Becas Incentivos a la Creación Musical Obras por Encargo
INSCRIPCIONES
Becas Incentivos a la Creación Musical Obras por Encargo: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Incentivos a la Creación Musical Obras por Encargo son una iniciativa de la Sociedad General de Autores y Editores y la Fundación SGAE, pensada para impulsar la creatividad de compositores y compositoras en diferentes formatos musicales. Cada año, se conceden incentivos para la creación de obras de gran formato, obras de formato regular y obras de música clásica para banda sinfónica, fomentando el estreno de nuevas composiciones y reconociendo la calidad artística de sus autores.
Para optar a estas Becas Incentivos a la Creación Musical Obras por Encargo, las obras deben ser originales y registradas en la SGAE, respetando los géneros musicales convocados, que incluyen desde piezas sinfónicas y dramático-musicales hasta obras de cámara, electroacústicas y corales. Los autores o autoras deben estar dados de alta en SGAE y cumplir con los requisitos de presentación.
La calificación de las obras se divide en tres categorías: gran formato, formato regular y banda sinfónica de música clásica. El incentivo económico varía según la categoría, llegando hasta 1.200 euros para obras de gran formato, 400 euros para obras de formato regular y 700 euros para obras de banda sinfónica.
Estas Becas Incentivos a la Creación Musical Obras por Encargo son una manera de respaldar el talento y la innovación en el ámbito musical, ofreciendo reconocimiento y apoyo económico a quienes enriquecen el panorama artístico con sus composiciones. Consulta todos los requisitos necesarios para solicitarlas, así como otra información de interés, aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 25
- Nivel de estudio
- Música
- Nacionalidades
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
La Sociedad General de Autores y Editores y la Fundación SGAE, ratificando su firme propósito de apoyar la actividad creativa de sus asociados, han establecido unos incentivos a la creación vinculados a la composición y el estreno de obras de música orquestales, de cámara y otros formatos de concierto, cuya concesión se regirá por las presentes normas.
Requisitos para acceder a las Becas Incentivos a la Creación Musical Obras por Encargo:
Los incentivos a la creación se concederán a los autores y autoras de obras originales únicamente por el estreno absoluto de las mismas. Las obras podrán ser composiciones para orquesta sinfónica, agrupaciones de cámara, instrumentos a solo, para voz o agrupaciones corales (con o sin acompañamiento), dramático-musicales (óperas, zarzuelas y ballets), electroacústicas y para banda sinfónica de música clásica (quedan excluidas las obras de carácter folclórico-popular), y deberán tener las siguientes características:
Respecto al autor o autora:
La autora o autor o, al menos, uno de los coautores o coautoras de la obra deberá ser socio o socia de la SGAE o estar tramitando su alta en SGAE al momento de su solicitud debiendo acreditarlo debidamente a Fundación SGAE. En cualquier caso, para el cobro del incentivo, en caso de serle concedido, deberá haber logrado completar su alta en SGAE.
No podrán solicitar el incentivo los miembros de la Junta Directiva y de la Comisión de Supervisión de SGAE ni los miembros del Patronato de la Fundación SGAE
Respecto a la obra:
- Ser original del autor o autora. No cabe presentar obras que sean revisiones, versiones ni instrumentaciones posteriores de una obra realizada por el mismo solicitante o terceros, o de obras preexistentes de otros autores o autoras.
- Tener una duración no inferior a cinco minutos.
- Estar inscrita en el registro de la SGAE o estar en proceso de registro y acreditarlo debidamente.
- Pertenecer a alguno de los géneros anteriormente citados.
- Ajustarse a los parámetros propios y convenientes de cada género convocado.
- Las partituras deberán presentarse con un nivel de edición, paginación y legibilidad adecuado y habitual en la profesión, y deberán indicar claramente la plantilla instrumental. En los casos de obras electroacústicas que no cuenten con partitura, deberá aportarse obligatoriamente el soporte de audio correspondiente a la creación.
- Presentar un nivel de calidad suficiente de contenido y oficio, a juicio de la Comisión Evaluadora.
Con el fin de preservar el anonimato, los y las solicitantes deberán presentar partituras y materiales sin indicación de su nombre ni el título de la obra en ninguna de sus páginas.
Respecto al estreno:
Se entiende por estreno absoluto la primera ejecución pública y en directo de la obra. No se considerará estreno su grabación fonográfica ni su radiodifusión.
NO PODRÁN OPTAR A INCENTIVOS A LA CREACIÓN:
- Las orquestaciones, arreglos e instrumentaciones de obras preexistentes.
- Las bandas sonoras de obras cinematográficas o audiovisuales, o cualquier clase de música incidental no especificada en el apartado | de las presentes normas.
- Las obras de carácter didáctico o pedagógico.
- Las partituras en las que el predominio de las improvisaciones pueda condicionar excesivamente la valoración artística de la obra en su conjunto por parte de la Comisión Evaluadora.
- Las obras que, tras haber recibido un incentivo a la creación, pudieren ser objeto de un segundo estreno una vez sometidas a cambios en su duración mediante añadidos o supresiones.
- Las obras de las que alguna de sus partes haya sido parcialmente estrenada o haya recibido algún Incentivo a la Creación, y cuya totalidad haya sido estrenada posteriormente.
Dotación
- Se concederán anualmente hasta 25 Becas Incentivos a la Creación Musical Obras por Encargo a la creación de obras de gran formato, hasta 70 incentivos a la creación de obras de formato regular y hasta 10 incentivos a la creación de obras de música clásica para banda sinfónica.
- La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de no cubrir en su totalidad el mencionado cupo de concesiones, ya sea por incumplimiento o ausencia de uno o varios de los requisitos formales y/o de contenido exigidos en estas normas o por falta de calidad de las obras que se presenten.
- El incentivo para cada una de las obras de gran formato será de mil doscientos euros (1.200 €), para cada una de las obras de formato regular será de cuatrocientos euros (400 €) y para cada una de las obras de banda sinfónica será de setecientos euros (700 €).
- Los incentivos se satisfarán sin descuento alguno en concepto de gastos de administración y serán objeto de la retención correspondiente al IRPF o impuesto equivalente del país que corresponda, de acuerdo con la legislación vigente.
- El importe del incentivo será acreditado de acuerdo con el registro de la obra existente en la SGAE. En caso de que el registro reflejase participación de autores y autoras no socios de la SGAE, solamente se satisfará a aquél que sea socio o socia de la SGAE en la proporción que sobre el total del incentivo les corresponda. El porcentaje del no social se reservará hasta el 31 de diciembre del año en que se haya concedido el incentivo. Si transcurrido dicho periodo los interesados o interesadas no han formalizado su solicitud de ingreso en la SGAE, la cantidad correspondiente revertirá a los fondos de la Fundación SGAE. Para el cobro del incentivo, será necesario que la beneficiaria o beneficiario emitan las correspondientes facturas que cumplan los requisitos exigidos por la normativa vigente.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Incentivos a la Creación Musical Obras por Encargo se realizarán exclusivamente a través del sistema online habilitado a tal efecto en la web www.fundacionsgae.org de la Fundación SGAE, con la siguiente documentación:
- La partitura, en la que no indicarán el nombre de su/s autor/es o autora/s ni el título de la obra en ninguna de sus páginas.
- Una grabación en mp3 (obligatorio en el caso de obras electroacústicas que no dispongan de partitura, opcional pero recomendado en el resto de obras).
- El programa de mano oficial que justifique el estreno de la obra.
Cada solicitante solo podrá presentar una única obra por cada uno de los formatos admitidos en la clasificación de estos incentivos (obras de gran formato, obras de formato regular y obras de banda sinfónica de música clásica).
El periodo de recepción de solicitudes estará abierto hasta el 27 de marzo de 2026.
Más información
clasificación
A los solos efectos de concesión de estos incentivos, las obras se clasifican en:
A. Obras de gran formato:
- Obras de carácter sinfónico: orquestales, sinfónico-corales estén o no desarrolladas con procesos mixtos que incluyan medios electroacústicos.
- Obras dramático-musicales (óperas, zarzuelas y ballets) de gran formato.
B. Obras de formato regular:
- Obras de carácter camerístico en general: para instrumentos a solo, para agrupaciones de cámara instrumental o vocal (con o sin acompañamiento), o para orquestas de cámara estén o no desarrolladas con procesos mixtos que incluyan medios electroacústicos.
- Obras dramático-musicales con plantillas instrumentales camerísticas (óperas de cámara, zarzuelas en formato cámara y ballets).
C. Obras para banda sinfónica de música clásica:
- Aquellas obras de carácter sinfónico escritas para bandas profesionales de música clásica (quedan excluidas las obras de carácter folclórico-popular).
En caso de que exista controversia sobre la calificación y clasificación de la obra para la concesión de los incentivos, la Comisión Evaluadora determinará en última instancia dicha calificación y clasificación.
Enlaces de interés
https://fundacion-sgae.s3.us-east-1.amazonaws.com/2026/Incentivos/Estrenos/Incentivos_ESTRENO_cas_2026.pdf




