www.uam.es → Internacional → Movilidad → Estudiantes UAM → Convocatorias, con el fin de que en el plazo de 10 días hábiles desde su publicación se subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si pasado este plazo no se hubiera producido la subsanación se entenderá desistido de su petición y le será notificado. Tanto los casos de anulación como los de exclusión por solicitud incompleta serán archivados previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21.1 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de 1 de octubre. En ambos casos, la notificación a las personas interesadas se producirá mediante la publicación de las listas correspondientes en los lugares citados.

Más información

Características de la convocatoria

Se convocan ayudas financieras destinadas a estudiantes universitarios que se hallen cursando estudios conducentes a la obtención de un título oficial de Grado o Máster en programas internacionales de Doble y Múltiple Titulación en el curso 2025/2026. Quedan, por tanto, excluidos los Títulos Propios.

Las ayudas financieras se concederán exclusivamente para realizar estudios en las universidades que forman parte de los programas internacionales de Doble y Múltiple Titulación.

Las ayudas financieras se concederán exclusivamente para la realización de la movilidad prevista en su plan de estudios.

Las ayudas financieras se concederán exclusivamente para la realización durante la movilidad de estudios a tiempo completo de Grado o Postgrado.

Adjudicación

En el plazo máximo de tres meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria, el listado de adjudicación provisional de ayudas será publicado, mediante resolución del Rectorado de la Universidad Autónoma de Madrid, en el apartado “TABLÓN” de la Sede Electrónica de la UAM, así como, a título informativo, en la dirección web www.uam.es → Internacional → Movilidad → Estudiantes UAM → Convocatorias. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rector en el plazo de un mes desde su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Gestión de la ayuda financiera y obligaciones del adjudicatario

Todas las comunicaciones desde el SERIM se realizarán a la dirección de correo electrónico @estudiante.uam.es, por lo que será responsabilidad del estudiante asegurarse de que la cuenta funciona correctamente y de que la bandeja de entrada no está saturada. Se considerará al estudiante informado de todo lo que se le envíe a dicha dirección de correo electrónico.

Una vez otorgada la ayuda financiera, la gestión de dicha ayuda se tramitará a través del SERIM. Las personas beneficiarias estarán obligadas a facilitar la información y entregar los documentos necesarios para que la gestión se realice en los plazos establecidos.

La aceptación de la ayuda financiera implica acogerse a la Normativa reguladora de la movilidad de estudiantes de la Universidad Autónoma de Madrid: estudiantes salientes así como la aceptación de las normas fijadas en esta convocatoria, y los derechos y obligaciones que figuran a continuación:

  • Mantener operativa su cuenta de correo electrónico institucional. Será responsabilidad del estudiante asegurarse de que la cuenta funciona correctamente y de que la bandeja de entrada no está saturada.
  • El estudiante deberá comprobar que la universidad de destino donde realizará el período de movilidad no le concede ayuda financiera alguna para dicha movilidad. En el caso en el que tuviera otra ayuda económica para el mismo período de movilidad deberá ponerlo en conocimiento del SERIM.
  • Proporcionar al SERIM, en la fecha en que se le solicite a cada estudiante, un número de cuenta nacional operativa (ver punto 4.13), de la que el/la estudiante sea titular o cotitular.
  • Proveerse, con anterioridad a su incorporación a la institución de destino, de un seguro médico (Tarjeta Sanitaria Europea o equivalente) y de un seguro de asistencia en viajes en el país de destino que incluya responsabilidad civil privada, cobertura médica en caso de accidente o enfermedad sobrevenida y repatriación de heridos y fallecidos a España, que cubra la duración completa de la estancia en el extranjero (incluida, en su caso, la ampliación de estancia). En caso de que la institución de acogida exija al estudiante la contratación de un seguro específico, el estudiante deberá atenerse a las instrucciones de su institución de destino. El SERIM solicitará al estudiante que, en el momento de su incorporación a la universidad de destino, envíe una declaración responsable sobre la contratación de seguro para estancia de movilidad. El envío de este documento será requisito indispensable para poder recibir la ayuda de movilidad. Cumplir con aprovechamiento el programa de formación, debiendo ajustarse a las propias normas de la institución donde se realice la movilidad, así como a la normativa del programa de Doble/Múltiple Titulación o Titulación Conjunta, con dedicación exclusiva a esta función.
  • Realizar su labor en el centro de destino, siendo obligatorio comunicar al SERIM cualquier suspensión o renuncia por parte del interesado. El Vicerrectorado de Internacionalización de la UAM valorará la justificación de la concesión de una suspensión o renuncia de la ayuda financiera.
  • Acreditar, en los plazos que establece esta convocatoria, la estancia efectiva en destino y la duración de la misma, mediante la entrega al SERIM del correspondiente certificado de estancia emitido por la universidad de destino, debidamente firmado y sellado. La falta de acreditación de la estancia derivará en la denegación por parte del SERIM de la ayuda económica adjudicada.
  • Si un estudiante no cumpliera las exigencias de su programa de estudios en el extranjero, se le podrá denegar la ayuda financiera adjudicada o exigir su devolución. De igual forma, procederá la denegación de la ayuda económica adjudicada, o, en su caso, el reintegro total de la misma en el caso de que no se supere el 60% de los créditos matriculados en la institución extranjera. Esta medida no se aplicará a los estudiantes que por causa de fuerza mayor o por circunstancias atenuantes comunicadas en tiempo y forma y aprobadas por escrito por el Vicerrectorado de Internacionalización de la UAM, no hayan podido completar el período de estudios previsto en el extranjero.
  • Cumplimentar y presentar cualesquiera documentos oficiales, así como proceder a todo trámite electrónico, que en relación con su ayuda financiera le fuera requerido por la UAM o la universidad de destino, en los plazos que se señalen en cada caso.
  • Si de los estudios realizados durante el período de movilidad derivara algún trabajo susceptible de ser publicado, el autor deberá hacer constar la ayuda financiera recibida.
  • En caso de incumplimiento de estas obligaciones, el beneficiario de la ayuda financiera se somete a las disposiciones de las autoridades académicas de la UAM, entre las cuales puede figurar la anulación de la ayuda económica, la obligación de rembolsar los fondos que hubiera recibido y la exclusión en futuros procesos de selección en cualquier convocatoria de movilidad promovido desde el Vicerrectorado de Internacionalización.
  • Los datos de carácter personal serán tratados por la Universidad Autónoma de Madrid, SERIM e incorporados a la actividad de tratamiento "Movilidad Internacional", cuya finalidad es la gestión de movilidad in y out de estudiantes, en programas europeos.

Seguro escolar y de responsabilidad civil

La Universidad no asumirá más responsabilidad que la que se deriva de las obligaciones cubiertas por el Seguro Escolar o, en su caso, el Seguro de Responsabilidad Civil que tuviera suscrito. La Universidad queda exonerada de cualquier clase de responsabilidad que pudiera derivar del resto de contingencias no previstas en dichos supuestos.

Enlaces de interés

https://www.uam.es/uam/media/doc/1606999188836/convocatoria-de-ayudas-para-estudiantes-en-programas-internacionales-de-doble-y-multiple-titulacion---curso-2025-2026.signed.pdf

https://www.uam.es/uam/en/internacional/dobles-titulaciones-internacionales

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación

La Universidad Autónoma de Madrid (UAM) convoca las Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación" es: desde 08/09/2025 hasta 19/09/2025.

La Beca "Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Movilidad Programas internacionales Doble y Múltiple Titulación" es un tipo de beca: 

  • Becas de movilidad
  • Becas para estudiar en el extranjero