Ayuntamiento de Ciudad Real

Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real

Becas de estudiosBecas de material escolarNo universitarios

INSCRIPCIONES

01/07/202431/07/2024
Finalizada

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Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Ciudad Real, consciente de las dificultades por las que pasan las familias para sufragar los gastos de los jóvenes estudiantes, convoca las Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real.

Gracias a estas becas, las familias recibirán una cuantía económica que sin duda les será de gran ayuda.

Las Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real van dirigidas a las familias empadronadas en Ciudad Real. Estas familias deberán  tener hijos escolarizados Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional del Sistema Educativo que se detallan.

Las cuantías que se repartirán a los beneficiarios de estas becas, dependerán del tipo de ayuda, que se asignarán en función del número de solicitantes y de los ingresos de la unidad familiar. Estas becas dotarán de mayores cuantías a las familias que más lo necesiten.

Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados.

Consulta en nuestra web todo lo que necesitas para solicitar una de las Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real. Aquí te facilitamos los requisitos, plazo y otra información de interés.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Artes plásticas y Diseño
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
Región de origen
  • Castilla La Mancha
Provincia de origen
  • Ciudad Real
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Destinatarios y requisitos de las Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real

Familias empadronadas en Ciudad Real:

  • Con hijas/hijos menores de 18 años cursando estudios en centros de Ciudad Real (Anejos incluidos), en las enseñanzas regladas no universitarias enumeradas en el apartado 4.1.1.-de esta Convocatoria.
  • También pueden solicitar estas ayudas aquellas personas estudiantes y menores de 18 años, que estando empadronadas en Ciudad Real, estudian fuera de la localidad por no existir esos estudios en el municipio.

Requisitos básicos y documentación

  • Qué la persona menor para quien se solicita la ayuda esté empadronada con al menos una de las personas progenitoras, madre, padre, tutor o tutora, según proceda.
  • Documentación que deberá aportar:
    • Fotocopia del DNI, NIE o documento identificativo equivalente.
    • Anexo I.

Dotación

Se establecen tres tipos de Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real, que corresponden a diferentes cuantías, y serán asignadas en función del número de solicitantes y de los ingresos de la unidad familiar:

  • TIPO A: AYUDA MÁXIMA 150 €.
  • TIPO B: AYUDA MEDIA 100 €.
  • TIPO C: AYUDA MÍNIMA 80 €.

Se podrá conceder una ayuda por hija y/o hijo sin que en ningún caso la cuantía de las ayudas por unidad familiar pueda superar los 750,00 euros. El total máximo de ayudas individuales que se podrán conceder estará en función del número de solicitudes presentadas dentro de los baremos establecidos y de la cuantía de becas que se den por cada tipo de ayuda.

Presentación

  1. Se presentará una única solicitud para las Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real, por unidad familiar. Modelo adjunto (Anexo I).
  2.  La solicitud se podrá obtener en la Concejalía de Educación o descargar de la página del Ayuntamiento. www.ciudadreal.es
  3. En ella se incluirán todos los miembros de la unidad familiar para los que se solicita ayuda con especificación de los estudios que, en cada caso, vayan a cursar en el año académico 2024/2025.
  4. Deberá cumplimentar todos los apartados contenidos en la solicitud, entendiéndose que los datos aportados son verdaderos. La omisión o falsedad de datos producirá su desestimación.
  5. Aquellos datos que no hayan podido cotejarse con las Administraciones y Entidades responsables, y sean obligatorios para la baremación, serán aportados por la persona solicitante cuando lo exija la Comisión evaluadora.
  6. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Ciudad Real de manera presencial o bien a través de la sede electrónica:https://www.ciudadreal.es/sede-electronica.html
  7. En la solicitud deberán constar los datos personales de los padres, madres o tutores, tutoras legales del alumnado para el que se solicita la ayuda, y que será la persona a quién en caso de concederse, se hará la entregará posterior del cheque– material escolar, correspondiéndose aquél con el DNI, NIE o documento identificativo equivalente en vigor de la persona que presenta la solicitud.

Más información

Criterios de valoración

  1. Las solicitudes presentadas serán valoradas por el órgano colegiado atendiendo al criterio único de ingresos de la unidad familiar basado en los datos aportados por las personas interesadas en la solicitud anexa. La falsedad en la cumplimentación de cualquier documento solicitado o dato requerido en la solicitud, o su no presentación, reportará automáticamente la exclusión en el presente proceso selectivo.
  2. A efectos de cómputo económico se valorarán los ingresos del conjunto de la unidad familiar, obtenidos en el mes de mayo del ejercicio 2024, que deberán ser iguales o inferiores a los que establece la siguiente TABLA (A la espera de que se publiquen los Presupuestos Generales del Estado para 2024 el IPREM seguirá congelado con los valores registrados en 2023. Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado Para el año 2023. https://www.boe.es/eli/es/l/2022/12/23/31): ** consultar tabla en la convocatoria.
  3. Se otorgará una puntuación en función del umbral en el que se encuentren los valores de cada unidad familiar con el siguiente criterio:
    • UMBRAL 1: 8 puntos.
    • UMBRAL 2: 4 puntos.
    • UMBRAL 3: 2 puntos.
    • En caso de empate a puntos, se considerarán en primer lugar aquellas solicitudes en las que la renta per cápita de la unidad familiar sea menor.

Régimen de compatibilidades

Esta beca será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. La persona beneficiaria informará al órgano concedente de la obtención de otros recursos en la solicitud.

Resolución

Una vez resueltas las alegaciones, si las hubiere, el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva en la que se expresarán las personas solicitantes para las que se propone la concesión de subvenciones y su cuantía y se elevará a la Junta de Gobierno Local para su aprobación como propuesta definitiva de beneficiarios.

En la Resolución de concesión deberán quedar claramente identificados los compromisos asumidos por los beneficiarios. Cuando el importe de la subvención y su percepción dependan de la realización por parte del beneficiario de una actividad propuesta por él mismo, deberá quedar claramente identificada tal propuesta o el documento donde se formuló.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de 6 meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. El vencimiento de este plazo sin haberse notificado la Resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Pago de la beca

La beca se hará efectiva en un único pago mediante un CHEQUE – MATERIAL ESCOLAR tras la notificación de la resolución definitiva de la convocatoria, siempre y cuando los certificados de estar al corriente con sus obligaciones con la hacienda estatal, local y Seguridad Social de los miembros computables de la unidad familiar sean positivos.

Plazo y forma de justificación

La familia beneficiaria deberá presentar los CHEQUES – MATERIAL ESCOLAR en las Entidades colaboradoras que haya elegido en su formulario de solicitud y se les hayan asignado posteriormente.

El incumplimiento del procedimiento que se expresa en estas bases para canjear los CHEQUES – MATERIAL ESCOLAR, llevará aparejado el reintegro (devolución del CHEQUE) en las condiciones previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

La justificación de las cuantías concedidas a cada familia la realizarán las Entidades colaboradoras, mediante albarán y factura en la que deberán reflejar todos los conceptos y su correspondiente gasto, en la forma y plazo que se estipulará en el acuerdo firmado al efecto.

Los beneficiarios deberán canjear los vales únicamente en las Entidades colaboradoras que hayan firmado el convenio con el Ayuntamiento y, solamente, podrán obtener material escolar y material deportivo básico escolar. Deberán hacerlo en el establecimiento adjudicado, según su elección. 16.5 Una vez retirado el CHEQUE – MATERIAL ESCOLAR no podrá ser sustituido por otro en los casos de pérdida o sustracción.

Enlaces de interés

https://www.ciudadreal.es/documentos/educa/2024/material/CONVOCATORIA_2024_MAT_ESC.pdf

Documentación a adjuntar

  • Justificante de ingresos económicos referidos a la unidad familiar.
  • Si son personas trabajadoras por cuenta propia (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos): copia de la declaración trimestral (Modelo 130). Si no presentaran este modelo deberán incluir Declaración de la Renta del 2024.
  • Si son personas trabajadoras por cuenta ajena: copia de la última nómina.
  • En caso de personas desempleadas: certificado actualizado emitido por la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite situación de la demanda y Certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo indicando, en su caso, las cuantías de éstos. 6.4.5 En caso de percibir prestaciones (por Jubilación, Invalidez, Incapacidad Temporal, pensiones, ERTE, etc.) u otros ingresos: certificado expedido por la Seguridad Social u organismo competente en el que se indique la cantidad que se percibe, o documento oficial que así lo acredite.
  • Justificante de gastos por arrendamiento o amortización de vivienda, siempre que esta sea la vivienda habitual de la unidad familiar.
  • Cualquier otra documentación que esté relacionada con un baremo económico.
  • Certificado de no cobrar prestaciones.

El hecho de cumplir con todos los requisitos generales enumerados en este apartado no supone, por sí solo, derecho a la obtención de la ayuda. Para ello se establecerá un orden por puntos, adjudicando ayudas hasta agotar el presupuesto total que asciende a 170.000,00 €.


Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real

El Ayuntamiento de Ciudad Real, consciente de las dificultades por las que pasan las familias para sufragar los gastos de los jóvenes estudiantes, convoca las Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real" es: desde 01/07/2024 hasta 31/07/2024.

La Beca "Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Material Escolar - Ayto de Ciudad Real" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes