Becas Comedor Escolar Concello de Redondela
INSCRIPCIONES
Becas Comedor Escolar Concello de Redondela: solicitud y plazos
Descripción
El Concello de Redondela con el propósito de facilitar la conciliación familiar y de asegurar la correcta alimentación de los estudiantes menores de edad, presenta la convocatoria de las Becas Comedor Escolar Concello de Redondela.
Estas becas están dirigidas a las familias que tienen hijos cursando Segundo Ciclo de Educación Infantil o Primaria en centros públicos situados en el municipio de Redondela.
El servicio de comedor se prestará durante el periodo comprendido entre septiembre de 2025 y hasta finalizar el curso en junio de 2026.
Además de los requisitos establecidos para solicitar las Becas Comedor Escolar Concello de Redondela, a lo largo del proceso de selección se tendrán en cuenta una serie de criterios de selección donde se valorará la situación económica y la situación socio familiar a la que pertenezcan los menores.
De este modo, se dará preferencia en la asignación de becas a aquellas familias que cuenten con los ingresos económicos más bajos, o a las familias en situaciones sociales más desfavorecidas como violencia de género, riesgo de exclusión, etc.
Para conocer todos los detalles en profundidad y poder optar a una de las Becas Comedor Escolar Concello de Redondela, estamos seguros de que te será de gran ayuda consultar y conocer todos la información que te mostramos aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- País de origen
- España
- Región de origen
- Galicia
- Provincia de origen
- Pontevedra
- Localidad
- Concello de Redondela
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Tendrán la consideración de personas beneficiarias de las Becas Comedor Escolar Concello de Redondela las unidades familiares empadronadas en el Concello de Redondela que tengan menores a su cargo, escolarizados en el curso académico 2025/26 en la segunda etapa de educación infantil o en educación primaria en algún centro de enseñanza pública del término municipal de Redondela.
- A efectos de esta convocatoria se considera unidad familiar la formada por:
- Los cónyuges o parejas de hecho, tutores legales o persona encargada de la guarda y protección del menor.
- Los/as menores de edad.
- Los/as menores mayores de edad que cuenten con certificado de discapacidad en grado superior al 33 % o incapacitados/as judicialmente, sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
- Los/as hermanos/as mayores de edad y menores de 25 años empadronados con la unidad familiar que acrediten carecer totalmente de recursos económicos mediante autorización de acceso o presentación de los datos de la renta del año anterior o certificado negativo de retribuciones.
- En el supuesto de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el/la destinatario/a de la ayuda será la madre o el padre que tenga atribuida la custodia del/de la menor, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia judicial. En este supuesto no se considera miembro de la unidad familiar aquel que no conviva con la persona solicitante, pero sí tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge, pareja de hecho o persona unida al solicitante de la ayuda. La separación transitoria motivada por razones de estudio, trabajo, tratamiento médico u otras causas similares no rompe la convivencia a estos efectos.
- En los supuestos de acogimiento o adopción, la persona destinataria de la ayuda será la que establezca la resolución administrativa o judicial.
- En los casos de guarda y custodia compartida de los/as menores para los que se solicita la ayuda, se contabilizarán los ingresos de ambos progenitores.
- En caso de existencia de malos tratos en la unidad familiar de convivencia que hayan tenido lugar en los últimos tres años a contar desde la publicación de esta convocatoria, se acreditará la situación de violencia de género según recoge el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género. En este caso, quedarán excluidos del cómputo de rentas e ingresos del agresor y a efectos de cálculo RPC se considerará familia monoparental.
- Si no se acredita la situación de violencia de género según la Ley, las instructoras podrán pedir informe complementario a la directora del CIM municipal que recoja la existencia de esta situación.
- En ningún caso podrán ser destinatarios/as de la ayuda los progenitores privados de la patria potestad de sus hijos/as, o si la tutela o la guarda ha sido asumida por una institución pública o persona jurídica privada.
- En una misma unidad familiar solo uno de sus miembros tendrá la condición de persona beneficiaria de las ayudas, y podrán concederse tantas ayudas como número de menores utilicen el servicio de comedor escolar en los centros públicos de Redondela.
- La subvención se destinará al alumnado que, una vez hecha la evaluación conforme al baremo aprobado con las presentes bases y convocatoria, alcance la puntuación necesaria para poder acceder a dichas ayudas, dentro del presupuesto existente.
- Tendrán la condición de beneficiarias, de acuerdo con el Artículo 10.1 de la Ley de subvenciones de Galicia, las personas que estén en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en quienes concurran las circunstancias previstas en las bases y convocatoria.
- Las unidades familiares recogidas en el apartado anterior deberán cumplir los siguientes requisitos:
- La unidad familiar deberá estar empadronada antes de finalizar el plazo de entrega de solicitudes y residir de forma efectiva en el Concello de Redondela.
- Que los miembros mayores de edad de la unidad estén al corriente de sus obligaciones tributarias, y no tener deudas contraídas con la hacienda local, autonómica o estatal. En el caso de la hacienda local, la acreditación de este hecho deberá cumplirse en la fecha de finalización del plazo de entrega de solicitudes.
- Convivir con el alumnado para el que se solicita la ayuda.
- Que el alumnado esté matriculado en un centro educativo público situado en el municipio de Redondela.
- Contar con plaza adjudicada para los menores en el servicio de comedor escolar de un centro educativo público situado en el municipio de Redondela. De no ser así, aunque se conceda la ayuda, esta no se hará efectiva.
- Asistir al comedor del centro durante todo el curso escolar, salvo los meses de septiembre y junio, que pueden tener carácter voluntario o que el centro no ofrezca ese servicio.
- No se admitirán solicitudes de asistencia esporádica o variable; deberá ser como mínimo de tres días fijos a la semana. Deberá indicarse en el Anexo I cuáles serán los días en los que el alumnado acudirá al comedor.
- Haber presentado la solicitud y la documentación durante los plazos establecidos; no se tendrán en cuenta las solicitudes que se reciban fuera de plazo.
- No superar una renta per cápita anual expresada en la siguiente tabla para el ejercicio económico 2024 de la unidad familiar de los menores, según los datos económicos de la correspondiente declaración de IRPF de 2024.
- La renta per cápita anual será el resultado de dividir la totalidad de las rentas de la unidad familiar entre su número de miembros.
- Las rentas se obtendrán del siguiente modo:
- a. En caso de haber presentado declaración de la renta: por la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro. (casillas 435 y 460).
- b. En caso de no haber presentado la declaración de la renta, por la suma de todos los ingresos minorados por los gastos, pérdidas o reducciones que consten en el certificado de imputaciones expedido por la AEAT.
- * Consultar tabla en las bases de la convocatoria.
Dotación
- Las Becas Comedor Escolar Concello de Redondela tienen por objeto la concesión de subvenciones, para el curso escolar 2025-2026, a las unidades familiares y de convivencia cuyos menores estén escolarizados en centros públicos situados en el municipio de Redondela, cursen el 2º ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria y hagan uso del servicio de comedor escolar.
- Las ayudas cubrirán el período comprendido desde el comienzo del curso escolar en septiembre de 2025 hasta la finalización del curso escolar en junio de 2026, o posibles prórrogas por alertas sanitarias u otros motivos, siempre dentro del límite cuantitativo de la provisión inicial.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Comedor Escolar Concello de Redondela deberán presentarse en el impreso municipal específico para esta convocatoria, firmado por la persona solicitante (madre, padre, tutor/a), acompañadas de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y circunstancias que permitan evaluar la situación sociofamiliar.
Podrán presentarse:
- En el Registro general de entrada del Ayuntamiento de Redondela, tanto en la oficina municipal de Chapela como en la Casa del Ayuntamiento, en horario de atención al público.
- A través de la sede electrónica del Ayuntamiento: https://redondela.sedelectronica.es.
- Por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante PAC).
Más información
Criterios de valoración
La baremación de las solicitudes tiene por objeto establecer un orden de prioridad en la concesión de las ayudas en función de la mayor necesidad estimada, mediante la asignación de una puntuación a cada una de las solicitudes en relación directa con el grado de necesidad, a través de la evaluación acumulada de los siguientes factores:
- Situación económica: hasta 10 puntos. Resultado de los datos económicos del ejercicio 2024 (IRPF, certificado negativo). Puntuación según la renta per cápita:
- Renta igual o superior a 7.500 €: 0 puntos.
- Superior a 6.500 €: 2 puntos.
- Superior a 5.500 €: 4 puntos.
- Superior a 4.500 €: 6 puntos.
- Superior o igual a 3.500 €: 8 puntos.
- Inferior a 3.500 €: 10 puntos.
- Se entiende por renta per cápita la suma de todos los ingresos percibidos por la unidad familiar dividida entre el número de miembros que la componen.
- Evaluación técnica de la situación sociofamiliar: hasta 20 puntos. Se valorará la situación de riesgo de exclusión social o desprotección del alumnado mediante informe del personal técnico de Servicios Sociales. Ítems valorados por educadoras sociales e instructoras del expediente:
- Familias con algún miembro usuario del Servicio municipal de educación y apoyo a las familias (SEAF): 4 puntos.
- Familias monoparentales (según la Ley 3/2011 de Galicia): 2 puntos.
- Familias numerosas (según la Ley 40/2003): 1 punto.
- Algún miembro con discapacidad igual o superior al 33% o situación de dependencia (Ley 39/2006): 2 puntos.
- Dificultades para atender al menor por enfermedades físicas o psíquicas de sus cuidadores: 2 puntos.
- Situaciones de violencia de género o familiar (según el artículo 4.1 de estas bases): 2 puntos.
- Necesidad de conciliación laboral y familiar: 1 punto.
- Ítems valorados por trabajadoras sociales:
- Familia en riesgo de exclusión social con seguimiento activo por los Servicios Sociales Comunitarios Básicos: 4 puntos.
- Otras circunstancias de riesgo no recogidas anteriormente (alcoholismo, drogodependencias, ludopatía, delitos, desestructuración, enfermedades graves...): 2 puntos.
- La puntuación total acumulada por estos factores sociales puede alcanzar como máximo los 20 puntos.
- Puntuación final y concesión:
- La puntuación total se obtendrá sumando los puntos de los criterios 1 (situación económica) y 2 (situación sociofamiliar).
- La puntuación máxima total será de 30 puntos.
- La ayuda cubrirá el 100% del coste justificable siempre que lo permita el crédito presupuestario disponible.
- El total de las subvenciones no podrá superar la cuantía máxima establecida en las bases y convocatoria, conforme al artículo 14.
- El importe de la subvención se reducirá hasta el importe efectivamente justificado por la ANPA si este fuera menor.
- Podrá concederse un porcentaje menor del total a criterio de la Comisión de Valoración, en función de la fecha de inicio del uso del comedor escolar y de la previsión de días de asistencia.
Enlaces de interés
Documentación a adjuntar
Las solicitudes se realizarán en el impreso normalizado (Anexo I) y se presentarán acompañadas de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
- Fotocopia del Libro de Familia completo o documento oficial acreditativo de los miembros de la unidad familiar con su fecha de nacimiento.
- Fotocopia de la última declaración de la Renta (año 2024), o en caso de no tener obligación de presentarla, certificado negativo de la administración de Hacienda con los datos fiscales de todas las personas mayores de 18 años que formen parte de la unidad familiar. No será necesario presentar este documento si se autoriza el acceso en el Anexo I.
- En caso de miembros de la unidad familiar en situación de desempleo, copia cotejada de la tarjeta de demandante de empleo con una antigüedad mínima de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Acreditación de la situación familiar:
- En caso de separación o divorcio: copias de la sentencia y del convenio regulador donde conste la guarda y custodia y el importe de la pensión de alimentos.
- En caso de uniones de hecho separadas con menores reconocidos en el Libro de Familia o documento de carácter análogo: copia de la sentencia de asignación de guarda y custodia y cuantía de la pensión de alimentos. Si no se aportan estos documentos, se entenderá que no existe separación de hecho, por lo que ambos progenitores deberán presentar toda la documentación laboral y económica exigida a cada miembro de la unidad familiar.
- En situaciones de impago en ambos casos anteriores: copia de la solicitud de ejecución de sentencia presentada ante el Juzgado o justificante del inicio de las actuaciones.
- En caso de menores en situación de guarda y custodia compartida: justificantes de ingresos de ambos progenitores (declaración de la renta).
- En caso de acogimiento de menores por resolución administrativa o auto judicial: copia del certificado del organismo competente y, en su caso, la cuantía de la remuneración percibida.
- En caso de necesidad de conciliación de la vida familiar y laboral: copia cotejada del contrato de trabajo y un certificado de empresa que refleje el horario laboral y lugar de trabajo de ambos progenitores. En caso de separación, deberá entregarlo el progenitor que tenga la guarda y custodia.
- En caso de existencia de malos tratos en la unidad familiar en los últimos tres años desde la publicación de esta convocatoria: acreditación de la situación de violencia de género, según recoge el artículo 5 de la Ley gallega para la prevención y tratamiento integral de la violencia de género (Ley 11/2007, de 27 de julio).
- Fotocopia de la certificación del grado de discapacidad y/o dependencia de los miembros de la unidad familiar reconocidos como tales.
- Fotocopia del título de familia numerosa.
- Anexo II: listado de la documentación presentada.
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (Anexo III).
- Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda estatal, autonómica, local y con la Seguridad Social (Anexo III).
- Declaración de otras ayudas solicitadas, tanto aprobadas o concedidas como pendientes de resolución, para la misma finalidad, de distintas administraciones públicas competentes o sus entidades vinculadas o dependientes (Anexo IV).
- Delegación de pago (Anexo V).
- Solicitud de anticipo del cobro de las ayudas concedidas (Anexo VI).
- Certificado de existencia o no de deudas con el Ayuntamiento de Redondela de los miembros de la unidad familiar.
- Certificado de convivencia.
- El Anexo X y el Anexo XI: certificados del ANPA donde conste que tiene concedida plaza en el servicio de comedor escolar, el coste por día del servicio, el coste mensual si funciona mediante tarifa plana, el número de días de prestación por trimestre natural, el día de inicio y el número de cuenta bancaria del ANPA para recibir los pagos delegados.