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Becas IVACE Exterior

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INSCRIPCIONES

Inicio21/04/2026 Fin30/06/2026
Abierta

Becas IVACE Exterior: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas IVACE Exterior son convocadas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, y mediante las mismas se facilita a los candidatos seleccionados la oportunidad de disfrutar de un periodo de estancia en alguno de los países donde se encuentran las organizaciones y empresas indicadas. Gracias a estas ayudas recibirán una formación tanto teórica como práctica en materias relacionadas con la internacionalización empresarial.

Las becas podrán ser solicitadas por las personas que reúnan los requisitos indicados en la convocatoria, entre los que se encuentran el ser natural de la Comunidad Valenciana, o ser ciudadanos de un estado miembro de la Comunidad Europea, con residencia en España.

Las Becas IVACE Exterior, además de ofrecer a las personas seleccionadas la formación teórica y práctica indicada, dotará a las mismas con una dotación económica fija, una dotación económica variable dependiendo del país de destino, y un seguro de accidente y enfermedad, así como el coste de las vacunas exigidas para la estancia.

Por todo ello, las Becas IVACE Exterior suponen una gran oportunidad que ofrece esta institución en colaboración con la Generalitat Valenciana para obtener una formación de calidad en el ámbito empresarial.

En esta web te mostramos todos los datos relacionados con estas becas, como plazos de presentación de solicitudes, requisitos, duración del programa, formalización de solicitudes y proceso de selección, entre otros.

Datos básicos

Nº de becas
70
Nivel de estudio
  • Grado
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrán solicitar las Becas IVACE Exterior personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

  • a. Haber nacido en la Comunitat Valenciana, o bien ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea y residente en la Comunitat Valenciana desde al menos doce meses antes de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV); a efectos del cómputo de este plazo no se tendrá en cuenta la interrupción del período de residencia por razones de estudio debidamente acreditadas.
  • b. Tener menos de 30 años el día 30 de junio de 2026, fecha en la que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
  • c. Estar en posesión de una titulación universitaria de grado superior. En el supuesto de titulación obtenida en cualquier país distinto de España, esta titulación deberá ir acompañada de la resolución de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial o de la resolución de homologación de títulos extranjeros, de acuerdo con lo que regula el RD 967/2014 de 21 de noviembre. La titulación se podrá acreditar hasta el 4 de septiembre de 2026.
  • d. Conocimiento suficiente hablado y escrito del idioma inglés, así como del de alguna de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana en el caso de las personas que no posean la nacionalidad española; dicho requisito se acreditará a través de la realización de pruebas -y entrevista en el caso de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana- llevadas acabo en el proceso de selección.
  • e. No haber disfrutado o percibido prestación alguna en concepto de beca dirigida a la especialización en temas relacionados con la internacionalización de la empresa, concedida por administraciones públicas, cámaras de comercio, u otros organismos de promoción comercial, con independencia de la procedencia de su financiación.
  • f. No estar afectadas por limitación alguna incompatible con el desarrollo funcional o geográfico de la beca.
  • g. No tener antecedentes penales o estar incursa en causa penal alguna que impida el desarrollo funcional o geográfico de la beca.
  • h. Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • i. No incurrir en ninguna de las causas de prohibición para ser beneficiaria previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Dotación

La dotación económica de las Becas IVACE Exterior consistirá en:

  • Una dotación dineraria general por importe 18.000 euros brutos anuales.
  • Una dotación dineraria anual variable en función del destino asignado.
  • A estos importes se aplicarán las correspondientes retenciones fiscales y de Seguridad Social de acuerdo con la normativa vigente.
  • Tanto la dotación dineraria fija como la variable serán percibidas en función del tiempo y lugar de disfrute efectivo de la beca; la dotación variable sólo será percibida a partir del desplazamiento de la persona becada al destino asignado.
  • Los gastos derivados del traslado al país de destino y de regreso se consideran incluidos en el importe global de la dotación total indicada en el anexo a esta resolución.

El IVACE podrá hacerse cargo de los siguientes gastos, que tendrán la consideración de retribución en especie, previa valoración de los mismos:

  • a. En aquellos destinos en los que el conocimiento y/o mejora del idioma local sea necesario para el adecuado desarrollo de la beca, excluido en todo caso el inglés.
  • b. Costes de las vacunas necesarias para la permanencia en destino.
El IVACE se hará cargo de los siguientes gastos complementarios inherentes al desarrollo de la beca y que no tendrán consideración de retribución de la beca:

  • a. Seguro de asistencia en viajes y accidentes, que será contratado directamente por el IVACE.
  • b. Otros gastos inherentes al desarrollo de la beca abonados por la persona beneficiaria de la beca previamente autorizados por el IVACE que le serán reembolsados posteriormente tras la presentación de la correspondiente justificación, como en aquellos casos en que sea exigible visado, costes de gestión y tramitación del visado para la permanencia en el destino asignado.
  • c. Gastos de desplazamiento en destino, u otros debidamente motivados, ocasionados por el propio desarrollo de la beca en los organismos de promoción de la internacionalización a los que se hace referencia el artículo 2.1.a, siempre que hayan sido autorizados previamente por IVACE.
Cuando las necesidades del lugar de destino así lo requieran, el IVACE pondrá a disposición de la persona beneficiaria de la beca un ordenador portátil, previa suscripción del correspondiente documento donde se especificarán las condiciones de uso temporal y las obligaciones de mantenimiento y devolución del ordenador.

Presentación

  • La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento de las Becas IVACE Exterior, será electrónica y requerirá que la persona solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de persona física emitido por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
  • La tramitación de la solicitud, cumplimentada según el modelo disponible en la página web: https://www.ivace.es, dentro del apartado «Ayudas/Becas», supone la firma de la misma, y se presentará en el registro telemático del IVACE a través de dicha página web aportando la documentación indicada.

Más información

Objeto

  • Estas 70 becas persiguen dotar a las empresas y entidades de la Comunitat Valenciana de personal cualificado y especializado en comercio exterior mediante la formación y especialización profesional de jóvenes con titulación universitaria, así como mediante la realización de prácticas sobre los distintos aspectos que afecten al proceso de internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana; asimismo mediante la presente resolución se convoca a las entidades de destino colaboradoras en el desarrollo de las becas.

Dónde se desarrolla la beca

  • a. Organismos de promoción de la internacionalización: instituciones oficiales, organismos multilaterales, bancos multilaterales de desarrollo, Cámaras de Comercio y Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior, RedEEN (Enterprise Europe Network), Fundación Comunitat Valenciana Región Europea, y otras entidades internacionales.
  • b. Empresas y entidades privadas con domicilio social en la Comunitat Valenciana que cuenten con filiales o sucursales en el extranjero.
  • c. Empresas adjudicatarias del IVACE para la prestación de servicios de asesoramiento internacional a las empresas de la Comunitat Valenciana.

Formación

  • Junto con la formación práctica en cualquiera de los destinos adjudicados, se desarrollará una formación teórica, cuyo objetivo será proporcionar a la persona beneficiaria de la beca una visión global de la actividad empresarial internacional y del entorno institucional involucrado en la promoción exterior e internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana.
  • No tendrán que realizar esta formación quienes acrediten haber realizado un máster universitario en gestión de comercio internacional o de internacionalización empresarial. Dicho máster deberá estar incluido en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
  • La no realización de la formación teórica de forma completa podrá suponer el reintegro total o parcial de la dotación económica percibida, así como la no obtención del certificado de aprovechamiento de la beca.
  • En caso de renunciar a la beca, si ésta se produce tras haber completado al menos un 75% de la formación teórica y práctica, se considerará dicha formación como realizada en el porcentaje correspondiente, y el IVACE podrá emitir, a petición de la persona interesada, un certificado que acredite el desarrollo de la formación práctica y teórica realizada en dicho periodo.

Enlaces de interés

https://dogv.gva.es/datos/2026/04/20/pdf/2026_11229_es.pdf

Documentación a adjuntar

  • a. Solicitud electrónica debidamente cumplimentada.
  • b. DNI en vigor en caso de que en la solicitud electrónica no haya autorizado expresamente al IVACE para su obtención por medios telemáticos; las personas nacionales de otro estado miembro de la Unión Europea presentarán la documentación equivalente en todo caso.
  • c. En caso de personas no nacidas en la Comunitat Valenciana, documento oficial que acredite el empadronamiento en la Comunitat Valenciana donde se especifique la fecha de alta en la localidad correspondiente con al menos doce meses de antelación a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV.
  • d. Documento que acredite la obtención de titulación universitaria de grado superior a que se refiere el apartado d) del artículo 8 de la presente resolución o, en su defecto, resguardo de la solicitud del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deben acreditar mediante el certificado de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario para titulaciones con resolución de equivalencia, o por la credencial de homologación en el caso de titulaciones con resolución de homologación. Ambos documentos, el certificado y la credencial, son expedidos por la Subdirección General de Títulos y Coordinación de la Directiva Europea de Reconocimiento de Cualificaciones y de Ordenación de Enseñanzas Universitarias y Profesorado del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
  • e. Certificado de calificaciones académicas donde conste la nota media de la titulación.
  • f. Curriculum vitae de la persona solicitante.
  • g. Certificado de no tener antecedentes penales ni estar incursa en causa penal alguna que impida el desarrollo funcional o geográfico de la beca, emitido por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con fecha comprendida en el periodo de presentación de solicitudes de la beca.
  • h. Documentación que acredite el número de horas y contenido de los cursos de formación puntuables en el artículo 10 de esta resolución. Se aportarán los títulos o diplomas, y en caso de que en ellos no conste dicha información, se aportará un certificado de la entidad que haya impartido los cursos en el que se acredite. Para la acreditación de máster este debe tener al menos 60 créditos ECTS o una duración de 1.500 horas.
  • i. Otra documentación que acredite los méritos de la persona interesada:
    • En el caso de la experiencia profesional, se aportará el certificado de vida laboral o los contratos en los que se detalle su duración, así como la última nómina de cada contrato;
    • En caso de estancia en el exterior, documento acreditativo de la misma;
    • En caso de participación en ONG y en otras entidades sin ánimo de lucro cuyo objetivo sea promocionar y beneficiar a la sociedad civil desde cualquier ámbito que la beneficie, sea cultural, social, educativo, etc., será necesario acreditar un mínimo de 20 horas mensuales presenciales durante al menos 12 meses en la correspondiente ONG o entidad sin ánimo de lucro así como la información justificativa del reconocimiento de la entidad como ONG o entidad sin ánimo de lucro, para poder acreditar el mérito en este apartado.
    • En caso de ser titular o persona beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI), certificado emitido por las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
  • Junto con la solicitud deberá aportarse la ficha de alta en la Base de datos corporativa de la Generalitat Valenciana(PROPER) conforme a lo dispuesto en la Orden 2/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o tramites de alta, modificación y baja de los datos personales e identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionan económicamente con la Generalitat; en dicha ficha, disponible en Trámite automatizado: https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc= 22648, deberá constar el IBAN donde la persona beneficiaria solicita que se efectúe el pago de la beca.

Toda la documentación presentada deberá estar redactada en castellano o en valenciano.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas IVACE Exterior

Las Becas IVACE Exterior son convocadas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, y mediante las mismas se facilita a los candidatos seleccionados la oportunidad de disfrutar de un periodo de estancia en alguno de los países donde se encuentran las organizaciones y empresas indicadas. Gracias a estas ayudas recibirán una formación tanto teórica como práctica en materias relacionadas con la internacionalización empresarial.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas IVACE Exterior" es: desde 21/04/2026 hasta 30/06/2026.

La Beca "Becas IVACE Exterior" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas IVACE Exterior" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de formación práctica
  • Becas transporte
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para cursos