Universidad de Málaga (UMA)

Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA

Becas de idiomasUniversitarios

INSCRIPCIONES

12/06/202310/10/2023
Finalizada

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Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Málaga (UMA) cuenta con un programa de becas y ayudas al estudio, que cubren las principales demandas de las necesidades sociales. Con estas becas, la UMA, quiere fomentar el estudio, la docencia y la investigación entre los estudiantes para una completa formación.

Para conseguir este objetivo, la universidad convoca las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA. Estas becas de idiomas van dirigidas a los estudiantes matriculados en la Universidad de Málaga, en las titulaciones oficiales de Grado o Máster.

Las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA tienen como objetivo que los estudiantes puedan adquirir y mejorar sus competencias lingüísticas en un primer o segundo idioma extranjero.

Las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA ayudarán al estudiante con una dotación económica de 300 euros. Estas ayudas irán destinadas a financiar los gastos de formación y la adquisición de la acreditación del nivel obtenido.

Si estas interesado en solicitar una de las becas que ofrece la Universidad de Málaga (UMA), aquí puedes encontrar todo lo que necesitas saber. 

Te ofrecemos toda la información sobre las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA, como plazos, requisitos, lugar de presentación de solicitudes y documentación que deberás aportar.

No lo pienses más y mejora tu nivel de idiomas gracias a una de las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

  • a. Estar matriculado en la Universidad de Málaga, en una titulación oficial de Grado o Máster, en el curso 2022/2023. A los efectos de obtener la ayuda descrita en el apartado a) del artículo 2.1., tendrán la consideración de estudiantes matriculados en estudios de Grado en el curso 2022/2023, aquéllos que, teniendo superadas previamente todas las materias de esta titulación, acrediten en dicho curso 2022/2023 las competencias lingüísticas exigidas para la expedición del título.
  • b. Haber disfrutado de la condición de becario de carácter general de las becas convocadas por el Ministerio con competencia en materia de becas de carácter general para estudiantes universitarios, o por el Gobierno del País Vasco, durante el curso académico 2022/2023 o 2021/2022.
  • c. Haber realizado gastos de formación y/o acreditación para la obtención de competencias lingüísticas en una lengua extranjera.
  • d. En el caso de solicitar la beca del apartado a) del artículo 2.1. de esta convocatoria, tener acreditado en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas de nivel B1 o superior, necesarias para la expedición del correspondiente título de Grado.
  • e. En el caso de solicitar la beca del apartado b) del artículo 2.1. de la presente convocatoria, tener superados los requisitos necesarios para obtener el nivel B2 o superior, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.
  • f. En el caso de solicitar la beca del apartado c) del artículo 2.1. de la presente convocatoria, tener superados los requisitos necesarios para obtener el nivel B1 o superior en un segundo idioma extranjero, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.
  • g. Haber superado los requisitos necesarios para obtener el nivel de idiomas para el que se solicita la beca con anterioridad al 30 de septiembre de 2023.

Dotación

El importe máximo de cada una de las becas descritas en el artículo 2.1. será de 300,00 euros, sin que ningún estudiante pueda recibir más de dos becas, incluyendo las obtenidas en convocatorias anteriores.

El importe concedido estará destinado a cubrir tanto los gastos de formación como los correspondientes a la acreditación del nivel obtenido.

El estudiante declarará en la solicitud si ha percibido en alguna de sus modalidades la beca para la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas convocada por la Junta de Andalucía o la Universidad de Málaga en cursos anteriores.

Presentación

  • Los estudiantes matriculados en estudios de Grado o Máster en el curso 2022/2023 en los centros propios de la Universidad de Málaga deberán realizar la solicitud de esta beca de forma on-line, a través del Portal Académico del Estudiante.
  • Los estudiantes de Grado matriculados en centros adscritos -Centro Universitario de Magisterio “María Inmaculada” de Antequera y Centro de Enfermería “Virgen de la Paz” de Ronda-, presentarán la solicitud debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación correspondiente, en cualquiera de las sedes del Registro General de la Universidad de Málaga, o en la secretaría de los respectivos centros, y dentro del plazo indicado en el apartado uno de este artículo. El impreso de solicitud estará disponible en las secretarías de los centros adscritos y en el Servicio de Becas de la Universidad de Málaga.

Más información

Objeto de la beca

Se podrán obtener becas para:

  • a. La adquisición y acreditación de la competencia lingüística exigida para la obtención del Título de Grado en un primer idioma extranjero de nivel B1 o superior.
  • b. La adquisición de la competencia lingüística en un primer idioma extranjero de nivel B2 o superior cuando el estudiante ya tuviera acreditada la competencia exigida para la obtención del Título de Grado.
  • c. La adquisición de la competencia lingüística en un segundo idioma extranjero de nivel B1 o superior cuando el estudiante ya tuviera acreditada la competencia exigida para la obtención del Título de Grado.

Las solicitudes relativas a las becas de las letras b) y c) se atenderán en función de la disponibilidad presupuestaria, una vez atendidas las ayudas de la letra a).

Obligaciones

Son obligaciones de los beneficiarios:

  1. El sometimiento a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.
  2. Comunicar en el plazo de diez días hábiles la concesión de otras becas o ayudas no declaradas compatibles con estas becas.
  3. Conservar los justificantes originales de los gastos realizados, durante los cuatro años posteriores a la concesión de la beca, para su presentación en caso de serles requeridos.

Incompatibilidades

Las becas reguladas en esta convocatoria son incompatibles con cualesquiera otras becas, ayudas o subvenciones destinadas para la misma finalidad.

Procedimiento

  1. La Instrucción del Procedimiento será competencia del Servicio de Becas, que establecerá los procedimientos adecuados y dará las instrucciones necesarias para la tramitación y gestión de la convocatoria.
  2. El procedimiento de concesión de estas becas se considera iniciado de oficio por la presente convocatoria.
  3. El procedimiento se iniciará al día siguiente de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
  4. La Comisión de Selección hará pública, en la página web de la Universidad de Málaga, apartado de Becas -http://www.uma.es/becas/- la relación de solicitantes que van a ser propuestos para la concesión o denegación de la beca. Los interesados podrán presentar alegaciones, en el plazo de 10 días hábiles, ante la propia Comisión.
  5. La concesión o denegación de las becas se llevará a cabo mediante Resolución del Rector, en los términos establecidos en la propuesta realizada por la Comisión de Selección y en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del día siguiente a la finalización del periodo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de no llevarse a cabo la resolución de la concesión en el plazo señalado o en su prórroga, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo. Se podrán efectuar resoluciones parciales de concesión y denegación.
  6. Las Resoluciones del Rector se publicarán en el Boletín Oficial de la Universidad de Málaga (BOUMA). Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, la información podrá ser consultada en la página web de la Universidad de Málaga, apartado Becas: http://www.uma.es/becas/.
  7. Contra las Resoluciones del Rector, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, al amparo de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.

Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo,conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Enlaces de interés

https://www.uma.es/media/files/Convocatoria_acreditacion_nivel_idioma_2022.pdf

Documentación a adjuntar

  • a. Fotocopia del Código Cuenta Cliente en el que el solicitante sea titular y al que será transferida la beca, en caso de serle concedida.
  • b. Fotocopia de los certificados acreditativos de los niveles de idiomas para los que se solicita la beca, que deben figurar en el listado de certificados reconocidos como válidos por la Universidad de Málaga para acreditar el conocimiento de un segundo idioma.
  • c. Fotocopia de los justificantes de los gastos de formación y/o de acreditación de los niveles de idiomas para los que se solicita la beca.
  • d. Resguardo del pago de matrícula del curso 2022/2023 para los estudiantes matriculados en centros adscritos a la Universidad de Málaga.
  • e. En el caso de estudiantes de Máster que hayan realizado los estudios oficiales que le han dado acceso al mismo en cualquier otra universidad distinta a la Universidad de Málaga, deberán aportar, en su caso, justificante de haber acreditado la competencia lingüística exigida para la obtención de dicho título, en el que conste el nivel e idioma de acreditación.

Durante el plazo de solicitud de las becas los estudiantes podrán acceder a las mismas para modificar datos o aportar documentos.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad de Málaga (UMA) cuenta con un programa de becas y ayudas al estudio, que cubren las principales demandas de las necesidades sociales. Con estas becas, la UMA, quiere fomentar el estudio, la docencia y la investigación entre los estudiantes para una completa formación.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA" es: desde 12/06/2023 hasta 10/10/2023.

La Beca "Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes