Instituto de Estudios Albacetenses Don Juan Manuel (IEA)

Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA

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INSCRIPCIONES

Inicio26/03/2026 Fin14/05/2026
Abierta

Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA una convocatoria del Instituto de Albacete destinada a impulsar sobre el patrimonio arqueológico. Estas ayudas financian hasta el 90% del proyecto, con un máximo de 7.000 euros, y se conceden en régimen de concurrencia competitiva a equipos de investigación, personas físicas con capacidad para desarrollar trabajos científicos sobre el patrimonio arqueológico.

Las solicitudes se presentan de forma electrónica y deben incluir memoria, presupuesto y currículo. Los proyectos se valoran hasta 100 puntos, siendo necesario alcanzar al menos 60 para ser admitidos, el interés científico, el plan de trabajo y la difusión, además de la experiencia. La ejecución de los proyectos comienza tras la resolución de concesión.

Los gastos subvencionables abarcan personal, materiales, manutención, topografía y otros costes directamente vinculados a la investigación, siempre justificados antes del plazo. La justificación final debe presentarse antes de junio de 2027 con memoria científica y económica.

Las Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA representan una oportunidad clave para investigar, conservar y difundir el patrimonio histórico de Albacete.

Si quieres consultar información sobre las Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA, en nuestra web puedes hacerlo.

Datos básicos

Nº de becas
Unspecified
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
  • Postdoctorado
Nacionalidades
  • Cualquier nacionalidad

Requisitos

Podrán ser personas beneficiarias de las Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA:

  • a. Los Ayuntamientos de la provincia de Albacete y sus entes dependientes.
  • b. Las personas físicas, agrupaciones de personas físicas o equipos de investigación, así como personas jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar siempre que sus fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, comprendan o permitan la realización de los proyectos de investigación señalados en la base primera.

En el caso de equipos de investigación, deberá indicarse en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro del equipo, que tendrán la consideración de personas beneficiarias y que no podrán disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS. El equipo de investigación deberá nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que, como beneficiaria, corresponda a la agrupación. (Anexo I)

Las personas beneficiarias deberán acreditar las autorizaciones previstas en la legislación sobre patrimonio, en especial las previstas en Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, así como poner a disposición del Museo de Albacete los restos arqueológicos hallados en los términos que determina la normativa señalada.

Dotación

Calificación y distribución de las Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA:

El crédito presupuestario se distribuirá entre los proyectos que hayan obtenido una calificación igual o superior a 60 puntos de forma proporcional a la puntuación obtenida y conforme a los criterios previstos en la Base Quinta.

Será financiable hasta un 90% del importe total del proyecto presentado y la cuantía de la subvención no será superior a 7.000,00 euros.

Presentación

La presentación de las solicitudes y la documentación para las Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA necesaria se realizará obligatoriamente mediante el trámite electrónico “Solicitud subvención Patrimonio arqueológico”, existente en la sede electrónica del IEA https://iea.sedipualba.es/default.aspx

Los documentos se subirán en formato PDF utilizando, si es preciso, métodos de compresión ZIP o RAR, sabiendo que las subidas a la plataforma no aceptan más de 140 MB por lo que, si es necesario, la documentación se fraccionará en distintos archivos.

Más información

Objeto y aplicación presupuestaria

El Instituto de Estudios Albacetenses «Don Juan Manuel» (IEA), organismo autónomo de la Excma. Diputación de Albacete, en cumplimiento de los fines señalados en el artículo 4 de sus Estatutos, convoca, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación sobre el patrimonio arqueológico local de la provincia de Albacete. Los proyectos podrán desarrollar intervenciones arqueológicas, así como estudios de materiales referidos a yacimientos arqueológicos de la provincia de Albacete.

La imputación presupuestaria de las subvenciones estará condicionada a la existencia de crédito en la aplicación 334. 462.10 “Ayudas investigación patrimonio local” del presupuesto de 2027, hasta un máximo de 42.000,00 euros.

Procedimiento

Recibidas las solicitudes, en caso de no reunir los requisitos establecidos en estas bases, el órgano instructor requerirá a la persona solicitante para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición.

Por el órgano instructor se procederá a la revisión de las solicitudes y realizará informe indicando las solicitudes recibidas que cumplen con las condiciones impuestas para adquirir la condición de personas beneficiarias, las solicitudes inadmitidas y las solicitudes desistidas y se elevará a la comisión de valoración para su evaluación. Igualmente, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

La Comisión de Valoración, una vez evaluadas las solicitudes de acuerdo a los criterios establecidos en la base quinta, emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución al Consejo Rector del IEA.

La resolución se notificará a los interesados mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y deberá expresar el proyecto y persona beneficiaria, así como la puntuación obtenida y el importe de la ayuda, sin perjuicio de su comunicación electrónica o postal.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de 6 meses.

Criterios de valoración de los proyectos

Para la evaluación de los proyectos por la comisión de valoración, se aplicarán los criterios que se expresan a continuación:

Respecto al proyecto (Hasta 70 puntos):

  • Interés científico del proyecto (35 puntos).
  • Presupuestos teóricos y metodología que se proponen (15 puntos).
  • Plan de trabajo y adecuación al presupuesto (10 puntos).
  • Actividades de difusión y promoción del yacimiento o zona investigada (10 puntos).

Respecto al equipo investigador y personal de apoyo en su caso (hasta 30 puntos):

  • Edad del investigador principal, siempre que no supere los 35 años (5 puntos).
  • Que tenga su implantación en la provincia de Albacete (5 puntos).
  • Currículo de investigador principal y de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo (20 puntos).

La máxima valoración de los proyectos será de 100 puntos, siendo necesario para la admisión de los mismos un mínimo de 60 puntos.

Compatibilidad

La concesión de estas subvenciones será compatible con otras subvenciones públicas o privadas concedidas para el mismo destino siempre que la cuantía total de las ayudas no supere el 100% del importe de la actividad que se subvenciona y será incompatible con la obtención de cualquier otra subvención o ayuda del IEA o de la Diputación de Albacete para similar finalidad.

Gastos subvencionables y periodo de ejecución de los proyectos

Se consideran gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza del proyecto subvencionado, resulten estrictamente necesarios y estén relacionados directamente con el objeto de la subvención, comprendiendo los siguientes:

  • a. Gastos de personal
  • b. Gastos de manutención y alojamiento del equipo investigador
  • c. Gastos de material fungible
  • d. Gastos en trabajos de topografía, planimetrías y dibujos arqueológicos
  • e. Otros gastos corrientes que respondan a naturaleza de la actividad subvencionada y que resulten estrictamente necesarios.

Los gastos subvencionables serán los que se realicen en el periodo de ejecución para realizar el proyecto y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.

El presupuesto presentado deberá ajustarse a los gastos contemplados anteriormente, con exclusión de aquellos gastos que no se consideren subvencionables.

El IEA determinará los gastos de cada una de las partidas aprobadas para su ejecución.

El periodo de ejecución de los proyectos de investigación comprende desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete de la resolución de concesión de la ayuda hasta el día 30 de mayo de 2027.

Con motivo de circunstancias sobrevenidas, se podrá solicitar ampliar el periodo de ejecución del proyecto. La solicitud deberá realizarse al menos un mes antes de que finalice el plazo de ejecución señalado en la convocatoria.

Pago y justificación

El pago de las ayudas se hará efectivo una vez presentada por los beneficiarios la justificación y sea evaluada y comprobada por los órganos competentes del IEA.

Para asegurar la ejecución de los proyectos podrá concederse el pago anticipado del 30% de la subvención concedida atendiendo al régimen de garantías recogido en el artículo 42 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Los beneficiarios estarán obligados a la presentación de la cuenta justificativa antes del día 30 de junio de 2027 en los términos que se detallan a continuación.

La cuenta justificativa de la ayuda comprenderá la siguiente documentación:

a. La justificación científica, mediante una Memoria de investigación del proyecto realizado. La memoria se presentará en formato PDF, a través de la sede electrónica del IEA, sabiendo que las subidas a la plataforma no aceptan más de 140 MB por archivo, por lo que, si es necesario, la documentación se fraccionará en distintos archivos utilizando métodos de compresión ZIP o RAR. Los archivos estarán identificados al menos con el nombre del autor, título del trabajo o parte de él. En caso de que sean varios, irán seguidos de número arábigo (1, 2, 3, …).

Los trabajos, al poder ser publicados por el IEA, seguirán las normas en cuanto a presentación y sistemas de cita que figuran en la sede electrónica / modelo de instancia de publicaciones de la página web del IEA: https://iea.sedipualba.es/segex/tramite.aspx?idtramite=12020.

b. La justificación económica que incluirá:

  • Una relación clasificada de los justificantes del gasto empleado en la investigación, al menos hasta el importe de la ayuda concedida. Deberán constar como mínimo los datos de las facturas: proveedor, número, fecha de emisión, concepto, importe y fecha de pago. Se acompañará de una relación de ingresos que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En el caso de que la persona beneficiaria sea un Ayuntamiento la relación será certificada por el Interventor.
  • Copias de las facturas relacionadas anteriormente con los requisitos señalados en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de facturación.
  • Documentación acreditativa del pago de las citadas facturas. No se admitirán como justificantes válidos acreditativos del pago los que se realicen en efectivo por importe superior a 300 euros.

La documentación señalada se presentará únicamente mediante el trámite electrónico «Instancia general» existente en la Sede Electrónica del IEA https://iea.sedipualba.es/default.aspx.

Además, los beneficiarios deberán presentar una copia impresa de la memoria en la sede del IEA, en el mismo plazo de justificación de la ayuda.

Transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado la misma, se requerirá a la persona beneficiaria para que en el plazo improrrogable de quince días sea presentada. El transcurso de este plazo, sin que se haya presentado la justificación, lleva consigo la pérdida del derecho al cobro, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No obstante, la presentación de la justificación en este plazo adicional de quince días no eximirá a la persona beneficiaria de las sanciones que correspondan, aplicándose los siguientes criterios de graduación según el retraso que se haya producido a contar desde la terminación del plazo de justificación:

  • Entre 1 y 8 días de retraso, el 10% del importe de la ayuda, con un máximo de 200 euros.
  • Entre 9 y 20 días de retraso, el 20% del importe de la ayuda, con un máximo de 400 euros.
  • Más de 20 días de retraso, el 30% del importe de la ayuda, con un máximo de 600 euros.

Una vez presentada la documentación justificativa, se procederá a la evaluación de la memoria científica por la Comisión de Valoración y al examen del resto de la documentación justificativa y en su caso, subsanación, conforme a lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo.

Otros derechos y obligaciones de los beneficiarios

Una vez conocida la adjudicación y cuantías de las subvenciones, las personas beneficiarias deberán comunicar expresamente la renuncia o aceptación en el plazo de 15 días.

El IEA se reserva el derecho a publicar los resultados de la investigación de los proyectos, por cualquiera de las vías editoriales de que dispone. La decisión se notificará al beneficiario durante los seis primeros meses desde la justificación de la subvención.

En el caso de que el proyecto corresponda a una segunda fase de intervención se deberá entregar un informe final para su publicación.

Pasado ese plazo, se podrá publicar por cualquier otra vía, indicando en la publicación que el trabajo recibió una subvención del IEA.

Si así lo decide la comisión de valoración, los trabajos de menos de 50 páginas podrán ser publicados en las revistas Al-Basit o Sabuco, mientras que los de mayor extensión podrán publicarse en las distintas series de monografías. No se recomienda que las memorias se extiendan más allá de las 250 páginas (entre 350-370 palabras por página), aunque se podrán valorar casos singulares y con una clara justificación.

Un ejemplar de la memoria final de los trabajos que hayan sido objeto de subvención quedará en poder del IEA para consulta por los investigadores previa autorización de los autores.

Enlaces de interés

https://www.iealbacetenses.com/files/portalcontenidos/415/documentos/Bases_convocatoria_Subvenciones_Patrimonio_arqueologico_local_2026.pdf

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA

Las Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA una convocatoria del Instituto de Albacete destinada a impulsar sobre el patrimonio arqueológico. Estas ayudas financian hasta el 90% del proyecto, con un máximo de 7.000 euros, y se conceden en régimen de concurrencia competitiva a equipos de investigación, personas físicas con capacidad para desarrollar trabajos científicos sobre el patrimonio arqueológico.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA" es: desde 26/03/2026 hasta 14/05/2026.

La Beca "Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
  • Postdoctorado

La Beca "Becas para Proyectos Investigación Patrimonio Arqueológico Local IEA" es un tipo de beca: 

  • Becas de investigación
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de manutención
  • Becas para proyectos