Becas Recubrimientos Vidrio Bioactivo Depositados UJI
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Becas Recubrimientos Vidrio Bioactivo Depositados UJI: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Recubrimientos Vidrio Bioactivo Depositados UJI son perfectas para quienes buscan formarse y participar en el proyecto recubrimientos de vidrio bioactivo depositados mediante proyección térmica por plasma a partir de polvos sintetizados mediante microondas (microvid). Estas becas están dirigidas a estudiantes que deseen profundizar en el estudio y desarrollo de recubrimientos de vidrio bioactivo, un área con gran potencial en sectores como el biomédico y la tecnología cerámica.
Para optar a las Becas Recubrimientos Vidrio Bioactivo Depositados UJI, es imprescindible presentar un expediente académico que cumpla con los criterios establecidos. Se valorarán especialmente los conocimientos de inglés y de la lengua propia de la Universitat Jaume I, así como la experiencia en prácticas en empresas o instituciones públicas relacionadas con el proyecto de investigación.
Estas becas ofrecerán una dotación de 440 euros al mes, y los beneficiarios deberán dedicarle 20 horas semanales a sus tareas.
Las Becas Recubrimientos Vidrio Bioactivo Depositados UJI no solo proporcionan una excelente formación, sino que también permiten adquirir experiencia en la aplicación de tecnologías avanzadas. Los interesados deben asegurarse de cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación solicitada dentro del plazo establecido.
Si buscas una oportunidad en investigación con un enfoque innovador, estas becas son la opción ideal. Para más información, puedes consultar en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Grado
- Carrera
- Ingeniería Química
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Podrán participar en la presente convocatoria de Becas Recubrimientos Vidrio Bioactivo Depositados UJI las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- Estudiantado de la UJI del grado en Ingeniería Química que haya superado al menos el 50% de los créditos de la titulación. Asimismo, la persona solicitante no deberá haber superado todos los créditos de los que consta la titulación o los créditos extra de los que se haya podido matricular.
- Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de otro país no perteneciente a la UE con permiso de residencia o de estudios en España y con la documentación identificativa en vigor, en el momento de la incorporación a la beca.
Dotación
La retribución bruta de las Becas Recubrimientos Vidrio Bioactivo Depositados UJI será de 440 euros mensuales. La persona beneficiaria de la beca, de acuerdo con el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación, será incluida en este régimen. El coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social correrá a cargo del proyecto de investigación que financia la beca.
Presentación
La solicitud para participar en esta convocatoria de Becas Recubrimientos Vidrio Bioactivo Depositados UJI se formalizará a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, o por cualquiera de los procedimientos que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del extracto de la presente convocatoria. Para la formalización de la solicitud por Registro Electrónico de la Universitat Jaume I será necesario disponer de una cuenta corporativa de la Universitat Jaume I, un certificado digital de firma electrónica o DNI electrónico.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI) la resolución provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución se abrirá un plazo de diez días para que las personas interesadas subsanen los defectos de su solicitud o aporten los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo llevan a cabo, se considerará que desisten de su petición, previa resolución, que se dictará en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de la solicitud conlleva la autorización a la comisión de valoración para obtener toda la información que necesite de cualquier órgano de la Universitat Jaume I y de cualquier otra entidad u organismo público, a los efectos de comprobar la veracidad y autenticidad de los datos y documentos aportados por las personas interesadas, excepto si existe oposición expresa de estas manifestada en la solicitud. En este caso deberá aportar la información o documentación requerida.
La presentación de la solicitud implica la total aceptación de las bases por parte de la persona solicitante.
Más información
Otros datos de interés
Dedicación a tiempo parcial: 20 horas semanales.
Duración prevista: 10 meses. El periodo de vigencia de la beca se indicará en la resolución por la que se determine la persona beneficiaria de esta. Podrá ser prorrogada por un período no superior al de disfrute y mientras se mantenga vigente el proyecto/contrato al que está vinculada la beca, siempre que exista disponibilidad presupuestaria y mediante acuerdo de la comisión prevista en esta convocatoria.
Esta beca no supone ni establece relación laboral alguna con la Universitat Jaume I, ni implica, por parte de esta, ningún compromiso en cuanto a la posible incorporación de la persona beneficiaria a la plantilla de la Universitat.
La beca quedará sin efecto por incumplimiento de las obligaciones del becario o becaria, mediante informe negativo razonado de la dirección de la beca; por concurrir en el becario o becaria alguna de las incompatibilidades; por su desvinculación de la titulación con la que accedió a la beca, o cuando cese la vigencia del proyecto/contrato al que se refiere el punto 1.1 de esta convocatoria.
El tutor de esta beca responsable del seguimiento de la actividad y evaluación del becario o becaria será Eugeni Cañas Recacha.
Incompatibilidades
El candidato o candidata que mantenga una relación laboral con la Universitat no puede disfrutar de una beca de investigación. Asimismo, esta beca es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, salvo las becas o ayudas para los estudios de grado y máster.
Derechos y obligaciones
La persona beneficiaria deberá mantener una estricta confidencialidad sobre cualquier información conocida relacionada con cualquier proyecto de carácter científico, tecnológico o artístico al que pueda tener acceso.
El punto anterior no será de aplicación cuando la información recibida sea de dominio público, cuando la parte receptora tenga evidencia de que se conoce previamente la información recibida, o cuando la parte receptora haya recibido esta información de una tercera parte sin compromiso de confidencialidad.
La publicación, lectura en una tesis, o cualquier otra forma de difusión de los resultados de los trabajos que ha desarrollado el becario o becaria requerirá el consentimiento expreso y por escrito de la Universitat Jaume I, que se deberá solicitar previamente a través del Registro General.
Tras la participación del becario o becaria en las actividades de investigación mencionadas, la confidencialidad referida se mantendrá durante cinco años o durante el tiempo que requieran las posibles obligaciones contraídas por la Universitat Jaume I en proyectos con terceras partes.
La Universitat Jaume I podrá requerir a la persona becada la entrega inmediata de la información recibida durante su vinculación con la UJI, y esta se comprometerá a la destrucción de cualquier copia tangible de dicha información.
Respecto a los derechos de propiedad industrial así como a los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarse durante todo el período de la beca, se entenderá que son de aplicación el artículo 35 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el artículo 21 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, así como otra legislación aplicable, de manera que estos derechos pertenecerán única y exclusivamente a la Universitat Jaume I. Asimismo, será de aplicación la Normativa sobre la protección de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de la Universitat Jaume I.
Plazo máximo para dictar resolución expresa
El plazo máximo para resolver la convocatoria y llevar a cabo su notificación será de seis meses a partir de la fecha final para la presentación de solicitudes. Si finalizado este plazo no se ha dictado resolución expresa, se podrán entender desestimadas, en conformidad con lo que dispone el artículo 55 de la Ley 9/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana, sin perjuicio de la obligación de resolver y de notificar que establece el artículo 21 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Criterios de valoración y de selección
La comisión de valoración llevará a cabo la valoración de los méritos debidamente acreditados de las solicitudes conforme al baremo siguiente:
- A. Expediente académico hasta 70 puntos. El expediente se evaluará según lo que se establece en la normativa sobre determinación de la nota media a efectos académicos (actualmente, Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte). Este Real Decreto 1125/2003 establece la siguiente tabla de calificaciones: suspenso = 0 - 4,9; aprobado = 5,0 - 6,9; notable = 7,0 - 8,9; excelente = 9,0 – 10.
- B. Conocimientos de inglés acreditados de acuerdo con la tabla de equivalencias de la Universidad Jaume I: hasta 6 puntos. Nivel C2: 6,000 puntos. Nivel C1: 5,250 puntos. Nivel B2: 4,500 puntos. Nivel B1: 3,000 puntos. Nivel A2: 1,500 puntos. Nivel A1: 0,750 puntos.
- C. Conocimientos de la lengua propia de la UJI acreditados de acuerdo con la tabla de equivalencias de la Universidad Jaume I: hasta 4 puntos. Nivel C2: 4,00 puntos. Nivel C1: 3,50 puntos. Nivel B2: 3,00 puntos. Nivel B1: 2,00 puntos. Nivel A2: 1,00 puntos. Nivel A1: 0,50 puntos.
- D. Otros: hasta 20 puntos. Prácticas en empresa o institución pública sobre una temática afín al proyecto 2 puntos por mes.
Información adicional
Para cualquier aclaración sobre esta convocatoria, las personas interesadas pueden dirigirse a la persona directora del proyecto de investigación, Eugeni Cañas Recacha, del Instituto Universitario de Tecnología Cerámica Agustín Escardino, teléfono 964728744 y dirección electrónica ecanas@uji.es.
Enlaces de interés
https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/PKJKQUPRVJ6SO6G57TC4JJT1LRILCNXE
Documentación a adjuntar
- a. En caso de que los estudios de grado/máster no se hayan realizado en la Universitat Jaume I, se deberá presentar un certificado académico oficial detallado, según lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, del Ministerio de Universidades. Este certificado debe incluir las calificaciones obtenidas, la fecha de obtención de las calificaciones y la nota media del expediente académico. Las personas que hayan cursado estudios en el extranjero deberán adjuntar la declaración de equivalencia de la nota media, que se puede solicitar a través de la página web de Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros. Si la certificación académica está emitida en un idioma distinto al español o catalán, deberá adjuntarse una traducción jurada a cualquiera de las lenguas oficiales de la Universitat Jaume I.
- b. Se deberá entregar un currículum vitae con la documentación justificativa de los méritos señalados, según los criterios de baremación indicados en la base novena de esta convocatoria. Para realizar la baremación de los méritos, se deberá presentar la documentación acreditativa correspondiente. Las personas solicitantes serán responsables de la veracidad y autenticidad de los datos y documentos aportados.
Las aspirantes con condición de víctimas de violencia de género:




