Becas Transición Acción 5.2 Plan Promoción Investigación UJI
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Becas Transición Acción 5.2 Plan Promoción Investigación UJI: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Jaume I convoca las Becas Transición Acción 5.2 Plan Promoción Investigación UJI. Estas becas ofrecen una valiosa oportunidad para obtener formación y colaborar en un proyecto de relevancia científica.
Las ayudas se dirigen a los estudiantes del grado en Medicina de la UJI, que cumplan con los requisitos especificados en esta convocatoria.
El objetivo principal es adquirir experiencia en el diseño y realización de estudios epidemiológicos, incluyendo estudios de cohorte prospectivo. Los beneficiarios de esta beca participarán en diversas actividades, como la realización de búsquedas bibliográficas, técnicas de difusión para motivar la participación en el proyecto, creación de cuestionarios online utilizando plataformas especializadas, recopilación y depuración de datos, así como análisis estadístico descriptivo y analítico.
Los beneficiarios de las Becas Transición Acción 5.2 Plan Promoción Investigación UJI tendrán, además, la oportunidad de colaborar en la publicación y divulgación de los resultados, participando en la presentación de comunicaciones en congresos y la publicación en revistas científicas.
Estas becas representan un compromiso con la excelencia académica y el desarrollo profesional en el campo de la investigación médica. Los candidatos seleccionados recibirán una retribución bruta mensual de 440 euros.
Los interesados en participar en las Becas Transición Acción 5.2 Plan Promoción Investigación UJI podrán consultar todos los datos relevantes en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Salud y Biología
- Carrera
- Medicina
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Podrán participar en las Becas Transición Acción 5.2 Plan Promoción Investigación UJI, las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- Estudiantado de la UJI del grado en Medicina que haya superado al menos el 50% de los créditos de la titulación. Asimismo, la persona solicitante no deberá haber superado todos los créditos de los que consta la titulación o los créditos extra de los que se haya podido matricular.
- Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de otro país no perteneciente a la UE con permiso de residencia o de estudios en España y con la documentación identificativa en vigor, en el momento de la incorporación a la beca.
Dotación
Las Becas Transición Acción 5.2 Plan Promoción Investigación UJI ofrecerán una retribución bruta de 440 euros mensuales. La persona beneficiaria de la beca, de acuerdo con el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación, será incluida en este régimen. El coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social correrá a cargo del proyecto de investigación que financia la beca.
Presentación
La solicitud para participar en las Becas Transición Acción 5.2 Plan Promoción Investigación UJI, se formalizará a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, o por cualquiera de los procedimientos que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del extracto de la presente convocatoria.
Para la formalización de la solicitud por Registro Electrónico de la Universitat Jaume I será necesario disponer de una cuenta corporativa de la Universitat Jaume I, un certificado digital de firma electrónica o DNI electrónico.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI) la resolución provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución se abrirá un plazo de diez días para que las personas interesadas subsanen los defectos de su solicitud o aporten los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo llevan a cabo, se considerará que desisten de su petición, previa resolución, que se dictará en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de la solicitud conlleva la autorización a la comisión de valoración para obtener toda la información que necesite de cualquier órgano de la Universitat Jaume I y de cualquier otra entidad u organismo público, a los efectos de comprobar la veracidad y autenticidad de los datos y documentos aportados por las personas interesadas, excepto si existe oposición expresa de estas manifestada en la solicitud. En este caso deberá aportar la información o documentación requerida. La presentación de la solicitud implica la total aceptación de las bases por parte de la persona solicitante.
Más información
Características de la beca
Beca de investigación.
Dedicación a tiempo parcial: 20 horas semanales.
Duración prevista: 4 meses. El periodo de vigencia de la beca se indicará en la resolución por la que se determine la persona beneficiaria de esta. Podrá ser prorrogada por un período no superior al de disfrute y mientras se mantenga vigente el proyecto/contrato al que está vinculada la beca, siempre que exista disponibilidad presupuestaria y mediante acuerdo de la comisión prevista en esta convocatoria.
Esta beca no supone ni establece relación laboral alguna con la Universitat Jaume I, ni implica, por parte de esta, ningún compromiso en cuanto a la posible incorporación de la persona beneficiaria a la plantilla de la Universitat.
La beca quedará sin efecto por incumplimiento de las obligaciones del becario o becaria, mediante informe negativo razonado de la dirección de la beca; por concurrir en el becario o becaria alguna de las incompatibilidades; por su desvinculación de la titulación con la que accedió a la beca, o cuando cese la vigencia del proyecto/contrato al que se refiere el punto 1.1 de esta convocatoria.
El tutor o tutora de esta beca responsable del seguimiento de la actividad y evaluación del becario o becaria será Paula Carrasco Espí.
Incompatibilidades:
- El candidato o candidata que mantenga una relación laboral con la Universidad no puede disfrutar de una beca de investigación. Asimismo, esta beca es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, salvo las becas o ayudas para los estudios de grado y máster.
Derechos y obligaciones
- La persona beneficiaria deberá mantener una estricta confidencialidad sobre cualquier información conocida relacionada con cualquier proyecto de carácter científico, tecnológico o artístico al que pueda tener acceso.
- El punto anterior no será de aplicación cuando la información recibida sea de dominio público, cuando la parte receptora tenga evidencia de que se conoce previamente la información recibida, o cuando la parte receptora haya recibido esta información de una tercera parte sin compromiso de confidencialidad.
- La publicación, lectura en una tesis, o cualquier otra forma de difusión de los resultados de los trabajos que ha desarrollado el becario o becaria requerirá el consentimiento expreso y por escrito de la Universitat Jaume I, que se deberá solicitar previamente a través del Registro General.
- Tras la participación del becario o becaria en las actividades de investigación mencionadas, la confidencialidad referida se mantendrá durante cinco años o durante el tiempo que requieran las posibles obligaciones contraídas por la Universitat Jaume I en proyectos con terceras partes.
- La Universitat Jaume I podrá requerir a la persona becada la entrega inmediata de la información recibida durante su vinculación con la UJI, y esta se comprometerá a la destrucción de cualquier copia tangible de dicha información.
- Respecto a los derechos de propiedad industrial así como a los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarse durante todo el período de la beca, se entenderá que son de aplicación el artículo 35 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el artículo 21 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, así como otra legislación aplicable, de manera que estos derechos pertenecerán única y exclusivamente a la Universitat Jaume I. Asimismo, será de aplicación la Normativa sobre la protección de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de la Universitat Jaume I.
- A. Expediente: hasta 65 puntos. El expediente se evaluará según lo establecido en la normativa sobre determinación de la nota media a efectos académicos (actualmente, Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte). Este Real Decreto 1125/2003 establece la tabla de calificaciones siguiente: suspenso = 0 - 4,9; aprobado = 5,0 - 6,9; notable = 7,0 - 8,9; sobresaliente = 9,0 – 10.
- B. Investigación: hasta 10 puntos (1 puntos por publicación científica, 0,5 puntos por ponencia o comunicación científica, 0,5 puntos por participación en congresos, 1 puntos por participación en proyectos de investigación, 1 puntos por mes de participación en becas de investigación).
- C. Conocimientos de idiomas (inglés, francés, alemán y/o italiano) acreditados de acuerdo con la tabla de equivalencias de la Universitat Jaume I: hasta 10 puntos.
- Nivel C2: 10,00 puntos.
- Nivel C1: 08.75 puntos.
- Nivel B2: 07,50 puntos.
- Nivel B1: 05,00 puntos.
- Nivel A2: 02,50 puntos.
- Nivel A1: 01,25 puntos.
- D. Conocimientos de la lengua propia de la UJI acreditados de acuerdo con la tabla de equivalencias de la Universitat Jaume I: hasta 10 puntos.
- Nivel C2: 10,00 puntos.
- Nivel C1: 08.75 puntos.
- Nivel B2: 07,50 puntos.
- Nivel B1: 05,00 puntos.
- Nivel A2: 02,50 puntos.
- Nivel A1: 01,25 puntos.
- E. Otros: hasta 5 puntos. (1 punto por cursos de informática, de análisis estadístico o relacionados con metodología de investigación).
Documentación a adjuntar
- a. En caso de que los estudios de grado/máster no se hayan realizado en la Universitat Jaume I, certificado académico oficial detallado en el que figuren las calificaciones obtenidas, la fecha de obtención de las calificaciones y la nota media del expediente académico, según el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, del Ministerio de Universidades. Las personas solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero deberán adjuntar asimismo la declaración de equivalencia de la nota media, que se puede solicitar en la página web Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros. Si la certificación académica está expedida en un idioma diferente del español o catalán se deberá adjuntar la correspondiente traducción jurada a una de las dos lenguas oficiales de la UJI.
- b. Currículum con justificación documental del grado de cumplimiento de los criterios de baremación indicados en la base novena de esta convocatoria. En todo caso, para poder realizarse la baremación deberá acompañarse, necesariamente, la oportuna documentación acreditativa de los méritos alegados. Las personas solicitantes se responsabilizan de la autenticidad y veracidad de los datos consignados en la solicitud y documentación complementaria.
Las aspirantes con condición de víctimas de violencia de género:




