Ayuntamiento de Casares

Becas Formativas - Ayuntamiento de Casares

Becas de formación prácticaUniversitariosNo universitarios

INSCRIPCIONES

10/04/202405/05/2024
Abierta

Becas Formativas - Ayuntamiento de Casares: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Casares convoca las Becas Formativas - Ayuntamiento de Casares para colaborar con los estudiantes universitarios que tengan residencia en el municipio, y promover su formación en el campo relacionado con los con los estudios que estén desarrollando, mediante prácticas formativas. La presente convocatoria contemplará las actividades de ocio y educativas: escuela de verano.

Estas becas tendrán una dotación de 400 euros que se abonarán mediante transferencia bancaria. La duración de las becas será de 15 días.

Las Becas Formativas - Ayuntamiento de Casares se dirigen a los estudiantes que estén empadronados en dicho municipio y que cursen estudios universitarios o Formación Profesional de Grado Superior. Los seleccionados no podrán recibir otra beca o ayuda para el mismo fin, y deberán cumplir los requisitos indicados.

Para seleccionar a los beneficiarios se tendrá en cuenta criterios económicos como el nivel de renta familiar, méritos académicos y otras condiciones. De este modo las becas serán ofrecidas a aquellos estudiantes que más las necesitan.

Si estás empadronado en Casares y te interesan las Becas Formativas - Ayuntamiento de Casares, aquí puedes consultar toda la información para solicitarlas. No pierdas tu oportunidad. Aquí te ofrecemos el plazo, requisitos, documentación, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
  • Ciclos formativos de grado superior
País de origen
  • España
Región de origen
  • Andalucía
Provincia de origen
  • Málaga
Localidad
Casares
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Además de lo indicado en el punto 3 de la presente convocatoria, los requisitos para optar a las ayudas son:

  • Estar empadronados en el municipio de Casares desde, al menos, 12 meses antes de la solicitud de subvención.
  • Estar cursando, durante el año académico vigente en cada convocatoria, algún estudio universitario o curso de formación profesional de grado superior relacionado con las áreas de actividad indicadas en el artículo 14.2 de la presente ordenanza, en centros educativos públicos, privados o concertados.
  • No estar inmerso/a en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con la Hacienda Local.
  • Este hecho se acreditará mediante declaración responsable del solicitante, o de representante legal, en el caso de menores.
  • No percibir ninguna otra beca o ayuda para la misma finalidad, y para el mismo periodo.
  • No ser beneficiario, durante el año de la convocatoria, de ningún otro programa de prácticas o beca formativa, con remuneración por parte del Ayuntamiento de Casares.

Dotación

La cuantía de la subvención por estudiante se establece en 400 euros, y el período de formación práctica será de 15 días, preferiblemente durante los meses de julio y agosto.

Presentación

Las solicitudes se formalizarán a través del modelo publicado junto a la convocatoria anual, que será facilitado en las dependencias municipales mencionadas en el artículo 17.2 de la ordenanza 70, y podrán también ser descargados de la web municipal, en la sede electrónica https://casares.sedelectronica.es/info.0, y deberán acompañarse de la documentación indicada.

Más información

Becas

En concreto, en 2024, se concederán becas a realizar en las siguientes áreas de actividad:

Actividades de ocio y educativas: Escuelas de Verano.

Criterios de valoración

La valoración de las solicitudes se hará en base a los siguientes criterios:

  1. Criterios económicos: máx. 3 puntos.
    • Solicitantes cuya renta familiar no supere en 2,5 veces el SMI 3 puntos.
    • Solicitantes cuya renta familiar no supere en 3 veces el SMI 2 puntos.
    • Solicitantes cuya renta familiar no supere en 3,5 veces el SMI 1 puntos.
  2. Méritos Académicos: máx. 6 puntos. 
    • Matrícula:
      • Matrícula de curso completo 1,5 puntos universidad. 1 punto FP .
      • Matrícula parcial 0,75 puntos universidad, 0,5 puntos FP.
    • Nota Media:
      • Entre 0 y 3 (con sus decimales) 0 puntos.
      • Entre 4 y 5 (con sus decimales) 0,5 puntos.
      • 6 (con sus decimales) 1 puntos.
      • 7 (con sus decimales) 2 puntos.
      • Entre 8 y 9 (con sus decimales) 3 puntos.
      • 10 - 4 puntos.
    • Se tendrán igualmente en cuenta los siguientes méritos:
      • Otros estudios (universitarios o formación profesional) - 0,25 puntos/estudio, hasta un máximo de 1 punto.
      • Idiomas (nivel B1, mínimo) - 0,25 puntos/idioma, hasta un máximo de 1 punto.
  3. Otras condiciones: máx. 1 punto.
    • Condición de familia numerosa 0,5 PUNTOS.
    • Discapacidad personal o familiar 0,5 PUNTOS.

Resolución

Una vez evaluadas las solicitudes, cuando alguna no reúna los requisitos exigidos, o falte algún documento que de acuerdo con esta ordenanza resulte exigible, el órgano instructor requerirá a los interesados para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, transcurrido el plazo sin que lo hubiera hecho, se le tendrá por desistida su solicitud, en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la correspondiente resolución administrativa.

La evaluación y seguimiento de la concesión de las becas se realizará por la Concejalía de Educación en coordinación con el Departamento de Subvenciones, quienes tienen facultades para realizar todas las comprobaciones que estimen necesarias para la mejor valoración de las solicitudes, así como para resolver las incidencias que se produzcan como consecuencia del proceso selectivo.

Asimismo, nombrará a las personas tutoras, encargadas del seguimiento, coordinación y ordenación de las actividades formativas al colectivo becario, y del tiempo de dedicación a dichas actividades.

Al finalizar la fase de baremación se redactará un listado provisional, con los nombres y apellidos de las personas admitidas y excluidas en la selección, que se publicará, con la puntuación correspondiente obtenida en el baremo, en la sede electrónica del Ayuntamiento, así como en los tablones de anuncios de las dependencias municipales, abriéndose un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a su publicación, para posibles reclamaciones. Posteriormente se publicará el listado definitivo de personas admitidas, con su puntuación definitiva. Serán, asimismo, publicados los listados de excluidos, y de suplentes, para posibles sustituciones por bajas o renuncias.

La renuncia a la beca, una vez publicados los listados definitivos, conllevará la imposibilidad de acceder al programa en el año inmediatamente posterior a la referida renuncia.

Los derechos y obligaciones de personas beneficiarias, tutores y posibles incidencias se establecen en el artículo 21 de la Ordenanza 71.

Enlaces de interés

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/751854

Documentación a adjuntar

  1. Acreditación de la personalidad del solicitante mediante fotocopia de documento nacional de identidad en vigor.
  2. Declaración/es de la renta de la unidad familiar, del último ejercicio económico.
  3. Documento oficial acreditativo (matrícula) de estar cursando, durante el año académico vigente en la convocatoria, estudios universitarios o de Formación Profesional de Grado Superior.
  4. Último boletín de calificaciones.
  5. Declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda Local (incluida en el modelo de solicitud).
  6. Autorización para acceder a los datos del empadronamiento (incluida en el modelo de solicitud).
  7. Certificado de la entidad bancaria acreditativo de la titularidad de la cuenta del solicitante de la ayuda.
  8. Curriculum vitae.
  9. Documentos que acrediten méritos, en su caso.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Ayuntamiento de Casares convoca las Becas Formativas - Ayuntamiento de Casares para colaborar con los estudiantes universitarios que tengan residencia en el municipio, y promover su formación en el campo relacionado con los con los estudios que estén desarrollando, mediante prácticas formativas. La presente convocatoria contemplará las actividades de ocio y educativas: escuela de verano.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Formativas - Ayuntamiento de Casares" es: desde 10/04/2024 hasta 05/05/2024.

La Beca "Becas Formativas - Ayuntamiento de Casares" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Formativas - Ayuntamiento de Casares" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes