Becas Aprendizaje de Idiomas en el Extranjero Gobierno Vasco
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Becas Aprendizaje de Idiomas en el Extranjero Gobierno Vasco: solicitud y plazos
Descripción
El Gobierno Vasco es un organismo público que trabaja constantemente con el afán de ofrecer facilidades y oportunidades para la realización de estudios a los vecinos de esta región. Entre estas acciones podemos destacar la convocatoria de las Becas Aprendizaje de Idiomas en el Extranjero Gobierno Vasco.
Estas becas podrán ser solicitadas por los alumnos de 3º y 4º curso de ESO, así como pro aquellos que estudien 1º y 2º de Bachillerato, en centros sostenidos con fondos públicos de la comunidad Autónoma del País Vasco.
Además, los candidatos y candidatas deberán reunir el resto de los requisitos que se indican en la convocatoria.
A través de las Becas Aprendizaje de Idiomas en el Extranjero Gobierno Vasco, se ofrece la oportunidad de desarrollar cursos de inglés, francés y alemán durante el periodo de verano, lo que además de mejorar la formación de los alumnos participantes en el ámbito de idiomas, les otorgará la oportunidad de disfrutar de un sinfín de nuevas experiencias personales.
Mediante las becas concedidas se cubrirán diversos gastos como viaje de ida y vuelta, estancia de dos semanas con alojamiento y manutención en el país de destino, curso de idioma, material escolar y transporte de ida y vuelta entre el alojamiento y el centro de realización del curso.
Además, los alumnos tendrán la oportunidad de participar en las actividades culturales y deportivas que sean propuestas.
Conoce más información sobre las Becas Aprendizaje de Idiomas en el Extranjero Gobierno Vasco aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 532
- Nivel de estudio
- ESO
- Bachillerato
- País de origen
- España
- País de destino
- Reino Unido
- Alemania
- Francia
- Región de origen
- País Vasco
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos para optar a las Becas Aprendizaje de Idiomas en el Extranjero Gobierno Vasco son los siguientes:
- a. Presentar la solicitud en tiempo y forma.
- b. No haber accedido, en años anteriores, a plazas de aprendizaje de idiomas en el extranjero convocadas por el Departamento de Educación, con excepción del alumnado que hubiera accedido a plaza por haberla obtenido como premio en la Olimpiada Matemática «Eduardo Chillida».
- c. No haber renunciado, expresa o implícitamente, a plaza concedida en convocatoria anterior en tiempo o forma que impidió la asignación de la plaza a otro alumno o alumna, conforme establece el artículo 14.
- d. Cumplir 19 años como máximo en el año 2025.
- e. Estar matriculado, en el curso 2024-2025, en un centro docente público o privado concertado de la Comunidad Autónoma de Euskadi en alguno de los siguientes estudios:
- 3.º o 4.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria.
- 1.º o 2.º cursos de Bachillerato.
- f. El/los idioma/s correspondiente/s a la plaza que se solicita debe haber sido cursado en los dos cursos inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (2022-2023 y 2023-2024) en un centro de Educación Secundaria, siendo el último de ellos en un centro de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco sostenido con fondos públicos.
- Excepcionalmente, en el caso de que se trate de alumnado con aceleración curricular (Decreto 78/2024, de 18 de junio, de respuesta a la diversidad en el marco de un sistema educativo inclusivo, para las alumnas y alumnos de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco), no será obligatorio que el o los idiomas solicitados hayan sido cursados en un centro de Educación Secundaria, manteniéndose el requisito de haberlos cursado durante los dos últimos cursos académicos (2022-2023 y 2023-2024).
- g. Haber obtenido en el curso anterior una nota mínima de 7,00 en el/los idioma/s solicitado/s y alcanzar una puntuación total igual o superior a 16,00 como resultado de la suma de la nota media del curso anterior y la nota del idioma solicitado.
Dotación
Las Becas Aprendizaje de Idiomas en el Extranjero Gobierno Vasco incluyen los siguientes conceptos de gasto:
- a. Viaje de ida y de regreso desde y hasta una de las capitales de territorio histórico de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en las fechas que se señalen para el inicio y finalización de la estancia correspondiente a la plaza adjudicada.
- b. Estancia de dos semanas con alojamiento y manutención (pensión completa) en el país al que corresponde la plaza adjudicada.
- c. Curso del idioma con matrícula, material escolar y transporte de ida y vuelta entre el alojamiento y el centro de realización del curso.
- d. Seguros de asistencia en viaje, de accidentes y de responsabilidad civil suscritos por la empresa organizadora de los cursos conforme al contrato firmado con el Departamento de Educación para la organización de los cursos.
- e. Actividades socioculturales y deportivas por las tardes y dos excursiones de día completo durante los fines de semana, bien sábado o domingo.
- f. En su caso, otros gastos incluidos en el contrato suscrito entre la empresa organizadora y el Departamento de Educación.
Presentación
- La solicitud de las Becas Aprendizaje de Idiomas en el Extranjero Gobierno Vasco será realizada por el alumno o la alumna mayor de edad o menor emancipado, y si fuere menor no emancipado, por el padre, madre o representante legal, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOPV.
- La solicitud podrá realizarse utilizando medios electrónicos, accediendo a: www.euskadi.eus/educacion, y utilizando una de las dos opciones siguientes:
- a. Acceder mediante certificado digital (DNI, Tarjeta Izenpe...) o Juego de Barcos (B@kq). En esta opción, el formulario de solicitud debe ser firmado electrónicamente y, por tanto, su presentación es registrada automáticamente. Por tanto, la persona solicitante que ha utilizado esta opción deberá guardar la acreditación de la presentación electrónica y no deberá presentarse en el centro docente formulario alguno. Los medios de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi están accesibles en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos.
- b. Acceder mediante un Correo Electrónico, y uno de los elementos siguientes:
- DIE (Documento Identificativo de Educación), junto con la fecha de nacimiento.
- Documento Nacional de Identidad (DNI), junto la fecha de caducidad del mismo. Las personas de nacionalidad extranjera se identificarán mediante su Número de Identificación de Extranjeros (NIE), fecha de nacimiento, y en su caso, el número de su Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE). En ambos casos la identidad de la persona solicitante se verificará través del servicio de verificación de datos contemplado en el Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos. En el caso de acceder mediante esta opción, la persona solicitante debe imprimir el formulario cumplimentado, firmarlo y presentarlo en el centro docente en el que el alumno o la alumna se encuentre matriculado/a, dentro del plazo indicado en el apartado 1 de este artículo.
- En el caso de que la persona solicitante no disponga de medios para presentar la solicitud por vías telemáticas, podrá fotocopiar o solicitar en el centro docente el formulario incluido en el Anexo I de esta convocatoria, cumplimentarlo manualmente y, una vez firmado, presentarlo en el centro donde el alumno o la alumna esté matriculado/a.
- También podrá remitirlo a dicho centro a través de los lugares de presentación contemplados en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Objeto de la convocatoria
- Es objeto de la presente Orden convocar 532 plazas para la realización, durante el verano de 2025, de cursos de inglés, francés y alemán para alumnos y alumnas de 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria y de 1.º y 2.º cursos de Bachillerato matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La duración de la estancia es de dos semanas.
- En el concurso para la organización de los cursos de aprendizaje de idiomas, a las plazas correspondientes a Reino Unido, se incorporarán 4 plazas más destinadas a las personas que ocupen los cuatro primeros puestos de la Olimpiada Matemática «Eduardo Chillida» para alumnado de 2.º de ESO en la convocatoria del año 2024-2025.
- A efectos de organizar los cursos y la estancia en el país de impartición, el Departamento de Educación convocará un procedimiento de contratación administrativa con el fin de contratar una empresa organizadora de los cursos y la estancia.
Destinatarios
- Podrán solicitar la participación en las actividades convocadas y ser beneficiarios de las Becas Aprendizaje de Idiomas en el Extranjero Gobierno Vasco las y los alumnos de 3.º y 4.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria y de 1er y 2.º cursos de Bachillerato, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Por cada tramo, nivel educativo, y país de destino se emitirá una Resolución de la Viceconsejera de educación, a propuesta del informe remitido por el Director de Aprendizaje e Innovación Educativa, que contendrá la relación de aquellas personas a quienes les haya sido concedida plaza. Se emitirán asimismo sendas resoluciones con quienes permanezcan en reserva por cada uno de los tramos, nivel educativo, y país de destino y otra con la relación de solicitudes excluidas con indicación del motivo.
- A efectos de notificación, las referidas resoluciones provisional y definitiva serán publicadas en el Tablón Electrónico de Anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/0098508. Además, se publicará en la página web del Departamento de Educación: http://www.euskadi.eus/educacion.
- Asimismo, se enviará un aviso al dispositivo móvil y/o correo electrónico indicado en la solicitud,informando de la publicación de la resolución definitiva de adjudicación de plazas en el referido tablón electrónico de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/0098508. Dicha publicación en la página web del departamento y los mencionados avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada, sino que la notificación se considerará realizada en la fecha de publicación de la resolución en el Tablón Electrónico de Anuncios arriba mencionado.
- Si en el plazo de seis meses a partir de la publicación de la Orden no se ha resuelto la convocatoria según el procedimiento establecido en este artículo, las interesadas y los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes, a efectos de lo previsto en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que, con posterioridad, sea resuelta de forma expresa.
- Contra la resolución definitiva de admisión e inadmisión al procedimiento las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente de haberse notificado dicha resolución, computado conforme señalan los apartados 4, 5 y 6 del artículo 30 de la Ley 30/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.






