Comunidad Valenciana

Becas Comedor - Generalitat Valenciana

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INSCRIPCIONES

Inicio02/07/2026 Fin31/07/2026
Abierta

Becas Comedor - Generalitat Valenciana: solicitud y plazos

Descripción

La Comunidad Valenciana es el organismo convocante de las Becas Comedor - Generalitat Valenciana, que están dirigidas a aquellos alumnos que cursan sus estudios de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Educación Especial, en algunos de los centros que que se indican en la convocatoria.

Mediante las Becas Comedor - Generalitat Valenciana, este organismo público pretende ofrecer ayudas económicas que cubran de manera total o parcial el coste de los servicios de comedor escolar, lo que supone de gran ayuda a las familias beneficiarias de los mismos.

Para determinar a los alumnos que serán beneficiarios de las becas ofrecidas en esta convocatoria, se exigen una serie de requisitos de obligado cumplimiento y además se tendrán en cuenta varios criterios como el número de miembros computables que componen la familia y el nivel de renta de la unidad familiar.

Con iniciativas como estas, la Comunidad Valenciana persigue dotar con estas ayudas a aquellas familias que más lo necesitan, ofreciendo así igualdad de oportunidades entre los alumnos que cursan sus estudios en este territorio.

Para conocer más datos sobre las Becas Comedor - Generalitat Valenciana, puedes consultar toda la información que te ofrecemos a continuación.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Educación especial
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Para poder solicitar las Becas Comedor - Generalitat Valenciana se deben reunir los siguientes requisitos:

  • a. Estar matriculado en un centro educativo debidamente autorizado, público o privado concertado, en los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial o en el tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo en centros de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.
  • b. Haber presentado la solicitud (Anexo I) que se encuentra en el siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/centros-docentes/comedor/transporte/ajudes-de-menjador-escolar/formularis,   y la documentación requerida en la presente resolución en los plazos establecidos o haber confirmado el borrador de solicitud.
  • c. No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dotación

El alumnado beneficiario de las Becas Comedor - Generalitat Valenciana para el curso 20262027 percibirá, por cada día de asistencia al servicio de comedor, los siguientes importes máximos, de conformidad con lo dispuesto en el punto 4 del apartado tercero:

  • Para Educación Infantil, Educación Primaria y ESO: hasta 4,35 euros.
  • Para Educación Especial: hasta 5,54 euros.
  • Para escuela-hogar: hasta 12,35 euros.

El alumnado que cumpla los requisitos para ser beneficiario directo recibirá el importe máximo de la ayuda. En el resto de los casos, en función de la puntuación obtenida según el baremo aplicable (renta disponible per cápita y circunstancias sociofamiliares), e indicado en el apartado undécimo, puntos 1 y 2, el importe se prorrateará entre los que tengan la condición de beneficiarios, hasta que se agote el crédito determinado en esta convocatoria.


Durante el curso escolar 2026-2027, el precio del menú escolar diario y, por tanto, el importe de la ayuda correspondiente no podrá superar los importes máximos establecidos en el punto 3 de este apartado para los centros docentes de titularidad de la Generalitat, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 6 del apartado tercero.

Presentación

La solicitud de las Becas Comedor - Generalitat Valenciana, junto con la documentación correspondiente, se presentará en los centros educativos donde se encuentre matriculado el alumnado para el correspondiente curso escolar.

Más información

Objeto

La presente resolución tiene como objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas para la financiación total o parcial del coste del servicio de comedor escolar, del alumnado escolarizado en centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente a la Generalitat que disponen de este servicio complementario.

Criterios de valoración

Las solicitudes se baremarán atendiendo a los siguientes criterios:

  • La renta anual disponible per cápita es el cociente resultante de dividir la renta familiar anual disponible, que se obtiene de aplicar los importes indicados en el apartado décimo, entre el número de miembros computables de la unidad familiar definido según lo que dispone el apartado noveno de la presente resolución.
  • Circunstancias sociofamiliares:
    • Se valorarán las circunstancias sociofamiliares especiales del alumnado, por cada uno de los conceptos debidamente acreditados, con la puntuación prevista para cada concepto. La puntuación máxima total por este apartado no podrá ser superior a 2 puntos:
      • Alumnado de centros singulares de compensación de desigualdades: 1 punto.
      • Situación de desempleo o paro del padre y de la madre y/o tutores legales, sin percibir ninguno de los dos prestaciones o subsidios por este concepto: 1 punto.
      • Condición de persona refugiada: 1 punto.
      • Hijo o hija de familia monoparental: 1 punto.
      • Condición de persona toxicómana, alcohólica o reclusa en un centro penitenciario del padre o de la madre o de los tutores (por una o diversas de estas condiciones): 1 punto.
      • Familia numerosa de cualquier categoría: 1 punto.
      • Grado de discapacidad reconocido de algún miembro de la unidad familiar igual o superior al 33%: 1 punto.
      • Huérfano/a absoluto/a: 2 puntos.

Resolución

  • El plazo máximo para resolver y publicar las resoluciones será de seis meses desde la fecha de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa, el silencio administrativo tendrá efecto desestimatorio, conforme al artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin perjuicio de la obligación legal de la Administración de resolver, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 39/2015.
  • Las resoluciones se publicarán en el tablón de anuncios de cada centro docente y en el de las direcciones territoriales correspondientes. Dicha publicación surtirá efectos de notificación a las personas interesadas, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015.
  • De esta publicación se emitirá aviso a través de la aplicación Web Familia.

Enlaces de interés

https://dogv.gva.es/es/eli/es-vc/o/2018/05/10/18/dof/spa/html

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Comedor - Generalitat Valenciana

La Comunidad Valenciana es el organismo convocante de las Becas Comedor - Generalitat Valenciana, que están dirigidas a aquellos alumnos que cursan sus estudios de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Educación Especial, en algunos de los centros que que se indican en la convocatoria.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Comedor - Generalitat Valenciana" es: desde 02/07/2026 hasta 31/07/2026.

La Beca "Becas Comedor - Generalitat Valenciana" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Educación especial

La Beca "Becas Comedor - Generalitat Valenciana" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas comedor