Becas Fundación María Rosa Sans
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Becas Fundación María Rosa Sans: solicitud y plazos
Descripción
La Fundación María Rosa Sans es una institución privada que fue constituida con el objetivo de fomentar la formación académica entre la población de la comarca de la Garrotxa que dispone de un gran talento para el desarrollo de estudios pero que no cuenta con los recursos económicos necesario para ello. Es por esto que esta institución convoca las Becas Fundación María Rosa Sans.
Las personas que aspiren a una de estas becas deben estar o haber estado empadronados en la comarca de la Garrotxa en los dos últimos años.
Los candidatos deben ser estudiantes de segundo curso de Bachillerato o de segundo curso de Ciclos Formativos de Grado Superior y contar con una nota media de 7 sobre 10 en el expediente académico.
El objeto de las Becas Fundación María Rosa Sans es facilitar el desarrollo de estudios universitarios de Grado, para lo que mediante estas becas, se otorgará una dotación económica a los candidatos que resulten seleccionados.
Además las becas podrán ser renovadas anualmente hasta la finalización de los esetudios, en función de los resultados académicos y la situación económica de la unidad familiar a la que pertenezcan los estudiantes.
Durante el proceso de selección se valorará el expediente académico de los candidatos, así como el nivel de renta de la unidad familiar y el número de miembros que la compongan.
Conoce aquí todos los detalles y solicita una de las Becas Fundación María Rosa Sans.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Cataluña
- Provincia de origen
- Gerona
- Localidad
- Comarca de la Garrotxa
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de las Becas Fundación María Rosa Sans los estudiantes que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
- Estar empadronado o haber estado empadronado en la comarca de la Garrotxa durante los dos últimos años.
- Ser estudiante de segundo curso de bachillerato o de segundo curso de ciclos formativos de grado superior y haber obtenido una nota media mínima de 7 sobre 10 en el expediente académico al finalizar los estudios.
- Estar autorizado por padres/madres o tutores legales en el caso de participantes menores de edad.
Dotación
Las Becas Fundación María Rosa Sans conceden ayudas económicas para cursar estudios de Grado en universidades públicas.
Presentación
- El modelo de solicitud necesario para solicitar las Becas Fundación María Rosa Sans se podrá obtener en la secretaría del centro donde el solicitante curse sus estudios.
Más información
Duración de las becas y período de disfrute
- Las becas que se concedan en el marco de esta convocatoria pública se disfrutarán dentro del período comprendido en cada convocatoria, según el calendario de la universidad. La beca podrá ser renovable anualmente, hasta la finalización de los estudios, en función de los resultados académicos y del seguimiento de la situación económica de la unidad familiar. Los beneficiarios deberán iniciar los estudios para los cuales han obtenido la beca al inicio del curso académico del año de concesión de la misma.
Selección de las personas aspirantes
- Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta el expediente académico y la situación económica.
- a. Expediente académico. Puntuación:
- Calificación media de 10: 30 puntos.
- Entre 9,75 y 9,99: 27 puntos.
- Entre 9,50 y 9,74: 25 puntos.
- Entre 9,25 y 9,49: 23 puntos.
- Entre 9,00 y 9,24: 21 puntos.
- Entre 8,75 y 8,99: 19 puntos.
- Entre 8,50 y 8,74: 17 puntos.
- Entre 8,25 y 8,49: 15 puntos.
- Entre 8,00 y 8,24: 13 puntos.
- Entre 7,75 y 7,99: 11 puntos.
- Entre 7,50 y 7,74: 9 puntos.
- Entre 7,25 y 7,49: 7 puntos.
- Entre 7,00 y 7,24: 5 puntos.
- Entrevista personal previa a la concesión de la beca: de 1 a 10 puntos.
- b. Situación económica. Puntuación:
- Ingresos familiares hasta 3,00 veces el IRSC: 20 puntos.
- Entre 3,01 y 3,50 veces el IRSC: 17,5 puntos.
- Entre 3,51 y 4,00 veces el IRSC: 15 puntos.
- Entre 4,01 y 4,50 veces el IRSC: 12,5 puntos.
- Entre 4,51 y 5,00 veces el IRSC: 10 puntos.
- Más de 5 veces el IRSC: 7,5 puntos.
- Coeficientes multiplicadores (se aplicará solo uno, el mayor en caso de concurrencia):
- Unidad familiar de 3 miembros: 1,0.
- De 4 miembros: 1,5.
- De 5 o más miembros: 2,0.
- Familias monoparentales: 2,0.
- Con descendientes menores de 25 años cursando estudios universitarios o de grado superior sin ingresos: 2,0.
- Convivencia con miembros con discapacidad acreditada: 2,06.
- En caso de empate en la puntuación, se otorgará la beca a quien tenga menor renta familiar disponible.
Resolución de la convocatoria
- La Fundación resolverá la convocatoria y comunicará el resultado a las personas seleccionadas y no seleccionadas en base a los criterios establecidos. La comunicación se realizará por correo ordinario certificado a las personas beneficiarias iniciales y por correo electrónico a las personas solicitantes que queden en reserva y a las no seleccionadas.
- Este resultado será inapelable.
- Las personas que resulten beneficiarias deberán aceptar la beca en el plazo que les otorgue la Fundación y que se les comunicará junto con el resultado del proceso. Asimismo, deberán aportar, en el mismo plazo o, en cualquier caso, antes de recibir el importe de la beca, la siguiente documentación:
- Autorización de los padres, si procede.
- Acreditación definitiva del centro educativo del expediente académico.
- Acreditación de la admisión en la universidad.
- Breve explicación de las circunstancias personales del solicitante:
- Lugar de nacimiento, descripción de la situación familiar, motivos por los que ha elegido el grado para el que solicita la beca y la universidad donde desea cursarlo.
- Plan previsto durante los estudios: piso compartido, campus, colegio mayor, desplazamiento diario desde el entorno familiar, posibilidad de compaginar estudios y trabajo…
- Idiomas: competencia oral y escrita.
- Experiencia laboral, si la hubiera.
- En caso de que el beneficiario no acepte la beca o no entregue la documentación requerida dentro del plazo previsto de 7 (siete) días naturales, se entenderá que renuncia.
- En cada convocatoria se establecerá una lista de reserva de las solicitudes que hayan quedado excluidas por puntuación y, en caso de revocación de las inicialmente concedidas por incumplimiento de las bases, se otorgarán las becas por estricto orden de puntuación.
Documentación a adjuntar
Junto con el impreso de solicitud, las personas que participen deberán aportar la siguiente documentación complementaria:
- a. Fotocopia del DNI.
- b. Volante de convivencia con historial de 2 años emitido por el Ayuntamiento.
- c. Fotocopia de la declaración de la renta del ejercicio anterior de todos los miembros de la unidad familiar (ver definición de los miembros que comprenden la unidad familiar en el apartado 8 de las bases generales del proceso de concesión de becas). En caso de que alguno de los miembros no esté obligado a presentar la declaración de la renta de ese ejercicio, será necesario aportar los datos fiscales descargados de la web de la Agencia Tributaria.
- d. Certificado de la secretaría del centro en el que conste el currículum académico de la etapa, con la nota media del bachillerato o ciclo formativo.






