Becas Munde - URJC
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Becas Munde - URJC: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Rey Juan Carlos (URJC) en cada curso académico pone en marcha una serie de becas y ayudas con la intención de facilitar a sus alumnos el desarrollo de los correspondientes estudios que desean cursar. Esta institución, en colaboración con otras entidades, convoca además numerosas becas de movilidad y premios para reconocer el trabajo y esfuerzo desarrollado por sus alumnos.
Un ejemplo de ello son las Becas Munde - URJC, convocadas en colaboración con el Banco Santander, y que tienen como principal finalidad el facilitar la movilidad de los estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), a los que se les haya concedido un intercambio dentro del programa MUNDE.
De esta manera, tanto la universidad convocante como el Banco Santander, pretenden facilitar la movilidad internacional de los estudiantes, así como entablar y fortalecer relaciones con otras universidades extranjeras.
Los alumnos que resulten beneficiarios de las Becas Munde - URJC, además de recibir la correspondiente dotación económica, se beneficiarán de un gran número de experiencias personales y académicas.
Por todo ello, si estás interesado en continuar parte de tus estudios en el extranjero, no debes dejar pasar la oportunidad que te ofrecen las Becas Munde - URJC.
En esta web además puedes consultar los plazos de presentación de solicitudes, los requisitos y el lugar donde podrás gestionar tu solicitud para optar a una de las Becas Munde - URJC.
Datos básicos
- Nº de becas
- 100
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos básicos de participación en el momento de solicitar las Becas Munde - URJC son:
- Estar matriculado en la URJC en programas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado en el momento de la solicitud y hasta la finalización del periodo de disfrute de la beca movilidad.
- Tener concedido un intercambio académico en aquellas universidades donde la Universidad Rey Juan Carlos tiene establecido un convenio de movilidad internacional dentro del Programa MUNDE y que por la naturaleza del país no puede ser financiada esa movilidad con fondos del Programa Erasmus+ KA131.
- Todo alumno que opte a una Beca MUNDE deberá inscribirse de manera obligatoria en la página web: www.becas-santander.com
Dotación
El importe de las Becas Munde - URJC asciende a 1.800€ (mil ochocientos euros) y se destinará a ayudar a sufragar los costes de desplazamiento, manutención y alojamiento en las universidades de destino. No se destinarán a cubrir la totalidad de los costes de los estudios en el extranjero.
Presentación
La solicitud de las Becas Munde - URJC se presentará online, sin prejuicio de lo establecido en artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los estudiantes deberán rellenar dentro de los plazos establecidos el formulario electrónico que estará disponible en la página web de la URJC en el siguiente link: https://sede.urjc.es/catalogo-de-servicios/BMUNDE
Convocantes Asociados
Más información
Objeto y finalidad de las ayudas
Se convocan 100 becas cofinanciadas por el Banco Santander destinadas a estudiantes universitarios matriculados en la Universidad Rey Juan Carlos que se encuentren cursando estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado y que cumplan los requisitos básicos de participación indicados.
Resolución rectoral
- El Rector de la URJC dictará resolución definitiva en la que se indicarán los estudiantes que resultan beneficiarios, así como, listado en orden de puntuación obtenida de los alumnos que permanecerán en lista de espera por si se produjesen renuncias a las becas inicialmente concedidas. Dicha resolución será publicada en el Tablón Electrónico de la URJC y en la página web del Servicio de Relaciones Internacionales.
- Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, según lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente ose haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.
- El plazo máximo de resolución y notificación será de seis meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Esta selección se realizará en función de la nota media y créditos superados de cada estudiante y que serán tomados de los utilizados en la convocatoria de movilidad internacional de estudiantes que concedió las estancias de movilidad para las que se convocan las presentes becas.
- Las becas serán asignadas entre todos los adjudicatarios de una plaza MUNDE de la URJC para el curso 2024/2025.
- Entre todos aquellos estudiantes que hayan obtenido una plaza MUNDE se asignarán las becas a aquellos estudiantes que tengan una mayor puntuación. Esta puntuación definitiva con la que cada estudiante optará a estas becas será la resultante de la nota media de expediente tras aplicarse el siguiente coeficiente corrector según el área de conocimiento de cada titulación cursada por el estudiante:
- Estudios del área de Arquitectura e Ingeniería 1,17.
- Estudios del área de Ciencias 1,11.
- Estudios del área de Ciencias de la Salud 1,05.
- Estudios del Área de Ciencias Jurídicas y Sociales 1,00.
- Estudios del Área de Artes y Humanidades 1,00.
- Con la puntuación resultante será con la que opte a estas ayudas.
- A igualdad de puntuación y para calcular el desempate entre los mismos se tendrá en cuenta en primer lugar aquellos candidatos a esta beca que sean beneficiarios de una beca general del ministerio en el presente curso y en el caso de que continúe el empate, se utilizará como criterio el número de créditos superados, adjudicándose la ayuda al alumno que haya superado un mayor número de créditos. Si persistiera el empate se utilizaría la nota media de expediente.
- De no haberse resuelto la concesión de becas generales del presente curso en la fecha de adjudicación de estas ayudas se utilizará como criterio haber sido beneficiario de dicha beca en el curso anterior.
- En el caso de producirse renuncias a las ayudas financieras adjudicadas, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales procederá a la reasignación de las ayudas entre los siguientes alumnos de la lista de espera siguiendo el orden de las puntuaciones obtenidas según los criterios indicados anteriormente.
- El abono de las becas se realizará en dos plazos: 80% y 20% respectivamente:
- Al inicio de la estancia en la institución extranjera se realizará el abono del 80% del total de la ayuda (1440,00€) y se tramitará una vez se haya recibido en el Servicio de Relaciones Internacionales el certificado de llegada firmado y sellado por la universidad de acogida. En este sentido será requisito imprescindible para realizar el primer pago, que el alumno remita al Servicio de Relaciones Internacionales los documentos anteriormente mencionados en el plazo de 15 días naturales desde su llegada a la universidad de destino. En caso de que el estudiante no lleve acabo la remisión a la Universidad de dicha documentación, se entenderá que el alumno renunciará a la ayuda concedida.
- El segundo pago del 20% se realizará al finalizar la estancia y tras la entrega en el Servicio de Relaciones Internacionales del Certificado fin de Estancia “Certificate of Attendance”, firmado y sellado por la universidad de destino. El plazo máximo para la presentación de dichos documentos será de 15 días naturales desde la finalización de la estancia. En caso de que el estudiante no lleve a cabo la remisión a la Universidad de dicha documentación, se entenderá que el alumno renunciará a la ayuda concedida.