Becas Material Necesidades Especiales Ayto. Catarroja
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Becas Material Necesidades Especiales Ayto. Catarroja: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Material Necesidades Especiales Ayto. Catarroja son convocadas por el Ayuntamiento de Catarroja y gracias a ellas, las familias que tengan niños de entre 3 y 18 años escolarizados en centros de infantil y Primaria o Secundaria de Catarroja, tendrán una ayuda para dedicarla a la adquisición de materiales didácticos y/o curriculares como libros, cuadernos, fichas, material audiovisual, etc. Cada beneficiario recibirá una cuantía de 100 euros.
Para poder solicitar las Becas Material Necesidades Especiales Ayto. Catarroja se deberán cumplir con los requisitos indicados en la convocatoria, como es el estar empadronado en Catarroja. Los beneficiarios por su parte deberán cumplir con las correspondientes obligaciones, como aportar documentación de manera correcta y veraz.
El Ayuntamiento de Catarroja es el organismo que gobierna el municipio. Este Ayuntamiento convoca becas y ayudas que pretenden fomentar el normal desarrollo de los estudios en sus distintas etapas. Es por ese motivo que convoca las Becas Material Necesidades Especiales Ayto. Catarroja.
Consulta en nuestra web toda la información que necesitas para solicitar una de las Becas Material Necesidades Especiales Ayto. Catarroja. Nosotros te facilitamos los requisitos, plazos, lugar de presentación de solicitudes, documentación y más. Además también podrás consultar otras becas del Ayuntamiento de Catarroja.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- ESO
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Localidad
- Catarroja
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser personas beneficiarias las que cumplan los requisitos siguientes:
- Estar escolarizado/a en un centro específico de Educación Especial o en un centro ordinario de Infantil y Primaria o Secundaria de Catarroja o de otros municipios y presentar necesidades educativas especiales, con edades comprendidas entre los 3 y los 18 años de edad (excepcionalmente, el alumnado de los centros específicos de Educación especial hasta los 21 años).
- El/la beneficiario/a tendrá que estar empadronado/a y tener su residencia habitual en el municipio de Catarroja.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine por reglamento.
- Estar al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que se determinen por el reglamento.
Dotación
El importe de la ayuda por cada beneficiario será de un máximo de 100 euros para el curso 2023-2024. Las subvenciones reguladas en esta convocatoria se concederán a los peticionarios atendiendo a los principios establecidos en el artículo 8.3 de la Ley General de Subvenciones, es decir, en condiciones de publicidad, transparencia,concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
En el supuesto de que la dotación presupuestaria asignada a la convocatoria resultarain suficiente para atenderlos a todos, el órgano instructor procederá a prorratear la dotación presupuestaria existente entre todos los peticionarios que reúnan los requisitos exigidos a los mismos.
Presentación
Lugar de presentación
La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Catarroja: https://www.catarroja.es/es/educacio/page-seccio/ed-becas-ayudas
Asimismo, conforme a lo que dispone el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,los interesados podrán también presentar una instancia solicitando la obtención de esta ayuda, que se dirigirá al alcalde de Catarroja, en modelo normalizado, que estará disponible en la página web municipal, mediante los diferentes órganos de las administraciones públicas que cita la propia Ley o solicitando cita previa en la Oficina Integrada de Atención Ciudadana desde el siguiente enlace CITA PREVIA o mediante los teléfonos 961 261 301 o 664 471 843.2.
Plazo de presentación
Se establece un plazo del 16 al 31 de octubre de 2023, ambos inclusive, no admitiéndose ninguna solicitud presentada una vez finalizado dicho plazo.Se exceptúa de este plazo:
- Las solicitudes en casos de adopción, tutela o acogida del/de la menor, que podrán presentarse una vez obtenida la resolución judicial o administrativa correspondiente.
- Las solicitudes de menores, hijos e hijas de víctima de violencia de género que requiera especial protección o mujeres con riesgo de exclusión social, recién llegadas al municipio, siempre que se solicite dentro del curso escolar.
Más información
Obligaciones de los solicitantes y beneficiarios de las ayudas
Los solicitantes de estas ayudas, sin perjuicio de las obligaciones genéricas derivadas de las leyes de procedimiento administrativo y de la normativa sectorial, tienen que presentar de forma correcta, completa y veraz la documentación requerida en las presentes Bases.
Los beneficiarios de estas ayudas, habrán, así mismo, de observar y responsabilizarse de cumplir todas las obligaciones derivadas de las presentes Bases, así como de la normativa aplicable.
El Ayuntamiento de Catarroja se reserva las facultades y todas las funciones de inspección y control que sean necesarias para el desarrollo y buen fin de las ayudas reguladas en esta convocatoria, de acuerdo con el que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluido el ejercicio de las potestades administrativas que corresponden y la presentación de las acciones judiciales quesean procedentes.
Compatibilidad con otras ayudas
La obtención de esta subvención será compatible con cualquier otra subvención o ayuda otorgada con la misma finalidad por todo tipo de organismo, público o privado, y siempre que el importe de las ayudas recibidas no supere el 100% del coste del gasto generado por los conceptos objeto de la ayuda.
Enlaces de interés
https://www.catarroja.es/sites/www.catarroja.es/files/documents/Catarroja/PorTemas/Educacion/becas-ayudas/NEE/BASES_DEFINITIVAS_NEE_CASTELLANO.pdf
Documentación a adjuntar
Las instancias para solicitar esta ayuda municipal deberán estar debidamente rellenadas, adjuntando la documentación siguiente:
- Documento Nacional de identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjería(NIE) del padre/madre o tutor/a solicitantes. Solo en el caso de no disponer de los anteriores documentos se aportarán los pasaportes. Original en todos los casos,para su comprobación, en caso de presentar la solicitud de manera presencial.
- Libro de Familia, para comprobar la inscripción del nacimiento del/de la hijo/a o hijos/as por el que se solicita la ayuda y el estado civil de los progenitores. Encaso de no disponer del Libro de Familia se aportarán los certificados de nacimiento de los menores para los cuales se solicita la ayuda. Si hay más hijos de los que constan en el Libro de Familia, se deberán aportar los certificados de nacimiento para justificar el número de hijos. Original en todos los casos, para su comprobación, en caso de presentar la solicitud de manera presencial.
- En caso de adopción, acogida o tutela, la resolución administrativa o judicial correspondiente.
- En el caso de violencia de género, la resolución administrativa o judicial correspondiente en vigencia.
- En el caso de familia monoparental, se aportará el título correspondiente.
- En caso de separación o divorcio, cese de la convivencia o no convivencia de los progenitores del menor solicitante, se aportará la documentación que sea procedente para su comprobación: sentencia judicial, y/o pacto de convivencia aprobado judicialmente o documento público de medidas sobre la atención y educación de los hijos. Si el procedimiento está en trámite, se aportará certificado acreditativo del juzgado. En caso de haber firmado un pacto de convivencia familiar de mutuo acuerdo, se aceptará el contenido del mismo.
- Declaración responsable de no recibir cualquier otra cantidad por el mismo concepto por parte de otro organismo público o privado, o en caso de recibir alguna ayuda se indicará el importe de la misma, con el fin de cumplir con el artículo 14.d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Documento original acreditativo de estar matriculado en un centro específico de Educación Especial o en centro ordinario de Infantil y Primaria o Secundaria,expedido por el propio centro. En el caso de estar escolarizado en centro ordinario, el documento deberá indicar el nivel académico y certificar que el/la alumno/a requiere de necesidades educativas especiales.
- No se debe presentar el certificado de empadronamiento, extremo que comprobará directamente este Ayuntamiento. Datos bancarios del/de la progenitor/a o tutor/a legal solicitante.
- En el caso que la ayuda vaya destinada a la adquisición de materiales didácticos y/o curriculares específicos: factura justificativa por un importe mínimo de 100 € en la que se haga constar la denominación del proveedor, su NIF o CIF, número de orden, fecha y concepto de la compra, incluyendo el IVA. En el caso que la ayuda vaya destinada a sufragar un servicio profesional especializado de apoyo: factura por un importe mínimo de 100 € expedida por el profesional prestador del servicio al alumno/a, donde conste claramente el concepto del servicio.
- Documento acreditativo del pago, por medio de transferencia bancaria (se justificará por medio de copia del resguardo del cargo), o pago en efectivo (se justificará por medio de factura o recibo firmado por el acreedor con identificación de la fecha del abono). De estos documentos se presentaran originales o copias compulsadas.
- Si los materiales didácticos y/o curriculares específicos de NEE son elaborados por el propio centro, este emitirá un documento al/a la solicitante donde certifique con detalle los materiales que ha adquirido y el importe de los mismos, así como el documento acreditativo del pago.
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