Junta de Castilla y León

Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León

Becas de estudiosUniversitarios

INSCRIPCIONES

29/10/202426/11/2024
Finalizada

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Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León tienen por objeto ofrecer una ayuda a los estudiantes de las universidades públicas o privadas de Castilla y León, que cursen los estudios de grado o máster universitario. Estas ayudas se ofrecerán en dos modalidades, la de aprovechamiento académica y la de renta.

Para poder ser beneficiario de estas becas se deberá estar matriculado en alguna universidad privada o pública de Castilla y León y cursar enseñanzas que conduzcan a un máster o grado. Además se deberán de cumplir con el resto de requisitos previstos, como estar empadronado en algún municipio de Castilla y León.

Los becarios deberán por su parte, cumplir con una serie de obligaciones, como acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social. Para valorar las solicitudes, éstas se ordenarán de menor a mayor renta familiar para repartir las becas entre los que más las necesiten primero.

Sin duda Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León son una gran oportunidad si estás cursando grado o máster en alguna universidad de Castilla y León, por eso desde aquí te animamos a solicitarlas. Consulta todo lo necesario para solicitar estas becas en nuestra web. Aquí te mostramos requisitos, plazos, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Región de origen
  • Castilla y León
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Benenficiarios

Podrán ser beneficiarios de las Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León los alumnos que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos generales:

  • a. Estar matriculado en alguna universidad pública o privada de Castilla y León.
  • b. Cursar enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales señalados enel artículo 1.1.
  • c. No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de las enseñanzas para las que se solicita la ayuda. No obstante lo dispuesto en este apartado c), quienes estén en posesión de un título oficial de grado que haya sido adscrito al nivel 3 (máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), o en posesión de un título oficial de arquitecto, ingeniero, licenciado, arquitecto técnico, ingeniero técnico o diplomado que haya obtenido la correspondencia con el nivel 3 (máster) del MECES, podrán ser beneficiarios de ayuda para cursar enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de un título de máster universitario.
  • d. Cumplir los requisitos económicos y académicos que se establezcan en la correspondiente convocatoria.

Asimismo, para ser beneficiario de estas ayudas, los alumnos deberán cumplir con el requisito de estar empadronado en un municipio de Castilla y León.

Para poder ser beneficiario de las ayudas el alumno no deberá superar determinados umbrales de renta y deberá ser beneficiario de la beca de matrícula en las becas convocadas por la Administración General del Estado en el curso correspondiente para enseñanzas universitarias.

Requisitos específicos de cada modalidad

Para optar a la modalidad de aprovechamiento académico los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

  • a. En el caso de alumnos matriculados en enseñanzas de grado, bien, estar matriculados en un mínimo de 60 ECTS de segundo y posteriores cursos de las enseñanzas de grado en el curso 2024-2025, o bien, quienes, teniendo menos de 60 créditos matriculados, se matriculen de todos aquellos créditos que le restan para finalizar la titulación, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, y no haber anulado matrícula a fecha de cruce de datos con las universidades.
  • b. En el caso de alumnos matriculados en enseñanzas de máster universitario:
    • 1º Cuando el plan de estudios sea de 60 o 120 ECTS, estar matriculados en un mínimo de 60 ECTS del plan de estudios en el curso 2024-2025, y no haber anulado matrícula a fecha de cruce de datos con las universidades.
    • 2º Cuando el plan de estudios sea de 90 ECTS, estar matriculados en el primer curso de un mínimo de 60 ECTS del plan de estudios, y en el segundo curso de un mínimo de 30 ECTS en el curso 2024-2025, y no haber anulado matrícula a fecha de cruce de datos con las universidades.
    • 3º Cuando en virtud de la normativa propia de la universidad resulte limitado el número de créditos en que puedan quedar matriculados todos los estudiantes, estar matriculado en todos aquellos créditos en los que les resulte posible.
  • c. Tener en el año 2023 una renta familiar neta inferior a los siguientes umbrales:
    • Número de miembros computables - Hasta un umbral máximo de:
      • 1 - 14.818 €.
      • 2 - 25.293 €.
      • 3 - 34.332 €.
      • 4 - 40.773 €.
      • 5 - 45.572 €.
      • 6 - 49.196 €.
      • 7 - 52.780 €.
      • 8 - 56.348 €.
      • Cada miembro adicional al 8º - 3.561 €.

 Será requisito específico para optar a la modalidad de renta, tener en el año 2023 una renta familiar neta inferior a los siguientes umbrales:

  • Número de miembros computables - Hasta un umbral máximo de:
    • 1 - 13.898 €.
    • 2 - 23.724 €.
    • 3 - 32.201 €.
    • 4 - 38.242 €.
    • 5 - 42.743 €.
    • 6 - 46.142 €.
    • 7 - 49.503 €.
    • 8 - 52.850 €.
    • Cada miembro adicional al 8º - 3.340 €.

La renta familiar a que se refieren los puntos 1.c) y 2 será la calculada para la concesión de la beca de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, según lo dispuesto en los artículos 16 a 18 y 20 de la Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación.

Dotación

Las Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León incluirán alguna o algunas de las siguientes modalidades:

  • a. Aprovechamiento académico: Destinada a conceder una ayuda por crédito superado en el curso anterior para alumnos matriculados en las enseñanzas universitarias oficiales que, dentro de las indicadas en el artículo 1.1, se determinen en la correspondiente convocatoria, en alguna universidad de Castilla y León durante el curso al que se refiere dicha convocatoria. El importe por este concepto se determinará en cada convocatoria no pudiendo ser, en ningún caso, inferior a un euro (1 €) ni superior a diez euros (10 €) por crédito superado.
  • b. Renta: Destinada a colaborar en los gastos ocasionados por cursar las enseñanzas universitarias oficiales que, dentro de las indicadas en el artículo 1.1, se determinen en la correspondiente convocatoria, en alguna universidad de Castilla y León. El importe por este concepto se determinará en cada convocatoria no pudiendo ser, en ningún caso, inferior a cien euros (100 €) ni superior a trescientos cincuenta euros (350 €).

En el caso de que se cursen simultáneamente varias enseñanzas de las relacionadas en el artículo 1.1 la ayuda solo podrá percibirse por una de ellas.

Las modalidades de ayudas señaladas en el apartado 1 podrán convocarse en momentos diferentes.

Presentación

La solicitud de las Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León se deberá cumplimentar mediante el formulario ACCESIBLE A TRAVÉS DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA e irán dirigidas a la Consejera de Educación.

La solicitud incluirá la declaración responsable de la aceptación de las bases, y de diferentes extremos requeridos.

Cualquier variación que pueda producirse hasta el momento de realizarse la propuesta de pago en el contenido de las declaraciones efectuadas deberá ser comunicada inmediatamente a la Dirección de Universidades e Investigación.

En el supuesto de que el interesado presente varias solicitudes, solo será tenida en cuenta la última de las solicitudes presentadas en plazo.

Los estudiantes de grado pueden solicitar las dos modalidades de ayuda, en la misma solicitud.

No es necesario aportar documentación. Solo si consta oposición expresa en su solicitud, deberá aportarla.

Estudiantes de MASTER universitario que cursaron estudios de grado en una universidad fuera de Castilla y León: Certificado expedido por la universidad de fuera de Castilla y León en la que cursó los estudios de grado que le dieron acceso al Máster, en el que consten los créditos superados en el último curso de esas enseñanzas de grado.

Más información

Obligaciones de los beneficiarios

  1. Los beneficiarios estarán sujetos a las obligaciones que, con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en la Ley 5/2008,de 27 de septiembre, además de aquellas otras que específicamente puedan prever las correspondientes convocatorias.
  2. Los solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social mediante la aportación de una declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciones, de conformidad con el artículo 6.g) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula tal acreditación en materia de subvenciones.

Resolución

La resolución será dictada por el titular de la consejería competente en materia de universidades y publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León; asimismo, será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación. Asimismo se remitirá la debida información sobre la resolución de concesión recaída a la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme a lo establecido en los artículos 18 y 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses,contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Contra la resolución que se dicte, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes ante el titular de la consejería competente en materia de educación conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Criterios de valoración y de adjudicación de las ayudas

La comisión de valoración realizará un informe de evaluación en el que se incluirán aquellas solicitudes que cumplan los requisitos señalados, ordenadas de menor a mayor renta familiar, hasta donde lo permitan las disponibilidades presupuestarias.

En caso de empate entre varias solicitudes de acuerdo con el anterior criterio, la comisión de valoración ordenará esas solicitudes en función de la menor renta personal que resulte de dividir la renta familiar entre el número de miembros que componen la unidad familiar.

En caso de existir disponibilidad presupuestaria suficiente para atender en la cuantía mínima fijada en cada convocatoria las peticiones de los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos, no será de aplicación lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo 9, procediéndose al prorrateo entre los beneficiarios del importe global máximo destinado con el límite de la cuantía máxima fijada en la correspondiente convocatoria.

Pago y justificación

Las ayudas se abonarán con sujeción a las reglas establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año correspondiente, y demás normativa aplicable.

El ingreso de las ayudas correspondientes se realizará directamente a favor del interesado, mediante transferencia bancaria.

Compatibilidad de las ayudas

Las presentes ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

El importe dela ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.

Documentación a adjuntar

Todos los solicitantes deberán aportar junto con la solicitud la siguiente documentación:

  • a. Copia del DNI/NIE del solicitante y/o de su representante, en el caso que se haya manifestado oposición a que la Administración acceda directamente y/o por medios telemáticos a dichos datos.
  • b. Certificado de empadronamiento del solicitante, acreditativo de estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León, en el caso que se haya manifestado oposición a que la Administración acceda directamente y/o por medios telemáticos a dichos datos.
  • c. Copia de la resolución por la que se le otorgue la condición de beneficiario de la beca de matrícula para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, convocada mediante la Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, en el caso que se haya manifestado oposición a que la Administración solicite estos datos al Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • d. Documento acreditativo de la renta familiar que figure en el expediente correspondiente a su solicitud de beca, una vez tramitada para la emisión de la resolución por la que se le otorgue la condición de beneficiario de la beca de matrícula para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, convocada mediante la Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, en el caso que se haya manifestado oposición a que la Administración solicite estos datos al Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • e. Certificados expedidos por la universidad de Castilla y León en que esté matriculado, en el caso que se haya manifestado oposición a que la Administración solicite estos datos a la universidad, y en los que consten que el solicitante está matriculado en la universidad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, así como si ha anulado la matrícula.

En el caso de los solicitantes de las ayudas en la modalidad de aprovechamiento académico, deberán aportar junto con su solicitud la siguiente documentación:

  • a. Los alumnos matriculados en enseñanzas de grado, certificado expedido por la universidad de Castilla y León en que esté matriculado, en el caso que se haya manifestado oposición a que la Administración solicite estos datos a la universidad, y en el que consten los créditos superados durante el curso 2023-2024 y los matriculados en el curso 2024-2025.
  • b. Los alumnos matriculados en enseñanzas de máster universitario, los siguientes documentos:
    • 1º Los matriculados en el primer o único curso:
      • 1º.1. Certificado expedido por la universidad de Castilla y León en que esté matriculado, en el caso que se haya manifestado oposición a que la Administración solicite estos datos a la universidad, en el que consten los créditos matriculados en el curso 2024-2025.
      • 1º.2. Certificado expedido por la universidad de Castilla y León en la que cursó los estudios de grado o los estudios de enseñanzas universitarias estructuradas por asignaturas, que le dieron acceso al máster, en el caso que se haya manifestado oposición a que la Administración solicite estos datos a la universidad, en el que consten los créditos o asignaturas superados en el último curso de esas enseñanzas.
      • 1º.3. Certificado expedido por la universidad de fuera de Castilla y León en la que cursó los estudios de grado o los estudios de enseñanzas universitarias estructuradas por asignaturas, que le dieron acceso al máster, en el que consten los créditos o asignaturas superados en el último curso de esas enseñanzas.
    • 2º Los matriculados en el segundo curso, certificado expedido por la universidad de Castilla y León en que esté matriculado, en el caso que se haya manifestado oposición a que la Administración solicite estos datos a la universidad, y en el que consten los créditos superados durante el curso 2023-2024 y los matriculados en el curso 2024-2025.
Si en la comprobación por la Consejería de Educación de los datos mencionados en los puntos anteriores, se constatase que las administraciones carecen de datos del solicitante o si existen dificultades técnicas que impidan su comprobación, se requerirá al solicitante que aporte dicha información.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León

Las Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León tienen por objeto ofrecer una ayuda a los estudiantes de las universidades públicas o privadas de Castilla y León, que cursen los estudios de grado o máster universitario. Estas ayudas se ofrecerán en dos modalidades, la de aprovechamiento académica y la de renta.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León" es: desde 29/10/2024 hasta 26/11/2024.

La Beca "Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Grado y Máster Universidades Castilla y León" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes