Diputación de Zaragoza (DPZ)

Premios de Poesía Santa Isabel DPZ

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INSCRIPCIONES

27/03/202525/04/2025
Finalizada

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Premios de Poesía Santa Isabel DPZ: solicitud y plazos

Descripción

Los Premios de Poesía Santa Isabel DPZ son convocados por la Diputación de Zaragoza con el propósito de reconocer y dar visibilidad a los autores que cuenten con obras escritas en castellano, que sean originales, inéditas, y que no hayan sido premiadas anteriormente.

Si deseas solicitar uno de los Premios de Poesía Santa Isabel DPZ, deberás haber nacido en la Comunidad Autónoma de Aragón, o contar con residencia en la misma con una antigüedad mínima de 1 año.

La presentación de solicitudes para optar a uno de los Premios de Poesía Santa Isabel DPZ podrá hacerse de manera telemática o presencial, adjuntando la documentación en el formato y según el proceso indicados.

Los Premios de Poesía Santa Isabel DPZ otorgarán, a los autores que resulten seleccionados, una dotación económica, y además las obras premiadas serán publicadas de manera directa o través de una editorial. 

Las obras presentadas serán evaluadas siguiendo varios criterios como la calidad, la originalidad y creatividad, así como la técnica literaria y el estilo de la misma.

Con estas y otras iniciativas, la Diputación de Zaragoza DPZ, pretende fomentar el desarrollo de obras literarias y su difusión entre la población, así como ofrecer a oportunidad a los escritores de impulsar su talento.

Para conocer más detalles sobre los Premios de Poesía Santa Isabel DPZ, tan sólo tienes que consultar la información que te facilitamos a continuación.

Datos básicos

Nº de becas
1
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
País de origen
  • España
Región de origen
  • Aragón
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España

Requisitos

Destinatarios de las Premios de Poesía Santa Isabel DPZ:

Tendrán derecho a participar personas físicas mayores de edad cumplidos en el momento de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, nacidas o empadronadas en la comunidad de Aragón desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

No podrá presentarse a esta convocatoria la persona ganadora en la última edición del Premio de Poesía.

Asimismo deberá encontrarse en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar. Deberá declarar responsablemente que no se encuentra incurso/a en ninguna de las circunstancias contenidas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones. Que está al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, así como, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones de conformidad del art. 25 del Régimen General de la Ley de subvenciones.

Dotación

Los Premios de Poesía Santa Isabel DPZ estan dotados con 5.000 euros. El referido gasto se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33400/4810000 del vigente Presupuesto (RC 22025002534). El reconocimiento, liquidación de la obligación, así como el pago de la misma, se realizará en el presente ejercicio.

El Jurado podrá proponer la partición del premio o compartirlo ex-aequo, aunque podrá declarar desierto el mismo si no considera con suficientes méritos ninguna de las obras presentadas. La Diputación Provincial de Zaragoza publicará en la Colección Veruela Poesía la/s obra/s premiada/s directamente, o a través de otra editorial, reservándose durante un plazo de doce meses todos los derechos de edición y reproducción, que se contarán desde la fecha de la concesión del premio.

Además de la cuantía económica, se entregará a la/s persona/s ganadora/s treinta ejemplares que cubrirán los derechos de autor de esta primera edición del libro.

La presentación del libro se llevará a efecto en un acto a celebrar en lugar, fecha y hora que se anunciará en su momento, siempre y cuando se puedan dar las condiciones de seguridad e higiene necesarias para dicha celebración.

Presentación

El plazo de presentación de solicitudes de los Premios de Poesía Santa Isabel DPZ es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza,(Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente)

Para formar parte de la convocatoria, los participantes podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el Anexo I de la misma, junto con el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado.

Además, adjuntarán la ficha de terceros para aquellas personas físicas que se relacionen por primera vez con la Diputación Provincial de Zaragoza. Debe cumplimentarse por quien estando dado de alta con anterioridad, desee modificar alguno de los datos iniciales. Tendrá que adjuntarse una copia del documento nacional de identidad (o volante de empadronamiento en caso de no ser nacido en Aragón, el cual deberá ser expedido por el Ayuntamiento de la localidad que acredite su actual residencia en la comunidad de Aragón desde hace al menos un año desde la fecha de publicación de esta convocatoria).

Las obras se presentarán exclusivamente en formato digital .pdf mecanografiadas electrónicamente y con las páginas numeradas. El tema de las obras será libre, al igual que la métrica y forma de composición. Las obras deberán tener una extensión mínima de 350 versos. El interlineado y tipo de letra son libres, y no se admitirán fotos o dibujos.

Los originales no irán firmados por el/la autor/a y estarán exentos de cualquier signo o marca que indique la identidad de su autor/a. En la portada llevarán consignados los siguientes datos: el título de la obra presentada, precedido de la “XXXV Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, Reina de Portugal”, año 2025 y un lema o seudónimo.

Para el adecuado cumplimiento de esta convocatoria, el jurado no podrá tener en cuenta los originales que no estén comprendidos en las especificaciones anteriores.

Se presentará todo preferiblemente de manera telemática a través del “Catálogo de trámites” de la sede electrónica de la DPZ:https://dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza.

En caso de hacerlo presencialmente, se realizará en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza en horario de 9 a 14 horas dentro del plazo establecido, así como, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a la anulación de la participación en esta convocatoria. En el caso de que la documentación aportada por el/la beneficiario/a sea incompleta y/o defectuosa, la Diputación podrá requerirle para que en el plazo de diez días hábiles, a partir de la fecha de recepción del requerimiento se subsanen las deficiencias observadas, entendiéndose que si transcurrido dicho plazo no se remiten los documentos solicitados se procederá al archivo del expediente.

A los efectos de notificaciones al interesado, se establece lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Normas de la convocatoria junto con los anexos y ficha a teceros están disponibles en el “Catálogo de trámites” de https://dpz.sedelectronica.es y podrán consultarse en la página Web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.pap.hacienda.gob.es).

Las obras no premiadas presentadas presencialmente en formato USB, podrán ser retiradas previa confirmación documental de la autoría, una vez transcurridos diez días desde la concesión del premio. Pasados dos meses desde esta fecha, se procederá a destruir los originales cuya devolución no haya sido solicitada por sus autores, sin mayores trámites.

Más información

Objeto

La Diputación Provincial de Zaragoza convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el XXXV Premio de Poesía “Santa Isabel de Aragón, reina de Portugal”, año 2025.

Todos los autores podrán presentarse al Premio con aquellas obras que sean originales, inéditas, escritas en castellano y que nunca hayan sido premiadas. Cada autor podrá presentar como máximo dos obras distintas, cuya temática será libre.

Procedimiento de concesión y tramitación del premio

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con la legislación vigente en materia de concesión de ayudas y en concreto con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, de Subvenciones de Aragón en concordancia con la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza.

La instrucción del expediente de concesión de estas ayudas corresponde al Servicio de Cultura que realizará los siguientes trámites:

  • Emisión de informe jurídico, una vez subsanadas en su caso, las deficiencias en la documentación aportada por los peticionarios, en el que deberá constar expresamente si éstos cumplen los requisitos necesarios para acceder a las ayudas. Dicho informe será suscrito por un funcionario técnico de administración general, letrado u otro funcionario con capacitación jurídica perteneciente al grupo A.
  • Designación por el Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza del Jurado evaluador (publicándose en el BOPZ), que estará formado por tres personas especializadas en el mundo de la letras y un técnico cultural del Servicio de Cultura, Juventud y Deportes, que deberá ser funcionario de Grupo A o persona que le sustituya, que realizará las funciones de secretario, sin voz ni voto, dando fe de las decisiones adoptadas para que se reflejen en el acta correspondiente, en la que se propondrá/n el/la beneficiario/a del premio.
  • Propuesta de concesión del Premio formulada por el Jurado debidamente motivada y justificada, atendiendo a los siguientes criterios:
    • Calidad, originalidad y creatividad de la obra.
    • Ritmo y la coherencia narrativa.
    • Innovación conceptual y lingüística.
    • Técnica literaria y estilo.
  • Propuesta de concesión formulada por Jurado con arreglo a los criterios de carácter artístico, literario o cultural propios de la naturaleza de la convocatoria. El Jurado podrá resolver aquellas situaciones no contempladas en las presentes normas de la convocatoria, así como aquellas dudas que se planteen sobre su interpretación siempre que no contradiga el contenido esencial de la misma. Asimismo, el Jurado podrá proponer la partición del premio o compartida ex-aequo, e incluso podrá declarar desierto el mismo si no considera ninguna de las solicitudes presentadas con suficientes méritos.
  • Propuesta de resolución provisional suscrita por funcionario técnico competente del Servicio de Cultura y Patrimonio, emitida conforme a lo dispuesto en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
  • Emitida la propuesta de resolución provisional se dará traslado al interesado al objeto de cumplir con el trámite de audiencia, para presentar las oportunas alegaciones en un plazo de cinco días hábiles. Se podrá prescindir del trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva.
  • Fiscalización previa del expediente por Intervención General.
  • Resolución de Presidencia aprobando la concesión de las ayudas de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Valoración. Excepcionalmente, la resolución podrá apartarse de la propuesta de la Comisión dejando constancia de los motivos en el expediente.
  • El Premio se abonará en un único pago dentro del año 2025.

Resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses contados a partir de la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, de acuerdo con el artículo 26 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, si bien podrá ser objeto de ampliación, por un periodo no superior al establecido para la tramitación del procedimiento (artículo 23 de la ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015). La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios.

El acuerdo de que resuelva sobre la ampliación del plazo, será publicado en el BOPZ para el conocimiento de los interesados, y contra el mismo no cabrá recurso alguno.

La resolución de la convocatoria será notificada individualmente a los beneficiarios conforme a los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y podrá ser consultada a través de la https://dpz.sedelectronica.es La falta de resolución y notificación en este plazo, producirá efectos desestimatorios.

Contra la Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses. La Resolución que aprueba la concesión de subvenciones se publicará en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el art. 30 del Reglamento de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/06 de 21 de julio.

Enlaces de interés

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/821967

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Premios de Poesía Santa Isabel DPZ

Los Premios de Poesía Santa Isabel DPZ son convocados por la Diputación de Zaragoza con el propósito de reconocer y dar visibilidad a los autores que cuenten con obras escritas en castellano, que sean originales, inéditas, y que no hayan sido premiadas anteriormente.

El plazo de inscripción de la Beca "Premios de Poesía Santa Isabel DPZ" es: desde 27/03/2025 hasta 25/04/2025.

La Beca "Premios de Poesía Santa Isabel DPZ" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Premios de Poesía Santa Isabel DPZ" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas alto rendimiento
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes