Universitat Jaume I (UJI)

Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea

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INSCRIPCIONES

Inicio25/08/2026 Fin08/09/2026
Abierta

Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea ofrecen una oportunidad de iniciación a la investigación para estudiantes de la Universitat Jaume I interesados en la arqueología y el estudio de la Prehistoria mediterránea. Esta convocatoria está vinculada al proyecto «PPSI DIDAC ROMÁN MONROIG: Fortalecimiento de la actividad investigadora en el ámbito de la Prehistoria Mediterránea y sus conexiones globales» y permite adquirir experiencia práctica dentro de un entorno universitario y científico.

Las Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea incluyen formación supervisada en métodos de registro y excavación arqueológica, limpieza, siglado, clasificación tipológica y ordenación cronocultural de materiales arqueológicos. 

La beca tiene una duración prevista de seis meses, con una dedicación de 15 horas semanales y una retribución bruta de 440 euros mensuales. Además, la persona becaria contará con seguimiento y orientación mediante reuniones periódicas y supervisión continua de su progreso formativo.

Si quieres iniciarte en la investigación arqueológica, desarrollar nuevas competencias y conocer de cerca el trabajo científico relacionado con la Prehistoria, las Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea pueden ser una excelente oportunidad para dar tus primeros pasos en este ámbito.

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Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
Carrera
  • Historia del Arte
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Personas beneficiarias y requisitos para solicitar las Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea

Pueden participar en la presente convocatoria las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

  • 1.º Estudiantado de la Universitat Jaume I de Grado en Historia y Patrimonio que haya superado al menos el 50% de los créditos de la titulación de Grado y que no haya superado todos los créditos de los que consta la titulación o los créditos extra de los que se haya podido matricular en el Grado.
  • 2.º Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro país no perteneciente a la UE con permiso de residencia o de estudios en España y con la documentación identificativa en vigor, en el momento de la incorporación a la beca.

Dotación

Las Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea consistirán en la asignación económica individual correspondiente a una:

  • Beca de investigación.
  • Dedicación a tiempo parcial: 15 horas semanales.
  • Duración prevista: 6 meses. El período de vigencia de la beca se indicará en la resolución por la que se determine la persona beneficiaria. Podrá ser prorrogada por un período no superior al de disfrute y mientras se mantenga vigente el proyecto/contrato al que está vinculada la beca, siempre que haya disponibilidad presupuestaria y mediante acuerdo de la comisión prevista en esta convocatoria.
  • Retribución bruta de 440 euros mensuales. Al importe bruto de la ayuda que recibirá el estudiantado se aplicarán las retenciones correspondientes al IRPF y la parte de la cotización a la Seguridad Social correspondiente al estudiantado, según la normativa vigente.
  • La persona beneficiaria de la beca, de acuerdo con el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación, será incluida en este régimen. El coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social será a cargo del proyecto de investigación que financia la beca.
  • Esta beca no supone ni establece ninguna relación laboral con la Universitat Jaume I, ni implica, por parte de esta, ningún compromiso en cuanto a la posible incorporación de la persona beneficiaria a la plantilla de la Universidad.
  • La beca quedará sin efecto por incumplimiento de las obligaciones del becario o becaria, mediante informe negativo razonado de la dirección de la beca; por concurrir el becario o becaria en alguna de las incompatibilidades; por su desvinculación de la titulación con la que accedió a la beca, o cuando cese la vigencia del proyecto/contrato al que se refiere el punto 1.1 de esta convocatoria.
  • La persona tutora de esta beca responsable del seguimiento de la actividad y evaluación del becario o becaria será Dídac Roman Monroig.

Presentación

La solicitud para participar en esta convocatoria de Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea se debe formalizar a través del

Registro Electrónico de la Universitat Jaume I, o por cualquiera de los procedimientos que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles, contados desde el 25 de agosto de 2026 al 8 de septiembre de 2026. Para la formalización de la solicitud a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I es necesario disponer de una cuenta corporativa de la Universitat Jaume I, de un certificado digital de firma electrónica o del DNI electrónico.

Al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI) una resolución provisional con las personas admitidas y excluidas y se establecerá un plazo de 10 días para subsanar errores u omisiones y presentar alegaciones por parte de las personas interesadas. Si finaliza el citado plazo sin presentar ninguna subsanación, se entenderá que las personas interesadas desisten de su solicitud. Al finalizar el plazo de alegaciones y subsanaciones, y una vez resueltas, el órgano competente emitirá la definitiva con las personas admitidas y excluidas. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat (TAO-UJI). No obstante, contra esta resolución, las personas interesadas pueden interponer un recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación; en este caso no se puede interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se dicte una resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La presentación de la solicitud comporta la autorización a la comisión de valoración para obtener toda la información que necesite de cualquier órgano de la Universitat Jaume I y de cualquier otra entidad u organismo público, a efectos de comprobar la veracidad y autenticidad de los datos y documentos aportados por las personas interesadas, excepto si hay oposición expresa de estas manifestada en la solicitud. En este caso se debe aportar la información o documentación requerida.

Con la presentación de la solicitud, las personas que solicitan la beca declaran bajo su responsabilidad solidaria lo siguiente:

  • Que aceptan las bases de la convocatoria para la que solicitan la beca.
  • Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
  • Que quedan informadas de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o revocación de la beca.
  • Que la persona solicitante no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias contempladas en los artículos 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Tanto los requisitos como los méritos se deben cumplir en la fecha final de presentación de solicitudes.

Más información

Objeto

Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de una beca de iniciación a la investigación en el ámbito del proyecto «PPSI DIDAC ROMÁN MONROIG: FORTALECIMIENTO DE LA ACTIVIDAD INVESTIGADORA EN EL ÁMBITO DE LA PREHISTORIA MEDITERRÁNEA Y SUS CONEXIONES GLOBALES» – Código 24I453 – Dirigido por: Dídac Román Monroig, Departamento de Historia, Geografía y Arte.

El objetivo de la beca consiste en obtener formación supervisada y colaborar en el proyecto indicado en el punto anterior de acuerdo con el siguiente plan formativo:

Descripción

  1. Formación básica en métodos de registro y excavación arqueológica.
  2. Formación básica en protocolos de limpieza, siglado, clasificación tipológica y ordenación cronocultural de materiales arqueológicos.
  3. Formación básica en gestión de bases de datos y catalogación normalizada del patrimonio mueble arqueológico según estándares normativos.

Objetivos

Adquirir competencias básicas en la aplicación de técnicas de registro y documentación en excavaciones arqueológicas; desarrollar habilidades en la identificación, clasificación analítica e inventariado informatizado de restos materiales arqueológicos; e iniciarse en la interpretación histórica de las secuencias estratigráficas en el marco del proyecto de investigación.

Temas

Metodología de la intervención arqueológica y del tratamiento de datos en excavación y laboratorio: registro de campo, catalogación y bases de datos patrimoniales, tipología de los materiales arqueológicos (especialmente industria lítica, pero también cerámica, fauna, etc.) y análisis estratigráfico.

Recursos

Bibliografía científica especializada en arqueología de la Península Ibérica y catalogación de materiales disponible en la Biblioteca de la UJI y en el laboratorio de Prehistoria; acceso a bases de datos académicas; software de gestión de bases de datos (FileMaker Pro) y diseño gráfico aplicado a la arqueología (Photoshop); y equipamiento básico de laboratorio y de campo (estación total o nivel, fichas de registro, material de dibujo arqueológico y siglado) vinculado al proyecto de investigación.

Supervisión y seguimiento

La persona becaria contará con la supervisión de la persona tutora, mediante reuniones periódicas semanales o quincenales para el seguimiento de las tareas asignadas y la evaluación del progreso formativo. Se hará un control continuo de las actividades desarrolladas, con orientación metodológica, revisión de resultados y asesoramiento en la planificación del trabajo de investigación.

El número de becas convocadas es de: 1

Incompatibilidades

El candidato o candidata que mantenga una relación laboral con la Universidad no puede disfrutar de una beca de investigación. Asimismo, esta beca es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, excepto las becas o ayudas para los estudios de grado y máster.

Obligaciones

La persona beneficiaria debe mantener una estricta confidencialidad sobre cualquier información conocida relacionada con cualquier proyecto de carácter científico, tecnológico o artístico al que pueda tener acceso.

El punto anterior no será aplicable cuando la información recibida sea de dominio público, cuando la parte receptora tenga evidencia de que se conoce previamente la información recibida, o cuando la parte receptora haya recibido esta información de una tercera parte sin compromiso de confidencialidad.

La publicación, lectura en una tesis, o cualquier otra forma de divulgación de los resultados de los trabajos que ha desarrollado el becario o becaria requiere el consentimiento expreso y por escrito de la Universitat Jaume I, que se debe solicitar previamente a través del Registro General.

Después de la participación del becario o becaria en las actividades de investigación mencionadas, la confidencialidad referida se mantendrá durante cinco años o durante el tiempo que requieran las posibles obligaciones contraídas por la Universitat Jaume I en proyectos con terceras partes.

La Universitat Jaume I puede requerir a la persona becada la entrega inmediata de la información recibida durante su vinculación con la UJI, y esta se compromete a la destrucción de cualquier copia tangible de esta información.

Respecto a los derechos de propiedad industrial así como a los derechos de carácter patrimonial que integran la propiedad intelectual que puedan generarse durante todo el período de la beca, se entiende que son aplicables el artículo 35 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, y el artículo 21 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de patentes, así como otra legislación aplicable, de manera que estos derechos pertenecerán exclusivamente a la Universitat Jaume I. Asimismo, es de aplicación la Normativa sobre la protección de los resultados de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación de la Universitat Jaume I.

Las personas beneficiarias quedan obligadas, con carácter general, al cumplimiento de las obligaciones que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y, en particular, a:

  • a. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
  • b. Acreditar ante el órgano que concede la ayuda la realización de la actividad, y cumplir los requisitos y las condiciones que determina la concesión o disfrute de la ayuda.
  • c. Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden al órgano que concede la ayuda en relación con la subvención concedida.
  • d. Comunicar a la entidad que concede la ayuda la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público, tan pronto como se conozcan, y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

El incumplimiento de las anteriores obligaciones dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que correspondan de acuerdo con la legislación vigente.

Procedimiento de concesión

La valoración y examen de las candidaturas los realiza una comisión de valoración de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en estas bases. Las personas que intervienen en los órganos previstos en esta base tienen la obligatoriedad de suscribir una declaración de ausencia de conflicto de intereses, cuyo modelo está disponible en el siguiente enlace. La comisión de valoración está formada por las siguientes personas:

  • a. Presidente: Dídac Roman Monroig
  • b. Vocal: Carmen María Fernández Nadal
  • c. Secretario/a: Michelle Alejandra Andrade Calisto.

La comisión de valoración ajustará su actuación, como órgano colegiado, a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple de los miembros.

La comisión de valoración, después de examinar los méritos de las personas solicitantes, formalizará el acta correspondiente, suscrita por todos los miembros de la comisión, con la valoración de los méritos de todas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en estas bases. Asimismo, efectuará una propuesta de resolución, que será elevada al órgano competente para resolver la convocatoria. En esta propuesta figurará una lista con la puntuación total obtenida por cada solicitante, en orden descendente, junto con la persona o personas propuestas.

En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud con mayor puntuación en el criterio de valoración «expediente académico», establecido en la base novena de esta convocatoria. Si persiste el empate, se dirimirá en función de la mayor puntuación obtenida siguiendo el orden de los criterios de valoración establecidos en dicha base. Si aun así continúa el empate, este se dirimirá por decisión motivada expresamente por la comisión de valoración en la que se tendrán en cuenta criterios de equilibrio de género.

A la vista de la propuesta de la comisión de valoración, el vicerrector de Investigación publicará la resolución definitiva en el TAO-UJI (apartado: «Becas y ayudas») con la lista de la persona o personas beneficiarias.

La persona adjudicataria debe aceptar o renunciar a la durante los 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución definitiva de adjudicación en el TAO, se deberán presentar los documentos justificativos siguientes por Registro electrónico de la UJI o por cualquier otro medio establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos al SEGIT:

  • a. Modelo de aceptación disponible en la web del programa. No presentar la aceptación dentro del plazo y en la forma correspondiente comporta la pérdida del derecho a la ayuda.
  • b. Declaración de los beneficiarios y beneficiarias de subvenciones y ayudas de la UJI según el modelo disponible en la web del programa.
  • c. Disponer del número de la Seguridad Social (NUSS) o resolución de asignación del NUSS. (Se puede consultar si la UJI ya lo tiene en el apartado "Expediente" del IGLU).

Además, el beneficiario deberá dar de alta una cuenta bancaria como terceros en la Universitat Jaume I accediendo a https://e-ujier.uji.es/pls/www/!gri_www.euji23728. En caso de no tener dada de alta una cuenta de terceros o si se necesita modificar la que había de alta, se requerirá aportar un certificado bancario o documento similar en el que aparezca el nombre de la persona titular y el IBAN. En caso de que la persona ya esté dada de alta, deberá acceder y revisar la información bancaria para que sea correcta, ya que el ingreso de la ayuda se puede realizar en cualquiera de las cuentas bancarias que se mantengan de alta como terceros.

En el momento de aceptación de la beca debe estar libre de las incompatibilidades previstas en estas bases y cumplir sus requisitos, lo cual debe mantener durante toda la vigencia de la beca.

Las personas que no hayan sido seleccionadas y que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria constituirán una bolsa que se utilizará en el caso de no aceptación de la beca por parte de la persona beneficiaria o en el caso de renuncia a la beca, siempre que haya crédito suficiente.

Contra la resolución definitiva, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se pueden interponer los siguientes recursos:

  • a. Con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación en el TAO-UJI. La interposición del recurso, salvo que una disposición establezca lo contrario, no suspende la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015. Transcurrido un mes desde el día siguiente a la interposición del recurso sin que este haya sido resuelto y notificado, se puede entender desestimado y se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de seis meses, contados desde el día siguiente de la desestimación presunta.
  • b. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el TAO-UJI.

En el caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado mientras no recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere oportuna.

Enlaces de interés

https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/VWPXTJOISROXLBORNN413PNSVOKU5JCO

Documentación a adjuntar

Documentación que se debe presentar:

  • a. En caso de que los estudios de grado/máster no se hayan realizado en la Universitat Jaume I, certificado académico oficial detallado en el que figuren las calificaciones obtenidas, la fecha de obtención de las calificaciones y la nota media del expediente académico, según el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, del Ministerio de Universidades. Las personas solicitantes que han cursado los estudios en el extranjero deben adjuntar asimismo la declaración de equivalencia de la nota media, que se puede solicitar en la página web Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros. Si la certificación académica está expedida en un idioma diferente del español o catalán se debe adjuntar la correspondiente traducción jurada a una de las dos lenguas oficiales de la UJI.
  • b. Currículum con justificación documental del grado de cumplimiento de los criterios de baremación indicados en la base novena de esta convocatoria. En todo caso, para que se pueda realizar la baremación debe acompañarse, necesariamente, la oportuna documentación acreditativa de los méritos alegados. Las personas solicitantes se responsabilizan de la autenticidad y veracidad de los datos consignados en la solicitud y documentación complementaria.

Las aspirantes con condición de víctimas de violencia de género: Las mujeres víctimas de violencia de género que participan en esta convocatoria pueden solicitar la anonimización de sus datos identificativos. A este efecto, las mujeres interesadas deben formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente proceso selectivo utilizando el modelo Solicitud de anonimización de los datos de la mujer víctima de violencia de género.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea

Las Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea ofrecen una oportunidad de iniciación a la investigación para estudiantes de la Universitat Jaume I interesados en la arqueología y el estudio de la Prehistoria mediterránea. Esta convocatoria está vinculada al proyecto «PPSI DIDAC ROMÁN MONROIG: Fortalecimiento de la actividad investigadora en el ámbito de la Prehistoria Mediterránea y sus conexiones globales» y permite adquirir experiencia práctica dentro de un entorno universitario y científico.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea" es: desde 25/08/2026 hasta 08/09/2026.

La Beca "Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas Proyecto PPSI Actividad Investigadora Prehistoria Mediterranea" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de formación práctica
  • Becas de investigación