Universidad de Oviedo - Uniovi

Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi

Becas de estudiosBecas transporteUniversitarios

INSCRIPCIONES

08/06/202421/02/2024
Finalizada

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Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Oviedo convoca las Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi para aquellos estudiantes que residan en el municipio de la Llanera, y que tengan dificultades derivadas de su situación económica y por tanto, dificultades para costearse el transporte desde dicho municipio hasta la universidad.

Podrán acceder a las Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi, aquellos estudiantes de grado o máster, que tengan un mínimo de créditos indicados en la convocatoria, tanto para los alumnos que inician estudios como para los de segundo o posteriores.

La cuantía ofrecida para los beneficiarios dependerá de los umbrales de renta que posea, estableciéndose de este modo, cuantías que irán desde los 300 euros, hasta los 400. Esta dotación económica servirá a los alumnos a cubrir los gastos que se deriven del desplazamiento que realizan de manera diaria desde el municipio de Llanera, hasta el campus donde estudien en la Uniovi. Además también servirá para sufragar los gastos del material didáctico y/o informático.

En nuestra web podrás encontrar toda la información relacionada con Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi, por lo que si quieres solicitarlas, aquí podrás encontrar los plazos, documentación a aportar, etc.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Región de origen
  • Principado de Asturias
Provincia de origen
  • Asturias
Localidad
Llanera
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Para obtener las Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi,  los solicitantes deberán estar matriculados en el curso 2023-2024, en estudios oficiales de Grado o Máster del siguiente número de créditos:

    • Estudiantes de Grado: mínimo de 36 créditos para los que inicien estudios o 24 créditos para los de 2º o posteriores.
    • Estudiantes de Máster Oficial: mínimo de 18 para los que inicien estudios o 12 créditos para los de 2º o posteriores.
    • El número mínimo de créditos no se tendrá en cuenta en el caso de los estudiantes que les reste un número inferior de créditos para finalizar sus estudios.
  • Quienes opten a dicha ayuda deberán haber superado un mínimo del 50% de los créditos matriculados en el curso anterior, a excepción de quienes se matriculen por primera vez de primer curso de Grado. Las asignaturas o créditos reconocidos, convalidados y adaptados no se tendrán en cuenta a efectos del cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en este apartado.
  • En todo caso, los estudiantes que concurran a estas ayudas deberán estar empadronados en el municipio de Llanera, con al menos 12 meses de antelación a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Esta información, se incorporará de oficio por el ayuntamiento.
  • Los umbrales de renta familiar aplicables para la concesión de estas ayudas serán los que se señalan a continuación:
  • Familias/Umbrales:
    • Umbral 1:
      • 1 Miembro - 8.422 €
      • 2 Miembros - 12.632 €
      • 3 Miembros - 16.843 €.
      • 4 Miembros - 21.054 €.
      • 5 Miembros - 24.423 €.
      • 6 Miembros - 27.791 €.
      • 7 Miembros - 31.160 €.
      • 8 Miembros - 34.529 €.
    • Umbral 2:
      • 1 Miembro - 13.236 €.
      • 2 Miembros - 22.594 €.
      • 3 Miembros - 30.668 €.
      • 4 Miembros - 36.421 €.
      • 5 Miembros - 40.708 €.
      • 6 Miembros - 43.945 €.
      • 7 Miembros - 47.146 €.
      • 8 Miembros - 50.333 €.
    • Umbral 1:
      • 1 Miembro - 14.112 €.
      • 2 Miembros - 24.089 €.
      • 3 Miembros - 32.697 €.
      • 4 Miembros - 38.831 €.
      • 5 Miembros - 43.402 €.
      • 6 Miembros - 46.853 €.
      • 7 Miembros - 50.267 €.
      • 8 Miembros - 53.665 €.

Dotación

Las Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi, previstas en la presente convocatoria, se destinarán a cubrir los gastos derivados del desplazamiento diario del estudiante desde el término municipal de Llanera a los distintos campus de la Universidad de Oviedo, así como a la adquisición de material didáctico y/o informático, hasta alcanzar el límite presupuestario total establecido en la convocatoria.

La cuantía de las ayudas, según los umbrales de renta establecidos en el punto 3.4 de esta convocatoria, serán las siguientes:

  • Para los solicitantes cuya renta familiar no supere el umbral 1: 400€.
  • Para los solicitantes cuya renta familiar no supere el umbral 2: 350€.
  • Para los solicitantes cuya renta familiar no supere el umbral 3: 300€.

Presentación

Las solicitudes de las Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi, se presentarán únicamente de modo electrónico a través del siguiente enlace https://euniovi.uniovi.es/PresentarSolicitudes. Para el acceso a la solicitud, el interesado deberá disponer del sistema de identificador de usuario y contraseña utilizados para el correo electrónico de Uniovi.

Los solicitantes deberán expresamente aceptar las siguientes condiciones:

  • Declaración sobre Protección de Datos de Carácter Personal.
  • Autorización de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP, a efectuar las notificaciones y comunicaciones que se deriven de este expediente a la dirección de correo corporativo de la Universidad de Oviedo.
  • Declaración de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias y con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, así como con la Seguridad Social y con la administración universitaria, y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro, según lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Autorización para solicitar datos al Ayuntamiento de Llanera.

Más información

Limitaciones

Estas ayudas son incompatibles con cualquier otro tipo de beca, subvención o ayuda de análoga naturaleza, concedida por organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros, en coincidencia temporal con aquellas.

La concesión de estas ayudas estará limitada a una por solicitante.

Criterios de Valoración y Procedimiento de Concesión

Para cada solicitante, se calculará la renta familiar de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 117/2023 de 21 de febrero, por el que se establece los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2023-2024.

  • En primer lugar, se asignará el crédito disponible, entre los solicitantes cuya renta familiar no supere el umbral 1, ordenados de menor a mayor renta, por un importe de 400,00 € (o la fracción restante cuando el crédito a repartir resulte insuficiente).
  • Si, tras la asignación del apartado 2, quedase crédito disponible, se procedería a conceder sucesivamente, por un importe de 350,00 € (o la fracción restante cuando el crédito sin repartir sea inferior), entre los solicitantes cuya renta familiar no supere el umbral 2 ordenados de menor a mayor cuantía de renta.
  • Si realizada la asignación prevista en los apartados 2 y 3 resultase crédito disponible, se procederá a conceder sucesivamente por un importe de 300,00€ (o la fracción restante cuando el crédito sin repartir sea inferior) entre los solicitantes cuya renta familiar no supere el umbral 3 ordenados de menor a mayor cuantía de renta.

Propuesta de Resolución y medios de notificación


De acuerdo a la cláusula undécima de las Bases reguladoras de esta convocatoria, el órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión es el Vicerrectorado de Estudiantes que podrá realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que incluirá al menos, la relación de los beneficiarios y el importe que se propone para su concesión así como relación ordenada de suplentes que cumpliendo con todos los requisitos establecidos, no hayan sido estimados por rebasar la cuantía máxima del crédito presupuestado, con indicación del orden de prioridad, y que se publicará en la intranet de la Universidad de Oviedo https://intranet.uniovi.es/convocatorias/estudiantado para que, en el plazo máximo de 10 días, formulen las alegaciones que estimen convenientes.

Una vez examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por los interesados, o transcurrido el plazo para realizarlas, el órgano instructor, a propuesta de la Comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla. La propuesta de resolución definitiva se publicará en la intranet de la Universidad de Oviedo https://intranet.uniovi.es/convocatorias/estudiantado. El órgano instructor elevará el expediente al órgano competente para la resolución de la convocatoria.

De conformidad con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta para dictar resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.

La propuesta de resolución provisional y definitiva no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se haya publicado la resolución de concesión.

Resolución del Procedimiento

El plazo máximo para resolver la convocatoria no excederá de seis meses, computado a partir de la publicación de la misma en el BOPA.

Según lo establecido en la cláusula duodécima de las Bases reguladoras de la Convocatoria, el órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas es el Rector.

El Rector dictará Resolución de adjudicación de las ayudas motivada conforme al artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de la propuesta definitiva formulada por el órgano instructor, que se publicará en la intranet de la Universidad de Oviedo https://intranet.uniovi.es/convocatorias/estudiantado, a los efectos previstos en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderá que ésta es desestimatoria.

Abono y justificación de las ayudas

La cuantía líquida de la ayuda se hará efectiva mediante transferencia bancaria a la cuenta que los beneficiarios señalen en el impreso de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo (Anexo I), debiendo ser titulares o cotitulares de las mismas.

Según se establece en la cláusula decimocuarta de las Bases reguladoras de la Convocatoria, las ayudas no requerirán otra justificación del cumplimiento de la finalidad para la que fueron concedidas que la acreditación, por cualquier medio admisible en derecho, de que en el solicitante concurre la situación económica y académica que requiere la convocatoria.

Obligaciones de los beneficiarios

Son obligaciones de los beneficiarios:

  • Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan a la Intervención de la Universidad de Oviedo.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • En los demás supuestos previstos en la Ley General de Subvenciones.

Enlaces de interés

https://www.uniovi.es/documents/39158/6856867/29-5-24+RESOLUCI%C3%93NLLANERA+PARA+BDNS.pdf/d5cb7cc0-0dbb-8eb9-e095-97f62a6d9805?t=1717751806650

https://sede.llanera.es/Tablon_ver_doc.aspx?id=5535

Documentación a adjuntar

La documentación a presentar junto a la solicitud será la siguiente:

  • Impreso de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo, Anexo I.
  • Autorización para solicitar datos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y para la consulta de los datos de identidad, a través del CLIENTE LIGERO SCSP, de los miembros de la unidad familiar (Anexo II).

Para la determinación de la Renta de los miembros computables obligados a presentar declaración, la información de carácter tributario que se precise para la acreditación de las condiciones económicas será suministrada directamente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a través de medios informáticos o telemáticos, en el marco de colaboración suscrito entre la Universidad de Oviedo y la AEAT. Dicha información será la que corresponda al ejercicio fiscal 2022.


  • Documentación acreditativa de independencia familiar y económica del solicitante, cuando se alegue esta circunstancia (título de propiedad de la vivienda o contrato de alquiler de la misma, contrato de trabajo, vida laboral e ingresos netos). Si la residencia independiente y los medios económicos propios no quedan convenientemente justificados, la solicitud será objeto de denegación.
  • Los miembros computables de la unidad familiar que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: datos fiscales emitidos por la Agencia Tributaria.
  • En el caso de desempleados: certificado actualizado emitido por la oficina del Servicio Público de Empleo que acredite la situación de la demanda y en el que se haga constar si percibe prestación o subsidio por desempleo, indicando en su caso la cuantía y duración.
  • En el caso de percibir el Salario Social Básico: Resolución de concesión o justificante de la última mensualidad. En el caso de percibir pensión de jubilación, invalidez, orfandad u otras pensiones, certificado expedido por la Seguridad Social, Principado de Asturias u organismos competentes, en el que se indique la cantidad mensual que percibe.
  • En el caso de separación o divorcio legal, copia de la sentencia de separación o divorcio, y del Convenio Regulador si lo hubiera, así como justificante las aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En caso de impago, solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado, o justificante de inicio de las actuaciones.
  • En el caso de separaciones de uniones de hecho con hijos reconocidos, copia de la sentencia de guardia, custodia y alimentos, así como justificante de la aportación económica establecida en dicha sentencia. En situaciones de impago, solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado, o justificante de inicio de las actuaciones.
  • En el caso de discapacidad del solicitante y/o de sus hermanos en grado igual o superior al 33%: certificado oficial de discapacidad emitido por el organismo público competente.
  • En el supuesto de que el solicitante tenga hermanos, menores de 25 años, que hayan realizado estudios universitarios en el curso 2022-2023 y residan fuera del domicilio familiar: certificado de matrícula emitido por centro universitario en el que se encuentre realizando los estudios.
  • Los estudiantes extranjeros deberán acreditar documentalmente los miembros de la unidad familiar y los ingresos de la misma. En este caso se podrán consignar los ingresos de la familia en la moneda propia del país en que se obtengan. El cálculo de su contravalor en euros se hará aplicando el tipo oficial que hubiera tenido la moneda respectiva el primer día hábil de 2023.
  • En el supuesto de que la solicitud de ayuda sea formulada por personas que formen parte de unidades familiares de las que las administraciones tributarias no dispongan de datos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de renta de su unidad familiar, denegándose la beca en caso contrario.
  • La administración universitaria podrá solicitar al interesado otros documentos distintos de los enumerados anteriormente cuando por medio de estos no quede debidamente acreditado el cumplimiento de los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi

La Universidad de Oviedo convoca las Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi para aquellos estudiantes que residan en el municipio de la Llanera, y que tengan dificultades derivadas de su situación económica y por tanto, dificultades para costearse el transporte desde dicho municipio hasta la universidad.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi" es: desde 08/06/2024 hasta 21/02/2024.

La Beca "Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Ayudas a Estudiantes Empadronados en el Municipio de la Llanera - Uniovi" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes