Ayuntamiento de Catarroja

Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja

Becas de estudiosNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio16/07/2025 Fin30/07/2025
Finalizada

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Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja se destinan a ofrecer una ayuda para las familias que tengan niños de entre 0 y 2 años escolarizados en primer ciclo de educación infantil que se encuentren empadronados en el municipio de Catarroja. El empadronamiento deberá tener una antigüedad desde el 1 de enero del año de la presente convocatoria y además, se debe mantener todo el curso.

Las Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja ofrecerán una cuantía económica mensual. Gracias a estas becas las familias podrán verse beneficiadas con una dotación que sin duda les servirá para afrontar los múltiples gastos derivados de la matriculación de sus hijos menores en los centros escolares. 

Los beneficiarios por su parte, deberán cumplir con una serie de obligaciones como son notificar si el menor dejase de utilizar el servicio o comunicar si son beneficiarios de otras subvenciones.

Estas becas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones con el mismo fin siempre que la suma de las mismas no supere el coste de los gastos del Centro de Educación Infantil.

En nuestra web podrás encontrar toda la información que necesitas si estás interesado en solicitar una de las Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja. Consulta aquí requisitos, plazos, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primer ciclo de educación infantil
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Provincia de origen
  • Valencia
Localidad
Catarroja
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España

Requisitos

Los requisitos para ser beneficiario de las Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja son los siguientes:

  • a. Haber nacido con anterioridad al 31 de diciembre de 2025. Excepcionalmente, se podrá considerar a aquel alumnado que, habiendo superado esta edad, no se encuentre en situación de promocionar al segundo ciclo de Educación Infantil, circunstancia que se acreditará con el preceptivo informe según la normativa vigente en materia de inclusión educativa.
  • b. Estar matriculado, en el curso escolar 2025-2026, en el primer ciclo de Educación Infantil, en un centro de la Comunidad Valenciana, y que este cumpla con lo previsto en la resolución de bases y en la convocatoria.
  • c. Presentar, en la forma y en los plazos establecidos para ello, la solicitud de ayuda y la documentación determinada en estas bases y, en su caso, en la convocatoria.
  • d. No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • e. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo del curso 2025-2026.

Dotación

  • Las Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja otorgarán una dotación económica mensual a los candidatos que resulten seleccionados.

Presentación

  • La solicitud y documentación indicada para las Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja se presentarán según las instrucciones facilitadas por la unidad administrativa gestora y el manual de ayuda disponible en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, en el siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/centros-docentes/ayudas/subvenciones/educacion-infantil-primer-ciclo.
  • Para presentar la solicitud será necesario un código de matrícula y el número SIP de la Comunidad Valenciana del alumno o alumna para quien se solicita la ayuda. El centro facilitará a la persona responsable legal del alumno o alumna el código de matrícula que se obtendrá al realizar la matrícula en el centro.

Más información

Destinatarios

Podrán solicitar las ayudas las personas responsables legales del alumnado de 0 a 3 años matriculado en centros autorizados de la Comunidad Valenciana que no dispongan de los medios o conocimientos suficientes para relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración y no puedan presentar la solicitud por estos medios.

Enlaces de interés

https://acortar.link/j3l47V

Documentación a adjuntar

Se debe proporcionar la siguiente documentación junto con la solicitud:

  • Documentación oficial acreditativa de la fecha de nacimiento del alumno para el que se solicita la ayuda.
  • Tarjeta SIP (Sistema de Información de Población) del estudiante para el que se solicita la ayuda emitida en la Comunidad Valenciana.
  • Los estudiantes que no están en una situación de promoción en el segundo ciclo de Educación Infantil deben proporcionar una resolución de relajación al comienzo del segundo ciclo de Educación de la Primera Infancia.
  • En caso de presentar la solicitud no telemática, también se adjuntará el DNI, NIE o pasaporte en vigor (extranjeros individuales sin NIE) del padre, madre o tutor legal que aparezca como solicitante. Esta documentación será presentada en el centro.- Autorización expresa del solicitante a la tramitación de la solicitud por medios telemáticos a través del representante del centro.
  • Solicitud de ayudas para la escolarización de estudiantes de 0 a 3 años en centros privados autorizados en la Comunidad Valenciana, debidamente firmadas por el solicitante.

En los casos establecidos en el décimo apartado 4 de la Resolución de bases, la solicitud presentada fuera de estos plazos se adjuntará a la documentación acreditativa de la supuesta causa, así como a la justificación de la imposibilidad de presentar la solicitud dentro del plazo establecido. La documentación justificativa que se debe proporcionar en cada caso es la siguiente:

  • Los estudiantes nacidos en 2025, una vez vencido el plazo de presentación de solicitudes: documentación oficial que acredita la fecha de nacimiento del estudiante para el que se solicita la ayuda.
  • Estudiantes en albergue familiar o residencial o tutela con fines de adopción: resolución del Ministerio responsable de la materia.
  • Estudiantes desplazados bajo protección temporal: resolución de protección temporal del Ministerio del Interior.
  • Estudiantes o representantes legales víctimas del terrorismo: documentación justificativa que justifique esta condición de conformidad con la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo.
  • Estudiantes cuyo representante legal sea víctima de violencia de género: orden de protección a favor de la víctima, o, en su caso, de la condena definitiva por actos que constituyan violencia de género en los que se acuerden las medidas de protección a favor de la víctima que estén vigentes durante la tramitación de la ayuda.
Excepcionalmente, esta situación podrá acreditarse con el informe del Ministerio Público indicando la existencia de indicios de que el demandante es víctima de violencia de género mientras que la orden de protección o la presentación del certificado acredita la atención especializada por parte de un organismo público responsable de la violencia contra la mujer, actualizado en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Además, en los casos en que el solicitante no tenga un título habilitador de carácter judicial, podrá acreditar su condición de víctima de violencia de género mediante la presentación del modelo oficial de acreditación administrativa de la situación de violencia de género, aprobado por Resolución de 2 de diciembre de 2021 de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, que publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial sobre Violencia de Género.

  • Estudiantes afectados por el desalojo familiar u otras situaciones graves de exclusión social acreditada: informe social emitido por el organismo o entidad responsable de la materia.
  • Para el traslado de residencia de la unidad familiar derivada de la movilidad de cualquiera de los personas jurídicas responsables: certificado de inscripción del estudiante o estudiante beneficiario de la ayuda.
  • Mediante la agrupación de la unidad familiar en la misma localidad que implica la necesidad de solicitar un cambio de centro: documentación acreditativa de la presunta causa.
  • Debido a una situación de discapacidad que ha ocurrido por cualquiera de los miembros de la unidad familiar igual o superior al 33%: certificado de discapacidad.
  • Incorporación al mundo del trabajo, una vez vencido el plazo de presentación de solicitudes, de cualquiera de las personas jurídicas responsables: contrato de trabajo firmado después del final del plazo de presentación de solicitudes.
  • En situaciones de emergencia para garantizar la atención socioeducativa de los alumnos afectados: documentación oficial que demuestre la existencia de la emergencia.
  • Estudiantes matriculados en una plaza escolar en un aula subvencionada en una guardería municipal: certificado de licencia en la escuela de guardería de origen.
Aquellos que no tengan medios o conocimientos suficientes para interactuar a través de medios electrónicos con la Administración, podrán presentar la solicitud (anexo I), en el registro del Ministerio de Educación, Cultura, Universidades y Empleo o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de Administraciones Públicas.

O, a través de procedimientos telemáticos del Ministerio de Educación, Cultura, Universidades y Empleo.

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Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja

Las Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja se destinan a ofrecer una ayuda para las familias que tengan niños de entre 0 y 2 años escolarizados en primer ciclo de educación infantil que se encuentren empadronados en el municipio de Catarroja. El empadronamiento deberá tener una antigüedad desde el 1 de enero del año de la presente convocatoria y además, se debe mantener todo el curso.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja" es: desde 16/07/2025 hasta 30/07/2025.

La Beca "Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Primer ciclo de educación infantil

La Beca "Becas Primer Ciclo Infantil Ayuntamiento de Catarroja" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios