Becas Promoción del Talento Ayuntamiento de Santander
INSCRIPCIONES
Becas Promoción del Talento Ayuntamiento de Santander: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Promoción del Talento Ayuntamiento de Santander son una excelente oportunidad para los estudiantes que buscan impulsar su formación académica. Estas becas están diseñadas para ayudar a aquellos que destacan por su rendimiento académico y que cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria.
Para poder acceder a estas ayudas es indispensable contar con un expediente académico con una nota media de al menos 8,5.
El proceso de solicitud de las Becas Promoción del Talento Ayuntamiento de Santander se realiza a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santander. Los estudiantes deben presentar la instancia correspondiente, la matrícula del alumno y un certificado de empadronamiento.
Si el número de solicitudes supera la cantidad de ayudas disponibles, se priorizarán criterios como la excelencia del expediente académico y los ingresos de la unidad familiar.
Las Becas Promoción del Talento Ayuntamiento de Santander son una forma de apoyar el desarrollo educativo de los jóvenes. La convocatoria tiene un enfoque claro en fomentar el talento y la excelencia académica. Para más información sobre las bases y requisitos, puedes consultar nuestra web, ya que aquí te facilitamos todos los datos que necesitas saber para solicitarlas.
Además en nuestra web también encontrarás otras becas y ayudas del Ayuntamiento de Santander.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Región de origen
- Cantabria
- Provincia de origen
- Cantabria
- Localidad
- Santander
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las Becas Promoción del Talento Ayuntamiento de Santander aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Se encuentren empadronados en el Municipio de Santander con un mínimo de antigüedad de dos años inmediatamente anteriores a la solicitud, y que continúen estándolo a la fecha de publicación de las presentes bases de forma ininterrumpida, matriculados en cualquier centro o institución de enseñanza reglada y tengan una nota media en el expediente académico de la especialidad para la que se solicita la subvención, igual o superior a 8,5 sobre 10.
- Los beneficiarios, así como quienes ostenten la patria potestad o guarda legal encaso de que se trate de menores, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos que para obtener tal condición están enumerados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, cuando la cuantía de la subvención no supere los 3.000 euros, así como las de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario que establecen los apartados 2 y 3 del citado artículo 13, podrán ser sustituidas por una declaración responsable.
- El Ayuntamiento de Santander facilitará a los interesados los distintos modelos de declaración que menciona esta base.
Dotación
Las Becas Promoción del Talento Ayuntamiento de Santander otorgarán una dotación económica de un máximo de 500 euros por beneficiario.
Presentación
La presentación de solicitudes y la documentación requerida para las Becas Promoción del Talento Ayuntamiento de Santander se debe realizar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santander, disponible en: https://sede.santander.es/. Además, se pueden tramitar en los lugares mencionados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se priorizará el uso de medios electrónicos.
Más información
Objeto y finalidad de las becas
Los objetivos y efectos que se pretenden con el establecimiento de estas subvenciones son los siguientes:
- Impulsar el interés entre los vecinos de Santander por el estudio y el perfeccionamiento en materia de artes, humanidades y ciencias, o por cualquier otra disciplina reglada, con espíritu de superación personal.
- Fomentar la excelencia en la formación y el estudio, en especial entre los jóvenes, así como el acceso a estudios superiores, de grado o de posgrado u otros estudios superiores reglados.
- Propiciar la integración de los sectores desfavorecidos de población a través del cultivo de actividades culturales y formativas regladas.
- Favorecer el hallazgo de jóvenes talentos o expedientes curriculares destacados fomentando su continuidad formativa.
A través de cada convocatoria de subvenciones, el Ayuntamiento de Santander podrá definir de un modo más concreto o específico el tipo de estudios objeto de la misma.
Criterios objetivos de otorgamiento
Será requisito indispensable para poder obtener la subvención tener un expediente académico con una nota media de, como mínimo, un 8,5 y que cumplan con lo establecido en la base 2ª.
Si el número de solicitudes excediera de la cuantía establecida en la convocatoria correspondiente, serán criterios preferenciales para su otorgamiento, que serán valorados por el órgano colegiado establecido en la base 3.6, los siguientes:
- La excelencia del expediente académico del solicitante, según los baremos a señalar en la respectiva convocatoria.
- Los ingresos de la unidad familiar.
- A través de cada convocatoria, el Ayuntamiento de Santander podrá fijar cuantías máximas o mínimas de las subvenciones a otorgar, así como fijar criterios adicionales o complementarios de los citados y desarrollará todos ellos con una mayor concreción.
Enlaces de interés
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=427613
Documentación a adjuntar
Las solicitudes deben incluir los siguientes documentos:
- Instancia ajustada al modelo proporcionado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentada y firmada.
- Copia de la matrícula del alumno.
- Certificado de empadronamiento, en caso de no consentir que el Ayuntamiento consulte sus datos.
- Certificado emitido por el centro educativo que acredite la nota media numérica correspondiente al curso indicado en la convocatoria. Este certificado no debe contener anotaciones ni correcciones manuscritas.
Cuando existan defectos y omisiones en las solicitudes, o se estime necesario obtener una mayor información del solicitante o el beneficiario, se concederá un plazo no inferior a 10 días a efectos de subsanación, con indicación de que, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en norma reguladora del procedimiento administrativo común.
A través de cada convocatoria, el Ayuntamiento de Santander podrá fijar requisitos adicionales o complementarios de los citados o desarrollar éstos con una mayor concreción.






