Gobierno de las Islas Baleares

Becas OposXJoves

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INSCRIPCIONES

Inicio20/06/2025 Fin10/07/2025
Finalizada

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Becas OposXJoves: solicitud y plazos

Descripción

El Gobierno de las Islas Baleares lleva a cabo la convocatoria de las Becas OposXJoves con el propósito de promover y fomentar la participación y el esfuerzo en las pruebas selectivas de ingreso a los cuerpos facultativos superiores y cuerpos facultativos técnicos, para cubrir las escalas y especialidades de empleo público indicadas.

Pueden acceder a una de las Becas OposXJoves aquellas personas que tengan residencia en Mallorca, Menorca, Ibiza o Formentera, que no tengan más de 35 años de edad, y que reúnan los requisitos indicados en la convocatoria de las mismas.

Además también serán valorados una serie de criterios de asignación como el nivel de renta, la superación de ejercicios en la última convocatoria de acceso como personal funcionario, y el expediente de la titulación académica correspondiente, así como el nivel de conocimiento de lengua catalana.

A través de las becas concedidas, las personas seleccionadas recibirán una dotación económica mensual que resultará de gran ayuda para hacer frente a algunos de los gastos relacionados con la preparación de las correspondientes oposiciones.

De este modo, el Gobierno de las Islas Baleares pretende ayudar y fomentar la preparación de la población de las islas para acceder a puestos de trabajo como funcionarios públicos.

Si deseas conocer más detalles sobre las Becas OposXJoves, los encontrarás todos aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Salud y Biología
  • Arquitectura e Ingenierías
Carrera
  • Enfermería
  • Farmacia
  • Fisioterapia
  • Medicina
  • Veterinaria
Región de origen
  • Islas Baleares
Provincia de origen
  • Mallorca
Localidad
Mallorca, Menorca, Ibiza, Formentera
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán beneficiarse de las Becas OposXJoves las personas físicas residentes en las islas de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera que, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

  • a. No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado mediante el Decreto legislativo 2/2005, de 8 de diciembre.
  • b. No estar disfrutando de otras ayudas o subvenciones para el mismo objeto, ya provengan de entidades públicas o privadas.
  • c. Que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de subvención, la persona interesada no exceda de 35 años.
  • d. Estar inscrita en el correspondiente padrón municipal de las Islas Baleares durante un período de cinco años dentro de los últimos diez años anteriores a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.
  • e. En el supuesto de que el proceso selectivo al que se refiere la publicación de esta convocatoria de subvenciones ya se haya convocado: las personas solicitantes de la subvención deben reunir todos los requisitos que exija el proceso selectivo concreto al que se presentan y deben haber sido admitidas, hecho que comprobará de oficio la EBAP.
  • f. En el supuesto de que el proceso selectivo al que se pretenda presentar esté pendiente de convocarse en el momento de la publicación de esta convocatoria: las personas solicitantes de la subvención deberán reunir los requisitos de titulación (establecidos en el anexo 2) en la fecha final de presentación de solicitudes de la subvención y, en el momento correspondiente, deberán figurar en la lista de admitidos y participar en el proceso selectivo concreto.

Dotación

  • El importe máximo otorgado mediante las Becas OposXJoves debe determinarse en la resolución de concesión y será el resultado de multiplicar la cuantía de 500,00 € mensuales, desde la concesión hasta el mes de la finalización del último examen de la oposición, y en todo caso hasta un máximo de doce meses.
  • El mes de la concesión y el de la realización de la prueba se computarán como mes completo, siempre que no se superen los doce meses.

Presentación

Las solicitudes a las Becas OposXJoves se presentarán mediante el trámite telemático creado al efecto y disponible en la Sede Electrónica: https://www.caib.es/seucaib/ca/200/persones/tramites/tramite/6249161.

Más información

Objeto

El objeto de esta Resolución es la convocatoria de subvenciones destinadas a promover y fomentar la participación y el esfuerzo en las pruebas selectivas ordinarias de ingreso en los cuerpos facultativos superiores (A1) y cuerpos facultativos técnicos (A2), con mayor dificultad de cobertura de plazas en el ámbito de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de las entidades autónomas dependientes de ella, que gestiona la Escuela Balear de Administración Pública, en las escalas y especialidades que se indican a continuación, incluidas en las siguientes ofertas de empleo público: * consultar tablas en las bases de la convocatoria.

Forma de pago

De acuerdo con el artículo 37.2 del Decreto legislativo 2/2005, el Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2025, a propuesta de la consellera de Presidencia y Administraciones Públicas, ha autorizado el pago anticipado de la subvención, con la siguiente forma de pago:

  • El primer 50 % del importe se abonará con la concesión de la subvención.
  • El 50 % restante del importe se abonará después de la realización del primer examen del proceso selectivo y una vez comprobado de oficio que se ha obtenido una puntuación mínima de 5 puntos en dicho examen del proceso selectivo correspondiente.

Se exime a las personas beneficiarias de presentar garantía respecto a los anticipos, de acuerdo con el artículo 25.3 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto.

Las obligaciones reconocidas a favor de las personas beneficiarias de las subvenciones se pagarán según las disponibilidades de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Documentación a adjuntar

Junto con la solicitud debe aportarse la siguiente documentación:

  • a. Una declaración de veracidad de datos bancarios debidamente cumplimentada y firmada por la persona solicitante.
  • b. Un certificado de la nota media del expediente académico relativa a la titulación académica correspondiente al cuerpo, escala y especialidad a la cual se presenta o se pretende presentar.
  • c. El título de familia monoparental, si procede.
  • d. Una declaración responsable de los datos económicos relativos al IRPF de 2024 cumplimentada y firmada por cada uno de los miembros computables de la unidad familiar que convivan en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2024, con excepción del solicitante de la subvención y con excepción de los menores de edad que no trabajen, si procede.
  • e. Una declaración responsable que incluya los siguientes aspectos:
    • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado mediante el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
    • No estar disfrutando de otras ayudas o subvenciones para el mismo objeto, ya provengan de entidades públicas o privadas.
    • Número de miembros computables, a los efectos explicados en el apartado 9.2. 4º, que conviven con el solicitante a fecha 31 de diciembre de 2024, con excepción de los menores de edad que no trabajen.

El resto de la documentación podrá comprobarla de oficio la EBAP. No obstante, si la persona interesada se opone o no autoriza a la EBAP a realizar la consulta y comprobación de los siguientes datos, también deberá aportar la siguiente documentación, que debe tener fecha posterior a la de publicación de esta convocatoria en el caso de los documentos mencionados en los apartados a), c), d) y j):

  • a. Un certificado del periodo de empadronamiento que acredite haber estado inscrito en un municipio de las Islas Baleares durante un periodo de 5 años, dentro de los últimos 10 años anteriores a la fecha de finalización de la presentación de la solicitud de subvención. En el caso de que el municipio de empadronamiento no esté adherido a la Plataforma de Interoperabilidad de las Islas Balerales, estos municipios pueden consultarse en la página web: http://www.caib.es/sites/interoperabilitat/ca/servei_propi_scdhpaju-64436/, la EBAP no podrá comprobarlo y deberá aportarse el certificado correspondiente.
  • b. La declaración del IRPF de 2024 del solicitante de la subvención o, en su caso, un certificado de imputaciones de la renta del ejercicio 2024.
  • c. Un certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y con la Hacienda del Estado (AGE).
  • d. Un certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • e. Un certificado de conocimientos de lengua catalana exigido en la convocatoria del proceso selectivo al que se presenta o se pretende presentar (B2), así como otros que puedan valorarse (nivel C1/C2/LA).
  • f. La titulación académica correspondiente al cuerpo, escala y especialidad a la que se presenta o se pretende presentar.
  • g. Un certificado, expedido por la EBAP, de ejercicios superados en la última convocatoria del proceso selectivo del mismo cuerpo, escala y especialidad a la que se presenta, si lo hay, de la Administración especial de la CAIB para los cuales se otorga la ayuda.
  • h. Un certificado expedido por la EBAP de que la persona interesada participa y ha sido admitida en el proceso selectivo correspondiente (únicamente para aquellas personas que se presenten a un proceso selectivo ya convocado).
  • i. Título de familia numerosa, si procede.
  • j. Un certificado acreditativo, si procede, del reconocimiento de la condición legal de discapacidad en un grado igual o superior al 33 %.
Excepcionalmente, si la EBAP no pudiera comprobar de oficio estos documentos, aunque la persona interesada no se oponga o lo autorice, realizará un requerimiento a la persona interesada para que los aporte.

Personas con discapacidad

Se reserva un porcentaje del 8 % del importe del crédito asignado a la convocatoria para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que se presenten por el turno de discapacidad en el correspondiente proceso selectivo. En el supuesto de que no se presente ninguna persona con discapacidad a dicho turno, este porcentaje se acumulará al crédito restante.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas OposXJoves

El Gobierno de las Islas Baleares lleva a cabo la convocatoria de las Becas OposXJoves con el propósito de promover y fomentar la participación y el esfuerzo en las pruebas selectivas de ingreso a los cuerpos facultativos superiores y cuerpos facultativos técnicos, para cubrir las escalas y especialidades de empleo público indicadas.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas OposXJoves" es: desde 20/06/2025 hasta 10/07/2025.

La Beca "Becas OposXJoves" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas OposXJoves" es un tipo de beca: 

  • Becas para opositores