Becas Investigación Departamento Ingeniería y Ciencia de Computadores
INSCRIPCIONES
Becas Investigación Departamento Ingeniería y Ciencia de Computadores: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Investigación Departamento Ingeniería y Ciencia de Computadores ofrecen una oportunidad para estudiantes de Ingeniería Informática interesados en dar sus primeros pasos en el ámbito de la investigación. La convocatoria contempla una beca de iniciación vinculada al Departamento de Ingeniería y Ciencia de los Computadores de la Universitat Jaume I, centrada en técnicas de optimización para ejecutar de forma eficiente algoritmos de inteligencia artificial y computación avanzada en dispositivos edge de bajo consumo.
La persona beneficiaria recibirá formación supervisada y participará en un proyecto de investigación relacionado con plataformas heterogéneas embebidas, paralelización, optimización, cuantización y compresión de modelos. Además, podrá familiarizarse con metodologías de investigación y comunicación científica, participar en seminarios internos y trabajar con infraestructura computacional especializada.
Las Becas Investigación Departamento Ingeniería y Ciencia de Computadores tienen una duración prevista de tres meses, con una dedicación de 20 horas semanales y una retribución bruta de 450 euros mensuales. Entre los requisitos se encuentra estar cursando el Grado en Ingeniería Informática y no haber superado todos los créditos de la titulación.
La valoración tendrá en cuenta principalmente el expediente académico, además de criterios como la participación en el programa Estudia e Investiga y los conocimientos acreditados de valenciano e inglés. En total, el baremo puede alcanzar 100 puntos.
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Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Arquitectura e Ingenierías
- Carrera
- Ingeniería en Informática
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Pueden participar en la presente convocatoria de Becas Investigación Departamento Ingeniería y Ciencia de Computadores las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- 1.º Estudiantado de Grado en Ingeniería Informática que no haya superado todos los créditos de los que consta la titulación o los créditos extra de los que se haya podido matricular.
- 2.º Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de otro país no perteneciente a la UE con permiso de residencia o de estudios en España y con la documentación identificativa en vigor, en el momento de la incorporación a la beca.
Dotación
Características de las Becas Investigación Departamento Ingeniería y Ciencia de Computadores:
La ayuda consistirá en la asignación económica individual correspondiente a una:
- Beca de investigación.
- Dedicación a tiempo parcial: 20 horas semanales.
- Duración prevista: 3 meses.
El período de vigencia de la beca se indicará en la resolución por la que se determine la persona beneficiaria. Podrá ser prorrogada por un período no superior al de disfrute y mientras se mantenga vigente el proyecto/contrato al que está vinculada la beca, siempre que haya disponibilidad presupuestaria y mediante acuerdo de la comisión prevista en esta convocatoria.
Retribución bruta de 450 euros mensuales. Al importe bruto de la ayuda que recibirá el estudiantado se aplicarán las retenciones correspondientes al IRPF y la parte de la cotización a la Seguridad Social correspondiente al estudiantado, según la normativa vigente.
La persona beneficiaria de la beca, de acuerdo con el Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación, será incluida en este régimen. El coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social será a cargo del proyecto de investigación que financia la beca.
Esta beca no supone ni establece ninguna relación laboral con la Universitat Jaume I, ni implica, por parte de esta, ningún compromiso en cuanto a la posible incorporación de la persona beneficiaria a la plantilla de la Universidad.
La beca quedará sin efecto por incumplimiento de las obligaciones del becario o becaria, mediante informe negativo razonado de la dirección de la beca; por incurrir el becario o becaria en alguna de las incompatibilidades; por su desvinculación de la titulación con la que accedió a la beca, o cuando cese la vigencia del proyecto/contrato a que se refiere el punto 1.1 de esta convocatoria.
El tutor de esta beca responsable del seguimiento de la actividad y evaluación del becario o becaria será José Ignacio Aliaga Estellés.
Presentación
La solicitud para participar en esta convocatoria de Becas Investigación Departamento Ingeniería y Ciencia de Computadores se debe formalizar a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, o por cualquiera de los procedimientos que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días contados desde el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del extracto de la presente convocatoria. Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días contados desde el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del extracto de la presente convocatoria. Para la formalización de la solicitud a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I es necesario disponer de una cuenta corporativa de la Universitat Jaume I, de un certificado digital de firma electrónica o del DNI electrónico.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor aplicará la acumulación de trámites de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. A tal efecto, se publicará directamente en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI) el acto único de propuesta de resolución provisional de la ayuda, la cual contendrá tanto la lista provisional de personas admitidas y excluidas como su baremación, de acuerdo con el procedimiento establecido en la base séptima.
La presentación de la solicitud comporta la autorización a la comisión de valoración para obtener toda la información que necesite de cualquier órgano de la Universitat Jaume I y de cualquier otra entidad u organismo público, a efectos de comprobar la veracidad y autenticidad de los datos y documentos aportados por las personas interesadas, excepto si existe oposición expresa de estas manifestada en la solicitud. En este caso se debe aportar la información o documentación requerida.
Con la presentación de la solicitud, las personas que soliciten la beca declaran bajo su responsabilidad solidaria lo siguiente:
- Que aceptan las bases de la convocatoria para la que solicitan la beca.
- Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
- Que quedan enteradas de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o revocación de la beca.
- Que la persona solicitante no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias contempladas en los artículos 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tanto los requisitos como los méritos se deben cumplir en la fecha final de presentación de solicitudes.
Más información
Objeto
Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de una beca de iniciación a la investigación en el ámbito del Departamento de Ingeniería y Ciencia de los Computadores y estará dirigida por José Ignacio Aliaga Estellés): Técnicas de optimización para la ejecución eficiente de algoritmos de inteligencia artificial y computación avanzada en dispositivos edge de bajo consumo.
El objetivo de la beca consiste en obtener formación supervisada y colaborar en el proyecto indicado en el punto anterior de acuerdo con el siguiente plan formativo:
Descripción: Introducir al estudiante en la investigación sobre técnicas de optimización para la ejecución eficiente de algoritmos de inteligencia artificial y computación avanzada en dispositivos edge de bajo consumo. La formación se centrará en el estudio de plataformas heterogéneas embebidas, así como en el análisis de mecanismos de paralelización y optimización para diferentes tipos de carga computacional, incluyendo modelos de aprendizaje automático y otros algoritmos intensivos en cálculo.
Objetivos: Adquirir conocimientos sobre técnicas de optimización para la ejecución eficiente de algoritmos de inteligencia artificial en dispositivos edge, estudiar estrategias de paralelización y optimización en plataformas heterogéneas; analizar técnicas de reducción de coste computacional como la cuantización y la compresión de modelos; e iniciarse en metodologías de investigación y comunicación científica.
Temas: Metodologías de investigación; computación eficiente en dispositivos edge, plataformas heterogéneas de bajo consumo; técnicas de paralelización y optimización, y otros.
Recursos: Infraestructura computacional del grupo HPC&A; plataformas heterogéneas y dispositivos edge de bajo consumo; entornos de desarrollo y herramientas de análisis y despliegue; bibliografía científica especializada, repositorios de código y herramientas de monitorización del rendimiento.
Supervisión y seguimiento: Se realizarán reuniones periódicas con el personal investigador responsable para planificar las actividades, supervisar el progreso de la formación, revisar los resultados obtenidos y definir las tareas siguientes. Adicionalmente, el estudiante participará en seminarios internos del grupo de investigación y en sesiones específicas de seguimiento para la evaluación de las competencias adquiridas.
El número de becas convocadas es de: 1.
Incompatibilidades
El candidato o candidata que mantenga una relación laboral con la Universidad no puede disfrutar de una beca de investigación. Asimismo, esta beca es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, excepto las becas o ayudas para los estudios de grado y máster.
Derechos y obligaciones
La persona beneficiaria debe mantener una estricta confidencialidad sobre cualquier información conocida relacionada con cualquier proyecto de carácter científico, tecnológico o artístico al que pueda tener acceso.
El punto anterior no será aplicable cuando la información recibida sea de dominio público, cuando la parte receptora tenga evidencia de que se conoce previamente la información recibida, o cuando la parte receptora haya recibido esta información de una tercera parte sin compromiso de confidencialidad.
La publicación, lectura en una tesis, o cualquier otra forma de difusión de los resultados de los trabajos que ha desarrollado el becario o becaria requiere el consentimiento expreso y por escrito de la Universitat Jaume I, que se debe solicitar previamente a través del Registro General.
Después de la participación del becario o becaria en las actividades de investigación mencionadas, la confidencialidad referida se mantendrá durante cinco años o durante el tiempo que requieran las posibles obligaciones contraídas por la Universitat Jaume I en proyectos con terceras partes.
La Universitat Jaume I puede requerir a la persona becada la entrega inmediata de la información recibida durante su vinculación con la UJI, y esta se compromete a la destrucción de cualquier copia tangible de esta información.
Respecto a los derechos de propiedad industrial así como a los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarse durante todo el período de la beca, se entiende que les son aplicables el artículo 35 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, y el artículo 21 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de patentes, así como otra legislación aplicable, de manera que estos derechos pertenecerán exclusivamente a la Universitat Jaume I. Asimismo, es de aplicación la Normativa sobre la protección de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de la Universitat Jaume I.
Las personas beneficiarias quedan obligadas, con carácter general, al cumplimiento de las obligaciones que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en particular, a:
- a. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
- b. Acreditar ante el órgano que concede la ayuda la realización de la actividad, y cumplir los requisitos y las condiciones que determina la concesión o disfrute de la ayuda.
- c. Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden al órgano que concede la ayuda en relación con la subvención concedida.
- d. Comunicar a la entidad que concede la ayuda la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público, tan pronto como se conozcan, y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
El incumplimiento de las anteriores obligaciones dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que correspondan de acuerdo con la legislación vigente.
Criterios de valoración y de selección
La comisión de valoración llevará a cabo la valoración de los méritos debidamente acreditados de las solicitudes de acuerdo con el baremo siguiente:
A. Expediente académico de grado: mínimo 50 puntos (hasta un máximo de 80 puntos). El expediente se evaluará según lo establecido en la normativa sobre determinación de la nota media a efectos académicos (actualmente, Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte). Este Real decreto 1125/2003 establece la tabla de calificaciones siguiente: suspenso = 0 - 4,9; aprobado = 5,0 - 6,9; notable = 7,0 - 8,9; sobresaliente = 9,0 - 10.
B. Criterios opcionales. Participación en el programa Estudia e Investiga, 10 puntos (se otorgará un tercio de la puntuación total de este criterio por curso de participación completado).
C. Conocimiento de valenciano, hasta 5 puntos.
- Nivel C2: 5,00 puntos
- Nivel C1: 4,38 puntos
- Nivel B2: 3,75 puntos
- Nivel B1: 2,50 puntos
- Nivel A2: 1,25 puntos
- Nivel A1: 0,63 puntos
D. Conocimiento de inglés: hasta 5 puntos.
- Nivel C2: 5,00 puntos
- Nivel C1: 4,38 puntos
- Nivel B2: 3,75 puntos
- Nivel B1: 2,50 puntos
- Nivel A2: 1,25 puntos
- Nivel A1: 0,63 puntos
La puntuación máxima total del baremo es 100 puntos.
Procedimiento de concesión
La valoración y examen de las candidaturas los realiza una comisión de valoración de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en estas bases. Las personas que intervengan en los órganos previstos en esta base tienen la obligación de suscribir una declaración de ausencia de conflicto de intereses, según el modelo disponible en la web. La comisión de valoración está formada por las personas siguientes:
- a. Presidente: José Ignacio Aliaga Estellés
- b. Vocal: Manuel Francisco Dolz Zaragozà
- c. Secretario\aria: Una persona a propuesta del SEGIT
La comisión de valoración ajustará su actuación, como órgano colegiado, a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple de los miembros.
La comisión de valoración, después de examinar los méritos de las personas solicitantes, y verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión, formalizará el acta correspondiente, suscrita por todos los miembros de la comisión, con la valoración de los méritos de todas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en estas bases. Seguidamente, se emitirá una propuesta de resolución provisional que se publicará en el TAO-UJI. Este acto contendrá de manera unificada:
- a. La lista provisional de personas admitidas, ordenadas según la puntuación total obtenida conforme a los criterios establecidos en estas bases.
- b. La lista provisional de personas excluidas, con indicación expresa de los motivos de exclusión o de los documentos preceptivos pendientes de aportar
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud con mayor puntuación en el criterio de valoración «expediente académico», establecido en la base novena de esta convocatoria. Si persiste el empate, se dirimirá en función de la mayor puntuación obtenida siguiendo el orden de los criterios de valoración establecidos en dicha base. Si aun así continúa el empate, este se dirimirá por decisión motivada expresamente por la comisión de valoración en la que se tendrán en cuenta criterios de equilibrio de género.
Con la publicación de esta propuesta provisional, se abrirá un plazo único de diez días para que las personas excluidas provisionalmente puedan subsanar los defectos de la solicitud o aportar la documentación requerida y las personas interesadas puedan formular las alegaciones que consideren oportunas respecto a la baremación provisional.
Transcurrido el plazo de subsanación y alegaciones, y examinadas estas por la comisión de valoración, se elevará la propuesta de resolución definitiva al vicerrector de Investigación. Si las personas excluidas provisionalmente no subsanan los defectos en este plazo, se considerará que desisten de su petición, mediante la resolución definitiva de concesión que se dictará en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015.
El vicerrector de Investigación publicará la resolución definitiva en el TAO-UJI (apartado: «Becas y ayudas») con la lista de la persona o personas beneficiarias.
La persona adjudicataria debe aceptar o renunciar a la durante los 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución definitiva de adjudicación en el TAO, se deberán presentar los documentos justificativos siguientes por Registro electrónico de la UJI o por cualquier otro medio establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos al SEGIT:
- a. Modelo de aceptación disponible en la web del programa. No presentar la aceptación dentro del plazo y en la forma correspondiente comporta la pérdida del derecho a la ayuda.
- b. Declaración de los beneficiarios y beneficiarias de subvenciones y ayudas de la UJI según el modelo disponible en la web del programa.
- c. Disponer del número de la Seguridad Social (NUSS) o resolución de asignación del NUSS (más información, aquí). (Se puede consultar si la UJI ya lo tiene en el apartado "Expediente" del IGLU).
Además, el beneficiario deberá dar de alta en la base de datos de la UJI una ficha de terceros, accediendo a https://e-ujier.uji.es/pls/www/!gri_www.euji23728. En caso de no tener dada de alta una cuenta de terceros o si se necesita modificar la que había de alta, se requerirá aportar un certificado bancario o documento similar en el que aparezca el nombre de la persona titular y el IBAN. En caso de que la persona ya esté dada de alta, deberá acceder y revisar la información bancaria para que sea correcta, ya que el ingreso de la ayuda se puede realizar en cualquiera de las cuentas bancarias que se mantengan de alta como terceros.
En el momento de aceptación de la beca debe estar libre de las incompatibilidades previstas en estas bases y cumplir sus requisitos, lo cual debe mantener durante toda la vigencia de la beca.
Las personas que no hayan sido seleccionadas y que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria constituirán una bolsa que se utilizará en caso de no aceptación de la beca por parte de la persona beneficiaria o en caso de renuncia a la beca, siempre que haya crédito suficiente.
Contra la resolución definitiva, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se pueden interponer los siguientes recursos:
- a. Con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el TAO-UJI. La interposición del recurso, salvo que una disposición establezca lo contrario, no suspende la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015. Transcurrido un mes desde el día siguiente a la interposición del recurso sin que este haya sido resuelto y notificado, se puede entender desestimado y se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente de la desestimación presunta.
- b. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el TAO-UJI. En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado mientras no recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere oportuna.
Enlaces de interés
https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/NWHDGFGH4MR57HYIZCT1VHE068ZCASUV
Documentación a adjuntar
Documentación que se debe presentar:
- a. En caso de que los estudios de grado/máster no se hayan realizado en la Universitat Jaume I, certificado académico oficial detallado en el que figuren las calificaciones obtenidas, la fecha de obtención de las calificaciones y la nota media del expediente académico, según el Real decreto 822/2021, de 28 de septiembre, del Ministerio de Universidades. Las personas solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero deben adjuntar asimismo la declaración de equivalencia de la nota media, que se puede solicitar en la página web Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros. Si la certificación académica está expedida en un idioma diferente del español o catalán se debe adjuntar la correspondiente traducción jurada a una de las dos lenguas oficiales de la UJI.
- b. Currículum con justificación documental del grado de cumplimiento de los criterios de baremación indicados en la base novena de esta convocatoria. En todo caso, para que se pueda realizar la baremación debe acompañarse, necesariamente, la oportuna documentación acreditativa de los méritos alegados. Las personas solicitantes se responsabilizan de la autenticidad y veracidad de los datos consignados en la solicitud y documentación complementaria.
Las aspirantes con condición de víctimas de violencia de género: Las mujeres víctimas de violencia de género que participen en esta convocatoria pueden solicitar la anonimización de sus datos identificativos. A este efecto, las mujeres interesadas deben formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente proceso selectivo utilizando el modelo Solicitud de anonimización de los datos de la mujer víctima de violencia de género.






