Xunta de Galicia

Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia

Premios, concursos y certámenesNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio11/07/2026 Fin10/08/2026
Abierta

Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia: solicitud y plazos

Descripción

Los Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia son convocados con la finalidad de ofrecer unos premios con los cuales se reconozca públicamente los méritos basados en el esfuerzo y trabajo de personas que han cursado estudios de formación profesional de nivel superior con un rendimiento académico excelente.

La cuantía de los Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia no podrá exceder los 1.000 euros por premio. Podrán concederse hasta 23 premios extraordinarios, uno por cada familia de formación profesional de grado superior que esté implantada en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Podrán optar a estos premios las personas que hayan cursado los estudios de Formación Profesional de Grado Superior en un centro de Galicia, independientemente de que haya sido de forma presencial o ha distancia. La calificación obtenida en el ciclo deberá ser igual o por encima de los 8.50 puntos.

Para seleccionar a los premiados se tendrán en cuenta criterios de evaluación como la calificación final del ciclo formativo para el que se solicita el premio extraordinario, y los méritos relacionados con el título de técnica o técnico superior de Formación Profesional por el que se optar al premio.

Si deseas conocer toda la información sobre los Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia, aquí puedes hacerlo. Además en nuestra web podrás consultar otras becas ofrecidas por la Xunta de Galicia.

Datos básicos

Nº de becas
23
Nivel de estudio
  • Ciclos formativos de grado superior
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Los requisitos para optar a los Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia son los que se indican a continuación:

  • a. Haber cursado estudios de formación profesional de grado superior durante el curso 2024/25 en algún centro educativo de la Comunidad Autónoma de Galicia, bien en la modalidad presencial o bien en la modalidad a distancia, y haber finalizado sus estudios, y estar expedido el título, en el año 2025.
  • b. Haber obtenido una calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50, en los términos establecidos en la normativa vigente. Esta calificación se expresará con dos cifras decimales redondeada a la centésima más próxima, y en caso de equidistancia, a la superior.
  • c. No tener la condición de personal docente que desarrolle o haya desarrollado su actividad laboral en la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional en los tres años anteriores al 1 de septiembre de 2026.

Dotación

  • La dotación para los Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia será de 23.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 07.03.423A.480.1 de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional de los presupuestos del año 2026, que se distribuirán entre las personas premiadas en la misma cuantía, y que no podrá exceder los 1.000 € por premio. La concesión de las ayudas reguladas en esta orden tendrá como límite global el crédito asignado para este fin.
  • El alumnado que obtenga el premio extraordinario de formación profesional de grado superior percibirá la dotación económica en caso de cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 16 de esta orden, y además recibirá un diploma acreditativo. La distinción de obtener premio extraordinario se hará constar en las certificaciones académicas que se emitan.
  • Estos premios son compatibles con otros premios, becas y ayudas para la misma finalidad cualquiera que sea su naturaleza o la entidad que los conceda.

Presentación

  • Las solicitudes de participación a los Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia deberán presentarse por medios electrónicos una través del formulario tipo (Anexo I) disponible en la aplicación informática Premios Edu: https://www.edu.xunta.gal/premiosedu/, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal, o directamente desde la propia aplicación Premios Educación
  • De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.2 y 10.3 de la Ley 4/2019, de 17 de julio,de administración digital de Galicia (DOG núm. 141, de 26 de julio), los solicitantes, en base a los requisitos establecidos en los apartados a) y b ) del artículo 3 de esta orden, se presumirá que tienen capacidad técnica suficiente para el acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios para tramitar su solicitud.
  • De acuerdo con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguno de los interesados presenta personalmente su solicitud, estará obligado a modificarla mediante su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud la fecha en que se realizó la modificación.

Más información

Finalidad

La finalidad de estos premios es la de reconocer y valorar los méritos excepcionales basados en el esfuerzo y en el trabajo del alumnado que cursó con excelente resultado académico estudios de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Criterios de valoración

  • Los premios se concederán en régimen de concurrencia competitiva. En la valoración final el jurado tendrá en cuenta los siguientes méritos:
    • a. La calificación final del ciclo formativo por el que se opta al premio extraordinario.
    • b. Méritos relacionados con el título de técnica o técnico superior de formación profesional por el que se opta al premio, que se relacionan en el anexo V de la presente convocatoria (tipo y subtipo).
  • La valoración final será la suma de las valoraciones de los apartados 1.a) y 1.b) de este artículo.
  • El jurado resolverá los empates teniendo en cuenta la mayor puntuación en los siguientes méritos por este orden:
    • a. Calificación final del ciclo formativo por el que se opta al premio extraordinario.
    • b. Méritos relacionados con el título de técnica o técnico superior de formación profesional (artículo 12.1.b), tipo b.1 del anexo V).
    • c. Méritos relacionados con el título de técnica o técnico superior de formación profesional (artículo 12.1.b), tipo b.2 del anexo V).
    • d. Méritos relacionados con el título de técnica o técnico superior de formación profesional (artículo 12.1.b), tipo b.3 del anexo V).
    • e. Méritos relacionados con el título de técnica o técnico superior de formación profesional (artículo 12.1.b), tipo b.4 del anexo V).
    • f. Sorteo.
  • El jurado podrá declarar desierto alguno de los premios.
Puntajes provisionales

  • El jurado de selección hará públicas las puntuaciones obtenidas por las personas candidatas en los lugares relacionados en el artículo 17 de esta orden.
  • El alumnado o, en su caso, las personas representantes legales podrán presentar reclamación contra la puntuación obtenida en el plazo de diez (10) días contados a partir del siguiente al de su publicación.
  • La reclamación se presentará por vía electrónica a través del anexo III, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada.
Resolución de concesión

  • Una vez resueltas las reclamaciones, el jurado elaborará el acta con la propuesta de adjudicación de los premios extraordinarios. Los resultados con las puntuaciones definitivas de las personas aspirantes se publicarán en los lugares relacionados en el artículo 17 de esta orden. El acta original quedará registrada en los ficheros del Servicio de Evaluación del Sistema Educativo.
  • Las reclamaciones se entenderán resueltas y notificadas con la publicación de las puntuaciones definitivas.
  • La persona titular del Servicio de Evaluación del Sistema Educativo elevará la propuesta hecha por el jurado de selección a la persona titular de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, quien emitirá la correspondiente orden de adjudicación para su publicación en el Diario Oficial de Galicia. La relación del alumnado premiado se comunicará a la Dirección General de Planificación, Innovación y Gestión de la Formación Profesional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
  • El plazo máximo para resolver este procedimiento será de cuatro (4) meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de inscripción. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese notificado la correspondiente resolución, la persona interesada podrá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Publicación e información

  • La relación del alumnado admitido y excluido y las puntuaciones obtenidas por las personas candidatas se publicarán en el portal educativo: https://www.edu.xunta.gal, y en la página de inicio de la aplicación informática PremiosEdu: https://www.edu.xunta.gal/premiosedu, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Se podrá solicitar información en la dirección de correo electrónico: premios@edu.xunta.gal.

Enlaces de interés

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260710/AnuncioG0761-290626-0004_es.html

Documentación a adjuntar

Las personas interesadas deberán aportar junto a la solicitud la siguiente documentación:

  • a. Listado de los méritos que se deseen alegar relacionados con el título de técnica o técnico superior de formación profesional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.1.b) de esta convocatoria y según el modelo del anexo II.
  • b. Documentación justificativa de los méritos según lo establecido en el anexo V de la presente orden, donde consten expresamente la actividad desarrollada, el número de horas de duración, la fecha de inicio y de finalización, o el período de contratación, y el organismo que convoca.
  • c. Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho en el caso de actuar mediante representante.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, que serán solicitados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada que los aporte.

La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia

Los Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia son convocados con la finalidad de ofrecer unos premios con los cuales se reconozca públicamente los méritos basados en el esfuerzo y trabajo de personas que han cursado estudios de formación profesional de nivel superior con un rendimiento académico excelente.

El plazo de inscripción de la Beca "Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia" es: desde 11/07/2026 hasta 10/08/2026.

La Beca "Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Ciclos formativos de grado superior

La Beca "Premios Extraordinarios FP Superior Xunta de Galicia" es un tipo de beca: 

  • Premios, concursos y certámenes