Gobierno de Aragón

Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón

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INSCRIPCIONES

Inicio03/07/2026 Fin23/07/2026
Finalizada

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Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón son convocadas por este organismo público con el propósito de fomentar al inicio de estudios universitarios de Grado y Máster.

Para ello, estas becas otorgarán una dotación económica a los candidatos que resulten seleccionados.

Si deseas solicitar una de estas becas, deberás tener en cuenta el cumplimiento de una serie de requisitos entre los que cabe citar el estar empadronado en alguno de los municipios de Aragón, así como haber superado las pruebas de acceso para estudios de Grado, o disponer de la titulación correspondiente para acceder a los estudios de Máster.

Además, se exigirá tener una determinada puntuación en el expediente académico, con el propósito de dotar con las Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón a aquellos alumnos que cuentan con los mejores resultados en sus estudios.

Por otro lado, también serán valorados y tenidos en cuenta otros criterios como el disponer de un grado de discapacidad igual o superior al 33%, ser integrante de familia monoparental o pertenecer a familia numerosa.

Con todo ello el Gobierno de Aragón pretende promover el desarrollo de estudios universitarios de Grado y Máster entre la población de esta Comunidad Autónoma.

Conoce a continuación todos los detalles relacionados con las Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón y accede a una de ellas.

Datos básicos

Nº de becas
160
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Región de origen
  • Aragón
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán ser personas beneficiarias de las Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón, quienes cumplan los siguientes requisitos, siempre que sean seleccionadas conforme al procedimiento y los criterios establecidos en esta Orden:

    • a. Tener la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón, al menos, desde el 1 de enero de 2026.
    • b. Poseer, tras la superación de la fase obligatoria de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) en la Comunidad Autónoma de Aragón o prueba equivalente de otra Comunidad Autónoma, una nota de Acceso a la Universidad para su ingreso por primera vez igual o superior a 9,000 puntos.
    • c. Se entenderá como nota de Acceso a la Universidad, la calculada conforme a la siguiente fórmula: 60 % NMB (Nota media de bachillerato) + 40 % CFG (Calificación de la fase general), que se corresponde con una escala de 0 a 10 puntos con tres cifras decimales, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 15 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión. Por tanto, no se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en las pruebas para mejorar la nota de admisión (fase voluntaria de la PAU).
    • d. Formalizar, por primera vez, matrícula en un estudio universitario conducente a la obtención de un título universitario oficial de Grado. A este respecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.2 c) de la Orden EMC/855/2024, de 24 de julio, deberá formalizarse matrícula completa en estudios conducentes a la obtención del título oficial de Grado, en un mínimo de 60 créditos, en modalidad presencial, en alguna de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón en el curso académico 2026-2027, con fecha límite el17 de septiembre de 2026.

    Podrán ser personas beneficiarias de las becas de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios oficiales de Máster, quienes cumplan los siguientes requisitos, siempre que sean seleccionadas conforme al procedimiento y los criterios establecidos en esta Orden:

    • a. Tener la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón, al menos, desde el 1 de enero de 2026.
    • b. Estar en posesión o en condiciones de obtener un título universitario oficial español de Grado en la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes.
    • c. Haber obtenido una nota media en el expediente académico del título universitario de Grado que le posibilita el acceso a estudios de Máster igual o superior a 9,000 puntos.
    • d. La nota se calculará conforme al artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. En el supuesto de que se trate de planes de estudios cuyas asignaturas no se distribuyan en créditos, la nota mediase calculará dividiendo la suma de todas las calificaciones obtenidas entre el número de asignaturas.
    • e. Formalizar, por primera vez, con fecha límite el 17 de septiembre de 2026, matrícula en un estudio universitario conducente a la obtención de un título universitario oficial de Máster. A este respecto, para los estudios de Máster que se estructuren en un único curso, se deberá formalizar matrícula completa en el máximo de créditos permitidos por los estudios conducentes a la obtención del título oficial, en modalidad presencial, en alguna de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón en el curso académico 2026-2027. Para los estudios de Máster que se estructuren en varios cursos, deberá formalizarse matrícula completa, en modalidad presencial, en el máximo de créditos permitidos del primer curso.

    Dotación

    • Se contemplan las siguientes modalidades de Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón:
      • a. Beca de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Grado.
      • b. Beca de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Máster.
    • La distribución del número total de 160 becas entre ambas modalidades es la siguiente:
      • a. 155 becas de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Grado.
      • b. 5 becas de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Máster.
    • La cuantía individual de la beca a otorgar por persona ascenderá a dos mil quinientos euros (2.500 €).
    • La concesión de la beca no supone la gratuidad de los precios públicos de matrícula.

    Presentación

    • La solicitud de las Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón se cumplimentará y firmará obligatoriamente por medios electrónicos, a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón: http://www.aragon.es/tramites, incluyendo en el buscador de trámites el número 11483 "Becas de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Grado y Máster - Convocatoria 2026".
    • Esta solicitud se dirigirá automáticamente a la Dirección General de Universidades.

    Más información

    Objeto y finalidad

    • Esta Orden tiene por objeto convocar, en el curso académico 2026/20267 ciento treinta (160) becas de excelencia, de acuerdo con la Orden EMC/855/2024, de 24 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las becas de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios oficiales de Grado y Máster.
    • La finalidad de estas becas fomentar el acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Grado y de Máster por estudiantes con alto rendimiento académico en alguna de las universidades del Sistema Universitario de Aragón.

    Procedimiento de concesión y criterio de valoración

    • El procedimiento de concesión de las becas será el de régimen de concurrencia competitiva, y se tramitará de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Orden EMC/855/2024, de 24 de julio.
    • El criterio de valoración de las becas de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Grado será la nota de acceso a la universidad. El criterio de valoración de las becas de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Máster será la nota media del expediente académico del título universitario oficial español de Grado que le permite el acceso a los estudios de Máster.
    • La concesión de estas becas se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido, que cumplan con los requisitos exigidos en el apartado cuarto, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con el criterio de valoración indicado y se adjudicarán, dentro del crédito disponible fijado en esta convocatoria,a aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de dicho criterio.
    • Si tras la ordenación de las solicitudes llevada a cabo conforme a lo dispuesto en el punto 3 se produjera un empate entre dos o más solicitantes en el último lugar de la prelación, se aplicarán los siguientes criterios, de forma consecutiva, para la adjudicación:
      • a. La nota media de Bachillerato, en el caso de la modalidad de beca de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Grado.
      • b. La discapacidad acreditada igual o superior al 33%. Tendrá prioridad aquella persona solicitante que tenga una discapacidad acreditada igual o superior al 65 % sobre lasque la tengan igual o superior al 33%.
      • c. La integración de la persona solicitante en una unidad familiar monoparental.
      • d. La integración de la persona solicitante en una unidad familiar que tenga la consideración de numerosa, teniendo prioridad la de categoría especial sobre la de categoría general.
      • e. Sorteo.
      Enlaces de interés

      https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1455493840505

      Documentación a adjuntar

      • Cuando la persona solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación de este último, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. A este respecto, las personas solicitantes menores de edad deberán presentar la solicitud a través de su representante legal, que se podrá acreditar mediante el libro de familia o, en su caso, el documento de designación de dicha representación legal. Si es mayor de edad, la representación voluntaria se acreditará mediante cualquier medio válido en derecho. Para ello, podrá utilizarse el modelo de documento de representación obrante en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón: https://www.aragon.es/tramites, trámite número 11483 “Becas de excelencia para el acceso, por primera vez, a estudio suniversitarios de Grado y Máster - Convocatoria 2026 -”, en el apartado “Detalles del trámite” en “Documentos necesarios”. Este documento conferirá, asimismo, representación para la interposición de los recursos administrativos que procedan contra la resolución de esta convocatoria.
      • En la modalidad beca de acceso, por primera vez, a estudios universitarios de Máster, se deberá aportar certificado del expediente académico del título universitario oficial español de Grado que le permite el acceso a los estudios de Máster.
      • En caso de alegar la integración de la persona solicitante en una unidad familiar monoparental se deberá aportar documentación acreditativa del título oficial de familia monoparental en vigor. Dicha circunstancia solo se tendrá en cuenta como criterio de desempate.
      • Respecto a la documentación que consultará la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las personas interesadas no deberán aportar los datos o documentos que, al objeto de realizar la gestión y control de las becas, obren en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otras Administraciones Públicas, salvo que la persona interesada se opusiera a ello. En el caso de que la persona solicitante se oponga legítimamente o no autorice, cuando esto sea posible, a que los datos o documentos sean recabados de otras administraciones, o cuando la información no pueda ser obtenida directamente por la unidad tramitadora del procedimiento, deberá aportar copia de la siguiente documentación:
        • a. Datos de identidad de la persona interesada y, en su caso, de su representante.
        • b. Certificado o volante municipal emitido por el ayuntamiento correspondiente que acredite el domicilio de la persona solicitante.
        • c. Certificación oficial del expediente académico de la persona solicitante con la información necesaria para la obtención de la nota media, en los términos previstos en el apartado cuarto puntos 1 b) y 2c).
        • d. Certificación oficial que acredite que, con anterioridad al 18 de septiembre de 2026, la persona solicitante ha formalizado matrícula en los términos previstos en el apartado cuarto puntos 1 c) y 2 d).
        • e. Certificado, en su caso, en el que conste la nota media de bachillerato.
        • f. En su caso, resolución de reconocimiento de la discapacidad de la persona solicitante, en la que conste su grado.
        • g. En su caso, del título de familia numerosa en vigor.
        • h. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como con la Seguridad Social y/o certificado de ausencia de otras deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

      Personas con discapacidad

      Criterios de valoración

      • Tendrá prioridad aquella persona solicitante que tenga una discapacidad acreditada igual o superior al 65 % sobre lasque la tengan igual o superior al 33%.

      Becas destacadas

      Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón

      Las Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón son convocadas por este organismo público con el propósito de fomentar al inicio de estudios universitarios de Grado y Máster.

      El plazo de inscripción de la Beca "Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón" es: desde 03/07/2026 hasta 23/07/2026.

      La Beca "Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

      • Máster-Maestrías
      • Grado

      La Beca "Becas Excelencia Acceso Primera Vez Grado Máster Gob. Aragón" es un tipo de beca: 

      • Becas de estudios
      • Becas de excelencia