Becas Estudio - Ayto San Juan de Aznalfarache
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Becas Estudio - Ayto San Juan de Aznalfarache: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Estudio - Ayto San Juan de Aznalfarache se convocan por dicho ayuntamiento con la finalidad de conceder una cuantía económica a los estudiantes que les ayude a costear los gastos derivados de la compra de material educativo. Estas becas se destinan a los estudiantes de Bachillerato, Ciclo Formativo de Grado Medio y Superior y estudios de Grado Universitario.
Gracias a las Becas Estudio - Ayto San Juan de Aznalfarache, el ayuntamiento pretende propiciar la permanencia en el sistema educativo del alumnado e incentivar el esfuerzo y la capacidad de los mismos, de tal modo que una situación económica desfavorable en las familias no limite las posibilidades formativas de los jóvenes.
Para poder solicitar las becas, los estudiantes deberán estar empadronados en San Juan de aznalfarache y matricularse en uno de los niveles educativos indicados. Además deberán cumplir con el resto de requisitos indicados en la convocatoria.
Los becados gozarán de una cuantía de 150 euros para los alumnos de Bachiller y Ciclos Formativos y 200 euros para los estudiantes universitarios.
Si estás matriculado en uno de los niveles educativos indicados y necesitas una ayuda extra para tus estudios las Becas Estudio - Ayto San Juan de Aznalfarache te pueden interesar. Consulta toda la información sobre las mismas aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- País de origen
- España
- Región de origen
- Andalucía
- Provincia de origen
- Sevilla
- Localidad
- San Juan de Aznalfarache
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales
Para tener obtener la condición de beneficiario/a de la ayuda regulada en la presente convocatoria, será necesario:
- no superar por cada persona de la unidad familiar una renta per cápita anual igual o superior al Indicador de Rentas de Efectos Múltiples anual para el ejercicio 2023(7.200 euros), quedando excluidas de la presente convocatoria aquellas solicitudes que superen la referida cantidad, por lo que no serán baremada.
- Estar empadronado/a en la localidad de San Juan de Aznalfarache
Requisitos específicos
- Enseñanzas de Bachiller, Grado Medio o Superior de Formación Profesional:
- Matriculación:
- Estar matriculado/a en el curso 2023-2024 en Bachiller, en Ciclo Formativo de Grado Medio o Superior de Formación Profesional en MODALIDAD PRESENCIAL.
- Haberse matriculado en el curso completo. Las asignaturas o módulos convalidados o exentos no se tendrán en cuenta a efectos del cumplimiento de éste requisito.
- No será exigible el requisito de matriculación en el curso completo a quienes les reste un número inferior de asignaturas o módulos para finalizar sus estudios.
- Carga lectiva superada:
- Los solicitantes de ayuda de enseñanzas de bachiller, ciclos formativos de grado medio o superior de formación profesional, deberán haber SUPERADO EL 50% DELAS ASIGNATURAS o módulos en que hubieran estado matriculados en el curso 2022/23 que, como mínimo, deberán ser los que se señalan en el párrafo anterior.
- Enseñanzas de Grado Universitario:
- Matriculación:
- Estar matriculado/a en el curso 2023/24 en enseñanzas de Grado de la Universidad de Sevilla o de la Universidad Pablo de Olavide en MODALIDAD PRESENCIAL, en un mínimo de 60 créditos.
- No será exigible el requisito de matriculación en un mínimo de 60 créditos a quienes les reste un número inferior para finalizar sus estudios de grado universitario.
- Carga lectiva superada:
- Haber APROBADO AL MENOS EL 50% DE LOS CRÉDITOS del curso de Grado Universitario realizado en el curso 2022-2023, para estudiantes que renuevan su matriculación.
Dotación
El importe de la ayuda será de 150 € para el alumnado de Bachiller y ciclos formativos degrado medio o superior de formación profesional y de 200 € para el alumnado de universidad.
Si el crédito presupuestario disponible no alcanzara a cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas, se concederán a las solicitudes que hubiesen obtenido mayor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La ayuda será compatible con la percepción de otras subvenciones o ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismo internacionales, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.
Así mismo, la ayuda prevista en estas bases será compatible con la percepción de las ayudas otorgadas por el Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache para favorecer la movilidad de la población que curse estudios de grado medio o superior de formación profesional y estudios de grado universitario fuera de la localidad, en el curso académico 2023/24.
Presentación
Las presentes bases, junto con el modelo de solicitud normalizado (ANEXO 1) para la obtención de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, están disponibles en la web municipal www.sanjuandeaznalfarache.es , en el Servicio de Atención a la Ciudadanía, sito en el Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache, Plaza de la Mujer Trabajadora s/n y en la Casa de las Artes del Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache, sita en Plataforma Coria-Sevilla s/n (Antigua Casa Minas de Cala).
Las solicitudes, que deberán dirigirse a la Alcaldía-Presidencia de San Juan de Aznalfarache, podrán presentarse por cualquiera de las vías establecidas en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas:
- a. Por vía telemática a través de la Sede Electrónica municipal(https://sanjuandeaznalfarache.sedeelectronica.es) donde estará disponible el modelo de solicitud normalizado para la obtención de dichas subvenciones reguladas en la presente convocatoria. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos es necesario disponer de los certificados electrónicos legalmente habilitados.
- b. Las personas físicas podrán presentar su solicitud de modo presencial en el Registro General del Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache.
- c. Através de las oficinas de Correos.
- d. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- e. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- f. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido será causa de inadmisión.
Más información
Baremación
Los solicitantes deberán aportar la documentación referida al nivel de rentas de todos los miembros computables de la unidad familiar, que se acreditará, según sea su caso, mediante:
- Declaración de la renta del ejercicio 2022.
- Certificación de los diferentes organismos y/o empresas de los que se haya recibido retribución, prestación, subsidio, pensión, o cualquier otra clase de contraprestación.
- Documento emitido por el Servicio Andaluz de empleo en el que conste el periodo en situación de demandante de empleo no ocupado del/los sustentadores principales.
Las solicitudes presentadas se baremarán, según renta per cápita, de mayor a menor puntuación, correspondiendo mayor puntuación a la unidad familiar con menos ingresos.
Se baremarán todas aquellas solicitudes que hayan superado la fase de preevaluación.
El orden de prelación entre las solicitudes presentadas a efectos de determinar los beneficiario/as finales de las ayudas solicitadas por quienes cumplan con los requisitos genéricos y específicos establecidos en las bases de la convocatoria, se realizará en función de la renta per cápita.
El orden decreciente de prelación de las solicitudes determinará los beneficiarios finales de la subvención hasta agotar el límite presupuestario.
La baremación de la renta per cápita se realizará de la siguiente forma:
- 1 punto: renta per cápita desde 6.519,59 € hasta 7.200 €.
- 2 puntos: renta per cápita desde 5.519,59 € hasta 6.518,59 €.
- 3 puntos: renta per cápita desde 4.519,59 € hasta 5.518,59 €.
- 4 puntos: renta per cápita desde 3.519,59 € hasta 4.518,59 €.
- 5 puntos: renta per cápita desde 2.519,59 € hasta 3.518,59 €.
- 6 puntos: renta per cápita desde 1.519,59 € hasta 2.518,59 €.
- 7 puntos: renta per cápita desde O € hasta 1.5198, 59 €.
Cálculo de la renta familiar
La ayuda se materializará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el solicitante, por el importe reflejado en la Resolución de concesión. Para poder hacer efectiva la ayuda, EL BENEFICIARIO/A DE LA AYUDA DEBERÁ APARECER COMO TITULAR DE LA CUENTA BANCARIA, y en caso de ser menor de edad,aparecerán también los datos del representante.
Obligaciones de los beneficiarios de la ayuda
- Los beneficiarios de la ayuda regulada en las presentes bases estarán sujetos al régimen de obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede, entendiéndose por tal lamatriculación, ASISTENCIA A CLASE y superación de asignaturas o de créditos.
Enlaces de interés
https://bopsevilla.dipusevilla.es/export/sites/bop/.galleries/Documentos-Anuncios-en-PDF/firmado-1695942123437-final-7d797bc4-1.pdf
Documentación a adjuntar
Se presentará la siguiente documentación:
- a. Solicitud, según modelo normalizado que figura como ANEXO |, suscrita por el estudiante matriculado en Bachiller, Ciclo Formativo de Grado Medio o Superior, o Grado Universitario, o por su representante legal, en caso de ser menor de edad.
- b. D.N.I 0, en su caso NIE del solicitante y de su representante legal en caso de tratarse de un menor de edad.
- c. Documento que acredite la matriculación en Bachiller, Ciclo Formativo de Grado Medio o Superior o Grado Universitario en modalidad PRESENCIAL.
- d. El nivel de rentas de todos los miembros computables de la unidad familiar se acreditará mediante la aportación de la Declaración del IRPF del ejercicio 2022, o bien mediante certificación de los diferentes organismos y/o empresas de los que se haya recibido retribución, prestación, subsidio o pensión, o cualquier otra clase de contraprestación, y si es su caso, documento emitido por el Servicio Andaluz de Empleo en el que conste el periodo en situación de demandante de empleo no ocupado del/los sustentadores principales.
- e. De no haber recibido ningún tipo de ingreso en el ejercicio 2022 se aportará declaración jurada que acredite tal circunstancia. ANEXO II.
- f. Cuando el solicitante de la ayuda sea un extranjero deberá acreditar que reúne las condiciones de residencia establecidas en la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y libertades de los Extranjeros en España y los requisitos establecidos en la presente norma.
- g. Documento que acredite las asignaturas aprobadas o créditos obtenidos en el curso anterior para los estudiantes que renueven matriculación.
- h. Fotocopia del libro de familia.
- i. Certificado expedido por la entidad financiera en la que se encuentre abierta la cuenta donde se ingresaría, en caso de ser concedida, el importe de la ayuda. Dicho certificado deberá reflejar código de banco / caja, código de sucursal, dígito de control y cuenta corriente. El beneficiario/a de la ayuda deberá aparecer como titular de la cuenta bancaria CON SU NÚMERO DE DNI, y en caso de ser menor de edad, aparecerán también los datos del representante. Así mismo se podrá utilizar el "modelo de designación de cuenta bancaria” (ANEXO III) debidamente cumplimentado, FIRMADO Y SELLADO POR LA ENTIDAD BANCARIA.
Toda la documentación se presentará en modelo original o fotocopia de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia. Los participantes en esta convocatoria de ayudas que también hayan presentado solicitud en la convocatoria de Ayudas a la movilidad del Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache para favorecer los estudios de bachiller y universitarios en el curso académico 2023/24, estarán obligados a presentar los documentos específicos para cada una de las líneas de ayuda junto con su solicitud,debiendo presentar la documentación común en sólo una de las líneas de ayuda,debiendo hacer constar dicha circunstancia en el apartado 5 de la solicitud.