Becas IVACE Exterior
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Becas IVACE Exterior: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas IVACE Exterior son convocadas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, y mediante las mismas se facilita a los candidatos seleccionados la oportunidad de disfrutar de un periodo de estancia en alguno de los países indicados en los que recibirán una formación tanto teórica como práctica en materias relacionadas con la internacionalización empresarial.
Las becas podrán ser solicitadas por las personas que reúnan los requisitos indicados en la convocatoria, entre los que se encuentran el ser natural de la Comunidad Valenciana, o ser ciudadanos de un estado miembro de la Comunidad Europea, con residencia en España.
Además, se valorarán otros criterios de selección son la titulación académica de los candidatos, la formación complementaria relacionada con la internacionalización que hayan realizado previamente, las estancias formativas en el exterior o la experiencia laboral de los mismos.
Las Becas IVACE Exterior, además de ofrecer a las personas seleccionadas la formación teórica y práctica indicada, dotará a las mismas con una dotación económica fija, una dotación económica variable dependiendo del país de destino, y un seguro de accidente y enfermedad, así como el coste de las vacunas exigidas para la estancia en determinados destinos.
Por todo ello, las Becas IVACE Exterior suponen una gran oportunidad que ofrece esta institución en colaboración con la Generalitat Valenciana para obtener una formación de calidad en el ámbito empresarial.
Podrás conocer en estas web todos los datos relacionados con las Becas IVACE Exterior como plazos de presentación de solicitudes, requisitos, duración del programa, formalización de solicitudes y proceso de selección, entre otros.
Datos básicos
- Nº de becas
- 70
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Cualquier nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- a. Ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea y haber nacido en la Comunitat Valenciana o contar con empadronamiento en la Comunitat Valenciana desde al menos doce meses antes de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV.
- b. Tener menos de 30 años el día 31 de julio de 2023, fecha en la que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
- c. Poseer una titulación universitaria de grado superior. En el supuesto de titulación obtenida en cualquier país distinto de España, esta titulación se deberá acompañar de la resolución de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial o de la resolución de homologación de títulos extranjeros, de acuerdo con lo que regula el RD 967/2014 de 21 de noviembre.
- d. Conocimiento suficiente hablado y escrito del idioma inglés, así como del de alguna de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana en el caso de las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española; estos requisitos se acreditarán a través de la realización de pruebas -y entrevista en el caso de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana- llevadas a cabo en el proceso de selección.
- e. No haber disfrutado o percibido prestación alguna en concepto de beca dirigida a la especialización en temas relacionados con la internacionalización de la empresa, concedida por Administraciones Públicas, Cámaras de Comercio, u otros organismos de promoción comercial, con independencia de la procedencia de su financiación.
- f. No estar afectadas por limitación alguna incompatible con el desarrollo funcional o geográfico de la beca.
- g. No tener antecedentes penales o estar incursa en causa penal alguna que impida el desarrollo funcional o geográfico de la beca.
- h. Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- i. No incurrir en ninguna de las causas de prohibición para ser beneficiaria previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dotación
La duración de la beca será de 12 meses como máximo.
Cada beca dotará al beneficiario con una cuantía dineraria fija por importe de 1.165,08 euros brutos mensuales, aplicándose las correspondientes retenciones fiscales y de Seguridad Social de acuerdo con la normativa vigente.Además de la dotación dineraria fija indicada en el párrafo anterior, se establecerá una dotación dineraria variable en función del destino que se le asigne según lo previsto en el anexo I, así como una dotación en concepto de 'bolsa de incorporación y regreso' cuyos importes máximos se fijaron en el anexo II de la resolución de convocatoria.
Tanto la dotación dineraria fija como la variable se percibirán en base al tiempo y lugar de disfrute efectivo de la beca.
La dotación variable sólo será percibida a partir del desplazamiento de la persona becada al destino asignado.
Además, el IVACE se hará cargo de los siguientes gastos inherentes a la beca, que tendrán la consideración de retribución en especie:
- Seguro de accidente y enfermedad para las personas destinadas en el exterior, que será contratado directamente por el IVACE.
- Otros gastos abonados por la persona beneficiaria de la beca y que le serán reembolsados posteriormente por el IVACE tras la presentación de la correspondiente justificación.
- Cursos de idiomas, diferentes al inglés, previa autorización del IVACE, en aquellos destinos en los que el conocimiento y/o mejora del idioma local sea necesario para el adecuado desarrollo de la beca.
- Costes de las vacunas necesarias para la permanencia en destino.
Cuando las necesidades del lugar de destino así lo requieran, el IVACE pondrá a disposición de la persona beneficiaria de la beca un ordenador portátil, previa suscripción del correspondiente documento de condiciones de uso temporal donde se especificarán las obligaciones de mantenimiento y devolución del ordenador.
Presentación
Las personas solicitantes deberán presentar electrónicamente la siguiente documentación a través del enlace "Presentar solicitud" en el apartado "Docs. personas candidatas" a la derecha de esta página.
Para ello, deberán disponer durante todas las fases del procedimiento de certificado de persona física emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, (https://www.accv.es/menus/certificados-ciudadanos/) o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Más información
Programa de becas
- IVACE validará –y en su caso, elaborará– con la entidad de destino correspondiente, un programa formativo con una duración máxima de doce meses consistente en la realización de prácticas en comercio exterior. Podrán ser entidades de destino:
- a. Organismos de promoción de la internacionalización: instituciones oficiales, organismos multilaterales, bancos multilaterales de desarrollo, Cámaras de Comercio, Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior, Red EEN (Enterprise Europe Network), Fundación Comunitat Valenciana Región Europea, y entidades europeas,entre otras.
- b. Empresas con domicilio social en la Comunitat Valenciana que cuenten con filiales o sucursales en el extranjero.
- c. Empresas adjudicatarias del IVACE para la prestación del servicio de asesoramiento internacional a las empresas de la Comunitat Valenciana, que así lo soliciten.
- El programa formativo se ejecutará con el objetivo final de capacitar en materia de internacionalización empresarial a las personas beneficiarias de las becas. Una persona designada como tutora por la entidad de destino realizará el seguimiento y evaluación y se responsabilizará dela formación de la persona becada.
- Junto con la formación práctica en cualquiera de los destinos adjudicados, se desarrollará una formación teórica consistente en la realización del Curso Superior de Internacionalización de la Empresa,incluyendo marketing digital y business intelligence, de 300 horas de duración, cuyo objetivo será proporcionar a la persona beneficiaria dela beca una visión global de la actividad empresarial internacional y del entorno institucional involucrado en la promoción exterior e internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana.No tendrán que realizar este curso quienes acrediten haber realizado y superado con éxito una formación (grado, máster o curso) que supere 300 horas de formación en gestión de comercio internacional o de internacionalización empresarial incluyendo la internacionalización digital.La no superación de este curso podrá suponer el reintegro total o parcial de la dotación económica percibida, así como la no obtención del certificado de aprovechamiento de la beca.
- En caso de renuncia a la beca, si esta se produce tras haber completado al menos un 60 % de la formación teórica y práctica, se considerará dicha formación como realizada en el porcentaje correspondiente, pudiendo el IVACE emitir, a petición de la persona interesada, un certificado que acredite el desarrollo de la formación práctica y teórica realizada en dicho periodo.
Duración del programa de becas
- Las becas se concederán bajo el régimen de concurrencia competitiva, mediante una comparación de las solicitudes presentadas a las que se aplicarán por la Comisión de Evaluación prevista en la Orden 16/2016, de 12 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, los criterios de valoración fijados y se establecerá una prelación según la puntuación obtenida. La selección de aspirantes se realizará respetando las políticas horizontales en materia de igualdad de oportunidades y atendiendo a principios de publicidad suficiente y valoración equitativa de los/as aspirantes.
- Criterios de evaluación. **revisar tabla en la convocatoria.
- 1. La adjudicación de las becas y la constitución, en su caso, de la bolsa de suplentes, así como la denegación de su concesión, será competencia de la persona que ostente la Presidencia del IVACE, a la vista del expediente y a propuesta de la Comisión de Evaluación. El IVACE se reserva el derecho a dejar vacante la adjudicación total o parcialmente cuando los perfiles de las personas participantes no superen el proceso de selección.
- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo sin que se hubiese dictado resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes por silencio administrativo, todo ello sin perjuicio de la obligación de resolver expresamente que incumbe a la Administración.La resolución motivada del procedimiento se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en la página web de IVACE:http://www.ivace.es apartado Ayudas/Becas. Se considerará que, con la recepción por IVACE de la aceptación de la adjudicación de la beca,la persona beneficiaria acepta su inclusión en la lista de operaciones contemplada en el artículo 49 del Reglamento (UE) núm. 1060/2021,de 24 de junio, de 2021.Asimismo, las becas concedidas se publicarán en la Base de datos nacional de subvenciones en cumplimiento de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, con expresión de la convocatoria, del programa y crédito presupuestario al que se imputen, persona beneficiaria, cantidad concedida y objetivo o finalidad de la beca.
- La resolución de concesión y/o denegación pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, o recurso contencioso-administrativo enel plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Se delega en la Dirección Adjunta del IVACE(Dirección General de Internacionalización) la resolución de los recursos de reposición.
- La persona beneficiaria deberá suscribir en el plazo notificado el documento de aceptación de la beca en el que se especificarán sus obligaciones, y un anexo aceptando el destino definitivo en el exterior.Dichos documentos le serán facilitados por el IVACE una vez firmada la resolución de concesión y, en su caso, la de adjudicación de destino.
- La resolución de concesión incorporará el destino asignado;cuando este sea una empresa, la resolución tan solo indicará esta mención genérica y quedará pendiente su concreción a resultas del proceso de entrevistas que se mantengan entre las empresas y las personas beneficiarias de la beca, cuyos datos de contacto habrán sido facilitados por IVACE. En este caso, la aceptación del destino a través del anexo I al documento de aceptación, se suscribirá tras la finalización del proceso de entrevistas mantenidas con las distintas empresas y la resolución en la que se fije el destino, dictada por la Dirección Adjunta del IVACE en materia de Internacionalización.
- El IVACE se reserva la posibilidad de modificar la fecha de incorporación o el destino asignado y su dotación correspondiente encaso de concurrir causa justificada.
- Las personas beneficiarias de las becas con destino en empresas comenzarán su formación en la sede que la empresa disponga en la Comunitat Valenciana, hasta su efectiva incorporación al destino de la empresa en el exterior. En el caso de existir problemática en la tramitación de la documentación necesaria para el desplazamiento e incorporación al país de destino, o cualquier otra contingencia que retrase de forma prolongada o haga imposible la incorporación, IVACE podrá concluir que el desarrollo de la beca tenga lugar en un destino diferente al inicialmente asignado.
Documentación a adjuntar
- a. Solicitud electrónica debidamente cumplimentada, disponible en el apartado "Docs. personas candidatas" a la derecha de esta página.
- b. DNI en vigor en caso de que en la solicitud electrónica se haya manifestado oposición para su obtención por medios telemáticos por el IVACE; las personas nacionales de otro estado miembro de la Unión Europea presentarán la documentación equivalente en todo caso.
- c. En caso de personas no nacidas en la Comunitat Valenciana, documento oficial que acredite el empadronamiento en la Comunitat Valenciana donde se especifique la fecha de alta en la localidad correspondiente con al menos doce meses de antelación a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV.
- d. Documento que acredite la obtención de titulación universitaria de grado superior o, en su defecto, resguardo de la solicitud de la misma.
- e. Certificado de calificaciones académicas donde conste la nota media de la titulación.
- f. Curriculum Vitae de la persona solicitante.
- g. Certificado de no tener antecedentes penales o estar incursa en causa penal alguna que impida el desarrollo funcional o geográfico de la beca, emitido por el Ministerio de Justicia, con fecha comprendida en el periodo de presentación de solicitudes de la beca.
- h. Cualquier otra documentación que acredite los méritos de la persona interesada:
- en el caso de la experiencia profesional, deberá aportar certificado de vida laboral o los contratos en los que se detalle el puesto, así como la última nómina de cada contrato;
- en el caso de los cursos de formación, aportará fotocopia de títulos o diplomas en los que se acredite el número de horas de los mismos;
- en caso de colaboración con ONG o con otras entidades de carácter social se aportará la documentación acreditativa.
En el caso que corresponda, certificado de ser titular/beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión emitido por las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas Toda la documentación presentada deberá estar redactada –o traducida- en castellano o valenciano.