Universidad de Valladolid (UVA)

Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA

Becas de estudiosBecas de investigaciónUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio01/10/2025 Fin24/10/2025
Abierta

Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA ofrecen a los estudiantes de la Universidad de Valladolid la oportunidad de iniciar una formación investigadora sólida. Estas becas están dirigidas a estudiantes de centros propios que quieran participar en tareas de investigación dentro de un Departamento o Instituto Universitario de Investigación. 

Los estudiantes pueden solicitar las Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA presentando la documentación requerida a través de la Sede Electrónica de la UVa. El proceso incluye la entrega de currículum, expediente académico y un proyecto de colaboración o memoria técnica avalada por el tutor. 

La duración de la beca es de siete meses, con una dedicación mensual de treinta horas. La dotación económica asciende a 1.400 euros en total. Los becarios reciben formación práctica en investigación, participando en proyectos vinculados a los Grupos de Investigación Reconocidos de la UVa y otras estructuras universitarias. Además, deben presentar una memoria final y un póster científico, que pueden ser publicados en la web del Consejo Social.

Las Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA a permiten a los estudiantes consolidar su formación académica y profesional y obtener un reconocimiento oficial de su labor investigadora. Además representan una inversión estratégica en la formación y desarrollo de los futuros profesionales e investigadores de la universidad. Aquí te mostramos todos los datos de interés si quieres solicitarlas.

Datos básicos

Nº de becas
35
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

De acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras anteriormente citadas, podrán beneficiarse de las Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA los estudiantes de centros propios de la UVa que en el plazo de presentación de solicitudes previsto en la convocatoria reúnan los siguientes requisitos y méritos:

  • Los solicitantes serán estudiantes que vayan a finalizar los estudios de Grado o estudiantes de primer curso de Másteres Oficiales de la Universidad de Valladolid matriculados en el curso académico 2025-2026.
  • Los estudiantes de Grado deberán acreditar los siguientes requisitos:
    • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster Oficial.
    • Estar matriculado en el curso 2025-2026 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios, es decir, para la obtención del título, y haber superado el 75% de la carga lectiva del plan de estudios correspondiente.
    • Aportar la siguiente documentación:
      • EXPEDIENTE ACADÉMICO (Certificación Académica), que deberá tener como nota media mínima de los créditos superados la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
        • 7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas.
        • 7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas.
        • 7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud.
        • 8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades. En el caso de los estudiantes que hayan realizado la formación previa en el extranjero, y con el fin de establecer la necesaria equivalencia entre los expedientes académicos de aquellos que hayan solicitado la Beca de Colaboración, deberán aportar obligatoriamente la “Declaración de Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico de Estudios cursados en el Extranjero”.
      • CURRICULUM VITAE del estudiante: la documentación que se aportará y valorará como mérito será la siguiente:
        • La acreditación de un nivel de dominio de lengua extranjera intermedio alto B2, mediante un certificado oficial en conformidad con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente (no es un requisito excluyente, aunque para valorar este mérito resulta imprescindible acreditarlo documentalmente).
        • La acreditación de los logros que se hayan obtenido en el transcurso de su etapa universitaria, como premios, distinciones y reconocimientos oficiales (no es un requisito excluyente, aunque para valorar este mérito resulta imprescindible acreditarlo documentalmente).
  • Los estudiantes de primer curso de Másteres Oficiales deberán acreditar los siguientes requisitos:
    • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster Oficial o de Doctor.
    • Estar matriculado, en el curso 2025-2026, como estudiante a tiempo completo de 60 ECTS, incluido el TFM, si el Máster es de un año o, en el caso de que el Máster tenga una duración de 3 o 4 cuatrimestres, de 60 ECTS en primer curso del Máster.
    • Tener como nota media en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al Máster la que se establece en el apartado 2 c) 1 anterior, en función de la rama de conocimiento de procedencia.
    • Aportar la siguiente documentación:
      • EXPEDIENTE ACADÉMICO (Certificación Académica). El cálculo de la nota media del expediente académico se efectuará conforme a lo previsto en el artículo 7 de la Resolución de 2 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación.
      • CURRICULUM VITAE del estudiante: la documentación que se aportará y valorará como mérito en este apartado, será la siguiente:
        • La acreditación de un nivel de dominio de lengua extranjera intermedio alto B2, mediante un certificado oficial en conformidad con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente (no es un requisito excluyente, aunque para valorar este mérito resulta imprescindible acreditarlo documentalmente).
        • La acreditación de los logros que se hayan obtenido en el transcurso de su etapa universitaria, como premios, distinciones y reconocimientos oficiales (no es un requisito excluyente, aunque para valorar este mérito resulta imprescindible acreditarlo documentalmente).
  • Deberá existir conexión entre la labor a desarrollar y el historial científico-técnico de los candidatos y, en su caso, con el Trabajo de Fin de Grado y/o Fin de Máster que estén realizando en la UVa, para lo que deberán aportar, también como requisito, un PROYECTO DE COLABORACIÓN O MEMORIA TÉCNICA que ha de ser valorado por el Departamento o Instituto Universitario de Investigación.
  • No haber sido beneficiario anteriormente de ayudas conforme a cualquier convocatoria amparada por las Bases Reguladoras de aplicación.
  • Acreditar no estar incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, en materia de subvenciones, aplicable a las Universidades públicas de la Comunidad de Castilla y León -artículo 6 y disposición adicional-.
  • No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios, bajo otro régimen jurídico o asimilable, con empresa, institución o entidad alguna.
  • Los demás requisitos previstos en las Bases Reguladoras y en la propia convocatoria, en función de la finalidad y modalidad de la ayuda.

Dotación

Las Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA son incompatibles con las becas de colaboración en proyectos de investigación de la propia UVa, con las becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios convocadas por el Ministerio con competencia en materia de educación universitaria, así como con cualquier otra subvención, ayuda, financiación, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Únicamente serán compatibles con las becas y ayudas al estudio de carácter general, en su caso las de movilidad que convoque cada curso el Ministerio con competencia en materia de educación universitaria u otra Administración pública, siempre y cuando no coincidan los objetivos de ambas ayudas o becas.

Los beneficiarios de esta beca solo lo podrán ser en un único curso académico y por una sola vez. La concesión de la beca de colaboración será anulada con reintegro total de su cuantía en caso de ocultación o falseamiento de datos, cuando exista incompatibilidad con otras ayudas, o en caso de que hayan sido concedidas a estudiantes que no reúnan alguno de los requisitos establecidos o no los acrediten debidamente. Será de aplicación lo previsto en los artículos 37 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Título IV de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

El calendario de actividades comprenderá 30 horas mensuales durante 7 meses (de enero a julio de 2026, ambos inclusive). La distribución de esta dedicación podrá ser flexible, ajustándose al ritmo académico, pero en ningún caso podrán realizarse más de 15 horas por semana ni más de 3 horas por día. En todo caso, al finalizar el periodo de disfrute de la beca deberán haberse cumplido las 210 horas exigidas.

La dotación total y única de la beca será de 1.400 euros, correspondiéndose esta cantidad con el coste total para el Consejo Social, incluyéndose la cuota patronal. Al importe asignado a cada beneficiario se le aplicarán los descuentos y retenciones legales que se detallan a continuación:

  • Las personas beneficiarias serán dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (BOE de 27 de octubre). Para ello, facilitarán el número de afiliación en el documento de propuesta de nombramiento de becario.
  • Del importe mensual que corresponda se deducirá la cuota de la Seguridad Social que está obligado a cotizar el beneficiario. La acción protectora será la correspondiente al régimen general de la Seguridad Social aplicable, con las coberturas y exclusiones que en la norma se contemplan.
  • Del importe mensual que corresponda se aplicará la retención del correspondiente IRPF.
  • Estas becas se someterán a la fiscalidad que les corresponda en su caso.

El período de disfrute de la beca será desde el 1 de enero hasta el 31 de julio de 2026, excepto en los casos, de renuncia o sustitución, finalizando en todo caso en la fecha indicada en último término.

El importe total a percibir por el becario en este periodo ascenderá, aproximadamente, a unos 1.000 €. El ingreso se realizará directamente a favor del interesado, mediante transferencia bancaria en cuenta en la que figure necesariamente como titular, cada uno de los meses de disfrute de la beca.

El importe consignado por el Consejo Social a este programa de becas asciende a un máximo de 43.000 euros, y se hará efectivo con cargo al crédito del programa específico del Consejo Social, en el Presupuesto de la Universidad de Valladolid del año 2026, unidad gestora: 18.01.51. programa 333A.1.04 clasificación económica 480.02 (Becas) y 480.06 (Cuotas Sociales).

Dado el carácter formativo de esta beca, su condición y disfrute no establece relación contractual o estatutaria con la UVa, ni implica por parte de ésta ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación a su plantilla.

Presentación

La presentación y formalización de la solicitud para las Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA se realizará a través de la Sede Electrónica de la UVa – Carpeta Ciudadana (utilizando el procedimiento establecido al efecto), de acuerdo con la LPACAP y de conformidad con el Reglamento de la UVa por el que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos de la UVa y se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico de la UVa (aprobado por Resolución de 13 de junio de 2012, BOCYL de 26 de junio). A estos efectos, la formalización y presentación de la solicitud será accesible en la dirección de la Carpeta Ciudadana:

https://tramitador.sede.uva.es/tramitador/ciudadano?idLogica=inicio&entrada=ciudadano&idEntidad=UVA

La denominación concreta del procedimiento es la siguiente: “Solicitud de Beca de Colaboración del Consejo Social en tareas de formación e investigación en Departamentos o Institutos Universitarios de, Curso 2025-2026”

No se admitirá la presentación de solicitudes por ningún otro medio.

A. SOLICITUDES: El estudiante presentará una única solicitud a un Departamento o a un Instituto Universitario de Investigación.

B. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR Y PLAZO De acuerdo con lo establecido en el Base II de la presente convocatoria, los candidatos deberán presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud de la beca.
  • Currículum Vitae de acuerdo con lo establecido en la convocatoria (sólo los apartados señalados).
  • Expediente Académico (Calificación Académica) de acuerdo con lo establecido en la convocatoria: únicamente deberán presentarla los estudiantes que hayan realizado uno o varios cursos académicos en otras Universidades o en centros adscritos de la UVa. En los demás casos no resulta necesario.
  • Proyecto de Colaboración o Memoria Técnica sobre el plan de trabajo a desarrollar en el Departamento o Instituto Universitario de Investigación, avalada por el tutor/profesor (máximo 3 páginas), resultando imprescindible la firma del profesor/tutor.

Esta documentación se presentará en un plazo que se extenderá desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria hasta el 17 de octubre inclusive.

Posteriormente, el Departamento o Instituto Universitario de Investigación, igualmente a través de la Sede Electrónica – Tramitador UVa, hará llegar las solicitudes presentadas por los solicitantes, junto con la valoración del proyecto de colaboración o memoria técnica que haya presentado, a la secretaría del Consejo Social. El plazo para hacerlo será hasta el 24 de octubre inclusive, asumiendo el Departamento o Instituto Universitario de Investigación toda la responsabilidad que se pudiera derivar en caso de no remitir dicha documentación dentro del plazo establecido. En este punto, sería oportuno que el estudiante confirmara con el Departamento o Instituto Universitario de Investigación la remisión de la documentación a la secretaría del Consejo Social en plazo.

https://tramitador.sede.uva.es/tramitador/ciudadano?idLogica=inicio&entrada=ciudadano&idEntidad=UVA

Más información

Objeto y fines de las becas

La finalidad de estas becas es proporcionar una formación investigadora inicial a los estudiantes universitarios de centros propios, para facilitar su futura orientación profesional o investigadora, mediante su participación o colaboración en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando en un Departamento o Instituto Universitario de Investigación de la UVa. Esta finalidad se pretende cumplir en régimen de compatibilidad con sus estudios, permitiéndose a la vez realizar el Trabajo de Fin de Grado y/o el Trabajo Fin de Máster.

Estas becas están dirigidas a fomentar la colaboración en tareas de interés público institucional dentro de la estructura organizativa de la entidad, están enmarcadas en programas de formación y conllevan la realización de prácticas formativas ajenas al ámbito de regulación de las prácticas académicas externas.

Criterios de valoración y asignación de la beca

Únicamente serán objeto de valoración aquellos requisitos y méritos que sean acreditados documentalmente por los candidatos. El cómputo de requisitos y méritos se realizará tomando como referencia la fecha en la que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

La adjudicación de las becas se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de publicidad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad.

La puntuación de cada solicitud se obtendrá, por parte de la Comisión de Valoración creada al efecto (tal y como establecen las Bases Reguladoras), sumando la puntuación obtenida en los siguientes apartados:

  • EXPEDIENTE ACADÉMICO Se tendrá en cuenta lo establecido en los apartados 2c1 y 3d1 de la Base II, de la presente convocatoria. La puntuación máxima en este apartado será de 6 puntos sobre un total de 10.
  • CURRICULUM VITAE del estudiante, en el que se deberá incluir, en su caso:
    • La acreditación de un nivel de dominio de lengua extranjera intermedio alto B2, mediante un certificado oficial en conformidad con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente. Puntuación: Por cada certificado de lengua extranjera, al menos el nivel B2: 1 punto por cada idioma.
    • Igualmente, se acreditarán los logros que se hayan obtenido en el transcurso de su etapa universitaria, como premios, distinciones y reconocimientos oficiales. Por cada distinción académica oficial (premios, distinciones y reconocimientos): 0,5 puntos. La puntuación máxima en este apartado será de 3 puntos sobre un total de 10.
  • PROYECTO DE COLABORACIÓN O MEMORIA TÉCNICA AVALADA POR EL DEPARTAMENTO O INSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN (Plan de Trabajo) Como ya se ha indicado, deberá existir conexión entre la labor a desarrollar y el historial científico-técnico de los candidatos y, en su caso, con el Trabajo de Fin de Grado y/o Fin de Máster que estén realizando en la UVa, para lo que los solicitantes presentarán un Proyecto de Colaboración o Memoria Técnica que ha de ser valorado y puntuado por el Departamento o Instituto Universitario de Investigación. La puntuación máxima en este apartado será de 1 punto sobre un total de 10.

En este sentido, el Consejo de Departamento o del Instituto Universitario de Investigación nombrará una Comisión para estudiar los Proyectos de Colaboración o Memorias Técnicas presentados por los candidatos a obtener la beca. Dichos proyectos incluirán obligatoriamente el visto bueno de un profesor del Departamento o Instituto Universitario de Investigación, que actuará como tutor. Dicha Comisión estará formada por, al menos, tres miembros (el Director del Departamento o Instituto Universitario de Investigación, un profesor con vinculación permanente a la Universidad y un estudiante perteneciente al Consejo de Departamento o Instituto Universitario de Investigación.). Si el Consejo de Departamento o Instituto Universitario de Investigación lo estimase oportuno, esta Comisión podrá ser ampliada a más miembros, guardando siempre criterios de proporcionalidad entre los estamentos representados en los Consejos de Departamentos o Institutos Universitarios de Investigación.

Asimismo, los Departamentos o Institutos Universitarios de Investigación, deberán publicar en sus tablones de anuncios, así como por cualquier otro medio que contribuya a su conocimiento, copia del acta de la Comisión en la que se hagan constar los acuerdos adoptados.

Obligaciones de los becarios

Las obligaciones que ha de cumplir el estudiante beneficiario de la beca son las siguientes:

  • Incorporarse al Departamento o Instituto Universitario de Investigación de aplicación de la beca, en la fecha señalada, entendiéndose la no incorporación como renuncia a la beca. Este hecho, de producirse, deberá ser comunicado oportunamente por el beneficiario de la beca, de un Departamento o Instituto Universitario de Investigación, a través del Registro Electrónico en la Sede Electrónica de la UVa, a la secretaría administrativa del Consejo Social. Igualmente habrá de comunicarse cualquier cambio en sus circunstancias que impliquen una situación de incompatibilidad o inhabilitación.
  • Realizar su labor en un Departamento o Instituto Universitario de Investigación, estructuras universitarias que habitualmente colaboran con los Grupos de Investigación Reconocidos (GIR) de la UVa, así como el resto de estructuras que realizan investigación, en aplicación de la beca, de acuerdo con el plan originariamente aprobado y cumpliendo con aprovechamiento las tareas encomendadas.
  • Seguir durante el curso 2025-2026, por enseñanza oficial, los estudios en los que se encuentra matriculado.
  • Al finalizar la beca, el beneficiario deberá presentar antes del 30 de septiembre de 2026, y dirigido a la secretaría del Consejo Social, la siguiente documentación:
    • Memoria Final, redactada por el becario (Anexo I), con el visto bueno del director de un Departamento o Instituto Universitario de Investigación, en el que conste que el becario ha cumplido satisfactoriamente las tareas encomendadas, en la que se describa el trabajo realizado durante el periodo de disfrute de la misma. Con objeto de hacer más visible esta labor investigadora, el Consejo Social podrá publicar dicha Memoria, si así lo considera, ajustándose a la normativa de protección de datos y autoría, en la “Galería de Becarios”. Galería de Becarios | UVaINVESTIGA-Consejo Social de la Universidad de Valladolid/
    • Elaboración de un Póster Científico en formato pdf del trabajo realizado, que permita su reproducción a un tamaño de 90×120 y que debe seguir el patrón habitual de este tipo de documentos: introducción, material y método, resultados, discusión, conclusiones, etc., con el objetivo de incluirlo en la publicación web (página web del Consejo Social) y facilitar la impresión, en su caso, para posibles encuentros sobre investigación (el Anexo recoge una serie de recomendaciones para su elaboración).

Tanto la Memoria Final como el Póster Científico se presentarán a través del Registro Electrónico en la Sede Electrónica de la UVa, modelo de solicitud general (accesible en la dirección http://sede.uva.es), de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, del Reglamento por el que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos de la Universidad de Valladolid y del Reglamento que regula el Sistema de Registro de la Universidad de Valladolid.

La entrega de la Memoria Final, utilizando para ello, tal y como se ha indicado, el modelo de solicitud general se cumplimentará de la siguiente manera:

  • Destinatario de su Solicitud. Deberá indicar: “Consejo Social”.
  • Expone. Deberá indicar que presenta la Memoria Final y el Póster Científico
  • Solicita. Deberá indicar que se tenga por presentada la Memoria Final y el Póster Científico.
  • Documentación que se adjunta. Deberá adjuntar la Memoria Final y el Póster Científico

Los becarios están obligados al cumplimiento de las obligaciones generales previstas en los artículos 14 y 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en cuanto sean de aplicación a este procedimiento, así como a cuantos requisitos o compromisos académico-formativos se establecen en la presente convocatoria, tanto para la concesión como para el disfrute de la misma, y a notificar, en los casos que proceda, el incumplimiento de alguno de ellos durante el período de desempeño de la misma.

En el caso de que el estudiante no presente la documentación en la fecha anteriormente señalada, esta actuación tendrá la calificación de causa de reintegro conforme al artículo 37.1.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y será de aplicación, en su caso, lo previsto en el Título IV de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

En el caso de que el becario renuncie a la beca, deberá presentar la siguiente documentación, dirigida a la secretaría del Consejo Social, a través del Registro Electrónico en la Sede Electrónica de la UVa:

  • Escrito informando de su renuncia y de las causas de la misma.
  • Informe del trabajo realizado hasta la fecha de renuncia, indicando las horas que ha prestado colaboración, con el visto bueno del director de un Departamento o Instituto Universitario de Investigación.
  • La plaza vacante podrá ser asignada a uno de los suplentes de acuerdo con el orden establecido en la resolución de esta convocatoria.

El Consejo Social organizará, durante el periodo de disfrute de la beca, dos o tres actividades (jornadas, encuentros, debates, etc.) dirigidas expresamente a los becarios. La asistencia a las mismas será, en su caso, de obligado cumplimiento. La imposibilidad de poder asistir a las mismas deberá ser justificada formalmente por escrito. Igualmente, desde el Consejo Social se invitará a asistir a los tutores de los becarios.

Normas sobre inicio y resolución del procedimiento, recursos e información

  • El procedimiento de concesión de becas de colaboración en tareas de investigación en un Departamento o Instituto Universitario de Investigación, se considerará iniciado de oficio mediante la publicación de la presente convocatoria.
  • La puntuación final de cada solicitante, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos y méritos establecidos en esta convocatoria, será la suma de la puntuación obtenida en los apartados relativos al Expediente Académico, Curriculum Vitae y a la valoración correspondiente al Proyecto de Colaboración o Memoria Técnica sobre el plan de trabajo a desarrollar en el Departamento o Instituto Universitario de (avalada por el tutor/profesor).
  • La Secretaría del Consejo Social, una vez examinada la documentación presentada, la remitirá para su estudio a la Comisión de Valoración creada al efecto en el seno de la Comisión Académica del Consejo Social, órgano Instructor del procedimiento. La Comisión Académica procederá, en su caso, a aprobar una relación provisional de concesión de las becas, que incluirá también a la persona o personas suplentes y a los excluidos, así como la causa de exclusión, siempre de acuerdo con los criterios previstos en la Base III de la presente convocatoria, debidamente motivada, ordenando su publicación para conocimiento de los interesados. La presente convocatoria establece un período de 5 días hábiles para presentar alegaciones, dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez transcurrido este período y mediante resolución del presidente del Consejo Social de la UVa, previo informe vinculante de la Comisión Académica del Consejo Social, se aprobará y acordará la publicación de la relación definitiva de estudiantes becarios, así como la lista de suplentes.
  • Dicha resolución se producirá en plazo no superior a tres meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, las solicitudes se podrán entender desestimadas en los términos previstos en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Contra esta resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación en el citado Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la UVa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, o bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Rectorado en el plazo de un mes a computar desde la misma fecha (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
  • Las publicaciones citadas se realizarán en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la UVa y en la página Web del Consejo Social (http://consejosocial.uva.es/).
  • Corresponderá a la Comisión Académica del Consejo Social la propuesta de nombramiento de los estudiantes suplentes en aquellos casos en que los titulares hayan renunciado a su plaza (siempre que haya estudiantes suplentes).
  • Se enviará a cada uno de los becarios una credencial justificativa de su condición en la que constará la modalidad de beca, referencia a la normativa y convocatoria respectiva, así como la cuantía, duración de la misma y periodo de disfrute.

Enlaces de interés

https://consejosocial.inf.uva.es/wp-content/uploads/2025/09/CONVOCATORIA-BC-CS-2025-2026.def_.report.pdf

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA

Las Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA ofrecen a los estudiantes de la Universidad de Valladolid la oportunidad de iniciar una formación investigadora sólida. Estas becas están dirigidas a estudiantes de centros propios que quieran participar en tareas de investigación dentro de un Departamento o Instituto Universitario de Investigación. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA" es: desde 01/10/2025 hasta 24/10/2025.

La Beca "Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Consejo Social Tareas Investigación UVA" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de investigación