Becas de Educación Infantil - Comunidad de Madrid
INSCRIPCIONES
Becas de Educación Infantil - Comunidad de Madrid: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas de Educación Infantil - Comunidad de Madrid están dirigidas a los alumnos menores de 3 años que estén matriculados o vayan a hacerlo en un centro privado de Educación Infantil.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid también convoca estas becas para aquellos alumnos que aún siendo mayores de tres años, deban permanecer un año más en el correspondiente centro de Educación Infantil, debido a necesidades específicas del alumno.
Las Becas de Educación Infantil - Comunidad de Madrid, ofrecen a las familias una dotación económica durante el periodo escolar, con la intención de promover y favorecer la estancia de los alumnos en centros privados pertenecientes a la Comunidad de Madrid.
Estas becas también vienen a proporcionar a las familias una ayuda económica que les haga más fácil la conciliación familiar para aquellos casos en los que los dos progenitores trabajen fuera de casa o se encuentren en situaciones que no permitan el cuidado de los menores durante las 24 horas del día.
La Comunidad de Madrid, convoca en cada curso académico numerosas becas y ayudas, en este caso, desde las edades más tempranas, con la intención de ayudar a las familias que más lo necesiten. Para ello, se realiza un exhaustivo estudio de todas las solicitudes donde se tiene en cuenta la situación económica, familiar y laboral.
Si deseas conocer toda la información sobre las Becas de Educación Infantil - Comunidad de Madrid, aquí te informamos sobre los plazos de presentación de las solicitudes, los requisitos, la documentación que deberás aportar y otros datos importantes de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad de Madrid
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos exigidos para solicitar las Becas de Educación Infantil - Comunidad de Madrid son los siguientes:
- Haber nacido o estar previsto su nacimiento antes de 1 de enero de 2027.
- Estar matriculado o tener reserva de plaza en el primer ciclo de Educación Infantil, en el curso escolar 2026-2027, en un centro de titularidad privada autorizado por la Administración educativa para impartir dicho ciclo, siempre que no ocupe plaza sostenida con fondos públicos.
- No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.
Dotación
- La cuantía de las Becas de Educación Infantil - Comunidad de Madrid es de 177 euros mensuales, abonados en los meses en los que el menor asiste efectivamente al entro durante el periodo escolar entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de julio de 2027.
- Esta cuantía se incrementará hasta 283 euros en caso de obtener 5 puntos en el criterio de ingresos familiares.
- El importe de la beca concedida sumado al de otras recibidas para la misma finalidad, no puede superar el coste de la cuota por escolarización del centro.
Presentación
La presentación de solicitudes de las Becas de Educación Infantil - Comunidad de Madrid podrá hacerse en modalidad digital o presencial:
- Presentación digital: para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid. Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
- Presentación presencial: puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración. Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder al formulario" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Más información
Destinatarios de las becas
Personas progenitoras, tutoras, acogedoras o encargadas de la guarda y custodia de:
- Menores de hasta 3 años matriculados en curso 2026-2027 en centros de titularidad privada autorizados por la Administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil, siempre que no ocupen plazas sostenidas con fondos públicos.
- Mayores de 3 años que deben permanecer escolarizados 1 año más en el primer ciclo de educación infantil por razón de sus necesidades educativas acreditadas por el correspondiente informe del Equipo de Atención Temprana de la consejería competente en materia de Educación.
Enlaces de interés
https://sede.comunidad.madrid/sites/default/files/ADEL/ckeditor/ayudas%20becas%20y%20subvenciones/A976/orden_1644_2026_convocatoria_becas_infantil_2026-2027_sin_anexos.pdfDocumentación a adjuntar
Nueva solicitud
- Pasaporte (sólo personas extranjeras sin NIE).
- Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil de los menores de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento, Libro de Familia o documento oficial equivalente (presentación obligatoria).
- Certificado médico de la fecha probable del parto (presentación obligatoria si hijo no nacido).
- Certificado o volante de empadronamiento colectivo (para familias monoparentales u otros miembros familiares) expedido por otra Comunidad Autónoma distinta a la Comunidad de Madrid.
- Sentencia judicial de separación legal o divorcio, convenio regulador ratificado por el juez donde conste la custodia del menor o certificado defunción.
- Sentencia de relaciones paternofiliales.
- Recibo de pago bancario a Mutualidades asimiladas al Régimen Especial de Autónomos de padre o madre (únicamente válido para personas trabajadoras por cuenta propia no obligados a estar dados de alta en la Seguridad Social).
- Para Regímenes Especiales de funcionarios: certificado de encontrase en situación de servicio activo emitido por la unidad de personal a la que se encuentren adscritos, servicio de pagaduría u órgano correspondiente.
- En caso de tener reconocida una incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad que le impida atender al menor, resolución o certificado al efecto emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Documentación acreditativa de la situación de acogimiento familiar.
- Documentación acreditativa de ser perceptor de Ingreso Mínimo Vital.
- Documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género expedido por otra Comunidad Autónoma distinta a la Comunidad de Madrid.
- Para mayores de 3 años que deban permanecer escolarizados un año más en el primer ciclo de Educación Infantil o, en el caso de alumnos con necesidades educativas especiales, dictamen emitido por un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Atención Temprana.
- Si no ha presentado la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2024 y no consta en la AEAT información relativa a sus rentas imputables al citado IRPF: documentación acreditativa, traducida al español, de los ingresos percibidos: nóminas o certificado del empleador, declaraciones trimestrales de IRPF en caso de trabajadores autónomos o certificado de ingresos percibidos.
- Otros (Identificar).
Prórroga
- Para mayores de 3 años que deban permanecer escolarizados un año más en el primer ciclo de Educación Infantil, dictamen emitido por un Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Atención Temprana.






