MEC

Becas Recuperación de pueblos abandonados

Becas de estudiosBecas de movilidadBecas para actividades extraescolaresNo universitarios

INSCRIPCIONES

24/03/202508/04/2025
Finalizada

Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.

Becas Recuperación de pueblos abandonados: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Recuperación de pueblos abandonados convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, están orientadas para llevar a cabo un acercamiento a los jóvenes, que en su mayoría proceden de un entrono urbano, al ámbito rural.

Mediante estas becas, los beneficiarios tendrán la oportunidad de visitar tres pueblos que se consideran abandonados por la baja población allí existentes. La actividad se desarrolla en los pueblos de Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara).

Estas ayudas permiten a los beneficiarios de las mismas desarrollar distintos trabajos en ámbitos tan importantes como el medio ambiente, destacando la importancia de éste en la vida de las personas y de la sociedad, realizando para ellos tareas para evitar su deterioro.

Por tanto, mediante las Becas Recuperación de pueblos abandonados los alumnos tendrán la oportunidad de convivir con otros compañeros en un ambiente rural, que en muchas ocasiones es totalmente desconocido para ellos, a la vez que aprenden importantes valores medioambientales y toman conciencia de la importancia de la naturaleza.

Si deseas vivir una experiencia única en un ambiente muy distinto al habitual y en pleno contacto con la naturaleza, no debes perder la oportunidad que te ofrecen las Becas Recuperación de pueblos abandonados. Aquí, te facilitamos toda la información que puedas necesitar si deseas ser uno de los alumnos seleccionados.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • ESO
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
País de destino
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrán participar en esta convocatoria de Becas Recuperación de pueblos abandonados, los alumnos de centros educativos españoles sostenidos con fondos públicos o alumnos de Secciones españolas o Secciones bilingües en centros de otros países miembros de la Unión Europea, que cursen alguna de las siguientes enseñanzas o sus equivalentes en otros estados: 3º y 4º de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica. En cualquier caso, la edad máxima para la participación será de 17 años cumplidos en el año de la convocatoria. Con objeto de enriquecer el programa con otras aportaciones culturales, se reserva un 4% del cupo de plazas establecido por la convocatoria al alumnado de las secciones anteriormente citadas.

Dotación

Las Becas Recuperación de pueblos abandonados tendrán la siguiente distribución:

PUEBLOS ABANDONADOS DE GRANADILLA (CÁCERES) Y UMBRALEJO (GUADALAJARA)

  • Se convocan para su concesión en régimen de concurrencia competitiva ayudas para un máximo de 400 estudiantes de centros educativos españoles sostenidos con fondos públicos y estudiantes de Secciones españolas y Secciones bilingües de centros de la Unión Europea para la participación en la actividad de “Recuperación y utilización educativa de los pueblos abandonados” en Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara), durante cuatro semanas, comprendidos entre el día 29 de junio y el día 26 de julio de 2025. La oferta de plazas de estudiantes disponibles por semana se distribuye de la siguiente forma: Granadilla 50 y Umbralejo 50, resultando un total de 200 estudiantes en Granadilla y 200 en Umbralejo. La duración será de siete días, de domingo por la tarde a sábado por la mañana.
  • Se atenderán los gastos de desarrollo del programa incluido el seguro de accidentes y responsabilidad civil para el alumnado y personal organizador, así como el transporte en autobús de ida y vuelta desde la estación de ferrocarril o autobuses de Plasencia (Cáceres), en el caso de Granadilla, y de Guadalajara, en el caso de Umbralejo.
  • El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta el punto de recogida establecido por el pueblo asignado y viceversa, no está incluido en las ayudas y correrá a cargo de los interesados.

PUEBLO ABANDONADO DE BÚBAL (HUESCA)

  • Se convocan para su concesión en régimen de concurrencia competitiva ayudas para un máximo de 100 estudiantes de centros educativos españoles y estudiantes de Secciones españolas y Secciones bilingües de centros de la Unión Europea para la participación en la actividad de “Recuperación y utilización educativa de los pueblos abandonados” en Búbal (Huesca), durante dos semanas, comprendidos entre el día 13 y el 26 de julio de 2025. La oferta de plazas de estudiantes disponibles por semana es de 50 estudiantes, resultando un total de 100. La duración será de siete días, de domingo por la tarde a sábado por la mañana.
  • Se atenderán los gastos de desarrollo del programa incluido el seguro de accidentes y responsabilidad civil para el alumnado y personal organizador, así como el transporte en autobús de ida y vuelta desde la estación de ferrocarril o autobuses de Sabiñánigo a Búbal.
  • El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta el punto de recogida establecido (Sabiñánigo), y viceversa, no está incluido en las ayudas y correrá a cargo de los interesados.

Estas ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.322L.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado, a través de un encargo a empresa considerada medio propio instrumental de la Administración, por un importe máximo de 84.402,44 euros.

Presentación

Las solicitudes de las Becas Recuperación de pueblos abandonados serán presentadas por el padre/madre/tutor legal del estudiante que desee participar en el programa, dirigidas a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, siguiendo la ruta que se indica a continuación: https://sede.educacion.gob.es/

Al tratarse de estudiantes menores de 18 años, una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada la documentación, el padre/madre/tutor legal la confirmará en la sede electrónica y enviará por esta vía, quedando así presentada a todos los efectos en el registro del Ministerio de Educación y Formación Profesional (c/ Los Madrazo, 15‐17, 28014 Madrid), pudiendo utilizarse también cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

Más información

Baremación

Para la formulación de la propuesta de adjudicación, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de baremación, que se aplicarán con transparencia y objetividad en una única fase de valoración:

  • a. Criterio de carácter económico: hasta 7 puntos.
    • Quienes, por su renta, no superen el umbral 1 establecido en la presente convocatoria: 7,00 puntos.
    • Quienes, por su renta, superen el umbral 1 y no superen el umbral 2 establecido en la presente convocatoria: 6,00 puntos.
    • Quienes, por su renta, superen el umbral 2 y no superen el umbral 3 establecido en la presente convocatoria: 5,00 puntos.
    • Quienes, por su renta, superen el umbral 3 y no superen el umbral 4 establecido en la presente convocatoria: 4,00 puntos.
    • Quienes, por su renta, superen el umbral 4 y no superen el umbral 5 establecido en la presente convocatoria: 3,00 puntos.
    • Quienes, por su renta, superen el umbral 5 y no superen el umbral 6 establecido en la presente convocatoria: 2,00 puntos.
    • Quienes, por su renta, superen el umbral 6 y no superen el umbral 7 establecido en la presente convocatoria: 1,00 punto.
    • Quienes superen el umbral 7 establecido en la presente convocatoria o no autoricen su consulta: 0,00 puntos.
  • b. Municipio del centro educativo del estudiante: hasta 4 puntos.
    • Municipios de hasta 5.000 habitantes: 2,00 puntos.
    • Municipios de entre 5.001 y 10.000 habitantes: 1,00 punto.
    • Municipios gravemente afectados por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024: 1,00 punto.
  • c. Participación anterior en el programa: hasta 2 puntos.
    • No haber participado anteriormente en el programa o haber participado con anterioridad al 2023: 2,00 puntos.
    • Haber participado en 2023: 1,00 punto.
    • Haber participado en 2024: 0,00 puntos.
  • d. Informe firmado por el tutor/a del centro educativo del estudiante y con el visto bueno del representante legal del centro (Anexo IV): hasta 2 puntos.
    • Por estar en situación de desventaja social: 1 punto.
    • Por estar en situación de desventaja educativa: 1 punto.

Las solicitudes se ordenarán según la puntuación obtenida en la valoración realizada por el Jurado en aplicación de los criterios de baremación establecidos en la presente convocatoria. Las plazas se concederán atendiendo a la puntuación obtenida, de acuerdo con las preferencias solicitadas y en función de la disponibilidad.

En el caso de que no haya suficientes solicitudes de una determinada semana y pueblo, las plazas podrán ser ocupadas por estudiantes que estén en lista de reserva y que hayan solicitado la misma semana y pueblo siguiendo el orden de valoración asignado por el Jurado en aplicación de los criterios de baremación.

Las plazas no concedidas de las Secciones españolas y Secciones bilingües por falta de solicitudes admitidas pasarán al cupo general.

En el supuesto de que se produjera algún empate en la puntuación final de las solicitudes, se seleccionará aquella solicitud que obtenga la mejor puntuación de acuerdo con los criterios de evaluación priorizados en el siguiente orden: c, a, d, b. En caso de persistir el empate, tendrá preferencia la solicitud antes presentada.

El Jurado emitirá un informe con el resultado de la baremación de las solicitudes.

Obligaciones de los beneficiarios y justificación de las ayudas

Los coordinadores de los pueblos, a través de las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla‐La Mancha y Extremadura, y en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad, remitirán al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (Subdirección General de Centros y Programas), la siguiente documentación:

  • Relación certificada del alumnado participante en la actividad.
  • Memoria final de la actividad que contenga los siguientes aspectos:
    • Infraestructura.
    • Personal.
    • Inventario general.
    • Evaluación y seguimiento de la experiencia: revisión, análisis y valoración del programa. Resultado de los instrumentos de evaluación cumplimentados por los participantes y el equipo del pueblo.
    • Actualización y propuestas de mejora.

Incompatibilidades

Con carácter general, las ayudas convocadas por esta resolución son incompatibles con cualesquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibirse de otras entidades o personas públicas o privadas.

Documentación a adjuntar

La solicitud estará compuesta por la siguiente documentación:

  • Formulario oficial de la solicitud que habrá de cumplimentarse en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (https://sede.educacion.gob.es) debidamente firmado por el padre/madre/tutor del estudiante que acredita:
    • los datos identificativos del padre/madre/tutor legal.
    • los datos identificativos de estudiante que participará en el programa.
    • los datos del centro en el que está matriculado.
    • los datos de renta de los progenitores, que se obtendrán de forma automática, tras autorización.
    • los datos de participación anterior en el programa.
    • los datos referidos a la preferencia de participación
    • los datos de interés médico para la participación (alergias, medicaciones, etc.)
    • el consentimiento para que el estudiante abandone el programa, en caso de que por alguna incidencia se interrumpa el mismo antes de la fecha prevista
    • la autorización familiar de la participación, de acuerdo con el Anexo II.
    • la autorización, en su caso, de la cesión de imágenes con fines exclusivamente educativos, con motivo de su participación en el programa.
  • En casos excepcionales, y solo cuando ello proceda debido a alguna característica relevante y acreditada de desventaja social o educativa personal, informe firmado por el tutor/a del centro educativo del estudiante con el visto bueno del representante legal del centro educativo, de acuerdo con el Anexo IV.

Los progenitores autorizarán a este ministerio, mediante consignación en la solicitud electrónica y aportación de documento de autorización, según Anexo III, a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de la renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de ayuda. En caso de no autorizar, deberán aportar la documentación precisa para la acreditación de los datos de la renta. La ausencia de esta autorización o documentación, que imposibilita la comprobación de esta información, dará lugar a la asignación de 0 puntos en el baremo asociado a la renta familiar.

A los efectos establecidos en los apartados anteriores, tanto el interesado como sus progenitores consignarán en la solicitud, además del número, el IDESP o IXEPS del NIF o NIE y la fecha de caducidad del documento de todos ellos.

Únicamente se presentará una solicitud por estudiante y en ella se especificará el número de semana y el pueblo que se solicita, y en el caso de estar interesado en más de un pueblo o semana, se reseñará el orden de preferencia. Solo se adjudicará una ayuda, entendiendo que, si no se ha conseguido plaza en la primera opción del pueblo indicada, se podrá adjudicar la segunda preferencia o siguientes en función de la valoración obtenida y las plazas disponibles.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 09:00 horas del día 24 de marzo de 2025 y finalizará a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular española, del día 8 de abril de 2025. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases de convocatoria en particular y a los efectos previstos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acepta la práctica de las notificaciones por el medio al que se refiere el apartado sexto.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Recuperación de pueblos abandonados

Las Becas Recuperación de pueblos abandonados convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, están orientadas para llevar a cabo un acercamiento a los jóvenes, que en su mayoría proceden de un entrono urbano, al ámbito rural.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Recuperación de pueblos abandonados" es: desde 24/03/2025 hasta 08/04/2025.

La Beca "Becas Recuperación de pueblos abandonados" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • ESO
  • Formación Profesional Básica

La Beca "Becas Recuperación de pueblos abandonados" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas para actividades extraescolares