Ayuntamiento de Don Benito

Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito

Becas de estudiosBecas de librosBecas de material escolarNo universitarios

INSCRIPCIONES

04/06/202417/06/2024
Finalizada

Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.

Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Don Benito con el propósito de facilitar el desarrollo de estudios desde las edades más tempranas, presenta la convocatoria de las Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito.

Pueden optar a solicitar una de estas becas aquellas familias que cuenten con hijos cursando estudios de Segundo Ciclo de Educación Infantil, que cuenten con empadronamiento en el municipio de Don Benito o en la pedanía de Conquista del Guadiana, y que no cuenten con ingresos económicos suficientes.

Aquellos solicitantes de estas becas que finalmente resulten seleccionados recibirán un cheque con un determinado importe que será utilizado para adquirir tanto los libros como el material escolar necesarios para el normal desarrollo de los estudios de Segundo Ciclo de Educación Infantil.

De este modo, el Ayuntamiento de Don Benito pretende que ningún menor se sea excluido por motivos económicos o sociales.

Para conocer más detalles sobre cómo puedes solicitar una de las Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito, te aconsejamos no abandonar nuestra web, ya que a continuación podrás conocer todos los datos como plazos de presentación de solicitudes, requisitos, lugar de presentación de la solicitud y documentación que se deberá aportar.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
País de origen
  • España
Región de origen
  • Extremadura
Provincia de origen
  • Badajoz
Localidad
Don Benito, Conquista del Guadiana
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

  1. Los requisitos que deben cumplir los beneficiarios de las Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito son los siguientes:
    • a. Ser mayores de edad o que, aún siendo menores de dicha edad, estén emancipados por concesión judicial o de quienes ejercen la patria potestad.
    • b. Estar empadronados y residir legal y efectivamente en la ciudad de Don Benito o en la pedanía de Conquista del Guadiana con una antigüedad de, al menos, 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. Este requisito será también exigible al menor por el que se solicite la ayuda.
    • c. Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se procederá a la suma de todos los ingresos netos computables de la unidad de convivencia obtenidos en los 3 meses anteriores al de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda para ayudas de libros y material escolar 2.º Ciclo Curso 2024/2025 y se dividirá por 3, considerándose que existen rentas o ingresos suficientes cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores al 120% del importe mensual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), referido a 14 pagas, incrementándose en un 8% por cada miembro de la unidad de convivencia. En aquellas unidades de convivencia en la que haya algún miembro con una discapacidad en grado igual o superior al 65% o tuvieran reconocida la situación de dependencia, con independencia del grado y nivel, se incrementará un 10% por cada miembro de la unidad de convivencia. Asimismo, si la persona solicitante miembro de la unidad de convivencia o en su caso, otra persona integrante de la unidad familiar, estuviera abonando un préstamo hipotecario o alquiler sobre la vivienda habitual de residencia, a fin de determinar la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar se deducirá su importe mensual sobre el total de los ingresos de la unidad familiar, hasta un máximo del 50% del IPREM mensual, referido a 14 pagas, 350,00 euros en 2024.
    • d. Se entiende por vivienda habitual aquella que constituya la residencia de la unidad de convivencia y sea coincidente con el domicilio al que se refiere la facturación del suministro, independientemente del título en virtud del cual se habite la misma, siempre que quede acreditada la legalidad de dicho título.
  2. Cuando alguno de los progenitores del causante no esté empadronado con él en el mismo domicilio y no exista una atribución de la guarda y custodia al otro progenitor, deberán tenerse en cuenta los ingresos de ambos progenitores, a efectos de determinar la carencia de rentas o ingresos suficientes.
  3. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad familiar de convivencia:
    • a. La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal, establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
    • b. La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de esa edad y que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65%.
    • c. Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las administraciones públicas.
    • d. Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por asistencia a acciones de formación ocupacional.
    • e. Las ayudas económicas para suministros mínimos vitales concedidas por una Administración Pública.
    • f. Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias.
  4. No podrán concederse estas ayudas a quienes las soliciten por un causante que haya persistido en una situación absentismo escolar durante el curso escolar anterior a la solicitud de ayuda o sean progenitores o tutores de otro alumno absentista en ese mismo curso.
  5. Todos los requisitos deben concurrir en el momento de presentación de la solicitud de ayuda. El requisito establecido en la letra b) del punto 1 del artículo anterior deberá mantenerse durante todo el curso académico, salvo en caso justificado de traslado del causante a un centro escolar de otro municipio durante el curso.
  6. La concesión de estas ayudas es incompatible con la percepción de otras prestaciones, subvenciones o ayudas públicas o privadas que tengan la misma finalidad.

Dotación

La dotación otorgada a través de las Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito será de 175,00 euros por cada causante y se abonará, previo endoso, directamente a la empresa donde se hayan adquirido los libros de texto y/o el material escolar, que deberá tener establecimiento comercial en la ciudad de Don Benito.

Presentación

Las solicitudes de las Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito se presentarán en el registro del Ayuntamiento de Don Benito o a través de cualquiera de las formas prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Objeto

Conceder ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar para alumnos de 2.º Ciclo de Educación Infantil para el curso académico 2024/2025.

Criterios de valoración determinación de la concesión de las ayudas

  1. Las ayudas reguladas en estas bases se concederán en régimen de concurrencia competitiva hasta agotar el crédito presupuestario disponible.
  2. La prioridad de los solicitantes vendrá dada por el resultado redondeado a cuatro decimales derivado de la aplicación de la aplicación de la siguiente fórmula: 10 – IUFC / CLIUFC.
    • Siendo:
      • IUFC: Ingresos en euros de la unidad familiar de convivencia en el año 2023.
      • CLIUFC: Cuantía en euros del límite máximo de ingresos anuales de la unidad familiar de convivencia que permite el acceso a la ayuda, según dispuesto en el artículo 4 y 5 de estas bases.
  3. Las ayudas se concederán a los solicitantes que obtengan la mayor puntuación de entre los que hubieran acreditado cumplir todos los requisitos necesarios para ser beneficiarios. Se resolverán favorablemente un máximo de 120 solicitudes de ayuda.
  4. Si, una vez ordenadas en orden decreciente de puntuación las solicitudes, hubiera una o más solicitudes empatadas con la misma puntuación que la que ocupe el número 120 en la ordenación, se procederá a desempatar entre ellas para determinar las que serán resueltas favorablemente tomando como criterio de desempate en primer lugar, los ingresos de la unidad familiar de convivencia en 2023, primando los menores ingresos por miembro; de continuar el empate, se primará a quienes estén haciendo frente al pago hipotecario o alquiler de vivienda habitual y, de persistir algún empate, se tendrá en cuenta la fecha y el número de registro de entrada de la solicitud, primando las solicitudes que hayan sido presentadas con anterioridad.

Enlaces de interés

Puedes conocer las bases de la convocatoria de estas becas en este enlace.

Documentación a adjuntar

  1. Los solicitantes deberán aportar copia compulsada de los siguientes documentos, referidos a todos los miembros de la unidad familiar de convivencia, en caso de oponerse expresamente a que puedan ser consultados o recabados por parte del Ayuntamiento de Don Benito:
    • a. DNI/NIE en vigor de los ciudadanos españoles mayores de 14 años.
    • b. Documento de identidad o pasaporte en vigor de su Estado acompañado del certificado de inscripción en el registro de ciudadanos de la Unión, en el caso de ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea.
    • c. Tarjeta de residencia en vigor, en el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte dela Unión Europea.
    • d. Certificado del grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • e. Certificado de empadronamiento colectivo histórico o con fechas.
    • f. Declaración de la renta del ejercicio 2023 de todos los miembros de la unidad familiar de convivencia. En el caso de no haber presentado declaración de renta y no se estuviera obligado a presentarla, se deberá aportar un certificado de las imputaciones que constan en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
    • g. Certificado o informe del centro educativo correspondiente que acredite que el causante y el resto de menores en edad escolar a cargo del solicitante no han persistido en una situación de absentismo escolar durante el curso académico anterior.
  2. Con carácter excepcional, en el caso de personas que hubiesen estado incluidas en algún momento del ejercicio 2023 en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, deberá aportarse, en todo caso, la declaración de la renta de ese ejercicio, sin que pueda sustituirse por la autorización para su consulta por parte del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito.
  3. En todo caso deberá aportarse la factura proforma de los libros de texto y/o material escolar y copia compulsada del libro de familia o certificado literal de nacimiento del causante y justificante de matriculación preinscripción del mismo en un centro educativo de Don Benito para el curso académico 2024/2025. En caso de matriculación en segundo o tercer curso del segundo ciclo de Educación Infantil se aportará, además informe o certificado de escolarización emitido por el centro educativo correspondiente que indique que el alumno no ha sido absentista durante el curso académico 2023/2024.
  4. En caso de que el causante esté bajo la guarda y custodia de uno solo de sus progenitores, deberá aportarse copia compulsada del documento judicial en el que se atribuya la guarda y custodia. En los casos de separación judicial o divorcio de los progenitores se aportará copia compulsada de la sentencia judicial y del convenio regulador sellado por el Juzgado.
  5. Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un préstamo hipotecario sobre la vivienda habitual, deberá aportarse fotocopia compulsada del contrato de préstamo (o certificado emitido por la entidad financiera) y de los recibos de pago de los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
  6. Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un alquiler sobre la vivienda habitual,deberá aportarse fotocopia compulsada del contrato de alquiler y de los recibos de pago de los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Ayuntamiento de Don Benito con el propósito de facilitar el desarrollo de estudios desde las edades más tempranas, presenta la convocatoria de las Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito" es: desde 04/06/2024 hasta 17/06/2024.

La Beca "Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Libros de Texto y Material Escolar Ayto. de Don Benito" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes