ANSES - Gobierno de Argentina

Becas Progresar Educación Obligatoria

Becas de estudiosNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio10/08/2026 Fin04/09/2026
Abierta

Becas Progresar Educación Obligatoria: solicitud y plazos

Descripción

La Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES - Gobierno de Argentina es el organismo convocante de las Becas Progresar Educación Obligatoria que están destinadas a favorecer la formación de los jóvenes que desean cursar estudios de educación primaria o secundaria.

Mediante las Becas Progresar Educación Obligatoria, las personas beneficiarias de las mismas recibirán una dotación económica durante un periodo de tiempo de 12 meses.

Con medidas como estas, el Gobierno de Argentina se asegura de ofrecer igualdad de oportunidades entre los ciudadanos, garantizando una adecuada formación académica que le permita el acceso al mercado laboral en las condiciones más óptimas, además de obtener como resultado a una población mejor formada.

Por todo ello si cuentas con la nacionalidad argentina o eres residente de este país, y cumples con el resto de requisitos indicados, te animamos a solicitar una de las becas que se ofrecen en esta convocatoria y que te darán el impulso que necesitas para el normal desarrollo y finalización de tus estudios.

Conoce aquí todos los datos relacionados con las Becas Progresar Educación Obligatoria, como requisitos, plazo, presentación de solicitudes, y otros datos de interés. No pierdas tu oportunidad y si quieres solicitarlas, consulta aquí toda la información que necesitas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primaria
  • Educación Secundaria Estudiantes Latinoamericanos
País de origen
  • Argentina
Nacionalidades
  • Argentina
  • Residente en Argentina

Requisitos

Los requisitos a reunir para optar a las Becas Progresar Educación Obligatoria son los siguientes:

Son requisitos y condiciones para aspirar a ser titular de las becas “PROGRESAR” línea Finalización de la Educación Obligatoria:

A. Ser argentino nativo o naturalizado o extranjero con residencia legal de al menos DOS (2) años en el país y contar con documento nacional de identidad (DNI).

B. Tener al momento del cierre de la convocatoria a la beca entre DIECISÉIS (16) y veinticuatro (24) años de edad cumplidos, ampliándose para los grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional, según el siguiente detalle:

  • Personas que se encuentren a cargo de un hogar monoparental con hijos de menos de DIECIOCHO (18) años de edad, hasta treinta y cinco (35) años cumplidos a la fecha del cierre de la convocatoria a la beca.
  • Personas integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios, personas trans, personas con discapacidad, personas refugiadas y personas afrodescendientes y/o afroargentinas, sin límite máximo de edad.

C. Los ingresos del postulante y de su grupo familiar no deberán ser superiores a TRES (3) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM). No se considerarán como ingreso familiar las pensiones no contributivas por discapacidad.

D. Cumplir con la condición de alumno regular.

E. Cumplir con las condiciones académicas que se detallan en el CAPÍTULO VI del presente reglamento.

F. Solicitar la beca dentro de los plazos fijados por la convocatoria respectiva, validando los datos previamente con Mi Argentina.

G. Finalizar correctamente la inscripción en la plataforma “PROGRESAR”.

Dotación

Dotación de las Becas Progresar Educación Obligatoria:

La SECRETARÍA DE EDUCACIÓN establecerá las fechas, montos y modalidades específicas de implementación para cada nueva convocatoria.

El monto mensual de las líneas “Finalización de la educación obligatoria”, “Fomento de la educación superior”, “Progresar Enfermería” y “Progresar Formación Profesional” se fija en PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($35.000).

Presentación

Los aspirantes deberán inscribirse a las Becas Progresar Educación Obligatoria exclusivamente dentro del plazo estipulado, sin la posibilidad de postulación en más de una línea de beca “PROGRESAR”. La solicitud de la beca se realizará a través del formulario de inscripción disponible en la plataforma “PROGRESAR”, accediendo a través de Mi Argentina. La información proporcionada en el formulario tendrá carácter de declaración jurada. Cualquier falsedad en los datos declarados impedirá el otorgamiento de la beca y podrá derivar en sanciones administrativas para el solicitante. El aspirante podrá modificar sus datos únicamente hasta el momento de enviar el formulario de inscripción. Una vez enviada, la inscripción quedará registrada con la información declarada.

Más información

Objetivos

Las becas “PROGRESAR” correspondientes a la presente línea tienen por objetivo apoyar a los estudiantes en la reincorporación, permanencia y finalización de la educación obligatoria en los términos de la Ley N° 26.206 de Educación Nacional.

Destinatarios. Estudiantes argentinos nativos o naturalizados, o extranjeros con residencia legal de al menos dos (2) años en el país, con documento nacional de identidad (DNI).

Incompatibilidad

Las becas “PROGRESAR” son de carácter personal e intransferible del estudiante y serán incompatibles con otras becas educativas similares otorgadas por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.

Duración

Las becas “PROGRESAR” tienen una duración de hasta doce (12) meses para los becarios que resulten adjudicados por la inscripción en la primera convocatoria y cumplan con todas las condicionalidades previstas en el presente.

Para los becarios que resulten adjudicados por inscripción en la segunda convocatoria, las becas “PROGRESAR” tienen una duración de hasta seis (6) meses, y al igual que en la primera convocatoria, recibirán todas las cuotas siempre y cuando cumplan con la totalidad de las condicionalidades exigidas.

La renovación de estas becas puede extenderse hasta un período máximo de CUATRO (4) años.

Las DOCE (12) cuotas, para quienes resulten adjudicados en la primera convocatoria, se componen de la siguiente manera:

  • OCHO (8) cuotas regulares, de las que se retendrá el VEINTE POR CIENTO (20%) hasta cumplir con las 3 certificaciones.
  • DOS (2) cuotas estímulo por participación en actividades formativas de extensión.
  • DOS (2) cuotas estímulo por rendimiento académico, por no adeudar materias del año en curso, como así tampoco de años anteriores al momento de finalizar el ciclo lectivo vigente.

En caso de ser adjudicado en la segunda convocatoria, las SEIS (6) cuotas se componen de la siguiente manera:

  • CUATRO (4) cuotas regulares, de las que se retendrá el VEINTE POR CIENTO (20%) hasta cumplir con las DOS (2) certificaciones.
  • UNA (1) cuota estímulo por participación en actividades formativas de extensión.
  • UNA (1) cuota estímulo por rendimiento académico, por no adeudar materias del año en curso, como así tampoco de años anteriores al momento de finalizar el ciclo lectivo vigente.

Obligaciones de los becarios

Aquellos que sean titulares de una beca “PROGRESAR” deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

A. Conocimiento y aceptación del presente Reglamento. La inscripción de los postulantes al Programa importará el conocimiento y aceptación de la normativa que lo regula y el compromiso del cumplimiento de las obligaciones que de él resulten. La permanencia de las condiciones que hubieren justificado el otorgamiento de la beca será condición indispensable para el mantenimiento de esta. Asimismo, los datos consignados por el postulante tendrán carácter de declaración jurada, asumiendo éste la responsabilidad por su veracidad.

B. Cambios de situación. En consonancia con el párrafo anterior, los titulares de beca deberán informar al Programa a través de la plataforma de PROGRESAR los cambios que se produzcan en el ámbito académico. A través de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), deberán informar cualquier variación que consideren relevante a los fines de la permanencia en el mismo, relativos a su situación personal, familiar, patrimonial, laboral y económica, y a través de la Aplicación de Mi Argentina los eventuales cambios de domicilio, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles administrativos de acaecido el cambio.

C. Renuncia: El titular de beca que desee renunciar al Programa podrá hacerlo únicamente a través de la plataforma “PROGRESAR” en cualquier momento del año lectivo.

D. Pase de Escuela: Es deber del titular de beca informar a través de la plataforma si durante el año lectivo solicitó un Pase de Escuela y, en consecuencia, continuará su trayectoria educativa en un establecimiento distinto al que se inscribió al momento de solicitar la beca.

Grupos prioritarios y vulnerabilidad multidimensional. Procedimiento de inscripción

Los grupos prioritarios se encuentran integrados por los jóvenes que cursan los niveles de obligatoriedad escolar establecidos por el artículo 16 de la Ley de Educación Nacional 26.206, los estudiantes que se encuentren cursando carreras consideradas estratégicas y aquellos grupos en condición de vulnerabilidad multidimensional priorizados en conformidad con el Plan de Compromiso social y ambiental del Programa para la Mejora de la Inclusión Educativa en el Nivel Secundario y Superior (BIRF-8999-AR- BIRF -9477-AR).

Se entiende como grupo en condición de vulnerabilidad multidimensional a aquellos grupos que históricamente han sufrido múltiples exclusiones y/o violencias simbólicas, materiales, socioeconómicas o de otro tipo. En el presente reglamento se trata de: las personas que se encuentren a cargo de un hogar monoparental, entendido como hogares sostenidos económicamente por un solo padre/madre sin aportes del otro progenitor, con hijos de menos de 18 años; las personas integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios; las personas trans; las personas con discapacidad; las personas refugiadas; las personas afrodescendientes y/o afroargentinas.

Además del procedimiento para la inscripción establecido en el artículo 14, para grupos priorizados se establece que:

A. Hasta veinticuatro (24) años de edad: sólo deberán indicar en el formulario de inscripción su grupo priorizado de pertenencia.

B. Mayores de veinticuatro (24) años de edad adicionalmente deberán:

  • Personas con discapacidad: adjuntar el CUD vigente (Certificado Único de Discapacidad) correspondiente al momento de la inscripción.
  • Personas refugiadas: adjuntar el certificado oficial de la CONARE (Comisión Nacional para los Refugiados).
  • Personas integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios, personas trans y personas afrodescendientes/afroargentinas: indicar grupo priorizado de pertenencia.

Forma de pago de la beca

Para quienes se inscriban al “PROGRESAR” en la primera convocatoria y resulten adjudicados, el pago será en hasta DOCE (12) cuotas mensuales, de acuerdo con el detalle mencionado en el artículo 7° del presente reglamento, cumpliendo con todas las condicionalidades exigidas. Para quienes sean adjudicados en la segunda convocatoria, será de hasta SEIS (6) cuotas mensuales con idéntico criterio, debiendo cumplir con las condicionalidades exigidas en el artículo 7°.

La SECRETARÍA DE EDUCACIÓN liquidará la beca, y su pago, por cuenta y orden de ésta, estará a cargo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), en la cuenta que el becario declare al momento de la inscripción. En los casos en que el CBU informado resulte incorrecto o no supere las validaciones correspondientes, el proceso continúa a través del medio de pago registrado en ANSES o mediante la apertura de una cuenta.

Enlaces de interés

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/340001/20260327

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Progresar Educación Obligatoria

La Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES - Gobierno de Argentina es el organismo convocante de las Becas Progresar Educación Obligatoria que están destinadas a favorecer la formación de los jóvenes que desean cursar estudios de educación primaria o secundaria.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Progresar Educación Obligatoria" es: desde 10/08/2026 hasta 04/09/2026.

La Beca "Becas Progresar Educación Obligatoria" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Primaria
  • Educación Secundaria Estudiantes Latinoamericanos

La Beca "Becas Progresar Educación Obligatoria" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios