Universitat Jaume I (UJI)

Becas Enclau UJI

Becas de estudiosBecas fin de máster y gradoUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio10/03/2026 Fin31/03/2026
Abierta

Becas Enclau UJI: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Enclau UJI están diseñadas para estudiantes que quieran desarrollar su Trabajo de Fin de Grado (TFG) durante el curso académico 2025-2026 con un enfoque en la ruralidad. El objeto de las becas es fomentar que el estudiantado analice situaciones, resuelva problemas y proponga proyectos orientados a municipios rurales de la provincia de Castellón, especialmente aquellos con menos de 5.000 habitantes o que pertenezcan a las asociaciones colaboradoras y a la Mancomunidad Intermunicipal Alto Palancia.

En cuanto a los requisitos para solicitar las Becas Enclau UJI, pueden acceder estudiantes matriculados en la UJI que realicen el TFG orientado a los municipios mencionados. El TFG debe obtener una calificación mínima de aprobado y publicarse en abierto en el repositorio de la biblioteca de la UJI. 

El procedimiento de solicitud se realiza a través de la Sede Electrónica de la UJI mediante el Registro Electrónico. Los estudiantes deben completar un formulario genérico y adjuntar el resumen del TFG en PDF. La dotación y número de becas es de 23 ayudas de 400 euros cada una, con una única beca por persona.

Las Becas Enclau UJI ofrecen un apoyo económico para que los estudiantes enfoquen sus TFG hacia el desarrollo rural. Si te interesan estas ayudas, nosotros te mostramos toda la información para que puedas solicitarlas.

Datos básicos

Nº de becas
23
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Personas beneficiarias y requisitos para solicitar las Becas Enclau UJI:

Pueden beneficiarse de estas ayudas los estudiantes que estén matriculados y que realicen en la UJI el TFG en el curso académico 2025-2026 orientado total o parcialmente a uno o más de los municipios de la provincia de Castellón incluidos en la base primera.

El TFG defendido debe obtener una nota mínima de aprobado en el curso académico 2025-2026 y debe publicarse en abierto en el repositorio de la biblioteca de la UJI para consulta. Además, la comisión de valoración mixta evaluará la adecuación del trabajo defendido al proyecto presentado. En caso de excluir algún TFG por este motivo, debe justificar la decisión. En el supuesto de que por motivos ajenos al autor o autora finalmente el TFG no se publique en abierto, la persona beneficiaria puede presentar el TFG defendido y el documento justificativo de la calificación obtenida. La comisión de valoración mixta evaluará la adecuación del trabajo defendido al proyecto presentado. En caso de excluir algún TFG por este motivo, debe justificar la decisión.

No pueden beneficiarse de estas ayudas las personas en las que concurra alguna de las circunstancias contempladas en los artículos 13 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Dotación

Contenido y cuantía de las Becas Enclau UJI:

Se convocan 23 ayudas de 400 euros cada una para estudiantes que estén matriculados o que realicen en la UJI el TFG en el curso académico 2025-2026, orientadas a los municipios de la provincia de Castellón incluidos en la base primera. Solo se concederá una ayuda por persona.

A estas ayudas les será de aplicación la retención de IRPF, si procede, de acuerdo con la normativa vigente.

Presentación

La solicitud para participar en esta convocatoria de Becas Enclau UJI debe realizarse en la Sede Electrónica a través del Registro Electrónico de la UJI. Las personas interesadas deben completar el formulario electrónico de solicitud genérica al cual deben adjuntar en PDF el resumen del TFG o proyecto del TFG (anexo II).

Finalmente, en el apartado «Destinación» deben indicar «Servicio de Actividades Socioculturales», y después deben pulsar «Enviar» para registrar la solicitud. La aplicación asigna un número de registro y envía al correo institucional de la UJI del estudiantado un mensaje de confirmación. Solo cuando se recibe este número la solicitud ha quedado efectivamente presentada.

En todo caso, las solicitudes se pueden presentar en los registros y oficinas que señala el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las mujeres víctimas de violencia de género que participen en esta convocatoria pueden solicitar la seudonimización de los datos de identificación. A tal efecto, las mujeres interesadas deben manifestar esta petición en la solicitud de participación en la convocatoria y además deben adjuntar la solicitud de anonimización de los datos de la mujer víctima de violencia de género.

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV.

Con la presentación de la solicitud, las personas que solicitan la ayuda declaran bajo su responsabilidad solidaria:

  • a. Que aceptan lo establecido en las bases de la convocatoria en la que solicitan la ayuda.
  • b. Que todos los datos incorporados en la solicitud se ajustan a la realidad.
  • c. Que quedan advertidas de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o revocación de la ayuda.

Más información

Objeto

El objeto de estas bases, en el marco general de la normativa vigente, es regular la concesión de las ayudas «Enclau-UJI», dotadas con 400 euros cada una, para la realización de TFG en el curso académico 2025-2026 con la finalidad de contribuir a enfocar la atención del estudiantado en la ruralidad al plantear el análisis de situaciones, la resolución de problemas y la proposición de proyectos.

Los TFG deben estar orientados total o parcialmente a uno o más de los municipios incluidos en el ámbito de actuación de las asociaciones colaboradoras o de la Mancomunidad Intermunicipal Alto Palancia o de los municipios de la provincia de Castellón con menos de 5.000 habitantes.

La distribución de las ayudas según la pertenencia de los municipios a los cuales se orientan los TFG es la siguiente:

  • Asociación Altmaesports Leader (Albocàsser, Ares del Maestrat, Benassal, Castell de Cabres, Castellfort, Catí, Cinctorres, Culla, Forcall, Herbers, La Mata, La Todolella, La Torre d’en Besora, Morella, Olocau del Rei, Palanques, Portell, Vallibona, Vilafranca, Vilar de Canes, Villores y Zorita del Maestrazgo): 7 ayudas.
  • Asociación GAL Maestrat Plana Alta Leader (Benlloc, Cabanes, Càlig, Canet lo Roig, Cervera del Maestre, La Jana, La Pobla de Benifassà, La Pobla Tornesa, La Salzadella, La Serratella, La Torre d’en Doménec, La Vall d’Alba, Les Coves de Vinromà, Rossell, San Rafael del Río, Sant Jordi, Sant Mateu, Santa Magdalena de Pulpis, Serra Engarcerán, Tírig, Traiguera, Vilafamés, Vilanova d’Alcolea y Xert): 7 ayudas.
  • Asociación GAL Palancia Mijares (Algimia de Almonacid, Arañuel, Azuébar, Barracas, Caudiel, Chóvar, Cirat, El Toro, Gaibiel, Higueras, Matet, Montán, Pavías, Pina de Montalgrao, Puebla de Arenoso, Sacañet, Torás, Torralba del Pinar, Vall de Almonacid, Villamalur, Villanueva de Viver y Viver): 3 ayudas.
  • Mancomunidad Intermunicipal Alto Palancia (Almedíjar, Altura, Azuébar, Bejís, Benafer, Castellnovo, Caudiel, Chóvar, El Toro, Fuente la Reina, Geldo, Jérica, Navajas, Pina de Montalgrao, Soneja, Sot de Ferrer, Teresa, Torás y Viver): 3 ayudas.
  • Municipios de la provincia de Castellón no incluidos en el ámbito de actuación de las asociaciones colaboradoras ni de la Mancomunidad Intermunicipal Alto Palancia y que tienen menos de 5.000 habitantes (Alfondeguilla, les Alqueries, Argelita, Artana, Ayódar, Castillo de Villamalefa, Cortes de Arenoso, Costur, Eslida, Espadilla, Fanzara, Figueroles, Fuentes de Ayódar, La Llosa, Les Useres, Llucena, Montanejos, Ribesalbes, Suera, Tales, Toga, Torrechiva, Vallat, Villahermosa del Río, Vistabella del Maestrat, Xodos y Zucaina): 3 ayudas.

Criterios de valoración

Se contemplan dos fases:

Fase 1 (Adjudicación inicial): A partir del resumen del TFG o proyecto del TFG adjunto en la solicitud de la ayuda (base 4.1). En caso de que los TFG o proyectos superen el número de ayudas se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:

  • a) Aportación al desarrollo social, económico y cultural de los territorios rurales (máximo 5 puntos).
  • b) Claridad de los objetivos planteados (máximo 4 puntos).
  • c) Presencia física que implique la realización de los trabajos en los territorios rurales (máximo 3 puntos).
  • d) Utilidad práctica de los TFG o proyectos (máximo 2 puntos).

En caso de empate se tendrá en cuenta la nota media del curso anterior del estudiantado y, si persiste, se tendrá en cuenta la valoración obtenida en el apartado a) Aportación al desarrollo social, económico y cultural de los territorios rurales. Con las puntuaciones obtenidas se confeccionará una lista en orden descendente. Las personas admitidas que no obtengan ayuda pasarán a formar parte de una lista en función de las puntuaciones para ser requeridas si hay revocaciones o renuncias.

Fase 2 (Pago final): A partir del TFG defendido, que debe obtener una nota mínima de aprobado en el curso académico 2025-2026 (base 8.1). La comisión de valoración mixta evaluará la adecuación del TFG defendido al proyecto presentado. En caso de excluir algún TFG por este motivo, deberá justificar la decisión.

Justificación

Después de defender el TFG y haber obtenido este una nota mínima de aprobado en el mismo curso en que se hizo la solicitud de la ayuda, las personas que obtengan ayuda deben comunicar lo antes posible, y siempre antes del 7 de noviembre de 2026, la fecha de publicación en abierto del TFG en el repositorio de la biblioteca de la UJI para consulta, a través del Registro Electrónico de la UJI, en el formulario electrónico de solicitud genérica. En caso de que por motivos ajenos al autor o autora finalmente el TFG no se publique en abierto, las personas interesadas pueden adjuntar en formato PDF al formulario electrónico de solicitud genérica el TFG defendido y el documento justificativo de la calificación obtenida. En el apartado «Destinación» se debe indicar «Servicio de Actividades Socioculturales». La no presentación dentro del plazo de la documentación necesaria comportará la pérdida de la ayuda concedida.

La comisión de valoración mixta evaluará la adecuación del TFG defendido al proyecto presentado. En caso de excluir algún TFG por este motivo, deberá justificar la decisión.

El importe de la ayuda será transferido, en un solo pago, a la cuenta bancaria que figure en el certificado de titularidad bancaria aportado por la persona beneficiaria de la ayuda al Servicio de Información Contable de la UJI.

Incompatibilidad con otras ayudas

Estas ayudas son compatibles con otras que puedan otorgar otras instituciones públicas o privadas por el mismo concepto o similar al previsto en esta convocatoria, siempre que se respete el límite previsto en el artículo 19.3 de la LGS.

Obligaciones de las personas beneficiarias

Son obligaciones de las personas beneficiarias:

  • a. Realizar los trámites establecidos en la base 6.6 dentro del plazo y el TFG que fundamenta la concesión de la ayuda.
  • b. Autorizar la publicación en abierto del TFG en el repositorio de la biblioteca de la UJI para consulta, con los derechos y garantías que la normativa correspondiente contempla.
  • c. Después de defender el TFG y haber obtenido este una nota mínima de aprobado en el curso académico 2025-2026, comunicar lo antes posible, y siempre antes del 7 de noviembre de 2026, la fecha de publicación en abierto del TFG en el repositorio de la biblioteca de la UJI para consulta, a través del Registro Electrónico de la UJI, en el formulario electrónico de solicitud genérica. En caso de que por motivos ajenos al autor o autora finalmente el TFG no se publique en abierto, las personas interesadas pueden adjuntar en formato PDF al formulario electrónico de solicitud genérica el TFG defendido y el documento justificativo de la calificación obtenida. En el apartado «Destinación» se debe indicar «Servicio de Actividades Socioculturales». La no presentación del TFG en el plazo establecido dará lugar a la revocación de la ayuda concedida.
  • d. Comunicar al Vicerrectorado de Cultura, Lenguas y Sociedad las modificaciones que se produzcan respecto a la concesión de la ayuda.
  • e. Participar y colaborar en los actos y eventos que organizan las asociaciones Altmaesports Leader, GAL Maestrat Plana Alta Leader, GAL Palancia Mijares, la Mancomunidad Intermunicipal del Alto Palancia y la UJI para la difusión de estas ayudas.
  • f. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan al órgano concedente en relación con la ayuda concedida.
  • g. Comunicar a la entidad concedente la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público, lo antes posible y, en todo caso, antes de la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • h. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social con anterioridad a la propuesta de resolución de la concesión.
  • i. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 LGS, y en el artículo 172 LHIS.
  • j. No estar incursos en las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y, si procede, en el artículo 13.3 LGS.
  • k. Cualquier otra obligación establecida en estas bases o en la normativa aplicable, en particular, en la Ley 38/2003, general de subvenciones.

El incumplimiento de las obligaciones anteriores dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que correspondan de acuerdo con la legislación vigente.

Procedimiento de selección

El procedimiento de selección es de concurrencia competitiva, procedimiento según el cual la concesión se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer un orden de prelación entre estas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base séptima, y se adjudicarán aquellas que obtengan mayor valoración en aplicación de dichos criterios.

Instrucción y resolución del procedimiento

La instrucción y resolución del procedimiento corresponde a la vicerrectora de Cultura, Lenguas y Sociedad en virtud de las competencias delegadas por la rectora mediante la Resolución de 24 de mayo de 2022 (DOGV 9349, 27.05.2022).

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará en el TAO-UJI una resolución provisional con las personas admitidas y excluidas, en la cual se establecerá un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación para que las personas interesadas subsanen errores u omisiones y presenten alegaciones dirigidas al Servicio de Actividades Socioculturales y presentadas a través del Registro Electrónico de la UJI. Si finaliza dicho plazo sin presentar ninguna subsanación ni alegación, se entenderá que las personas excluidas desisten de su solicitud.

Transcurrido el plazo de presentación de subsanaciones y alegaciones y una vez resueltas, la comisión de valoración mixta elevará la propuesta al órgano competente que dictará la resolución definitiva con las personas admitidas y excluidas, la cual será publicada en el TAO-UJI. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer a título potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación, o bien interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Castellón, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación en el TAO-UJI.

La resolución provisional de concesión de ayudas, con las adjudicaciones y la lista de personas admitidas que no obtengan ayuda ordenadas por puntuación para ser requeridas en caso de revocaciones o renuncias, se publicará en el TAO-UJI. En esta resolución se establecerá un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación para que las personas interesadas puedan manifestar su disconformidad con la resolución. Las reclamaciones deben dirigirse al Servicio de Actividades Socioculturales y presentarse a través del Registro Electrónico de la UJI.

Resueltas las reclamaciones se emitirá la resolución definitiva de concesión de las ayudas por el órgano competente y se publicará en el TAO-UJI. En esta resolución se establecerá un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación para que las personas que obtengan ayuda realicen los siguientes trámites:

  • a. Adjuntar en PDF el documento de aceptación de la ayuda (anexo III), el documento de declaración responsable de perceptores de subvenciones y ayudas de la UJI y el formulario electrónico de solicitud genérica, a través del Registro Electrónico de la UJI. En el apartado «Destinación» se debe indicar «Servicio de Actividades Socioculturales». La no presentación dentro del plazo de la documentación necesaria comportará la pérdida de la ayuda concedida.
  • b. Completar el formulario de terceras personas de acuerdo con el procedimiento habilitado por el Servicio de Información Contable de la UJI. El Servicio de Información Contable enviará un correo electrónico a la persona interesada para comunicar la validación de los datos. Este correo debe reenviarse a la dirección sasc@uji.es para acreditar la realización de este trámite. La no realización dentro del plazo de este trámite comportará la pérdida de la ayuda concedida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer a título potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación, o bien interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Castellón, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación en el TAO-UJI.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere procedente.

Enlaces de interés

https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/CX5UTLN6EKW905NLBH5Y3FGAKZ6F4RTI

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Enclau UJI

Las Becas Enclau UJI están diseñadas para estudiantes que quieran desarrollar su Trabajo de Fin de Grado (TFG) durante el curso académico 2025-2026 con un enfoque en la ruralidad. El objeto de las becas es fomentar que el estudiantado analice situaciones, resuelva problemas y proponga proyectos orientados a municipios rurales de la provincia de Castellón, especialmente aquellos con menos de 5.000 habitantes o que pertenezcan a las asociaciones colaboradoras y a la Mancomunidad Intermunicipal Alto Palancia.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Enclau UJI" es: desde 10/03/2026 hasta 31/03/2026.

La Beca "Becas Enclau UJI" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas Enclau UJI" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas fin de máster y grado