Becas Mejora Algoritmos Detección SCIMFAKE
INSCRIPCIONES
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Becas Mejora Algoritmos Detección SCIMFAKE: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Mejora Algoritmos Detección SCIMFAKE están dirigidas a estudiantes de la Universitat Jaume I que cursan los grados de Ingeniería Informática, Inteligencia Robótica, Diseño y Desarrollo de Videojuegos, Matemática Computacional, Ingeniería Eléctrica o Ingeniería en Tecnologías Industriales, y que haya superado al menos el 50% de los créditos de la titulación. Estas becas ofrecen una oportunidad única para quienes desean profundizar en la investigación y la innovación tecnológica.
para participar en las Becas Mejora Algoritmos Detección SCIMFAKE, también es necesario poseer la nacionalidad española, de un país de la Unión Europea o contar con permiso de residencia en España.
El proceso de solicitud se realiza a través del registro electrónico de la Universitat Jaume I. Además, quienes participen en esta convocatoria deben presentar documentación específicada, como certificados académicos y currículum detallado.
La evaluación de las solicitudes sigue criterios estrictos tales como el expediente académico, la experiencia en investigación, el nivel de inglés y otros méritos.
Participar en esta convocatoria implica contribuir al desarrollo de algoritmos innovadores. Las Becas Mejora Algoritmos Detección SCIMFAKE representan una oportunidad clave para quienes buscan avanzar en el campo de la inteligencia artificial aplicada. Si deseas consultar toda la información sobre estas ayudas, aquí puedes hacerlo.
Datos básicos
- Nº de becas
- 2
- Nivel de estudio
- Grado
- Carrera
- Diseño y Desarrollo de videojuegos
- Ingeniería Eléctrica y Electrónica
- Ingeniería en Informática
- Ingeniería Matemática
- Ingeniería Robótica
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Requisitos de las Becas Mejora Algoritmos Detección SCIMFAKE:
Podrán participar en la presente convocatoria las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- 1.º Estudiantado de la UJI del grado en Ingeniería Informática, Inteligencia Robótica, Diseño y Desarrollo de Videojuegos, Matemática Computacional, Ingeniería Eléctrica o Ingeniería en Tecnologías Industriales, que haya superado al menos el 50% de los créditos de la titulación. Así mismo, las personas solicitantes no tienen que haber superado todos los créditos de que consta la titulación o los créditos extra de los cuales se hayan podido matricular.
- 2.º Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de otro país no perteneciente a la UE con permiso de residencia o de estudios en España y con la documentación identificativa en vigor, en el momento de la incorporación a la beca.
Dotación
Las Becas Mejora Algoritmos Detección SCIMFAKE ofrecerán una retribución bruta de 330 euros mensuales.
Las personas beneficiarias de la beca, de acuerdo con el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación, serán incluidas en este régimen.
Presentación
- La solicitud para participar en esta convocatoria de Becas Mejora Algoritmos Detección SCIMFAKE, se formalizará a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, o por cualquiera de los procedimientos que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del extracto de la presente convocatoria. Para la formalización de la solicitud por Registro Electrónico de la Universitat Jaume I será necesario disponer de una cuenta corporativa de la Universitat Jaume I, un certificado digital de firma electrónica o DNI electrónico.
- Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI) la resolución provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución se abrirá un plazo de diez días para que las personas interesadas subsanen los defectos de su solicitud o aporten los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo llevan a cabo, se considerará que desisten de su petición, previa resolución, que se dictará en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- La presentación de la solicitud conlleva la autorización a la comisión de valoración para obtener toda la información que necesite de cualquier órgano de la Universitat Jaume I y de cualquier otra entidad u organismo público, a los efectos de comprobar la veracidad y autenticidad de los datos y documentos aportados por las personas interesadas, excepto si existe oposición expresa de estas manifestada en la solicitud. En este caso deberá aportar la información o documentación requerida.
- La presentación de la solicitud implica la total aceptación de las bases por parte de la persona solicitante.
Más información
Objeto
Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de dos becas de iniciación a la investigación en el ámbito del proyecto «ANÁLISIS Y MEJORA DE ALGORITMOS DE DETECCIÓN DE MANIPULACIONES FRAUDULENTAS EN IMÁGENES DE PUBLICACIONES CIENTÍFICAS (SCIMFAKE)» (Código 22I570) dirigido por Filiberto Pla Bañón del Instituto Universitario de Nuevas Tecnologías de la Imagen.
- Conocer el tipo de datos objeto del estudio y colaborar en la confección de una base de datos de imágenes manipuladas fraudulentamente.
- Estudiar técnicas de detección existentes.
- Familiarizarse con el software y herramientas de acceso libre o código abierto existente para detección de manipulaciones fraudulentas en imágenes.
- Participar en la experimentación con técnicas basadas en aprendizaje profundo para la detección de manipulaciones en imágenes.
Características de las becas
- Becas de investigación.
- Dedicación a tiempo parcial: 15 horas semanales.
- Duración prevista: 8 meses. El periodo de vigencia de las becas se indicará en la resolución por la que se determine las personas beneficiarias de esta. Podrán ser prorrogadas por un período no superior al de disfrute y mientras se mantenga vigente el proyecto/contrato al que están vinculadas las becas, siempre que exista disponibilidad presupuestaria y mediante acuerdo de la comisión prevista en esta convocatoria.
- Estas becas no suponen ni establecen relación laboral alguna con la Universitat Jaume I, ni implican, por parte de esta, ningún compromiso en cuanto a la posible incorporación de las personas beneficiarias a la plantilla de la Universitat.
- Las becas quedarán sin efecto por incumplimiento de las obligaciones del becario o becaria, mediante informe negativo razonado de la dirección de las becas; por concurrir en el becario o becaria alguna de las incompatibilidades; por su desvinculación de la titulación con la que accedió a la beca, o cuando cese la vigencia del proyecto/contrato al que se refiere el punto 1.1 de esta convocatoria.
- El tutor de estas becas responsable del seguimiento de la actividad y evaluación del becario o becaria será Filiberto Pla Bañón.
Incompatibilidades
El candidato o candidata que mantenga una relación laboral con la Universitat no puede disfrutar de una beca de investigación. Asimismo, estas becas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, salvo las becas o ayudas para los estudios de grado y máster.- Las personas beneficiarias deberán mantener una estricta confidencialidad sobre cualquier información conocida relacionada con cualquier proyecto de carácter científico, tecnológico o artístico al que puedan tener acceso.
- El punto anterior no será de aplicación cuando la información recibida sea de dominio público, cuando la parte receptora tenga evidencia de que se conoce previamente la información recibida, o cuando la parte receptora haya recibido esta información de una tercera parte sin compromiso de confidencialidad.
- La publicación, lectura en una tesis, o cualquier otra forma de difusión de los resultados de los trabajos que ha desarrollado el becario o becaria requerirá el consentimiento expreso y por escrito de la Universitat Jaume I, que se deberá solicitar previamente a través del Registro General.
- Tras la participación del becario o becaria en las actividades de investigación mencionadas, la confidencialidad referida se mantendrá durante cinco años o durante el tiempo que requieran las posibles obligaciones contraídas por la Universitat Jaume I en proyectos con terceras partes.
- La Universitat Jaume I podrá requerir a las personas becadas la entrega inmediata de la información recibida durante su vinculación con la UJI, y esta se comprometerá a la destrucción de cualquier copia tangible de dicha información.
- Respecto a los derechos de propiedad industrial así como a los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarse durante todo el período de las becas, se entenderá que son de aplicación el artículo 35 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el artículo 21 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, así como otra legislación aplicable, de manera que estos derechos pertenecerán única y exclusivamente a la Universitat Jaume I. Asimismo, será de aplicación la Normativa sobre la protección de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de la Universitat Jaume I.
Criterios de valoración y de selección
La comisión de valoración llevará a cabo la valoración de los méritos debidamente acreditados de las solicitudes conforme al baremo siguiente:- A. Expediente académico de la titulación que da acceso al máster: hasta 80 puntos. El expediente se evaluará según lo establecido en la normativa sobre determinación de la nota media a efectos académicos (actualmente, Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte). Este Real Decreto 1125/2003 establece la tabla de calificaciones siguiente: suspenso = 0 - 4,9; aprobado = 5,0 - 6,9; notable = 7,0 - 8,9; sobresaliente = 9,0 – 10.
- B. Investigación: hasta 5 puntos (0,5 puntos por publicación científica, 0,3 puntos por ponencia o comunicación científica, 0,1 puntos por participación en congresos, 0,2 puntos por participación en proyectos de investigación, 0,01 puntos por mes de participación en becas de investigación).
- C.Conocimientos de inglés acreditados de acuerdo con la tabla de equivalencias de la Universitat Jaume I: hasta 5 puntos.
- Nivel C2 = 5.
- Nivel C1 = 4,375.
- Nivel B2 = 3,75.
- Nivel B1 = 2,5.
- Nivel A2 = 1,25.
- Nivel A1 = 0,625.
- D. Otros: hasta 10 puntos.
- 0,5 puntos por cada crédito de materia cursada en grado o máster relacionada con visión por computador, procesamiento digital de imágenes o aprendizaje automático.
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Documentación a adjuntar
Documentación que se debe presentar:
- a. En caso de que los estudios de grado/máster no se hayan realizado en la Universitat Jaume I, certificado académico oficial detallado en el que figuren las calificaciones obtenidas, la fecha de obtención de las calificaciones y la nota media del expediente académico, según el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, del Ministerio de Universidades. Las personas solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero deberán adjuntar asimismo la declaración de equivalencia de la nota media, que se puede solicitar en la página web Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros. Si la certificación académica está expedida en un idioma diferente del español o catalán se deberá adjuntar la correspondiente traducción jurada a una de las dos lenguas oficiales de la UJI.
- b. Currículum con justificación documental del grado de cumplimiento de los criterios de baremación indicados en la base novena de esta convocatoria. En todo caso, para poder realizarse la baremación deberá acompañarse, necesariamente, la oportuna documentación acreditativa de los méritos alegados. Las personas solicitantes se responsabilizan de la autenticidad y veracidad de los datos consignados en la solicitud y documentación complementaria.




