Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

Certamen Amigos de los Animales

Premios, concursos y certámenesBecas para fotógrafosNo universitariosUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio11/07/2026 Fin10/10/2026
Abierta

Certamen Amigos de los Animales: solicitud y plazos

Descripción

El Certamen Amigos de los Animales se convocan con el objetivo de visibilizar la belleza de la convivencia con los animales y transmitir valores como el cariño, el cuidado, la compañía, la fidelidad, la empatía y la familia multiespecie.

El Certamen Amigos de los Animales está dirigido a personas físicas mayores de edad residentes en España, menores de edad con las autorizaciones correspondientes, profesionales y personas jurídicas como centros educativos y asociaciones.

Cada participante podrá presentar hasta tres obras, que deberán ser originales, inéditas y no premiadas anteriormente. Los vídeos tendrán que grabarse en formato vertical, con una duración máxima de dos minutos, presentarse en castellano o subtitulados y entregarse en MP4 con calidad mínima HD.

La convocatoria contempla un premio de 5.000 euros y diploma, además de cinco accésits de 500 euros cada uno. Las obras serán valoradas por un jurado atendiendo a su excelencia artística y adecuación temática entre otras.

El Certamen Amigos de los Animales exige presentar la solicitud y documentación correspondiente por vía electrónica, junto con un catálogo descriptivo de la obra. 

Consulta toda la información de esta convocatoria en becas.com y descubre las ayudas y premios disponibles.

Datos básicos

Nº de becas
6
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos de las solicitudes para el Certamen Amigos de los Animales

  1. Podrá concurrir a los Premios Nacionales Artísticos «Amigos de los Animales» cualquier persona física mayor de edad residente en España. Asimismo, podrán participar las personas menores de 18 años que cumplan el requisito de residencia, con autorización de su padre, madre o tutor legal. En el caso de las personas menores de catorce años, la autorización y el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales deberá ser prestada por quien ejerza la patria potestad o tutela. Las personas menores de edad de catorce años o más podrán consentir por sí mismas el tratamiento de sus datos personales, sin perjuicio de las autorizaciones que resulten necesarias para la tramitación administrativa del procedimiento.
  2. También podrán concurrir profesionales o personas jurídicas, como centros educativos y asociaciones legalmente constituidas.
  3. Cada participante podrá presentar hasta un máximo de tres obras al certamen.
  4. La obra no podrá contener copias o plagios de obras de otros artistas. Se entiende por plagio a los efectos de esta convocatoria: la copia en lo sustancial de una obra ajena, dándola como propia, copiar fragmentos o ideas de un original ajeno, cuya igualdad o similitud sea comprobable, estén o no sujetos a derechos de autor.
  5. No podrán ser susceptibles de ser galardonadas aquellas obras que sean creadas íntegra y exclusivamente por inteligencia artificial generativa. Todos los proyectos y actividades que se desarrollen, especialmente aquellos en los que se empleen modelos de inteligencia artificial, deben garantizar el máximo respeto a la normativa reguladora en materia de inteligencia artificial y de propiedad intelectual, en particular, el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y su normativa de desarrollo.

Dotación

Dotación del Certamen Amigos de los Animales

  1. Los premios “Amigos de los Animales-Clipmetrajes” se desglosan en dos categorías:
    • Un Premio “Mejor Clipmetraje: Mi vida con un animal”, dotado con 5.000 € y diploma, así como la difusión de su obra.
    • Cinco accésits “Mención Especial Clipmetrajes: Mi vida con un animal”, dotados con 500 € y diploma cada uno, así como la difusión de las obras premiadas.
  2. Todas las personas o entidades premiadas tendrán autorización para el uso de la distinción en sus currículos y en la promoción de su obra.
  3. El premio y los accésits no podrán recaer en la misma persona o entidad participante.
  4. El jurado podrá conceder cuantas menciones de honor estime convenientes, sin dotación económica, que considere merecedoras de dicha distinción.
  5. La aceptación de los premios y accésits conlleva la cesión de los permisos de uso de las obras en exposiciones, publicaciones o carteles divulgativos, sin modificar su aspecto, de forma indefinida al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, para su uso en campañas de divulgación o concienciación. En todo caso, las obras que fueran empleadas por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en cualquiera de las campañas anteriores deberán dejar constancia expresa de su autor.
  6. Una vez abonado el importe del premio y los accésits, la comprobación de datos no ajustados a la realidad comportará su reintegro, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir la persona o entidad beneficiaria.
  7. Las personas o entidades premiadas facilitarán sus datos bancarios para que, de acuerdo con la legislación vigente en esta materia, se les abonen los premios correspondientes mediante transferencia bancaria.

Presentación

El plazo de presentación de solicitudes al Certamen Amigos de los Animales será de tres meses a contar a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

  1. Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos normalizados de anexos que estarán disponibles en la web oficial del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, (https://www.dsca.gob.es/es/derechos-sociales/derechosanimales/premios) o en su sede electrónica, todos ellos firmados por el autor o autora de la obra.
  2. Los citados Anexos son los siguientes:
    1. Anexo I. Datos de la persona física o jurídica y datos de la obra que presenta tales como título, año de creación, línea argumental y enlace de descarga. Asimismo, en dicho anexo se incluirá la posibilidad de autorizar expresamente al órgano instructor para que éste recabe directamente, tanto en el momento anterior a dictarse la propuesta de resolución como en el momento de reconocimiento de la obligación de pago, la acreditación de que el solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En caso de no autorizar dicha consulta, el solicitante deberá presentar los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social tanto en el momento anterior a dictarse la propuesta de resolución como en el momento de reconocimiento de la obligación de pago.
    2. Anexo II. Declaración responsable de que el solicitante no está incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con excepción de las previstas en las letras e) y g).
    3. Anexo III. Declaración responsable relativa a la originalidad de la obra.
  3. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas, deberán presentarse telemáticamente, a través del formulario electrónico creado específicamente para este procedimiento que se encuentra alojado en la Sede Electrónica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, y al que se accede a través del siguiente enlace https://dsca.sede.gob.es/procedimiento/portada?idProc=155723. Excepcionalmente, cuando se produzcan incidencias técnicas debidamente acreditadas que impidan la presentación a través de la sede electrónica indicada, las solicitudes podrán presentarse mediante el Registro Electrónico Común (https://reg.redsara.es/) dirigidas a la Dirección General de Derechos de los Animales (código E05080001), indicando en el asunto “Candidatura a los Premios artísticos amigos de los animales, modalidad clipmetraje “mi vida con un animal”. En este supuesto el solicitante deberá remitir cada documento como archivo independiente y adjuntar la acreditación de la incidencia técnica.
  4. Las personas físicas solicitantes podrán presentar sus solicitudes de forma electrónica siguiendo las indicaciones señaladas en el punto anterior, o de forma presencial en:
    1. El Registro del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 (Paseo del Prado, 18-20, Madrid).
    2. Los registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las entidades que integran la Administración Local.
    Los modelos de solicitud (anexo I) y los anexos correspondientes estarán disponibles en la página web del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
  5. Las personas jurídicas solicitantes lo harán de manera electrónica, a través de la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en la forma indicada en el punto 4.
  6. La presentación de la solicitud de participación conllevará, en el caso de ciudadanos y ciudadanas españolas, o ciudadanos y ciudadanas extranjeras residentes en territorio español, el consentimiento para que el órgano instructor pueda consultar y comprobar los datos de identidad incluidos en esta solicitud de modo fehaciente mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, de acuerdo con el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos propios o vinculados.
  7. Al presentar la solicitud de participación en la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 se emitirá automáticamente por el mismo medio un recibo electrónico firmado, que podrá ser impreso, mediante alguno de los sistemas de firma previstos en el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Orden SSI/2076/2013, de 28 de octubre, por la que se crea la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y cuyo contenido es el establecido en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Más información

Objeto de la resolución

  1. La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de los Premios Nacionales Artísticos «Amigos de los Animales» correspondiente al año 2026, en la modalidad de clipmetraje, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, con el propósito de visibilizar la belleza de la vida con los animales y poner de relieve los aspectos positivos de la convivencia cotidiana con ellos.
  2. Los premios se destinan a reconocer el valor artístico de las obras presentadas, así como el éxito de éstas a la hora de trasladar el mensaje y los valores a promover con la celebración del certamen.

Modalidad y formato

  1. Las obras que se presenten al presente certamen adoptarán la modalidad de clipmetrajes, de conformidad con lo dispuesto en este artículo.
  2. Todos los clipmetrajes deberán ser grabados en formato vertical y no podrán exceder una duración máxima de 2 minutos.
  3. El certamen artístico “Mi vida con un animal” versará sobre los beneficios de la convivencia con los animales, centrados en valores como el cariño recíproco, el cuidado, la compañía, la fidelidad, el significado de la familia multiespecie y la empatía entre especies. Se pretende reflejar el encanto de lo cotidiano cuando se comparte con la familia multiespecie: el animal que duerme contigo cada noche, el que te recibe alegre al volver a casa, el que te acompaña en los paseos o aquel que agradece tus cuidados en un santuario o refugio donde eres voluntaria o voluntario.
  4. No se admitirán obras que incluyan elementos sexistas, pornográficos, racistas o que exalten la intolerancia en la convivencia o la violencia.
  5. Las obras deberán ser originales, inéditas y no premiadas en otros certámenes públicos o privados.
  6. Los vídeos podrán ser grabados con cualquier dispositivo, tales como teléfono móvil, Tablet, cámara de vídeo o cámara fotográfica, y deberán entregarse en formato MP4, con una calidad mínima de HD, admitiéndose asimismo Full HD o 4K.
  7. Los trabajos podrán ser clips animados o de tipo documental, y deberán centrarse en la temática de la V edición del Certamen Artístico: “Mi vida con un animal”.
  8. Los vídeos deberán presentarse en castellano o, en su caso, subtitulados al castellano.
  9. Los clipmetrajes se presentarán mediante un enlace para su descarga debidamente indicado en la solicitud (Anexo I).
  10. Cada clipmetraje deberá ir acompañado de un catálogo descriptivo en formato pdf, explicando el mensaje que el autor o autora pretende transmitir.
  11. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 podrá disponer la inclusión de logos y/o publicidad institucional en las obras que resulten premiadas, reservándose el derecho a determinar su contenido.

Revisión de las solicitudes

  1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor efectuará la revisión de las solicitudes presentadas, verificando tanto el contenido y la documentación aportada como el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria cuya comprobación no requiera de ninguna valoración científica o técnica.
  2. Si la solicitud o la documentación aportada fuera incompleta o se detectasen defectos que imposibiliten la continuación del procedimiento y no sean susceptibles de inadmisión, se requerirá al solicitante para que subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de dicha ley.
  3. La subsanación no podrá suponer la modificación del contenido del proyecto ni la incorporación de información susceptible de valoración.

Valoración de las solicitudes

  1. La valoración de las solicitudes admitidas tras la revisión administrativa se realizará en una única fase, de acuerdo con los criterios de valoración de esta resolución.
  2. La valoración se realizará por un jurado, con la siguiente composición:
    1. Presidente: la persona titular de la Dirección General de Derechos de los Animales.
    2. Vocales: dos artistas o críticos/críticas de arte de reconocido prestigio en la materia objeto de la convocatoria y dos representantes de las organizaciones colaboradoras con el programa «Eres responsable» del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
    3. Secretario/a: Actuará como Secretario/a del jurado, con voz, pero sin voto, una persona funcionaria de la Dirección General de Derechos de los Animales.
  3. Los vocales del jurado serán nombrados por resolución de la persona titular de la Dirección General de Derechos de los Animales, y estarán sometidos al régimen de abstención y recusación previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de diciembre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  4. El funcionamiento del jurado se ajustará al régimen de los órganos colegiados regulado en la sección 3.ª, capítulo II, título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  5. Para conformar el jurado se promoverá la presencia equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Criterios de valoración

  1. El jurado, una vez finalizado el plazo de presentación de obras, se reunirá, previa convocatoria de su Presidente/a, valorará las obras presentadas, y emitirá el fallo de los premios, atendiendo a la excelencia artística de las obras y su adecuación al tema propuesto, conforme a los criterios establecidos en el artículo 12 de la Orden DSA/1206/2021, de 3 de noviembre, (B.O.E de 6 de noviembre) por la que se crean los Premios Nacionales Artísticos «Amigos de los Animales» y se establecen sus bases reguladoras.
  2. Se podrá declarar desierto alguno o todos los premios si, a juicio del jurado, las obras presentadas no alcanzasen un mínimo de calidad.
  3. Se valorará especialmente la adaptación de las ideas a transmitir al formato escogido, su sencillez en cuanto a la exposición, la adecuación del contenido y la forma al público destinatario de la publicación y los valores éticos y estéticos recogidos en la obra.
  4. En particular, los criterios de valoración y su respectiva ponderación serán:
    • La traslación del objetivo de la publicación al guion de la obra, entendiendo como tal la plasmación de las ideas a recoger en el desarrollo de la trama en la obra mediante la cohesión narrativa entre las escenas que forman el clipmetraje. Hasta 30 puntos.
    • El carácter innovador de la obra. Entendiendo por innovador aquél que sea digno de valoración por su aportación al resultado final de la obra por recoger temas de actualidad en materia de derechos y protección de los animales o utilizar un formato visual o una perspectiva comunicativa innovadores. Hasta 25 puntos.
    • La capacidad de impacto de la obra en el público destinatario. Entendiendo como impacto la capacidad de la obra para transmitir el mensaje y la información buscados con el objetivo de esta convocatoria. Hasta 20 puntos.
    • Usos de los elementos artísticos propios de la modalidad artística objeto de la convocatoria (clipmetraje), como iluminación, enfoque, encuadre y otros. Hasta 10 puntos.
  5. El Jurado comunicará el fallo al órgano instructor para su traslado al órgano competente para la resolución del expediente, y deberá incluir, al menos, los nombres de las personas o entidades premiadas y la desestimación del resto de las solicitudes.

Resolución y notificación

  1. Al no figurar en procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las personas y entidades interesadas, no será necesaria la elaboración de la propuesta de resolución provisional ni el trámite de audiencia.
  2. De conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el órgano competente dictará resolución motivada por la que se conceden los premios a las personas seleccionadas. La resolución incluirá asimismo las menciones de honor que el jurado hubiera estimado convenientes.
  3. La resolución será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo dicha publicación todos los efectos de notificación practicada. Con carácter informativo, será asimismo publicada en la página web del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 18.2 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  4. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución no podrá exceder de seis meses a partir de la fecha de publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa, las personas y entidades interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes.

Pago de la dotación económica y entrega de premios

  1. El pago de la dotación económica de los premios a las personas o entidades galardonadas se efectuará antes del 31 de diciembre de 2026.
  2. Será condición indispensable que las personas o entidades galardonadas figuren dadas de alta en el Tesoro Público, a efectos de su cobro obligatorio por transferencia, de acuerdo con la Orden PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado.
  3. No podrá realizarse el pago si la persona o entidad galardonada no se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o sea deudora por resolución de procedencia de reintegro.
  4. La entrega de los distintos premios a las personas o entidades galardonadas se realizará en un acto público único, convocado al efecto, organizado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Enlaces de interés

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/918017

Documentación a adjuntar

Junto con la solicitud cumplimentada: Anexo I, y los Anexos II y III, cada participante deberá presentar la siguiente documentación:

  • El catálogo descriptivo previsto en la Disposición Cuarta.
  • Breve currículo profesional en el caso de particulares profesionales.
  • Escrituras de constitución y apoderamiento en el caso de personas jurídicas. Esto último no será necesario para aquellos casos en los que la representación esté recogida en las escrituras de constitución o estatutos.
  • En el caso de que en los clipmetrajes presentados figuren personas físicas, deberá aportarse declaración responsable firmada en el que el autor o la autora indiquen que se cuenta con la cesión de los derechos de imagen de aquellas.
  • Se deberá incluir un documento en el que se indique la aceptación de la inclusión de subtítulos por parte de la Dirección General de Derechos de los Animales, en caso de que el vídeo contenga diálogo, con el fin de garantizar su accesibilidad e inclusión.
  • Autorización para la difusión del contenido de la obra en las redes sociales oficiales, en el marco de la difusión del Certamen Artístico y de sus objetivos de tenencia responsable.
  • Podrá aportarse, además, cualquier otra documentación que se considere relevante para la valoración de la solicitud.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Certamen Amigos de los Animales

El Certamen Amigos de los Animales se convocan con el objetivo de visibilizar la belleza de la convivencia con los animales y transmitir valores como el cariño, el cuidado, la compañía, la fidelidad, la empatía y la familia multiespecie.

El plazo de inscripción de la Beca "Certamen Amigos de los Animales" es: desde 11/07/2026 hasta 10/10/2026.

La Beca "Certamen Amigos de los Animales" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior

La Beca "Certamen Amigos de los Animales" es un tipo de beca: 

  • Premios, concursos y certámenes
  • Becas para fotógrafos