Ayuntamiento de Albal

Becas Material - Ayto de Albal

Becas de estudiosBecas de material escolarNo universitarios

INSCRIPCIONES

01/09/202415/09/2024
Finalizada

Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.

Becas Material - Ayto de Albal: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Material - Ayto de Albal son convocadas por dicho ayuntamiento, y tienen como finalidad colaborar en la financiación de la adquisición de material de los alumnos matriculados en Segundo Ciclo de Educación Infantil. 

Gracias a estas becas las familias tendrán el beneficio de una cuantía económica lo que sin duda les será de gran ayuda para que puedan afrontar los gastos que se derivan de la escolarización de los menores en dicho nivel educativo.

Para poder acceder a las Becas Material - Ayto de Albal, las familias deberán estar empadronadas en el municipio de Albal, y tener hijos escolarizados en el nivel educativo indicado en centros públicos o concertados. 

Además el nivel de renta del año no deberá superar el valor del IPREM para el año en curso por cada miembro de la unidad familiar. De este modo las becas se repartirán entre aquellas familias que tengan una situación económica más desfavorecida y por tanto una mayor necesidad de ayudas. 

Las Becas Material - Ayto de Albal serán compatibles con otras ayudas de igual finalidad.

Si tienes menores escolarizados en algún centro del municipio de Albal y quieres solicitar las becas, puedes consultar aquí todo lo que necesitas para ello. Nosotros te ofrecemos información sobre requisitos, plazos, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Provincia de origen
  • Valencia
Localidad
Albal
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán solicitarlas las Becas Material - Ayto de Albal los progenitores o tutores/as legales respecto del alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

  • Estar escolarizados en centros públicos o concertados de la Comunidad Valenciana en los niveles educativos de educación infantil segundo ciclo.
  • Estar empadronados junto al resto de los integrantes de la unidad familiar en el municipio de Albal en la fecha de finalización de presentación de solicitudes y durante todo el curso escolar para el que se solicita la ayuda.
  • El nivel de la renta correspondiente al año 2023, según la Agencia Estatal de Administración Tributaria (base imponible general más la base imponible del ahorro), no deberá superar el valor del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) para el año 2024 por cada miembro de la unidad familiar (anual de 8.400 euros).
  • Los progenitores/as o representantes legales deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
  • Cumplir los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

La acreditación de estos requisitos se efectuará por medio de la declaración responsable y la autorización integrada en el formulario de solicitud.

Dotación

La cuantía otorgada mediante las Becas Material - Ayto de Albal será de 50 euros por alumno, siempre que la justificación de los gastos subvencionables sea superior a dicha cantidad.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Material - Ayto de Albal dirigidas al alcalde-presidente de la corporación se presentarán mediante modelo específico (ANEXO |) a través del registro de entrada del Ayuntamiento de Albal o por medios electrónicos (Sede Electrónica del Ayuntamiento de Albal). Todo ello sin perjuicio de realizar el registro en cualquiera de los lugares señalados a tal efecto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.
  • La solicitud y sus anexos se tienen que rellenar en los modelos normalizados disponibles en la web y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Albal: https://albal.es/
  • Se deberá disponer de certificado digital admitido por la Sede Electrónica.

Más información

Objeto

Esta convocatoria tiene como objeto la concesión de ayudas para colaborar en la financiación de la adquisición de material escolar para el alumnado del Segundo Ciclo de Educación Infantil para el curso 2024-2025.

Resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo de concesión o denegación será de seis meses a contar desde el siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La notificación de los actos de tramitación y de resolución de esta subvención, se realizará en el tablón de edictos electrónico y en la web municipal, teniendo estas publicaciones los mismos efectos que la notificación, de acuerdo con el artículo 45.1.b. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Incompatibilidad

Estas subvenciones serán incompatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad y sean de otras Administraciones Públicas.

Enlaces de interés

https://albal.es/content-albal/uploads/2024/08/diligenciada-CONVOCATORIA-BECAS-MATERIAL-ESCOLAR-CURSO-24-25.pdf-WEB.pdf

Documentación a adjuntar

  1. Modelo específico de solicitud de ayudas para material escolar (ANEXO 1) debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores o representantes legales. En caso de separación, divorcio o cese de la convivencia, la solicitud se firmará por el padre o la madre que tuviese atribuida la guardia y custodia. Cuando la guardia y custodia sea compartida, ambos progenitores deberán firmar la solicitud.
  2. Acreditación de haber obtenido plaza escolar, expedida por el centro educativo, en el caso de centros de fuera de la población. Para el alumnado matriculado en centros escolares del municipio la acreditación de la escolarización se comprobará de oficio por los servicios municipales, debiendo los/las progenitores/as o tutores/as legales autorizar expresamente al Ayuntamiento, mediante la instancia presentada, para que obtenga esta información de los centros docentes.
  3. Fotocopia de las páginas de la declaración de la renta donde figure la” situación familiar” y “estado civil "de los progenitores o representantes legales. En el caso de no haberla presentado, es obligatorio presentar la declaración jurada adjunta en la instancia.
  4. En caso de separación, divorcio o cese de la convivencia: Sentencia judicial y/o convenio regulador o documento público donde conste la custodia del menor, salvo que se hubiese presentado en convocatorias anteriores y no existiese ningún cambio o modificación.
  5. En familias monoparentales: Título que acredite la condición de familia monoparental.
  6. Fotocopia de la libreta del banco o documento expedido por la entidad bancaria donde constela cuenta donde se desea recibir la transferencia. El titular de la cuenta tiene que ser uno de los progenitores solicitantes mayor de edad.
  7. Declaración formal en la misma instancia de las subvenciones solicitadas y recibidas de otras instituciones públicas o privadas para esta misma finalidad.
  8. Original de facturas y demás documentos de  valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, fechadas entre junio y septiembre de 2024 a nombre de la persona beneficiaria o su representante, por el concepto que se corresponda con el objeto de esta subvención. Los datos que se deben incluir obligatoriamente, como mínimo, en la factura son de acuerdo con el RD 1619/2012:
    • El número y, en el caso, la serie.
    • La fecha de expedición de la factura.
    • La fecha en la que se han efectuado las operaciones que se documentan siempre que se trate de una fecha diferente a la de expedición de la factura.
    • NIF, nombre y apellidos.
    • La identificación del destinatario.
    • La identificación del tipo de bien entregado o servicio prestado.
    • Tipo impositivo aplicado y, opcionalmente, también la expresión “IVA incluido”.
    • Cuota tributaria.
    • La totalidad de la factura.

En ningún caso se aceptarán albaranes, tickets, notas de entrega o similares para justificarlos gastos asumidos.

Si presenta solicitudes para varios hermanos/as se debe formalizar la solicitud para cada uno de ellos, pero la documentación a adjuntar no se deberá duplicar, siendo suficiente su aportación en una de ellas.

De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Ayuntamiento de Albal queda autorizado para acceder a la información obrante en la Agencia Estatal Tributaria respecto del nivel de renta de la unidad familiar y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Tesorería General de la Seguridad Social respecto de encontrarse al corriente de las obligaciones con ésta. En el caso que la persona interesada manifieste oposición expresa deberá aportar estos documentos en el momento de la presentación de la solicitud.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Material - Ayto de Albal

Las Becas Material - Ayto de Albal son convocadas por dicho ayuntamiento, y tienen como finalidad colaborar en la financiación de la adquisición de material de los alumnos matriculados en Segundo Ciclo de Educación Infantil. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Material - Ayto de Albal" es: desde 01/09/2024 hasta 15/09/2024.

La Beca "Becas Material - Ayto de Albal" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

None

La Beca "Becas Material - Ayto de Albal" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes