Universidad de Granada (UGR)

Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR

Becas de estudiosBecas de movilidadBecas de alojamiento o residenciaBecas comedorBecas de material escolarBecas para estudiar en el extranjeroUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio15/07/2026 Fin30/09/2026
Abierta

Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR están dirigidas a estudiantes procedentes de secciones bilingües españolas de Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa y Rumanía, así como a estudiantes ucranianos de instituciones especializadas en la enseñanza de español que quieran iniciar estudios de Grado en la Universidad de Granada durante el curso 2026/2027.

Estas ayudas incluyen distintos conceptos, como apoyo económico para material, residencia y comedor, además de la exención de precios públicos académicos para créditos de primera matriculación dentro de los límites establecidos. La convocatoria contempla 17 becas para estudiantes de nuevo ingreso y 24 becas de renovación, distribuidas entre los países participantes.

Para acceder a las Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR, el alumnado de nuevo ingreso deberá contar con el título de bachillerato o equivalente y seguir el proceso de admisión correspondiente en la Universidad de Granada. 

Los estudiantes que ya disfrutan de la ayuda podrán solicitar su renovación si cumplen los requisitos académicos y de matrícula establecidos.

Las Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR constituyen una ayuda destinada a facilitar el acceso y la continuidad de estudios universitarios en Granada. Si deseas solicitarlas consulta en nuestra web la información que te mostramos.

Datos básicos

Nº de becas
38
Nivel de estudio
  • Grado
País de origen
  • Polonia
  • Hungría
  • Bulgaria
  • Rumanía
  • Eslovaquia
  • República Checa
País de destino
  • España
Nacionalidades
  • Residente en Polonia
  • Residente en Bulgaria
  • Residente en República Checa
  • Residente en Hungría
  • Residente en Rumanía
  • Residente en Eslovaquia

Requisitos

Podrán solicitar las Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR para iniciar estudios en la Universidad de Granada, aquellos estudiantes procedentes de las secciones bilingües españolas detalladas anteriormente en esta convocatoria y para estudiantes ucranianos en instituciones especializadas en la enseñanza de español, y que dispongan del título de bachillerato o equivalente en su país en el curso 2025/2026.

El disfrute de la beca está condicionado al ingreso en la Universidad de Granada, por tanto, solo podrán percibir este tipo de becas quienes vayan a iniciar estudios universitarios de Grado en la Universidad de Granada en el curso 2026/2027. Para ello se ha de seguir el proceso de admisión (preinscripción) que regula el ingreso, cuyo procedimiento y plazos están establecidos por la Comisión de Distrito Único Universitario de Andalucía.

https://www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/sguit/

Para poder beneficiarse de esta beca, el estudiante deberá estar matriculado de los créditos correspondientes a un curso completo de la titulación a la que ha accedido.

Se deberá estar al corriente de obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, y reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria/o de subvenciones. Para acreditar estos requisitos se deberá presentar ANEXO III, modelo incluido al final de esta convocatoria, de Declaración Responsable.

Dotación

La financiación de las Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR convocadas en esta convocatoria procede de los fondos contemplados en el Programa 6 Atracción de talento “Centros Bilingües Españoles en el exterior” del Plan Propio de Internacionalización de la Universidad de Granada y de la modalidad 5. Becas para estudiantado procedente de Secciones bilingües de países del este Bulgaria, Hungría, Eslovaquia, Polonia, República Checa, Rumanía y para estudiantes de instituciones de Ucrania especializadas en la enseñanza de español, para cursar estudios en la Universidad de Granada del Plan Propio de becas y ayudas al estudio del Vicerrectorado de Estudiantes y Vida Universitaria. La ejecución de los fondos estará supeditada a la normativa recogida para las subvenciones de concurrencia competitiva dentro de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Granada para el ejercicio 2026, del Reglamento de Régimen Económico-Financiero de la UGR y de toda la normativa vigente que supletoriamente le sea de aplicación. Las cuantías de las anualidades futuras quedarán supeditadas a las disponibilidades presupuestarias de la correspondiente anualidad.

La beca, concedida para su disfrute en el curso 2026/2027, comprende los siguientes conceptos:

  • Ayuda para material, consistente en la concesión de una ayuda económica por un importe de 240 €.
  • Ayuda para residencia consistente en 2.000 € a ingresar en la cuenta del beneficiario en dos plazos de 1.000 € cada uno. El primero será en el primer semestre y corresponderá al Vicerrectorado de Internacionalización y el segundo plazo, en el segundo cuatrimestre del curso, que corresponde al Vicerrectorado de Estudiantes y Vida Universitaria y una vez que se compruebe que cumplen con los requisitos establecidos en esta convocatoria.
  • Ayuda para comedor correspondiente a un menú diario durante el curso académico, servido por los comedores universitarios de la Universidad de Granada.
  • Exención de precios públicos académicos, aplicable a créditos de primera matriculación que no excedan del mínimo necesario para obtener la titulación de que se trate.
  • El máximo de gasto de esta Resolución y que incluye los 4 conceptos de beca es de 151.000€ que coinciden con la retención realizada para las orgánicas mencionadas en el presente apartado.

Las 17 becas para estudiantes de nuevo ingreso, en régimen de concurrencia competitiva y 24 becas de renovación, en caso de concederse, se financiarán con cargo a:

  • Orgánica 3024420000, programa de gasto 422D y aplicación económica 480.99, hasta un máximo de 41.000 € para la anualidad del 2026.
  • Orgánica 3020200000, programa de gastos 422D y aplicación económica 480.00, hasta un máximo de 42.000 € para la anualidad del 2026 y 68.000 € para la anualidad del 2027.

Presentación

Solicitudes nuevo ingreso para las Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR

La solicitud y la documentación que la acompaña, se presentarán en las secciones bilingües, instituciones especializadas o en la Embajada correspondiente en la forma en la Consejería/Agregaduría de educación determinen. El plazo para su recepción se iniciará a partir del día siguiente a su publicación en el BOUGR y finalizará el 16 de julio de 2026. Si en el momento de la solicitud no se dispone de la calificación de la PEvAU, podrá presentarse con posterioridad si fuese necesario una vez resuelta la prueba.

El estudiantado víctima de violencia de género que considere necesario evitar que su identidad aparezca en la publicación de sus datos personales de las ayudas convocadas en la presente convocatoria, podrán ejercer el derecho de oposición, regulado en el artículo 21 del Reglamento General de Protección de Datos. La posibilidad de ejercer este derecho está prevista en presente convocatoria, así como en la información adicional sobre protección de datos en la actividad de tratamiento “becas y ayudas al Estudio” que puede encontrar en el siguiente enlace: https://secretariageneral.ugr.es/unidades/oficina-protecciondatos/guia/clausulas-informativas-sobre-proteccion-de-datos/becas-y-ayudas-estudio

La posibilidad de ejercer este derecho podrá efectuarse a lo largo de todo el procedimiento. Se podrá solicitar la documentación oportuna que acredite dichas circunstancias.

Solicitud de las becas de renovación

Se solicitará con la presentación del modelo que se incluye como Anexo II.

La solicitud se presentará a través del procedimiento de Solicitud Genérica del Registro Electrónico de la UGR: https://sede.ugr.es/procs/Solicitud-generica-para-la-UGR/ destino: Servicio de Becas.

Igualmente, se deberá presentar ANEXO III, modelo incluido al final de esta convocatoria, de Declaración Responsable, indicando el cumplimiento de los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 15 de julio y finalizará el 30 de septiembre de 2026. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

El estudiantado víctima de violencia de género que considere necesario evitar que su identidad aparezca en la publicación de sus datos personales de las ayudas convocadas en la presente convocatoria, podrán ejercer el derecho de oposición, regulado en el artículo 21 del Reglamento General de Protección de Datos. La posibilidad de ejercer este derecho está prevista en presente convocatoria, así como en la información adicional sobre protección de datos en la actividad de tratamiento “becas y ayudas al Estudio” que puede encontrar en el siguiente enlace: https://secretariageneral.ugr.es/unidades/oficina-protecciondatos/guia/clausulas-informativas-sobre-proteccion-de-datos/becas-y-ayudas-estudio

La posibilidad de ejercer este derecho podrá efectuarse a lo largo de todo el procedimiento y se podrá solicitar la documentación oportuna que acredite dichas circunstancias.

Más información

Objeto

Se convocan becas para la realización y aprovechamiento de estudios de Grado en la Universidad de Granada durante el curso 2026/2027, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a estudiantes búlgaros, eslovacos, húngaros, polacos, checos, rumanos, que hayan cursado estudios preuniversitarios dentro del programa de secciones bilingües y para estudiantes ucranianos en instituciones especializadas en la enseñanza de español, al igual que se dictan las instrucciones para la renovación de becas para el curso 2026/2027, según la siguiente tabla:

PAÍS - N.º BECAS 1.º CURSO - N.º BECAS RENOVACIÓN

  • BULGARIA 2 - 2
  • ESLOVAQUIA 2 - 4
  • HUNGRÍA 2 - 2
  • POLONIA 4 - 10
  • REPÚBLICA CHECA 2 - 3
  • RUMANÍA 4 - 3
  • UCRANIA 1 - 0
  • TOTAL 17 - 24

Esta convocatoria, así como las solicitudes e instrucciones de renovación y demás cuestiones relacionadas, serán publicadas en la web del Servicio de Becas de la Universidad de Granada (https://ve.ugr.es/servicios/becas) y del Vicerrectorado de Internacionalización (https://internacional.ugr.es)

Criterios de selección

Económicos

Los establecerá la Consejería/Agregaduría de Educación de la Embajada de España en el país correspondiente, teniendo en cuenta los umbrales de renta y patrimonio que puedan establecerse o estén establecidos en ese país para la concesión de becas y/o ayudas. En este sentido, se otorgará una mayor puntuación a las solicitudes de estudiantes con rentas más bajas.

Académicos

Los establecerá la Consejería/Agregaduría de Educación de la Embajada de España en el país correspondiente. Se otorgará una mayor puntuación a las solicitudes de estudiantes con mejor expediente académico en el bachillerato.

Procedimiento de selección y resolución

La propuesta de adjudicación de las becas será efectuada por una Comisión de selección en la que se incluirán necesariamente representantes de la Consejería/Agregaduría de Educación de la Embajada de España en el país determinado. También podrán formar parte de ésta representantes de los Centros bilingües o especializados y/o del Ministerio de Educación. La Consejería de Educación en Polonia hará conjuntamente la propuesta de adjudicación de becas a estudiantes polacos y ucranianos. Esta Comisión, tal como se menciona en el apartado 5. Criterios de selección, otorgará una mayor puntuación a los mejores expedientes académicos y a los ingresos económicos de la unidad familiar más bajos y en dicha propuesta se detallarán los siguientes aspectos:

  • Composición de la Comisión de Selección.
  • Baremo utilizado para la valoración de los solicitantes, de acuerdo con las directrices mencionadas en el apartado 5. Criterios de selección.
  • Puntuación otorgada a cada una de las solicitudes presentadas.
  • Propuesta de adjudicación de becas y lista de suplentes, de acuerdo con la puntuación total obtenida por cada uno de los solicitantes.

La Consejería/Agregaduría comunicará esta propuesta al Servicio de Becas como máximo el 23 de julio de 2026, y en base a esta se emitirá resolución provisional. Se podrán presentar alegaciones en un plazo de 10 días hábiles desde su publicación que serán recepcionadas por la Consejería/Agregaduría y serán resueltas previo informe de la Comisión de Selección.

Posteriormente se publicará resolución definitiva conjunta aprobada por el Vicerrector de Estudiantes y Vida Universitaria y la Vicerrectora de Internacionalización en virtud de delegación de competencias del Rector efectuada por resolución de 28 de julio de 2023 (BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2023).

La resolución definitiva agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, de conformidad con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente pueda presentarse recurso de reposición en el plazo de un mes y ante el Rector, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Todas las resoluciones de esta convocatoria serán publicadas en la web del Servicio de Becas https://ve.ugr.es/servicios/becas y del Vicerrectorado de Internacionalización (https://internacional.ugr.es)

Las relaciones publicadas, tanto provisionales como definitivas, tendrán el carácter de notificación a los interesados de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El órgano instructor es el Servicio de Becas y será el encargado de verificar que se cumple con el requisito de estar matriculado en la Universidad de Granada. En el caso de que se dispusiera de alguna vacante por no formalizar matrícula en la Universidad de Granada dentro de los plazos establecidos o por producirse alguna renuncia entre ellos, se procederá a su adjudicación entre los suplentes, siguiendo estrictamente el orden reflejado en la resolución definitiva.

Renovación

Los becarios de años anteriores podrán optar a la renovación en el presente curso 2026/2027, según los siguientes términos:

Condiciones

Solo se podrá renovar la beca para estudios de Grado y para ello se deberá tener aprobados el porcentaje de créditos matriculados que establezca el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPD) en su convocatoria de becas de carácter general del curso 2026-2027. Además, deberán estar matriculados durante el curso 2026-2027, del número mínimo de créditos correspondientes a un curso completo de su titulación.

El número mínimo de créditos a los que se alude, no será exigible por una sola vez en el caso de estudiantes que se matriculen de los últimos créditos necesarios para completar su titulación. En este caso, la cuantía que se reciba será proporcional al número de créditos matriculados.

No se podrá optar a la renovación de la beca si ya se ha disfrutado de ella para todos los créditos que componen la titulación universitaria que el estudiante se encuentra cursando. De igual modo, tampoco se podrá optar a ella en el caso de no haberla renovado durante más de un curso universitario por incumplimiento de los requisitos.

El número máximo de años que se podrá disfrutar de beca se ajustará a lo dispuesto por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPD) en su convocatoria de becas de régimen general.

En caso de cambio de estudios, los años de becario transcurridos en la primera titulación computarán a todos los efectos como si pertenecieran a la segunda titulación.

El estudiante que realice sus estudios fuera de la Universidad de Granada durante la totalidad del curso académico para el que le ha sido concedida la ayuda por disfrutar de una beca de movilidad o intercambio, recibirá únicamente exención de precios públicos académicos y ayuda económica de material. En caso de disfrutarla durante un solo semestre, se recibirá la exención de precios públicos académicos, ayuda para material, ayuda para comedor durante el periodo que se encuentre estudiando en la Universidad de Granada y la parte proporcional que le corresponda de ayuda de residencia.

De igual forma, no podrá optar a la renovación de beca de comedor, si consta que no ha hecho un buen uso de la misma en el curso anterior o le fue revocada.

Los estudiantes deberán tener en cuenta, que las posibles alteraciones que realicen en su matrícula y supongan una modificación en el número de créditos matriculados, podrán afectar a la concesión o denegación de su ayuda. Cuando la alteración de matrícula sea realizada para subsanar una denegación previa, por no tener el número mínimo de créditos matriculados exigidos en la titulación correspondiente, será obligatorio comunicar al Servicio de Becas la alteración de la matrícula, antes de la finalización del plazo establecido en la correspondiente resolución provisional.

El órgano instructor es el Servicio de Becas y será el encargado de verificar que se cumple con los requisitos establecidos en esta convocatoria y el Vicerrector de Estudiantes y Vida Universitaria será el órgano encargado de emitir las resoluciones provisionales y definitivas en virtud de delegación de competencias del Rector efectuada por resolución de 28 de julio de 2023 (BOJA núm. 148, de 3 de agosto de 2023).

Resolución

La notificación de la resolución de estas ayudas será individualizada y se efectuará a través de la Sede Electrónica de la UGR, facilitando un periodo de 10 días hábiles para formular alegaciones por parte de los solicitantes. Transcurrido este plazo y una vez las alegaciones estén resueltas, la resolución se considerará definitiva. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrán interponer los recursos mencionados en el artículo 7.

Las posibles alteraciones, cambios en la matrícula o cualquiera otra situación que subsane una denegación y que el estudiante no presente la correspondiente alegación en el plazo establecido, dará lugar a que el posible recurso posterior sea desestimado, según lo establecido en el artículo 118 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Justificación

Se realizará un seguimiento de los becarios al finalizar el plazo de entrega de las actas correspondientes al primer semestre. En este sentido, si en el expediente de algún beneficiario se advirtiese que todas las asignaturas matriculadas figuran como no presentadas o suspensas, su beca podrá ser revocada total o parcialmente, salvo circunstancias excepcionales acreditadas documentalmente.

En todo caso estas revocaciones deberán ser aprobadas por la Comisión de Becas y Ayudas del Plan Propio de la UGR.

Llegado estas circunstancias, la persona interesada no podrá disfrutar del

Obligaciones de los beneficiarios

Además de las obligaciones establecidas en el artículo 15 de la Resolución de 3 de junio de 2022 de la Universidad de Granada por la que se establecen las bases reguladoras, los estudiantes beneficiarios habrán de permanecer obligatoriamente durante la totalidad del curso académico en Granada siguiendo estudios en dicha Universidad, a excepción de aquellos que aun teniendo la condición de estudiantes de la Universidad de Granada se encuentren participando en un programa de movilidad/intercambio. Si por alguna razón se abandonasen los estudios en la UGR, se entiende que el estudiante renuncia automáticamente a la beca a todos los efectos.

mismo tipo de beca o ayuda del plan propio para el siguiente curso.

Enlaces de interés

https://secretariageneral.ugr.es/sites/webugr/secretariageneral/public/inline-files/BOUGR/327/327-4%20Ayudas%20Pa%C3%ADses%20del%20Este%202026-2027.pdf

Documentación a adjuntar

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  • Anexo III de declaración responsable, indicando el cumplimiento de los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Expediente del bachiller cursado y finalizado en los centros docentes con Secciones Bilingües de español o instituciones de educación especializadas en Ucrania.
  • Calificación de prueba de acceso a la Universidad o similar, en su caso.
  • Partida de nacimiento.
  • Fotocopia del pasaporte o documento identificativo del solicitante.
  • Documentos oficiales justificativos de los ingresos de los miembros la unidad familiar en el año 2025 y la renta per cápita por número de miembros de la misma que computan. En este sentido, no se tendrán en cuenta declaraciones juradas de ingresos de la unidad familiar.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR

Las Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR están dirigidas a estudiantes procedentes de secciones bilingües españolas de Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa y Rumanía, así como a estudiantes ucranianos de instituciones especializadas en la enseñanza de español que quieran iniciar estudios de Grado en la Universidad de Granada durante el curso 2026/2027.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR" es: desde 15/07/2026 hasta 30/09/2026.

La Beca "Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas Estudiantes Secciones Bilingües Bulgaria Eslovaquia Hungría Polonia República Checa Rumanía Ucrania UGR" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas comedor
  • Becas de material escolar
  • Becas para estudiar en el extranjero