Diputación Provincial de Alicante

Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante

Becas de estudiosBecas de alojamiento o residenciaBecas de matrículaBecas de manutenciónUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio07/07/2026 Fin06/08/2026
Abierta

Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante: solicitud y plazos

Descripción

La Diputación Provincial de Alicante convoca las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante, cuya finalidad es ayudar a los estudiantes que cursan un Grado  o un Máster conducente a profesiones reguladas. 

A través de las becas ofrecidas se dota al becario de alojamiento y manutención en la Residencia de Estudiantes ubicada en el Hogar Provincial Antonio Fernandez Valenzuela. Además podrán beneficiarse de una ayuda de hasta 550 euros por beca para gastos de matriculación.

Para poder optar a una de las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante, se debe estar empadronado en un municipio de la provincia de Alicante, con una antigüedad de al menos 6 meses y un día, anterior a la fecha de presentación de solicitudes, entre otros requisitos.

Los criterios de valoración utilizados para la adjudicación de estas becas serán académicos, socio familiares o haber disfrutado previamente de una plaza en la residencia.

Si cumples con los requisitos marcados en la presente convocatoria, no dudes y solicita ya una de las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante. En nuestra web te ofrecemos toda la información como plazos, requisitos y mucho más. No pierdas esta oportunidad de cursar los estudios superiores que siempre has deseado.

Datos básicos

Nº de becas
20
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Provincia de origen
  • Alicante
Nacionalidades
  • Española
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Para poder beneficiarse de las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante será preciso reunir las siguientes condiciones:

  • Ser español o nacional de un país de la UE.
  • Estar empadronado en un municipio de la provincia de Alicante con antelación mínima de 6 meses más 1 día anteriores a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • No haber cumplido los 28 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Iniciar o estar cursando en la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernández:
    • Estudios universitarios conducentes a la obtención de Grado.
    • Estudios de Másteres Universitarios conducentes a profesiones reguladas que son requisito imprescindible para poder ejercer la profesión de referencia (“Máster Habilitante”), recogidos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) como Máster Habilitante para el ejercicio de la profesión.
  • Quedan excluidos de esta convocatoria los estudios para másteres que no se consideren como Máster Habilitante para el ejercicio de la profesión de conformidad con el RUCT; la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado; la realización de estudios de especialización o títulos propios de las universidades, ni becas para la realización de estudios de Grado si el estudiante ya dispone de una titulación universitaria oficial.

Dotación

La concesión de las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante llevará consigo las siguientes prestaciones:

  • a. Alojamiento y manutención gratuitos en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios, ubicada en el Hogar Provincial Antonio Fernández Valenzuela de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, hasta la finalización del curso académico 2026/2027, y en todo caso hasta 30 de junio de 2027.
  • b. Abono de hasta 550 euros por beca para gastos de matriculación del curso académico, contra documento justificativo de la previa realización del gasto correspondiente. Se excluyen otros gastos derivados de cursos, seminarios, jornadas y análogos a éstos, no incluidos en la matrícula, incluso aunque reconozcan créditos de libre elección para el expediente académico del alumno.

El disfrute de la beca permitirá al estudiante la asistencia a las clases en los cursos en que esté matriculado de acuerdo con los horarios oficiales de los centros docentes.


El abono de las prestaciones a que se refiere el apartado b) anterior, se realizará durante el mes de junio de 2027. A tal efecto los justificantes acreditativos del gasto correspondiente, deberán ser presentados antes de esta fecha. El abono de esta cuantía será incompatible con la percepción de cualquier otra beca o ayuda por el mismo concepto.

Presentación

Las solicitudes de las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante podrán presentarse:

  • Forma presencial: en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros sita, en la calle Tucumán 8, de lunes a viernes, en horario de 09:00h. a 14:00h.
  • Forma telemática: a través de la Sede Electrónica de Diputación en el apartado arriba indicado. A tal efecto, es necesario estar registrado para el uso de sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve o, poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe.
  • Por cualquier otro de los procedimientos establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Objeto de la convocatoria

Se convocan veinte (20) Becas para Estudiantes Universitarios, con carácter de internado durante el Curso 2026/2027, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios, establecida en el Hogar Provincial Antonio Fernández Valenzuela de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

Duración

  • La duración de cada una de las becas será dese la fecha de su concesión y hasta que finalice la condición de becario, en todo caso, hasta el 30 de junio de 2027 como fecha máxima.
  • En caso de renuncia o revocación de las becas, se cubrirá por los aspirantes en reserva, por orden de puntuación. En este caso, la duración de las becas será por el tiempo de beca que hubiere quedado por disfrutar a la persona becada sustituida. También podrá quedar desierta si se considera oportuno.

Obligaciones

Los estudiantes becarios deberán someterse a las normas de funcionamiento de régimen interno del Hogar Provincial, así como al Reglamento de la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos asimismo aprobado para dicho Centro.

Criterios de selección

La valoración de las solicitudes se hará por la Comisión correspondiente teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

  • a. Académicos: Hasta 5 puntos. Expedientes académicos de los estudios realizados en los dos últimos cursos: 2024/2025 y 2025/2026, o de los dos últimos años académicos cursados por el solicitante, que se valorarán de la manera siguiente, teniendo en cuenta las calificaciones medias obtenidas en conjunto en dichos cursos:
    • Media hasta 4,99 : 0 puntos.
    • Media de 5 hasta 5,99: 1 punto.
    • Media de 6 hasta 6,99: 2 puntos.
    • Media de 7 hasta 7,99: 3 puntos.
    • Media de 8 hasta 8,99: 4 puntos.
    • Media de 9 hasta 10: 5 puntos.
    • No se valorará, en el caso de calificaciones académicas universitarias, el resultado de las convocatorias extraordinarias del curso 2025/2026, salvo la correspondiente a la de diciembre de 2025.
    • A los efectos de la valoración del expediente académico, se considerarán todas las asignaturas en que se haya matriculado el alumno en el curso correspondiente, aunque no se presente a los exámenes.
    • Para optar a la beca, el alumno deberá haber superado al menos un 65% de la totalidad de los créditos o asignaturas de las matriculadas en el último curso académico realizado.
    • Para el cómputo de la nota media, se hará la transformación numérica de acuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:
      • Anulación de convocatoria: 0 puntos.
      • Suspenso y no presentado: 2 puntos.
      • Suficiente o aprobado: 5 puntos.
      • Bien: 6 puntos.
      • Notable: 8 puntos.
      • Sobresaliente: 9 puntos.
      • Matrícula de Honor: 10 puntos.
    • En las calificaciones expresadas de forma cuantitativa, se computará de acuerdo con la siguiente tabla de equivalencias:
      • Calificación de hasta un 4,9: 2 puntos.
      • Calificación de hasta un 5,9: 5 puntos.
      • Calificación de hasta un 6,9: 6 puntos.
      • Calificación de hasta un 8,9: 8 puntos.
      • Calificación de hasta un 9,9: 9 puntos.
      • Calificación igual a 10: 10 puntos.
    • En los estudios estructurados por créditos, la nota media a estimar será la resultante de aplicar las equivalencias obtenidas con arreglo a la siguiente fórmula: V = (P x NCA) / NCT.
  • Socio-familiares: hasta 17 puntos, que se concederán con arreglo a lo siguiente:
    • Composición de la unidad familiar: Hasta 3 puntos. Se tendrá en cuenta la composición de la unidad familiar, según conste en el certificado de convivencia colectivo, a la fecha de finalización del plazo de las solicitudes, y se computarán en función de los siguientes criterios:
      • 1 hijo: 0 puntos.
      • 2 hijos: 1 punto.
      • Más de 2 hijos: 2 puntos.
      • En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar presentara diversidad funcional superior al 33%, se asignará 1 punto más.
    • Condición familiar: hasta 2 puntos, valorándose de la siguiente forma:
      • Familia monoparental: 1 punto.
      • Orfandad absoluta: 2 puntos. A estos efectos se deberá presentar el correspondiente título acreditativo.
    • Situaciones familiares especiales: Hasta 3 puntos, valorándose en función del informe social que se emitirá por el/la trabajador/a social del equipo municipal del lugar en el que está empadronado el estudiante (violencia de género, familia de acogida, situación de la vivienda, y otras situaciones especiales).
    • Renta anual de la unidad familiar, por miembro computable, conforme tabla del Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027 (BOE 12/03/2026): Hasta 5 puntos, valorándose conforme al siguiente baremo:
      • Hasta 5.527,00 euros: 5 puntos.
      • De 5.527,01 a 5.822,00 euros: 4 puntos.
      • De 5.822,01 a 6.210,00 euros: 3 puntos.
      • De 6.210,01 a 6.632,00 euros: 2 puntos.
      • De 6.632,01 a 6.985 euros: 1 punto.
      • Más de 6.985,01 euros: 0 puntos.
    • La renta anual de la unidad familiar se justificará por medio de una fotocopia compulsada de la totalidad de las hojas (incluida la hoja de liquidación) de la declaración o declaraciones de la renta de cada uno de sus miembros, correspondiente/s al ejercicio 2025, debidamente sellada por la entidad que admitió su presentación, o con el código seguro de verificación impreso a pie de página del documento si se presentó de forma telemática.
    • En caso de no haber estado obligado a presentar la declaración de la renta de 2025, os i se trata de ingresos no sujetos a declaración, ello se justificará por medio de las certificaciones que expida el organismo correspondiente (empresas, INEM, delegaciones de Hacienda, etc.), así como por cualquier otro documento que acredite suficientemente la percepción de rentas de cualquier miembro de la unidad familiar.
    • La no presentación de algún tipo de documento acreditativo de la renta supondrá que este criterio se valore con el mínimo de la puntuación establecida.
    • Distancia del domicilio a la ciudad de Alicante: hasta 4 puntos, que se valorarán de la siguiente manera:
      • Hasta 25 Kilómetros: 0 puntos.
      • De 26 a 50 Kilómetros: 1 punto.
      • De 51 a 75 Kilómetros: 2 puntos.
      • De 76 a 100 Kilómetros: 3 puntos.
      • Más de 100 Kilómetros: 4 puntos.

Enlaces de interés

https://sede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Convocatorias/01974.pdf

Documentación a adjuntar

Los solicitantes deberán presentar junto a su instancia, debidamente cumplimentada, la siguiente documentación:

  • a. Instancia de solicitud, según modelo.
  • b. Fotocopia del DNI del/la solicitante y, en su caso, de su representante legal o de hecho.
  • c. Certificación académica de las calificaciones obtenidas en los dos últimos cursos realizados (años académicos 2024/2025 y 2025/2026, o en su caso los dos últimos cursados por el solicitante), o fotocopia de las mismas debidamente compulsadas o con firma de la Secretaría del Centro en el que se han cursado los estudios o CSV.
  • d. Certificación de empadronamiento colectivo en vigor.
  • e. Fotocopia compulsada o con sello digital de autenticidad de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Si en razón de los ingresos familiares no se tuviera obligación de presentar declaración del IRPF, se deberán acreditar los ingresos de la unidad familiar mediante cualquier documento en donde se consignen fehacientemente dichos ingresos.
  • f. Fotocopia del Libro de Familia, o cualquier otro documento que acredite la situación de la unidad familiar si procede.
  • g. Para la descripción de las situaciones socio-familiares especiales, se requeriráinforme social emitido por el/la trabajador/a social del equipo municipal.
  • h. Para la justificación de la diversidad funcional superior al 33% de alguno de los miembros de la unidad familiar, se deberá presentar resolución sobre reconocimiento de grado de discapacidad de la Consellería competente en materia de Servicios Sociales.
  • i. Para la justificación del criterio condición familiar se deberá presentar el título acreditativo correspondiente.
  • j. Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • k. Declaración responsable de estar al corriente con la hacienda provincial y no tener la condición de deudor por reintegro de subvenciones concedidas por la Diputación.
  • l. Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad y violencia de género.
  • m. Declaración sobre otras ayudas, ingresos o subvenciones para la misma finalidad y, en su caso, importes correspondientes.

El cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se acreditará por la propia Diputación, salvo que las personas solicitantes se opongan expresamente, en cuyo caso deberán aportar la documentación correspondiente.


En la documentación que se presente, deberá nombrarse cada archivo adjunto según el contenido al que haga referencia.

Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante

La Diputación Provincial de Alicante convoca las Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante, cuya finalidad es ayudar a los estudiantes que cursan un Grado  o un Máster conducente a profesiones reguladas. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante" es: desde 07/07/2026 hasta 06/08/2026.

La Beca "Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Residenciales Estudiantes Universitarios Dipt. Alicante" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de matrícula
  • Becas de manutención