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Becas Recuperación de pueblos abandonados

Becas de movilidadNo universitarios

INSCRIPCIONES

02/06/202309/06/2023
Finalizada

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Becas Recuperación de pueblos abandonados: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Recuperación de pueblos abandonados convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, están orientadas para llevar a cabo un acercamiento a los jóvenes, que en su mayoría proceden de un entrono urbano, al ámbito rural.

Mediante estas becas, los beneficiarios tendrán la oportunidad de visitar tres pueblos que se consideran abandonados por la baja población allí existentes. La actividad se desarrolla en los pueblos de Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara).

Las Becas Programa "Recuperación y utilización educativa en pueblos abandonados" permite a los beneficiarios de las mismas desarrollar distintos trabajos en ámbitos tan importantes como el medio ambiente, destacando la importancia de éste en la vida de las personas y de la sociedad, realizando para ellos tareas para evitar su deterioro.

Por tanto, mediante las Becas Recuperación de pueblos abandonados los alumnos tendrán la oportunidad de convivir con otros compañeros en un ambiente rural, que en muchas ocasiones es totalmente desconocido para ellos, a la vez que aprenden importantes valores medioambientales y toman conciencia de la importancia de la naturaleza.

Si deseas vivir una experiencia única en un ambiente muy distinto al habitual y en pleno contacto con la naturaleza, no debes perder la oportunidad que te ofrecen las Becas Recuperación de pueblos abandonados. Aquí, te facilitamos toda la información que puedas necesitar si deseas ser uno de los alumnos seleccionados.

Datos básicos

Nº de becas
400
Nivel de estudio
  • ESO
  • Ciclos formativos de grado medio
País de origen
  • España
País de destino
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Cualquier nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrán participar en esta convocatoria, los alumnos de centros educativos españoles o alumnos de Secciones españolas o Secciones bilingües en centros de otros países miembros de la Unión Europea que cursen alguna de las siguientes enseñanzas:

  • 3º y 4º de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.
  • Bachillerato, Ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional y Ciclos formativos de Grado Medio de Enseñanzas Artísticas.

En cualquier caso, la edad máxima para la participación será de 20 años cumplidos en el año de la convocatoria.Con objeto de enriquecer el programa con otras aportaciones culturales, se reserva un 4% del cupo de plazas establecido por la convocatoria al alumnado de las secciones anteriormente citadas.

Dotación

Pueblos abandonados de Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara)

  • a. Se convocan para su concesión en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para un máximo de 400 alumnos de centros educativos españoles y alumnos de Secciones españolas y Secciones bilingües de centros de la Unión Europea para la participación en la actividad de “Recuperación y utilización educativa de los pueblos abandonados” en Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara), durante 4 turnos, comprendidos entre el día 9 de julio y el día 5 de agosto de 2023. La oferta de plazas de alumnos disponibles por semana se distribuye de la siguiente forma: Granadilla 50 y Umbralejo 50, resultando un total de 200 alumnos en Granadilla y 200 en Umbralejo. Los turnos semanales son de siete días, de domingo por la tarde a sábado por la mañana.
  • b. Estas ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.322L.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado, a través de un encargo a empresa considerada medio propio instrumental de la Administración, por un importe máximo de 49.488,56 euros con los que se atenderán los gastos de desarrollo del programa incluido el seguro de accidentes y responsabilidad civil para el alumnado y personal organizador, así como el transporte en autobús desde la estación de ferrocarril o autobuses más cercana al pueblo asignado hasta este y viceversa al regreso.
  • c. El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta el punto de recogida establecido por el pueblo asignado y viceversa, no está incluido en las ayudas y correrá a cargo de los interesados.

Pueblo abandonado de Búbal (Huesca)

  • a. Se convocan para su concesión en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para un máximo de 200 alumnos de centros educativos españoles y alumnos de Secciones españolas y Secciones bilingües de centros de la Unión Europea para la participación en la actividad de “Recuperación y utilización educativa de los pueblos abandonados” en Búbal (Huesca), durante 4 turnos, comprendidos entre el día 10 de julio y el día 4 de agosto de 2023.La oferta de plazas de alumnos disponibles por semana es de 50 alumnos, resultando un total de 200.Los turnos semanales son de cinco días, con entrada el lunes por la mañana y salida el viernes por la tarde.
  • b. Estas ayudas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.322L.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado, a través de un encargo a empresa considerada medio propio instrumental de la Administración, por un importe máximo de 55.537,59 euros con los que se atenderán los gastos de desarrollo del programa incluido el seguro de accidentes y responsabilidad civil para el alumnado y personal organizador, así como el transporte en autobús desde la estación de ferrocarril o autobuses de Sabiñánigo a Búbal y viceversa al regreso.
  • c. El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta el punto de recogida establecido(Sabiñánigo), y viceversa, no está incluido en las ayudas y correrá a cargo de los interesados.

Presentación

Las solicitudes se presentarán a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa,mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, siguiendo la ruta que se indica a continuación: https://sede.educacion.gob.es/

Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por la persona interesada o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. Se permitirá la identificación de los mismos mediante claves concertadas para facilitar el proceso de presentación telemático.

No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

Excepcionalmente, cuando no se disponga de los recursos adecuados, podrá obtenerse en soporte papel la solicitud oficial cumplimentada a través de la aplicación informática, con el fin de que, una vez firmado, pueda presentarse en el registro del Ministerio de Educación y Formación Profesional (c/ Los Madrazo, 15‐17, 28014 Madrid) o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. A estos efectos los registros de los centros docentes no se considerarán incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 16 de la referida Ley.

En caso de que la documentación se presente en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su certificación. El impreso oficial a presentar por registro presencial incluye un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma.

Más información

Actividades a desarrollar

Pueblos abandonados de Granadilla (Cacerés) y umbralejo (Guadalajara

Los alumnos participantes desarrollarán las actividades en periodos semanales, de domingo a sábado, de acuerdo con la siguiente distribución temporal:

  • Alumnos de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria y de Formación Profesional Básica de centros españoles y alumnos de Secciones españolas o Secciones bilingües en centros de la Unión Europea con edades comprendidas entre los 15 y 17 años, un total de 2 semanas distribuidas como sigue:
    • 1er. turno: del 9 al 15 de julio, con un total de 100 alumnos. Se reservarán las siguientes plazas:
      • Alumnado general: 48 en Granadilla y 48 en Umbralejo.
      • Alumnado de Secciones Españolas o Secciones bilingües de centros de la Unión Europea: 2 en Granadilla y 2 en Umbralejo
    • 3er. turno: del 23 al 29 de julio con un total de 100 alumnos. Se reservarán las siguientes plazas:
      • Alumnado general: 48 en Granadilla y 48 en Umbralejo.
      • Alumnado de Secciones Españolas o Secciones bilingües de centros de la Unión Europea: 2 en Granadilla y 2 en Umbralejo.
  • Alumnos de Bachillerato, Ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional y Ciclos formativos de Grado Medio de Enseñanzas Artísticas de centros españoles, y alumnos de Secciones españolas o Secciones bilingües en centros de la Unión Europea con edades comprendidas entre los 18 y 20 años, un total de 2 semanas distribuidas como sigue:
    • 2º turno: del 16 al 22 de julio, con un total de 100 alumnos. Se reservarán las siguientes plazas:
      • Alumnado general: 48 en Granadilla y 48 en Umbralejo.
      • Alumnado de Secciones Españolas o Secciones bilingües de centros de la Unión Europea: 2 en Granadilla y 2 en Umbralejo.
    • 4º turno: del 30 de julio al 5 de agosto, con un total de 100 alumnos. Se reservarán las siguientes plazas:
      • Alumnado general: 48 en Granadilla y 48 en Umbralejo.
      • Alumnado de Secciones Españolas o Secciones bilingües de centrosde laUnión Europea: 2 en Granadilla y 2 en Umbralejo.

Pueblo abandonado de Búbal (Huesca)

Los alumnos participantes desarrollarán las actividades en periodos semanales, de lunes a viernes, de acuerdo con la siguiente distribución temporal:

  • Alumnos de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria y de Formación Profesional Básica de centros españoles, y alumnos de Secciones españolas o Secciones bilingües en centros de la Unión Europea con edades comprendidas entre los 15 y 17 años, un total de 2 semanas distribuidas como sigue:
    • 1er. turno: del 10 al 14 de julio, con un total de 50 alumnos. Se reservarán las siguientes plazas:
      • Alumnado general: 48 en Búbal.
      • Alumnado de Secciones Españolas y Secciones bilingües de centros de la Unión Europea: 2 en Búbal.
    • 3er. turno: del 24 al 28 de julio , con un total de 50 alumnos. Se reservarán las siguientes plazas:
      • Alumnado general: 48 en Búbal.
      • Alumnado de Secciones Españolas y Secciones bilingües de centros de la Unión Europea: 2 en Búbal.
  • Alumnos de Bachillerato, Ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional y Ciclos formativos de Grado Medio de Enseñanzas Artísticas de centros españoles, y alumnos de Secciones españolas y Secciones bilingües en centros de la Unión Europea con edades comprendidas entre los 18 y 20 años, un total de 2 semanas distribuidas como sigue:
    • 2º turno: del 17 al 21 de julio, con un total de 50 alumnos. Se reservarán las siguientes plazas:
      • Alumnado general: 48 en Búbal.
      • Alumnado de Secciones Españolas, Secciones bilingües de centros de la Unión Europea y Centros de titularidad del Estado español: 2 en Búbal.
    • 4º turno: del 31 de julio al 4 de agosto, con un total de 50 alumnos. Se reservarán las siguientes plazas:
      • Alumnado general: 48 en Búbal.
      • Alumnado de Secciones Españolas y Secciones bilingües de centros de la Unión Europea: 2 en Búbal.

Criterios de valoración

Para la formulación de la propuesta de adjudicación, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios de evaluación que se aplicarán con transparencia y objetividad en una única fase de valoración:

  • a. Rendimiento académico del alumno durante el curso 2021‐2022, hasta 6 puntos. Se tomará la nota media de las calificaciones, que será certificada por el centro educativo tomando como referencia el modelo ANEXO III. El valor de la nota media se calculará en el marco de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, concretando el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria,el Bachillerato y la Formación Profesional vigente en el curso académico 2021-2022 y los Reales Decretos 217/2022 y 243/2022, por los que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas dela Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato respectivamente vigentes a partir del mencionado curso.A este respecto los centros educativos, para el cálculo de las notas medias de las enseñanzas básicas,en sintonía con lo establecido por este Departamento Ministerial en el área de becas al estudio,actuarán como sigue :
    • Con criterio general la nota media se calculará con las calificaciones numéricas finales del último curso académico obtenidas por los estudiantes en la escala 0 a 10. Las asignaturas no presentadas se valorarán con 2,50 puntos. Cuando no se disponga del valor numérico de la nota, ya sea por convalidación o procedencia de terceros países, se aplicará valor 5.
    • En el caso de los alumnos que accedan directamente desde cualquier ciclo de formación profesional a unas enseñanzas no universitarias de nivel medio o superior, la nota media será la calificación final del ciclo formativo correspondiente desde el que se accede.
    • En todo caso, las notas medias serán las correspondientes al curso o, en el caso de la regla 2ª anterior,al ciclo completo, con independencia del número de años que el alumno hubiera empleado para susuperación.
    • Únicamente cuando no existan calificaciones numéricas, las calificaciones obtenidas se computarán según el siguiente baremo:
      • Matrícula de Honor = 10 puntos.
      • Sobresaliente = 9 puntos.
      • Notable = 7,5 puntos.
      • Bien= 6 puntos.
      • Aprobado o apto = 5,5 puntos.
      • Suspenso, no presentado o no apto = 2,50 puntos.
    • Cuando se trate de planes de estudio organizados por asignaturas, la nota media se calculará dividiendo el total de puntos obtenidos entre el número total de asignaturas.
    • En el caso excepcional que se trate de planes de estudios organizados por créditos o por módulos,la puntuación obtenida en cada asignatura se ponderará en función del número de créditos o de horas que la integren, de acuerdo con la siguiente fórmula:
      • V =P x NCa/NCt
        • V = Valor resultante de la ponderación de la nota obtenida en cada asignatura.
        • P = Puntuación de cada asignatura.
        • NCa = Número de créditos u horas que integran la asignatura.
        • NCt = Número de créditos u horas cursadas y que tienen la consideración de computables.
        • Los valores resultantes de la aplicación de dicha fórmula se sumarán, siendo el resultado la nota media final.
    • Las asignaturas y créditos reconocidos, convalidados, adaptados y transferidos no se tendrán en cuenta a los efectos del cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en esta convocatoria.
    • Las prácticas externas curriculares y los trabajos, proyectos o exámenes de fin de estudios se contabilizarán como asignaturas con los créditos que tengan asignados y con la calificación obtenida por el estudiante.
    • Para el cálculo de la nota media en el caso de expedientes procedentes de centros extranjeros,la comisión de selección establecerá la equivalencia al sistema decimal español, asignatura por asignatura, teniendo en cuenta la nota mínima de aprobado y la máxima de la calificación original y la consiguiente relación de correspondencia con el sistema de calificación decimal español.
  • b. Participación anterior en el programa, hasta 3 puntos con el siguiente desglose:
    • No haber participado anteriormente en el programa o haber participado con anterioridad al 2018: 3 puntos.
    • Haber participado en 2018: 2 puntos Haber participado en 2019: 1 puntos.
  • c. Informe del tutor o profesor del alumno con el visto bueno del Departamento de Orientación del centro (Anexo II), hasta 1 punto con el siguiente desglose:
    • Por estar en situación de desventaja social: 0,5 puntos.
    • Por estar en situación de desventaja educativa: 0,5 puntos.

Las solicitudes se ordenarán según la puntuación obtenida en la valoración realizada por el Jurado en aplicación de los criterios de evaluación establecidos en la presente convocatoria. Las plazas se concederán atendiendo a la puntuación obtenida, de acuerdo con las preferencias solicitadas y en función de la disponibilidad.En el caso de que no haya suficientes solicitudes de un determinado turno, las plazas podrán ser ocupadas por alumnos de otro turno siguiendo el orden de valoración asignado por el Jurado en aplicación de los criterios de evaluación.

Las plazas no concedidas de las Secciones españolas y Secciones lingüísticas por falta de solicitudes admitidas pasarán al cupo general.

En el supuesto de que se produjera algún empate en la valoración de las solicitudes, se seleccionará aquella solicitud que obtenga la mejor puntuación de acuerdo con los criterios de evaluación priorizados en el siguiente orden: b), c), a). En caso de persistir el empate tendrá preferencia la solicitud antes presentada.5. El Jurado emitirá un informe con el resultado de la evaluación de las solicitudes.

Concesión de las ayudas

  • La Subdirección General de Centros, Inspección y Programas, órgano instructor del procedimiento, a la vista del expediente y del informe con el resultado de la evaluación emitido por el Jurado, formulará la propuesta de resolución, en virtud de lo dispuesto con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dicha propuesta contendrá la relación de nombre, apellidos y NIF de los alumnos beneficiados a los que se les ha concedido una plaza con indicación de pueblo y turno, de los alumnos que han quedado en reserva en cada turno ordenados por puntuación decreciente y de los alumnos excluidos con indicación de la causa de exclusión.
  • Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.La propuesta de concesión se publicará en la Sede Electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional y no crea derecho alguno a favor de los beneficiarios incluidos en la misma en tanto no se firme la Resolución de concesión y se realice la oportuna notificación.
  • El órgano instructor elevará la propuesta de resolución a la Directora General de Planificación y Gestión Educativa, quien por delegación del Secretario de Estado de Educación, contenida en la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, resolverá y notificará la resolución de concesión antes la fecha de inicio dela actividad, pudiendo realizarse resoluciones parciales y sucesivas de concesión, una vez valoradas todas las solicitudes del turno o turnos correspondientes, a medida que se vayan emitiendo los informes Las resoluciones de adjudicación contendrán una relación de las solicitudes concedidas, de las denegadas que quedan en reserva y una relación de solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión. Las solicitudes denegadas inicialmente por falta de cupo que resulten en reserva, quedarán ordenadas por puntuación decreciente, de forma que puedan integrarse en la actividad ante posibles renuncias.
  • Una vez efectuada la adjudicación de las ayudas, la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, enviará a los alumnos seleccionados una notificación de la concesión y la información relativa al pueblo asignado.Si alguno de los alumnos no pudiese participar en la actividad, deberá comunicarlo con la suficiente antelación a la Subdirección General de Centros, Inspección y Programas y renunciar a su participación,pasando a ocupar su lugar el alumno que corresponda siguiendo la lista de reserva. En caso de no facilitar dicha renuncia con la antelación suficiente, se considerará a los efectos oportunos y para sucesivasconvocatorias como alumno participante.
  • La relación definitiva de alumnos beneficiarios se hará pública a través de la página Web de Ministerio de Educación y Formación Profesional, y posteriormente se publicará en la Base Nacional de Subvenciones.
  • La resolución de adjudicación que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, o ser impugnada mediante la interposición de recurso Contencioso‐Administrativo ante la Sala de lo Contencioso‐Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de laLey 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso‐Administrativa y el artículo 66 dela Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
  • Se autoriza a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa para dictar las instrucciones necesarias en desarrollo de la presente resolución.

Obligaciones de los beneficiarios y justificación de las ayudas

Los coordinadores de los pueblos, a través de las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla‐ La Mancha y Extremadura, en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad, remitirán al Ministerio de Educación y Formación Profesional (Subdirección General de Centros, Inspección y Programas), la siguiente documentación:

  1. Relación certificada de los alumnos participantes en la actividad.
  2. Memoria final de la actividad que contenga los siguientes aspectos:
    • Infraestructura.
    • Personal.
    • Inventario general.
    • Evaluación y seguimiento de la experiencia: revisión, análisis y valoración del programa. Resultado de los instrumentos de evaluación cumplimentados por los participantes y el equipo del pueblo.
    • Actualización y propuestas de mejora.

Incompatibilidades

Con carácter general, las ayudas convocadas por esta resolución son incompatibles con cualesquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibirse de otras entidades o personas públicas o privadas.

Documentación a adjuntar

La solicitud estará compuesta por la siguiente documentación (original o fotocopia compulsada):

  • a. Impreso oficial de la solicitud obtenido a través de su cumplimentación en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://sede.educacion.gob.es)debidamente firmado por el solicitante, si es mayor de edad y si es menor de edad, firmado por el padre/madre/tutor del solicitante que acredita:
    • los datos identificativos del solicitante.
    • los datos de participación anterior en el programa.
    • los datos de interés médico para la participación (alergias, medicaciones, etc.)
    • el consentimiento para que el alumno abandone el programa, en caso de quepor alguna incidencia se interrumpa el mismo antes de la fecha prevista.
    • la autorización familiar de la participación en el caso de alumnos menores de edad.
    • la autorización, en su caso, de la cesión de imágenes con fines educativos, con motivo de su participación en el programa.
  • b. Certificación académica de las calificaciones obtenidas en el curso 2021‐2022 con la nota media obtenida, así como la certificación de matrícula del alumno en el curso 2022‐2023,expedida por el secretario del centro educativo, de acuerdo con el modelo del ANEXO III de esta convocatoria.
  • c. En casos excepcionales, y sólo cuando ello proceda en razón de alguna característica relevante y acreditada de desventaja social o educativa personal, informe del tutor o profesor del alumno con el visto bueno del Departamento de Orientación del centro, de acuerdo con el ANEXO II.

Únicamente se presentará una solicitud y en ella se especificará el número del turno y el pueblo que se solicita, y en el caso de estar interesado en más de un pueblo, se reseñará el orden de preferencia,siempre manteniendo el turno. Sólo se adjudicará una ayuda, entendiendo que, si no se ha conseguido plaza en la primera opción de pueblo indicada, se podrá adjudicar la segunda preferencia o siguientes en función de la valoración obtenida y las plazas disponibles.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 9 de junio de 2023. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases de convocatoria en particular, y a los efectos previstos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acepta la práctica de las notificaciones por el medio al que se refiere el apartado sexto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, si la solicitud no reuniese los requisitos precisos, y según los términos del artículo 68 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,resultando su solicitud excluida y archivándose la misma previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.Sexto.‐ Las notificaciones resultantes del proceso administrativo se realizarán mediante la práctica de notificación por comparecencia electrónica de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando los servicios disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán consultar su solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio https://sede.educacion.gob.esa través del enlace “Trámites”. Igualmente, podrán dirigirse a la Subdirección General de Centros,Inspección y Programas, calle Los Madrazo, 15‐17, 28014 Madrid. El expediente se identificará por el Programa “Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados” en Granadilla (Cáceres),Umbralejo (Guadalajara) y Búbal (Huesca), en los turnos de verano 2023, el nombre y apellidos del alumno/a solicitante de la ayuda con su código de solicitud.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Recuperación de pueblos abandonados convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, están orientadas para llevar a cabo un acercamiento a los jóvenes, que en su mayoría proceden de un entrono urbano, al ámbito rural.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Recuperación de pueblos abandonados" es: desde 02/06/2023 hasta 09/06/2023.

La Beca "Becas Recuperación de pueblos abandonados" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Recuperación de pueblos abandonados" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes