Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía

Becas Actividades Públicas en Ámbito Museístico

Becas de formación prácticaUniversitarios

INSCRIPCIONES

06/11/202324/11/2023
Finalizada

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Becas Actividades Públicas en Ámbito Museístico: solicitud y plazos

Descripción

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, convoca las Becas para Proyectos en Actividades Públicas en el Ámbito Museístico.  Podrán optar a estas becas los estudiantes que tengan titulación de licenciatura o grado en Historia del Arte o Comunicación Audiovisual, que cuenten con un buen nivel de inglés y presenten una exposición de motivos en su solicitud.

Los becarios que se beneficien de estas becas, deberán tener en cuenta que ser seleccionado para su disfrute no supondrá vinculación laboral entre el becario y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. Estas becas serán concedidas en concurrencia competitiva.

Las Becas Actividades Públicas en Ámbito Museístico dotarán al beneficiario de una cuantía de 20.000 euros por beca. Los becarios estarán obligados entre otras cosas, a incorporarse al Museo en el plazo establecido en la notificación de concesión de la beca y realizar la actividad formativa correspondiente, así como cumplir las normas de asistencia y participación en las labores que les sean asignadas.

Te invitamos a que solicites una de las Becas Actividades Públicas en Ámbito Museístico si cumples los requisitos indicados. En nuestra web podrás encontrar toda la información necesaria como plazos, documentación y mucho más. Consulta aquí requisitos, plazo, documentación y mucho más.

Datos básicos

Nº de becas
1
Nivel de estudio
  • Grado
  • Licenciatura
Rama
  • Periodismo y Comunicación Audiovisual
  • Artes y Humanidades
Carrera
  • Historia del Arte
  • Comunicación Audiovisual
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos Generales

Los/las solicitantes deberán cumplir y acreditar los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión de los títulos académicos oficiales que se indican en los requisitos específicos de cada beca o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Excepcionalmente se aceptarán títulos extranjeros que no estén homologados por el citado Ministerio según lo indicado en los requisitos específicos de las becas debido a la especialización de la materia en cuestión.
  • Cumplir con el resto de los requisitos específicos del perfil indicado para cada beca (ver Anexo).
  • Los nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar documentalmente un perfecto dominio, hablado y escrito, de este idioma.
  • No podrán concurrir las personas que hubieran obtenido, en al menos tres ocasiones, anteriores becas del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
  • Cada solicitante podrá presentar su candidatura a una única modalidad de beca. Si el mismo solicitante opta a más de una, solo se aceptará la primera opción presentada, considerándose excluidas las restantes.
  • No podrán concurrir las personas incursas en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • La solicitud de una beca implicará la conformidad con lo dispuesto en esta convocatoria y en la citada Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
  • Los requisitos de los/las solicitantes deben cumplirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

Requisitos específicos para la beca de formación en proyectos transversales de actividades públicas en el Área de Actividades Públicas

Además de los requisitos generales indicados en las bases Segunda y Tercera de la convocatoria, los/las solicitantes de la beca deberán cumplir los siguientes requisitos específicos, que serán objeto de valoración en la selección:

  • Estar en posesión de una titulación académica oficial de Licenciatura o Grado en Historia del Arte o Comunicación Audiovisual. En el caso de títulos extranjeros de educación superior,deberán estar homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Haber finalizado dicha licenciatura o grado universitario en el año 2009 o posteriores.
  • Nivel medio de inglés (B, según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas).
  • Presentar, con extensión máxima de dos folios, a doble espacio, una exposición de motivos de la solicitud, incluyendo los resultados que se esperan obtener en desarrollo de la beca.

Dotación

  • La cuantía de esta beca será de 20.000€. Dicha cantidad será abonada en pagos mensuales vencidos durante su duración. Las cantidades correspondientes estarán sujetas a las retenciones que procedan, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
  • No podrá realizarse el pago de la beca en tanto el/la beneficiario/a no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No se exigirá a los/las beneficiarios/as de estas becas la constitución de garantías.

Presentación

  • La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en la direcciónhttps://museoreinasofia.sede.gob.es.
  • Las solicitudes, que se ajustarán al formulario correspondiente a cada clase de beca que se publica en el Anexo I a la presente resolución, se cumplimentarán enteramente en español.3.3. Las solicitudes deberán rellenarse en buena y debida forma, en todos sus apartados, y de forma verídica y completa, quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos/as solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos. Los datos no aportados ni acreditados no se calificarán.
  • El/la solicitante, con la marcación de la casilla correspondiente que figura en el Anexo II Formulario de solicitud, autoriza a obtener de otras Administraciones Públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, de residencia y académicos necesarios para la resolución de la solicitud de la beca.
  • La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible'por vía telemática a travésde la sede electrónica del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en la direcciónhttps://museoreinasofia.sede.gob.es.
  • Las solicitudes, que se ajustarán al formulario correspondiente a cada clase de beca que se publica en el Anexo | a la presente resolución, se cumplimentarán enteramente en español.
  • Las solicitudes deberán rellenarse en buena y debida forma, en todos sus apartados, y de formaverídica y completa, quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos/as solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos. Los datos no aportados ni acreditados no se calificarán.
  • El / la solicitante, cón su firma en la propia solicitud, autoriza a obtener de otras Administraciones Públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, circunstancias personales, de residencia y académicos necesarios para la resolución de la solicitud de la beca.

Más información

Criterios de selección de las becas para formación en proyectos transversales de actividades públicas en el Área de Actividades Públicas

La Comisión de Estudio y Valoración descrita en la base Sexta de la Resolución de convocatoria efectuará la valoración de las solicitudes con un máximo de 100 puntos, con arreglo a las siguientes fases:
  1. La primera fase constará a su vez de dos partes: Total 60 puntos.
    • Valoración de méritos (formativos y profesionales): Hasta 45 puntos.
    • Valoración de la exposición de motivos de la solicitud: Hasta 15 puntos.
  2. La segunda fase consistirá en una entrevista, valorable con un máximo de 40 puntos.
Primera fase: Valoración méritos (máximo 45 puntos).
  • Méritos formativos: Hasta 30 puntos.
    • Por calificación media del expediente académico de acceso a la convocatoria: hasta 10 puntos.
    • Por otras titulaciones oficiales de grado o posgrado relacionadas, a juicio de la Comisión de Estudio y Valoración, con el objeto de la beca: 2 puntos por titulación, hasta un máximo de 4 puntos.
    • Por becas o prácticas formativas relacionadas, a juicio de la Comisión de Estudio y Valoración, con el objeto de la beca: 3 puntos por año completo y 1 punto por fracción superior a cuatro meses, hasta un máximo de 6 puntos.
    • Por cursos recibidos de más de 15 horas de duración relacionados, a juicio de la Comisión de Estudio y Valoración, con el objeto de la beca: 0,5 puntos por curso, hasta un máximo de 4 puntos.
    • Por cursos recibidos de más de 40 horas de duración relacionados, a juicio de la Comisión de Estudio y Valoración, con el objeto de la beca: 1 punto por curso, hasta un máximo de 6 puntos.
  • Méritos profesionales: Hasta 15 puntos.
    • Por experiencia profesional en gestión de arte contemporáneo: 5 puntos por año completo y 1 punto por fracción superior a cinco meses, hasta un máximo de 10 puntos.
    • Por experiencia profesional en investigación de arte contemporáneo: 3 puntos por año completo y 1 punto por fracción superior a cinco meses, hasta un máximo de 5 puntos.Finalizada la valoración de méritos, se valorará la Exposición de motivos de solicitud de la beca con una puntuación de hasta 15 puntos. Para pasar a la segunda fase será necesario haber obtenido al menos 30 puntos en la fase primera.
Segunda fase: Entrevista (máximo 40 puntos)

Examinada y valorada la documentación de la fase primera, la Comisión citará a los aspirantes de cada beca que hayan superado la primera fase, para la celebración de la segunda fase o entrevista personal que será presencial y se dirigirá a valorar la adecuación del aspirante a la beca solicitada. La entrevista tendrá una valoración máxima de 40 puntos.

Instrucción del procedimiento, valoración de solicitudes y propuesta de concesión

La concesión de estas becas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Es competencia de la Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía la resolución del procedimiento, de-conformidad con el apartado tercero de la Resolución de 12 de abril de 2013, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, de delegación de competencias.

Una Comisión de Estudio y Valoración, de conformidad con el artículo 6 de la Orden CUL/2912/2010,de 10 de noviembre, examinará y evaluará las solicitudes y la documentación-presentada conforme a los criterios de valoración de la beca que se especifican en el Anexo |. Únicamente se tendrán en cuenta aquellos méritos de los que se aporte prueba documental.

Los miembros de la Comisión no podrán ejercer sus funciones cuando exista conflicto de interés y deberán abstenerse de intervenir cuando concurra alguno de los motivos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En lo no previsto en la presente orden, el funcionamiento de la Comisión de Estudio y Valoración se ajustará al régimen establecido para los órganos colegiados en el Capítulo | ll de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Una vez valoradas las solicitudes, según las fases descritas en el Anexo I, y finalizada la fase de entrevistas, la Comisión emitirá un informe con el resultado de la evaluación efectuada y una prelación delas solicitudes, y lo elevará al órgano instructor.

La Subdirección de Gerencia requerirá al seleccionado/a para que, en el plazo de diez días hábiles,acredite estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (en el caso de que no se hubiera dado la autorización expresada en el apartado Vil del Anexo Il) y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En el caso de personas no residentes en territorio español, se requerirá copia del certificado que acredite estar al corriente en el cumplimiento de tas obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 puntos 1 y 2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Transcurrido el plazo, y a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Estudio y Valoración,el titular de la Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía formulará la propuesta de concesión, que tendrá carácter de definitiva, según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el 6.7 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre y en la que se expresará el/la solicitante o relación de solicitantes para los que se propone lá concesión de subvenciones y su cuantía, especificando su evaluación de acuerdo con los criterios de valoración aplicados.

Resolución de concesión

La resolución concesión de esta becase dictará dentro del plazo de seis meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.Transcurrido el plazo citado sin que haya recaído resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada su solicitud.

La concesión se realizará conforme a lo dispuesto en el punto séptimo de la Orden CUL/2912/2010,de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de'sus organismos públicos.

La resolución de concesión, además de contener la identidad del solicitante al que se concede la beca y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, podrá incluir una relación ordenada de candidatos suplentes para cubrir las renuncias o bajas que puedan tener lugar, La adjudicación de las becas correspondientes a bajas o renuncias se producirá en el orden establecido en la relación de suplentes. 

La resolución de concesión se notificará al/la beneficiario/a y se hará pública en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:/hwww.pap.minhap.gob.es/bdnstransfindex), así como en la página Web del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (http://www.museoreinasofia.es) en el apartado “El Museo, Empleo, becas y concursos”.

La resolución de concesión o denegación de becas, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación ante los Juzgados Centrales de lo contencioso administrativo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 9.1.C de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Obligaciones de los/las becarios/as

Los/las becarios/as, por serlo, aceptan en todos sus términos el contenido de la presente convocatoria y el resultado de la misma, así como el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

  • No tener adquirido ningún compromiso que le impida el cumplimiento íntegro y/o continuado dela beca.
  • Aceptar por escrito la beca concedida, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir dela recepción de la notificación de la orden de concesión. De no aceptarse la beca dentro de dicho plazo se entenderá que renuncia a la misma y se concederá al suplente que figure en primer lugar en la propuesta de concesión.
  • Incorporarse al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en el plazo establecido en la notificación de concesión de la beca y realizar la actividad formativa que fundamenta su concesión.
  • Cumplir las normas sobre asistencia y participación en las labores objeto de la beca otorgada,cumpliendo un horario diario no inferior a cinco horas y media, de lunes a viernes, así como cumplir las normas generales y particulares del organismo.
  • Acreditar ante el organismo, dentro del plazo que se establece en el apartado 13.1 de la presente Resolución, la realización dé la actividad formativa, mediante la presentación de los documentos que prevé el número 2 del mismo apartado.
  • Guardar confidencialidad sobre la información de datos no publicados de los que tengan conocimiento en el desarrollo de la beca. Los derechos de propiedad intelectual que, en su caso, se deriven del resultado de la beca, serán titularidad del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, si bien podrán ser utilizados por el/la becario/a con fines académicos mediante comunicación previa y autorización del responsable del Área en la que se desarrolla la beca y de la Subdirección de Gerencia.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe la Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, a los que facilitarán cuanta información les sea requerida al efecto.
  • No realizar, durante el desarrollo de la beca, ninguna actividad que impida el cumplimiento íntegro y continuado del objeto de la beca, salvo la expresa renuncia a la misma.

Justificación del cumplimiento de la finalidad de la beca

La realización de las actividades para las que se haya concedido la beca se justificará dentro del: mes siguiente a la finalización del plazo fijado en la resolución para su terminación.

La justificación se realizará mediante la presentación, ante la Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, de:
  • Certificación expedida por el tutor del becario,en la que expresamente se haga constar que se han alcanzado los objetivos de la beca previstos.
  • Memoria detallada de las actividades realizadas, suscrita por el/la becario/a, en la que se especificarán las funciones desarrolladas y los objetivos alcanzados.
Enlaces de interés

https://www.museoreinasofia.es/sites/default/files/empleo-formacion/resolucion_convocatoria_becas_banco_espana.pdf

Documentación a adjuntar

Las solicitudes deberán presentarse con la documentación que se detalla a continuación, en elidioma español o traducidas al mismo, cuando corresponda:

  • En el caso de no autorizar la consulta de datos por medios electrónicos, se deberá adjuntar copia digitalizada del Documento Nacional de Identidad, para los ciudadanos españoles o copia digitalizada del Número de Identificación de Extranjero o del documento que le sustituya para el resto de los interesados en el procedimiento.
  • Copia electrónica o digitalizada del certificado de residencia fiscal para los/las solicitantes que notengan su residencia fiscal en territorio español.
  • En el caso de no autorizar la consulta de datos por medios electrónicos, se deberá adjuntar Copia electrónica o digitalizada del Título universitario.
  • Copia electrónica o digitalizada de la Certificación Académica Personal, con validez oficial o del Suplemento al Título Europeo o reconocidos por el Convenio Regional de Reconocimiento de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe en la que expresamente conste la fecha de iniciación y terminación de los estudios, las calificaciones obtenidas, la nota media y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios. Los expedientes académicos con valoración media inferior a 8 o 2,50 (de acuerdo con el baremo usado por la Universidad que expide el título) quedarán desestimados.
  • Copia electrónica o digitalizada de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación en caso de títulos extranjeros de educación superior, y que se refieran a la misma especialidad.
  • Copia electrónica o digitalizada de las certificaciones indicadas en el currículum vitae del solicitante. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados. Las acreditaciones de los cursos recibidos deberán indicar el número de horas lectivas. En cuanto a los méritos profesionales, deberá aportarse certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración Pública y el periodo temporal. En los demás casos, copia del contrato/s de trabajo y/o certificado expedido por la empresa correspondiente y, en todo caso,certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, se entregará copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada o cualquier otro medio suficiente en derecho.
  • Para los aspirantes nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español, copia electrónica o digitalizada del certificado acreditativo del conocimiento de español, preferentemente el DELE del Instituto Cervantes, o equivalente, requiriéndose como mínimo el nivel C1 del Marco Europeo Común de Referencia. Se reconocerá también el nivel de español de acuerdo a su uso en la experiencia profesional y durante la entrevista.
  • Declaración responsable del solicitante – en el apartado correspondiente del formulario de solicitud- de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni tener obligación por reintegro de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Aquella otra documentación que se exija en el formulario de solicitud.3.6. El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía podrá requerir la información complementaria que estime necesaria en cualquier fase del proceso de resolución de la solicitud de la beca.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, convoca las Becas para Proyectos en Actividades Públicas en el Ámbito Museístico.  Podrán optar a estas becas los estudiantes que tengan titulación de licenciatura o grado en Historia del Arte o Comunicación Audiovisual, que cuenten con un buen nivel de inglés y presenten una exposición de motivos en su solicitud.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Actividades Públicas en Ámbito Museístico" es: desde 06/11/2023 hasta 24/11/2023.

La Beca "Becas Actividades Públicas en Ámbito Museístico" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Actividades Públicas en Ámbito Museístico" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes