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INSCRIPCIONES

Inicio17/03/2026 Fin10/04/2026
Abierta

Becas Ourense Rural Máster UVigo: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Ourense Rural Máster UVigo son convocadas por la Universidad de Vigo con la finalidad de aminorar el coste que supone para los estudiantes matriculados en los municipios rurales de Ourense, el desplazamiento al Campus universitario.

Para poder optar a una de las Becas Ourense Rural Máster UVigo, los solicitantes deberán estar matriculados en estudios de Máster, además de cumplir otros requisitos de carácter general y económicos.

Los beneficiarios de estas becas recibirán una dotación económica que variará de los kilómetros desde su vivienda habitual al municipio de Ourense. Esta cuantía irá desde los 200 euros hasta los 1.000 euros.

El beneficiario tendrá la obligación por su parte, de estar matriculado en la titulación oficial del Campus de Ourense durante todo el curso académico.

La Universidad de Vigo (UVigo) es una institución académica altamente comprometida con su alumnado, por lo que en cada curso académico convoca un gran número de becas de distinta naturaleza orientadas a favorecer la formación del mismo.

En esta web podrás consultar toda la información sobre las Becas Ourense Rural Para Alumnos del Campus de Ourense, que te ofrecen una gran oportunidad si vives a cierta distancia del campus, para ayudarte en tus gastos de desplazamiento. Si cumples los requisitos no pierdas la oportunidad y solicítalas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requerimientos generales de las Becas Ourense Rural Máster UVigo

  • a. Encontrarse en alguno de los siguientes supuestos.
    • a. Poseer nacionalidad española.
    • b. Poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acreditar la condición de residente legal a 31 de diciembre de 2024.
    • c. Personas con nacionalidad extracomunitaria que acrediten a 31 de diciembre de 2024 la residencia legal en España, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (no es suficiente el permiso de estancia por estudios), salvo en el caso de las personas solicitantes del estatuto de refugiado o protección subsidiaria, que deben cumplir el requisito de residencia a 30 de junio de 2025.
  • b. Estar inscrito en el padrón de los ayuntamientos de Galicia de 5.000 habitantes o menos, con 12 meses de antelación a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Requisitos académicos

  • a. Estar matriculado/a en titulaciones de máster universitario en centros propios del campus de Ourense en el curso 2025/2026 en un mínimo de 60 créditos o de la totalidad de los que le permita la normativa de la universidad, salvo en el caso de alumnado con discapacidad de grado igual o superior al 65 por ciento, que podrá reducir la carga lectiva hasta un máximo del 50 %.
  • b. No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de una titulación del mismo nivel o superior al correspondiente a los estudios para los que se solicita la ayuda.
Requisitos económicos

  • a. La suma de las rentas de todos los miembros de la unidad familiar no puede superar los siguientes umbrales:
    • Familias de 1 miembro: 13.898,00 €.
    • Familias de 2 miembros: 23.724,00 €.
    • Familias de 3 miembros: 32.201,00 €.
    • Familias de 4 miembros: 38.242,00 €.
    • Familias de 5 miembros: 42.743,00 €.
    • Familias de 6 miembros: 46.142,00 €.
    • Familias de 7 miembros: 49.503,00 €.
    • Familias de 8 miembros: 52.850,00 €.
    • A partir del octavo miembro se añadirán 3.340,00 € por cada nuevo miembro computable.
  • b. El patrimonio familiar no puede superar los siguientes umbrales:
    • La suma de rendimientos netos reducidos de capital mobiliario más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales no podrá superar 1.700,00 €.
    • La suma de valores catastrales de las fincas urbanas pertenecientes a la unidad familiar, excluida la vivienda habitual, no podrá superar 42.900,00 €. Los valores catastrales se ponderarán por los coeficientes establecidos en la normativa de becas del MEFPD de carácter general para estudiantes universitarios para el curso 2025/2026.
Para el cálculo de la renta familiar serán miembros computables el padre y la madre, o tutores legales, la persona solicitante y los hermanos o hermanas solteros menores de 25 años.

También serán considerados miembros los hermanos o hermanas mayores de edad cuando se trate de personas con discapacidad y los abuelos o abuelas que justifiquen su residencia en el mismo domicilio con el correspondiente certificado municipal conjunto a 31 de diciembre de 2024; en caso de no acreditar la convivencia no serán tenidos en cuenta.

En caso de separación legal o divorcio de los progenitores cuando la custodia sea compartida, se considerarán miembros computables: el padre y la madre del estudiante que solicita la beca, y los hijos comunes. Cuando la custodia no sea compartida no se considera miembro de la familia aquel que no conviva con la persona solicitante, pero sí el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación. También se incluirán los hijos de ambos que convivan en ese domicilio, tanto comunes a ambos cónyuges como no comunes, si son solteros menores de 25 años o los de mayor edad cuando se trate de personas con discapacidad.

En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o persona a la que se encuentre unido por análoga relación, así como los hijos, si los hubiera.

En el caso de solicitantes que aleguen independencia familiar y económica, deberá acreditarse que cuentan con medios económicos propios suficientes, así como la titularidad o alquiler de la vivienda a 31 de diciembre de 2024.

Será de aplicación, a efectos de la composición de la unidad familiar, lo dispuesto en la normativa de becas del MEFPD de carácter general para estudiantes universitarios para el curso 2025/2026. También será de aplicación en lo relativo al cálculo de la renta y del patrimonio, salvo lo establecido respecto a las rentas exentas de IRPF, que serán computadas en la renta familiar.

Podrá obtenerse la condición de beneficiario de estas ayudas aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.5 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

Dotación

Las ayudas previstas mediante las Becas Ourense Rural Máster UVigo se destinarán a cubrir los gastos derivados del desplazamiento del término municipal de la vivienda habitual al municipio de Ourense hasta un máximo de:

  • De 5 a 9 Km: 200 euros.
  • De 10 km a 29 km: 400 euros.
  • De 30 a 39 km: 800 euros.
  • A partir de 40 km: 1.000 euros.

En el caso de que no exista crédito suficiente para conceder la cantidad establecida a la última persona seleccionada, esta recibirá la cantidad restante hasta agotar el crédito, sin perjuicio de que en caso de renuncia, éste se completará. hasta el monto planificado.

El pago de la beca se realizará en el plazo de un mes desde la resolución de concesión mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por el estudiante en su solicitud y de la que deberá ser titular.

Presentación

  • La solicitud de las Becas Ourense Rural Máster UVigo se realizará a través del formulario en linea disponible en la web de la universidad: http://secretaria.uvigo.gal.
  • Debes registrarte y seleccionar "becas propias de estudios".

Más información

Objeto

  • La presente convocatoria está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Universidad de Vigo como una acción destinada al cumplimiento del objetivo 26, captar alumnado con talento y garantizar el acceso universal a la educación pública universitaria, a través de la compensación del coste económico que supone la realización de estudios de máster universitario para el alumnado empadronado en ayuntamientos rurales de Galicia alejados del campus universitario y con dificultades de conexión a través de medios de transporte habituales.

Incompatibilidades

  • Esta ayuda es complementaria y compatible con la Ayuda al estudio UVIGO y con la beca de carácter general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes convocada por Resolución de 18 de marzo de 2025, BOE del 20.
  • Las ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda de la misma naturaleza y para la misma finalidad.
  • El importe de las ayudas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, según establece el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Obligaciones

  • La persona beneficiaria deberá estar matriculada en el máster universitario del campus de Ourense durante todo el curso académico 2025/2026 para poder mantener su condición de becaria. Además, debe cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que le sean de aplicación.

Selección y resolución

  • La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas estas y la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con mención de la causa de exclusión.
  • Las personas interesadas dispondrán de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación para subsanar los errores y la falta de documentación. Para ello presentarán el formulario de alegaciones en la secretaría virtual dirigido a la Sección de Ayudas y Becas. De no presentar subsanación, se entenderá que desisten de su solicitud, previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • En caso de existir dudas acerca del cumplimiento de los requisitos, estas serán resueltas por la comisión de selección.
  • Una vez revisadas las alegaciones, la selección será efectuada por una comisión de selección hasta el agotamiento del crédito presupuestario, de acuerdo con la suma de las siguientes puntuaciones:
    • Puntuación por situación económica: * consultar tabla en las bases de la convocatoria.
    • Distancia: 4 puntos cuando el domicilio familiar se encuentra a más de 39 km del campus de Ourense.
    • Nota media calculada sobre base 10, hasta 10 puntos:
      • Para el alumnado de inicio de estudios de máster universitario, la nota de acceso.
      • Para el alumnado de continuación de estudios de máster universitario, la nota media del expediente académico del último curso cursado.
      • Al alumnado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia se le sumarán dos puntos a la nota.

En caso de empate en la puntuación final, tendrá prioridad el alumnado con mayor puntuación en el apartado 3, nota media, y si persiste el empate tendrá prioridad el alumnado con mayor puntuación en el apartado 1, puntuación económica.

Documentación a adjuntar

Al realizar la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:

  • El anexo II deberá ser firmado por cada uno de los miembros de la unidad familiar autorizando a la universidad a consultar directamente datos en las plataformas de intermediación, y presentarse en formato PDF junto con la solicitud.
  • Documentación acreditativa de las distintas situaciones que afecten a la composición de la unidad familiar a 31 de diciembre de 2024:
    • Certificado municipal conjunto en los siguientes casos:
      • Viudedad, separación y divorcio.
      • Independencia económica y familiar.
      • Si hay ascendientes de los padres y hermanos o hermanas mayores de 25 años con discapacidad residiendo en el domicilio familiar.
    • Sentencia de divorcio o convenio regulador, en su caso.
    • Independencia económica y familiar: deberá presentar la documentación justificativa de tener domicilio en propiedad o en alquiler, y de disponer de medios económicos suficientes para hacer frente a sus gastos, contrato de alquiler y justificación de ingresos.
    • En el caso del estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia deberá presentar certificado expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.
  • Documentación acreditativa de las situaciones que dan derecho a deducción en el cálculo de la renta:
    • Título de familia numerosa.
    • Acreditación de orfandad absoluta.
    • Certificado de discapacidad, del solicitante, hermanos y hijos del solicitante.
    • Hermanos estudiantes universitarios residentes fuera del domicilio familiar durante el curso anterior 2024/2025, expediente académico y contrato de alquiler.
    • Familia monoparental.
  • Documentación acreditativa de los ingresos percibidos en el extranjero por los miembros de la unidad familiar durante el año 2024.

También se podrá requerir que aporten otra documentación que, a juicio de la comisión de selección, resulte necesaria para la correcta evaluación de los requisitos. El hecho de no aportar la documentación requerida será causa de exclusión.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Ourense Rural Máster UVigo

Las Becas Ourense Rural Máster UVigo son convocadas por la Universidad de Vigo con la finalidad de aminorar el coste que supone para los estudiantes matriculados en los municipios rurales de Ourense, el desplazamiento al Campus universitario.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ourense Rural Máster UVigo" es: desde 17/03/2026 hasta 10/04/2026.

La Beca "Becas Ourense Rural Máster UVigo" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías

La Beca "Becas Ourense Rural Máster UVigo" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas transporte