Becas Material - Ayto de Fuensalida
INSCRIPCIONES
Becas Material - Ayto de Fuensalida: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Fuensalida se preocupa porque los jóvenes del municipio y sus familias tengan facilidades a la hora de cursar y desarrollar sus estudios, y es por este motivo que convoca diferentes ayudas destinadas a los que más las necesitan, como las Becas Material - Ayto de Fuensalida.
Estas becas tienen como objetivo principal el de facilitar una cuantía económica para las familias con menores escolarizados en Educación Infantil o Primaria, que les servirá para sufragar los gastos de material escolar. Gracias a estas becas se pretende conseguir una igualdad social entre la población y se promueve la promoción local de los establecimientos de la localidad.
Para adjudicar las Becas Material - Ayto de Fuensalida se tendrá en cuenta la antigüedad en el padrón y tener condición de familia numerosa. Estas becas cubrirán gastos de compra de materiales tales como témperas, cuadernos, folios, carpetas, fundas, etc.
Las Becas Material - Ayto de Fuensalida serán compatibles con otras ayudas para el mismo fin que los adjudicatarios reciban de otras administraciones públicas.
Si estas empadronado en Fuensalida y cumples los requisitos, estas becas pueden ser una oportunidad para tí. Consulta requisitos, plazos, documentación y otra información importante para solicitarlas en nuestra web. No pierdas esta oportunidad.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla La Mancha
- Localidad
- Fuensalida
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán acogerse a la presente convocatoria de Becas Material - Ayto de Fuensalida el alumnado matriculado en el curso escolar 2026/2027 en Educación Infantil o Educación Primaria en algún centro público o concertado de la localidad (CEIP “Tomás Romojaro”, CEIP “Condes de Fuensalida” y Colegio San José). Los beneficiarios de la concesión deberán cumplir o acreditar las siguientes condiciones:
- Estar empadronado en la localidad con anterioridad a 1 de septiembre de 2025 tanto el alumno como al menos uno de los tutores legales del alumno.
- Estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública y con Seguridad Social.
- Estar al corriente de sus obligaciones económicas con este Ayuntamiento.
No podrán concederse subvenciones a los particulares que se hallen incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Fuensalida ni aquellos que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento hasta que dichas deudas sean efectivamente satisfechas y saldadas o cumplidas, salvo que las mismas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida. Para comprobar el cumplimiento de los anteriores requisitos, el Ayuntamiento cruzará los datos de la solicitud con el padrón municipal y los centros escolares de la localidad con autorización expresa del solicitante.
Dotación
Dotación presupuestaria
La cantidad asignada a la actuación está fijada en la partida presupuestaria 323 48 correspondiente al presupuesto de gastos de la entidad en el ejercicio 2026 por importe de 25.000,00 €. La cuantía de la ayuda ascenderá al importe justificado hasta un máximo de 45,00 € por alumno, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la base tercera de estas bases. El gasto de la cantidad concedida se efectuará en los comercios de la localidad para el curso 2026/2027.
Gastos cubiertos por las Becas Material - Ayto de Fuensalida
Tendrán la consideración de gastos cubiertos por la presente convocatoria todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad concedida y se realicen a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta la fecha de plazo para la presentación de las solicitudes. Serán gastos cubiertos por la ayuda todos aquellos materiales de uso escolar destinados principalmente a trabajar y aprender en el aula y que cumplan unos requisitos de seguridad para evitar cualquier peligro (estuches, mochilas, lapiceros, bolígrafos, rotuladores, sacapuntas, goma de borrar, ceras, regla, compás, plastilina, témperas, bloc de dibujo, pinceles, pegamentos, cuadernos, folios, cartulinas, carpetas, fundas de plástico, blocs de papel).
Presentación
Las solicitudes de las Becas Material - Ayto de Fuensalida se formalizarán mediante la cumplimentación de la instancia (Anexo I), junto con la documentación relacionada en la base séptima en el Registro General del Ayuntamiento de Fuensalida, desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en el “Boletín Oficial” de la provincia de Toledo, hasta el 30 de septiembre de 2026. Una vez presentada, de observarse deficiencias en la solicitud formulada o en la documentación que debe adjuntarse, se requerirá al interesado de que proceda a su subsanación en el plazo de diez días hábiles y, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido su petición, previa oportuna resolución emitida al efecto.
Más información
Objeto y finalidad
La presente convocatoria pretende ayudar a las familias de la localidad a costear los gastos en material escolar para el inicio del próximo curso, con el ánimo de conseguir una igualdad social real entre la población. Promueve la promoción local de los establecimientos que se dedican a esta actividad, ayudándoles en su sostenimiento económico.
Criterios de adjudicación
Cuando no exista cuantía suficiente para atender todas las solicitudes, se regirán por los siguientes criterios y asignación de puntos:
Antigüedad en el padrón:
- Tener una antigüedad ininterrumpida en el padrón municipal superior a los quince años por parte del padre/madre o tutor legal del alumno: 15 puntos. (En caso de no autorizar al Ayuntamiento a contrastar datos del padrón se aportará documento acreditativo del padrón municipal).
- Tener una antigüedad ininterrumpida en el padrón municipal superior a los diez años por parte del padre/madre o tutor legal del alumno: 10 puntos. (En caso de no autorizar al Ayuntamiento a contrastar datos del padrón se aportará documento acreditativo del padrón municipal).
- Tener una antigüedad ininterrumpida en el padrón municipal superior a los cinco años por parte del padre/madre o tutor legal del alumno: 5 puntos. (En caso de no autorizar al Ayuntamiento a contrastar datos del padrón se aportará documento acreditativo del padrón municipal).
Condición de familia numerosa:
- Que el menor pertenezca a una familia con la condición de numerosa: 2 puntos. (Para la asignación de estos puntos se aportará documento acreditativo de la condición de pertenencia a familia numerosa).
En caso de empate en la puntuación obtenida se tendrá como criterio de desempate la prelación temporal de las solicitudes presentadas.
Compatibilidad
Las ayudas que, en su caso, se concedan serán compatibles con cualquier otra ayuda, ingreso o recurso que, para los mismos fines, el alumnado perciba de las restantes Administraciones Públicas.
Resolución
Las solicitudes presentadas serán evaluadas por una Comisión constituida al efecto o en su defecto por la Junta de Gobierno Local. La Comisión de Evaluación o en su defecto por la Junta de Gobierno Local, una vez analizadas y valoradas las solicitudes presentadas conjuntamente con sus documentos, formulará la oportuna propuesta de resolución, que será adoptada por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuensalida o por su delegación, por la Junta de Gobierno local de ésta, denegando o concediendo las subvenciones solicitadas y fijando su cuantía.
Justificación y pago
Los conceptos subvencionados deberán justificarse sobre lo estipulado en las presentes bases. En el caso de que importe total de la factura fuera inferior a la subvención concedida, la cantidad a abonar será la indicada en la factura. Una vez valoradas las solicitudes y comprobándose que cumplen con los requisitos estipulados en estas bases, se procederá al ingreso de la subvención mediante trasferencia bancaria al número de cuenta indicado en el Anexo I.
Documentación a adjuntar
- Anexo I debidamente cumplimentado.
- Factura o factura simplificada acreditativa de gasto realizado, no admitiéndose ticket, emitida por un comercio de Fuensalida.
- D.N.I. del padre, madre o tutor legal del menor o menores.
- Fotocopia del libro de familia.
- Fotocopia de la primera hoja de la libreta de ahorros o certificado bancario.
- Certificado de antigüedad en el padrón municipal.
- Fotocopia del documento que acredite pertenecer a familia numerosa.






